Hola A mi padre por dejar acercar un edificio a su vivienda le han dado 4 plazas de garage, el caso es que el garage es muy muy incómodo de circular por el, son dos plantas y si bajas a la segunda y estan todas las plazas ocupadas has de salir subiendo la rampa marcha atras,..... Un pequeño croquis La plaza marcada como 1 es una de las que le quiere dar a mi padre pero es una plaza inaccesible si estan aparcados los coches en las plazas marcadas como 2 y 3 ya que no hay espacio para entrar de frente. las plazas 2 y 3 tienen que aparcar de frente y despues salir marcha atras a ver si hay algun hueco en las plazas de la parte inferior para no tener que subir la rampa marcha atras. Lo que me interesaría saber es si legalmente las plazas puedesn estar así distribuidas o han de contar con zonas comunes donde poder dar la vuelta etc etc.
HOla prenda: el tema debería estar regulado en el Decreto que regule las condiciones mínimas , requisitos y procedimientos de expedición de las cédulas de habitabilidad de tu comunidad autónoma (se establecen distancias, superficies mínimas, tec...) . Mira a ver si tienes acceso el Boletín porque eso que comentas , anqu eno infrecuente, no es de recibo.
Preciso: eso será una legislación de mínimos; cada administración implicada puede ser aún más exigente en su spropias normas urbanísticas (Diputaciónes...Ayuntamientos, vaya...)
En Madrid las plazas tienen que tener un mínimo de 2.20m de ancho y 4,5m de largo y por cada metro cuadrado de plaza tiene que haber otro metro cuadrado para zonas comunes de maniobras o accesos.
Habría que ver las medidas de todo eso, yo te puedo pasar la legislación de la Comunidad Valenciana, que lo más seguro es que sea muy similar a la de tu zona, que no se cual es. Es que las dimensiones son un poco complicadas de explicar aquí en unas lineas de texto. Básicamente en la Comunidad Valenciana son: Plazas mínimas de 2.20x4.50 Tienen que tener delante 4.50 libres para salir de la plaza. Las calles tienen que tener un mínimo de 3.00m con radios de giro de 4.50m en el eje de los 3 metros anteriores. Pero si hay plazas a ambos lados de la calle tiene que haber 4.50m libres delante de las plazas según se ha dicho antes, con lo cual la calle sería de 4.50m. Es un poco complicado de entender si no se dibuja en un croquis. Preguntame si quieres que te aclare algo. Pero ya te digo que esto es en la Comunidad Valenciana, aunque dudo que varía mucho en tu Comunidad.
El decreto 311/92 de la Xunta, que es el que regula las condiciones de habitabilidad, pasa de los garajes. Los decretos de accesibilidad y eliminación de barreras sólo se meten a regular las plazas adaptadas. La regulación de las plazas de aparcamiento normales, deberás buscarla generalmente en la figura principal de Planeamiento Urbanístico municipal. Si es en A Guarda, las condiciones de regulación del uso de garaje-aparcamiento vienen establecidas en el Plan General, y concretamente las puedes encontrar en las dos últimas páginas de este pdf: http://www.planeamentourbanistico.xunta.es/mapes/AGUARDA/documents/0799NO005.pdf Pero, como verás, no establece impedimentos a la existencia de circunstancias como la que comentas. Los límites a esas situaciones los establecen principalmente el sentido común y la buena fe, porque como muy bien te ha dicho Gus, eso no es de recibo. Si es en otro ayuntamiento, dímelo, que te paso enlace de la normativa municipal de aplicación. Para más INRI, hay un anteproyecto de Decreto que derogará el 311/92 de habitabilidad, y éste, que se conoce como las "Normas do Habitat Galego", se mete ya a regular cosas como que debe ser posible el acceso directo a todas las plazas, incluso en condiciones de máxima ocupación. Pero, lamentablemente, todavía no está aprobado, y cuando lo esté, no afectará tampoco a esas plazas, construidas al amparo de la legislación anterior.
Gracias a todos, Bolete muy bueno tu enlace, lo primero que haré será medir la plaza por que mucho dudo que llegue a los 4'50 m de largo,.. de esta forma tendremos argumentos para no aceptarla. :wink:
Es muy dificil que la plaza no llegue a 4.50, ya tienen que ser burros los señores que hagan el proyecto. Ya nos irás diciendo.
ojo con eso de los 4,50 metros de largo..... me parece que con menos,si es para un coche pequeño,vale igual(pasa la inspeccion) lo que te he dicho caneco, informate bien. saludos
Para que pase cualquier inspección, y para poder incluir una plaza de garaje en la división horizontal, y con ello poder venderla como tal plaza de garaje, tiene que ajustarse a lo contenido en el Proyecto y en la correspondiente licencia y sus posibles modificaciones. Las licencias de obra son actos reglados, y en este caso no cabe la discrecionalidad. No se pueden otorgar licencias que incumplan las determinaciones del Plan. En otros planes generales se definen otros tipos de plaza, para vehículos pequeños, medios, de dos ruedas, industriales ligeros, etc. y se establecen porcentajes mínimos o máximos para los diversos tipos de plaza. Pero en el PXOM de A Guarda sólo se define un tipo de plaza, por lo que no se podrá dar licencia a plazas menores que éstas. Yo miraría también el tema de la altura mínima de 2,20m en cualquier punto de la plaza. Es probable que las plazas 2 y 3, que parecen estar bajo la rampa, incumplan la altura en algún punto. También los conductos de ventilación rebajan a veces la altura libre. Busca cualquier cosa que te sirva como argumento para la negociación.
joer esto es información leches,.. mañana por la mañana bajo con el metro y empiezo a hacer mediciones de las plazas que no cumplen con el PXOM y las que sí lo hacen para negociar con cuales nos quedamos gracias de cualquier forma:wink:
Hola, os quería preguntar donde puedo encontrar la legislación que regula las medidas minimas en la comunidad de madrid sobre medidas de acceso a plazas de aparcamiento. Mi ayuntamiento no tiene PGOU y no me facilita la información. Veo que agc1 lo tiene claro. Me puedes echar una mano?