SENTENCIA-TRAFICO Barcelona, 1 mar (EFE).- La Audiencia de Barcelona ha declarado nula la sanción de 1.080 euros de multa y retirada de carné durante dos años impuesta por un juzgado penal de Manresa por un delito contra la seguridad del tráfico porque al conductor no se le practicó una segunda prueba para verificar la primera. La Sección Quinta del alto tribunal recuerda que para que dicha prueba tenga validez debe practicarse en dos ocasiones ya que, un sólo test de alcoholemia "no puede utilizarse como prueba contra el reo" pues "no se dan todos los requisitos legales" para poder condenarlo. Los hechos ocurrieron sobre las 11.45 horas del 16 de noviembre de 2002, cuando David Labay conducía su Voskwagen Golf por la carretera C-16, en el término municipal de Olvan (Barcelona) y se estrelló contra un árbol al intentar hacer un adelantamiento. Personados los agentes en el lugar del siniestro, estos le practicaron una prueba de alcoholemia que dio positiva, pero no le efectuaron la segunda, porque David, aturdido por el choque, empezó a marearse y tuvo que ser inmediatamente evacuado en ambulancia hasta un centro hospitalario. Pese a ello, uno los agentes levantó un acta de alcoholemia en la que hacía constar que el conductor "no deseaba prueba de contraste", lo que bastó al juzgado de lo penal número 2 de Manresa para condenar al conductor por un delito contra la seguridad del tráfico. Sin embargo, David Labay apeló la sentencia alegando que la prueba practicada fue "dudosa o precaria", entre otras cosas, porque el acta de alcoholemia en la que rechazaba ese control iba firmada por él. Ahora, la Audiencia de Barcelona le da la razón al recordar que la falta de la segunda prueba reglamentaria de alcoholemia, cuando la misma "no es imputable a la voluntad contraria u opositora del conductor", no puede vulnerar la presunción de inocencia del acusado. EFE
Entiendo que falta un "no": "que "no" iba firmada por él", querrán decir... si no es que esto carece de sentido. Bien, pues si es asi un tema análogo al del otro dia: o el titular esta mal, o no hay tal "nueva" . Es evidente ;-)
No c**o, es que a veces se llenan espacios en los medios con cada "noticia"...lo relevante aqui parece que si no puede acreditar la autoridad tu negativa a practicar la segunda prueba (para lo cual suele valer el testimonio de los agentes, aqui alguien se ha colado) el resultado de la primera no constituye prueba de cargo. Pos fale, mejor no os arriesguéis a la negativa a la segunda con esa excusa, la suerte del David no se repite mucho ;-)
Encima que nos quita un Golf de las carreteras, le quieren sacar el carnet Esto juzgados pagados por VAG!!!
¿de verdad practican dos veces la prueba de alcoholemia cuando te paran¿ siempre entendi que el conductor podia pedir una prueba en sangre pero no que fuera obligatorio lo anterior