Al loro con la multa que le han puesto a mi hermana

Tema en 'Foro General BMW' iniciado por john wayne, 16 Oct 2006.

  1. john wayne

    john wayne Guest

    Nos acaba de llegar hoy, la multa es del 17 de julio, es decir que llega tres meses mas tarde, hasta ahi todo bien. Aparece el precepto que se infringe Art 167.2-A y el importe, pero en el apartado HECHO DENUNCIADO dice asi "NO SE IDENTIFICA POR SER OBSERVADA DESDE EL HELICOPTERO". ¿Comorrrrr? Yo alucino con esta gente te cascan una multa de 90 euros por una infraccion de hace tres meses y ni siquiera te dicen que es lo que has hecho mal, directamente que la multen por ir conduciendo y que no se tomen tantas molestias. Lo peor de todo es que la pagara y se callara la voca porque esto es ya de locos. Siento el ladrillo y un saludo. Ya sabeis Pere esta en todas partes andaos con cuidado.
     
  2. Mala

    Mala Guest

    a lo mejor se refieren a que no identifican al conductor... no se
     
  3. Revoltos

    Revoltos Forista

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    Lo siento, pero seguramente en concepto pone eso pero la infracción es la que refleja en el artículo 167.2-A. Pero vamos que ya que te multan que por lo menos uno pueda entender por qué. A mí padre le llegó una vez una carta de Hacienda la cual ponía textualmente:

    Importe de la deuda 0.00
    Intereses: 50.00€

    Y encima no te ponía ni por qué era.
     
  4. Gus

    Gus Tali-bahn Administrador Coordinador

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    NO, hombre, no...como que pagar : esa es la razón para no pararla...má so menos. Sin motivo no hay sanción, a recurrir! (lo frecuente de helicóptero, pisar continuas y tal...a varios foreros (CR250 p.ej. incluso les h aparado el propio helicóptero)
     
  5. Mianvabu

    Mianvabu Forista

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    PUes yo no la pagaría, reclamaría y que me digan el por qué de la multa. Es que si no, van a hacer de nosotros lo que quieren.
     
  6. Mr.Chuflas

    Mr.Chuflas Forista

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    j*der... y eso no es recurrible?? yo creo que si la recurre, se la quitan...
     
  7. Gus

    Gus Tali-bahn Administrador Coordinador

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    Lo de hacienda es distinto: ellos ya solo se ocupan del cobro, le es ajeno cualquier defecto formal o material de la denuncia (no del procedimiento)
     
  8. mandible

    mandible Guest


    Cojona!!!!! Pensaría que lo iban a abducir allí mismo, no? :err:
     
  9. super compact

    super compact Forista

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    Eso si que es "una gestión eficiente de los recursos estatales".:wink:
     
  10. Bob

    Bob Asturiano sidrero

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    Sintiéndolo mucho no es exactamente así. Lo que le dicen a tu hermana es que no la pudieron parar, parece lógico si iban en hilicóptero, el motivo de la denuncia está bien claro, ha infringido el artículo 167.2-A que es saltarse una separación longitudinal continua. Lo podían haber puesto más claro para que lo entendiésemos todos pero el motivo está. Por recurrirla que no quede, pero que piense bien qué es lo que va a recurrir porque seguramente le van a enseñar la fotito o incluso un vídeo que ahora ya está todo muy modernizado y no va a tener más remedio que pagar.

    Ya lo siento por tu hermana pero me temo que le va a tocar pagar.

    Saludos.
     
  11. odins

    odins Forista Senior

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    Ya ves ... que miedo.
     
  12. ReZn0r

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    Yo también pienso que no está mal notificada.
     
  13. Félix

    Félix Forista

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    No soy abogado ni sé de leyes, pero me da que la ausencia o falta de concreción del HECHO DENUNCIADO es un defecto de forma grave que invalida la sanción.....
     
  14. gonzoneitor

    gonzoneitor En Practicas

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    No hay falta de concreción. Te dicen el artículo infringido. Que lo conozcas o no, es otra historia.
     
  15. Félix

    Félix Forista

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    Bueeeeeno. valeeeeeeee

    oído cocina.

    no había leído tu post con la explicación del precepto ese. Acepto pulpo como animal de compañía...

    .....pero si en la casilla HECHO DENUNCIADO dice eso de "No se puede porque nosequé", yo recurriría.
     
  16. jdpanes

    jdpanes Guest

    Si hay algun defecto de forma es recurrible 100%, vamos, que si donde se debe poner la infraccion pone otra cosa... pero bueno, a lo mejor no ha sido asi.

    Saludos!!
     
  17. Ares_M

    Ares_M Guest

    Este verano vi como estando parados en un atasco un helicoptero bajó bastante y a una Honda 600 que venia detras de mi y estaba pisando la linea continua soltarle por el megafono del helicoptero que se situara sin pisar la linea o lo denunciaban..... acojonante verte el cacharro volando con el ruido que hace y el de la moto flipando el triple.


    Será por recursos?? ... por una moto que estaba parada pisando un poco la linea...




    :drummer: :rock:
     
  18. victor316

    victor316 Clan Leader Miembro del Club

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    Yo también pienso que si menciona el artículo infringido la notificación es correcta
     
  19. Caneco

    Caneco Clan Leader Coordinador

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    joer john,.. llévame de testigo de que por exceso de velocidad no es :LOL:

    A ver si nos vemos por los madriles de nuevo :wink:
     
  20. correcaminos-mic

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  21. john wayne

    john wayne Guest

    A recurrir seguro pero es de coña la situacion, gracias a todos.
    A ver si nos vemos Caneco un abrazo a todos
     
  22. 320_136cv

    320_136cv Forista

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    En un pais multicolo
    No se en base a que reglmento te sancionan, el reglameto general de circulación, (lo que estudiamos para sacarlos los permisos de conducir), recoge lo siguiente en su art. 167.a
    http://www.carreteros.org/legislaciona/circulacion/reglamento/articulos/articulo167.htm

    Por lo que tráfico, no informa de infracción, (siempre suponiendo que no especifica sobre que reglamento sanciona), informa de marcas viales. Por otro lado, deverían de haberte informado de la supuesta infracción en el acto.

    Si quieres, y no tienes quien te lo haga, te puedo formular recurso, gratis (yo me lavo las manos, pero disfruto con ello), manda privado y siempre estes dentro del plazo y tenga tiempo para hacerlo, claro.


    salu2
     

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