Buenas. ¿Se puede renunciar a un usufructo vitalicio? Os cuento , a un colega sus padres le han dejado el piso en el que ellos viven en usufructo vitalicio (rollos de herencias entre familiares). El caso es que sin poder utilizarlo exclusivamente para si hasta que no fallezcan, creo que es incompatible tener ese derecho para adjudicacion de un vpo. Por eso, ¿se puede renunciar a el?
Creo que no es necesario... En la VPO te piden el registro de la propiedad demostrando que no tienes ningun inmueble donde solicitas la vivienda... Creo que el derecho a usufructo no consta. Quizas lo pueda mirar esta semana.
Si consta,si. Lo curioso es que aun teniendo ese derecho hace tiempo, le han permitido estar incrito en el registro. La putada seria que tuviese la potra de que le tocase en sorteo y despues no pudiese acceder al piso
NECESIDAD DE VIVIENDA La unidad de convivencia habrá de tener necesidad de vivienda. No existirá necesidad de vivienda cuando alguno de los miembros de la unidad de convivencia tenga a su disposición una vivienda adecuada para dicha unidad en propiedad, derecho de superficie o usufructo desde la fecha de la solicitud de la inscripción en el Registro hasta su adjudicación. Leyendo esto la duda se extiende a que en el supuesto de poder renunciar, al estar ya incrito pero sin adjudicacion, se le podria anular esta al haber renunciado al derecho en ese periodo. Juer que lio
HOLA A TODOS. Bueno dile que este tranquilo que puede adquirir el VPO sin problemas pues lo que ahora mismo tiene no es un derecho de usufructo, si no una expectativa de derecho, es decir la posibilidad de poder tener ese derecho en el futuro, pues pudiera ocurrir que finalmente no adquiriera el usufructo, bien porque sus padres modifiquen el testamento, porque fallezca antes que sus padres, etc. Sl2
Hoy estoy un poco espeso, pero lo que entiendo yo es que SOLO puedes adquirir una VPO cuando NO TENGAS una vivienda "para entrar a vivir", en tu caso, NO PUEDES ENTRAR A VIVIR porque tus padres tienen ese derecho, tu no eres el que tiene el derecho de usufructo, son tus padres. En otras palabras, son TUS padres los que no podrían solicitar una viv de VPO (obviando la edad evidentemente) Lo que no sabría explicar es lo que puede pasar si.....ojalá no pase......fallecen tus padres antes de obtener tu vivienda. Se explica mucho mejor orientando el tema con "dineros" Como eres propietario de tu vivienda (aunque no puedas habitar en ella) sí puedes hipotecarla, por lo tanto disponer de un dinero que superaría el límite para solicitar la vivienda, en pocas palabras "eres un tío con pasta para el estado" y no necesitas que te consigan una vivienda baratita.
si ya se ha inscrito en el registro de la propiedad a nombre de "fulano" como usufructario vitalicio no le daran la VPO. El tema es complejo, que vaya a un notario que se lo explique:wink: EDITO:a tu pregunta, puede vender el usufructo?,si que puede
Un pregunta el piso lo han puesto a su nombre pero sus padres son los usufructuariso vitalicios , no?
Entiendo que los padres para ahorrar follones a los hijos, han donado esa vivienda a uno de ellos en usufructo vitalicio. Pero los padres siguen viviendo en ella,no es que hallan muerto y este disfrutando un usufructo legado en herencia.:wink:
No, no , la propiedad es de los padres, el usufructo es del hijo porque despues en la herencia ,la propiedad pasa a otro hermano Un lio vaya.....
que manera de complicarse no? que le hubiesen donado en vida la vivienda y mantener ellos el usufructo vitalicio... la verdad es que no entiendo ese movimiento de otorgar el usufructo vitalicio al hijo manteniendo ellos la vivienda en propiedad. Supongo, aunque no aseguro, que en una escritura notarial firmada por ambas partes se podra revocar esa anterior escritura de usufructo vitalicio y registrarla, dejando nula la anterior y pudiendo el hombre este acceder a la VPO.Incluso creo que se podria revocar la anterior y poner una escritura de usufructo vitalicio en caso de fallecimiento de los padres... me voy que tengo habre, saludfos
O sea que la vivienda va ser para el hermano pero como usufructario él? j*der que jodienda para todos
supongo que mientras vivan los padres será por si se van a una residencia o algo asi, o la verdad es que no lo entiendo demasiado.......