He ido a cambiar el carnet de conducir por cambio de domicilio, y por el camino iba pensando en ke igual me darian el nuevo con los datos actualizados. pobre iluso, cuando llego a trafico veo que tienen un taco de cartulinas rosas que reparten a diestro y siniestro, bueno, pienso yo, por lo menos asi lo "renuevo". cuando llego a la ventanilla me dicen que siga con el carnet viejo con el domicili antiguo porque esos datos los cambia en el ordenador y ya los ven desde trafico como es esto posible?? si me paran y tengo en el dni una cosa y en el carnet otra????? asi esperan a ke se me termine de j*der el que tengo (le quedan 2 años) y pagar los casi 18€ que cuesta el carton rosa. bueno, espero no tener problemas saludos!!!!
Es que tienes que acompañar el DNI con el nuevo domicilio si quieres que ya conste 8asi me lo aprendí yo ) Por supuesto sería deseable mayor coordinación entre administraciones... o quizá no, ahora que lo pienso Poder, pueden multarte, pero es muy infrecuente: a otra cosa, mariposa.
Yo lleve el DNI, pero no me lo cogieron. lleve tambien el certificado de empadronamiento al que le graparon un papel con un sello con mi nueve direccion y me dijeron ke era para presentarlo si solicito la "pegatina de la ota". que no lo tengo que llevar encima. con todo esto como recurro una multa???? voy otra vez a ver si en otra ventanilla si me dan un papel rosa actualizado???? :rolleyes: :rolleyes: menuda panda saluddos!!
Joer Si lo llevaste, deberían expedir nuevo carnet (no se de donde eres, pero aqui en Madrid, ni por no ir a Trágico, vamos :???: )
Aqui en Madrid lo cambie yo el año pasado por cambio de domicilio y me dieron otro eso si el rosita pero me lo dieron con la nueva dirección.
Yo estoy en las mismas... y me han dicho que de nuevo carnet nanay (ni tarjetita...ni cartulina)... que cambian la dirección en los archivos pero sigues con el carnet antiguo.... Y tiene su lógica... ya que las multas se tramita directamente con los datos que tienen en el ordenador de tráfico ya que en el 80 % de los casos no te paran para poner la multa...(velocidad o aparcamiento) ...por lo que la multa le llega al propietario del vehículo infractor...
A ver si te enteras de algo en www.dnielectronico.es ;-) La renovación del DNI se hará con la presencia física del titular. En cualquier caso, "El REAL DECRETO1553/2005, de 23 de diciembre, que regula el DNI incorpora un principio esencial en el enfoque de atención al ciudadano: que la documentación necesaria para la expedición no será exigible cuando sea posible remitir ésta desde los órganos competentes por medios telemáticos a la Dirección General de la Policía. Tan pronto como se establezcan los Convenios, evitaremos al ciudadano la incomodidad y pérdida de tiempo que supone tener que aportar una información que ya está en la propia Administración "