El vado es tasa o impuesto? Si fuera el primer caso tiene toda la razón, si es el segundo se lo tendrá que comer con patatas
Yo no sé si legalmente será recurrible o no, pero el pago obligado de vado funciona en todos los municipios. Cuando son unifamiliares o casas adosadas el acceso a carruaje figura en escrituras y en registro si no me equivoco, por lo que me temo que hay que pagar. En Getafe, sé que durante varios años estuvieron en pleitos, y al final creo que ganó el ayuntamiento, por lo que si tienes chalet y no coché a pagar tocan de todas todas. P.D. ays, si es que como en los mini-pisos de 30 metros no se vive en ningún sitio ;-)
Es curioso el hecho de que siendo la moneda de curso legal un mecanismo de liberación de deuda obligado por el tomador del pago, se puedan negar cuando no les exige tener "cambio" (caso de los autobuseros).
Pues ya se como voy a ir a comprar la merienda a partir d hoy... Por cierto, yo soy de los que si la secre está bueno, pagar las sanciones administrativas en especie....
Coñe, me ha salido así, no te a-cebes conmigo. ;-) P.D. va a ser por eso que aún a estas alturas me veo sólo las pelis en el cine. ;-)
No entiendo muy bien lo del 1,20 céntimos, la verdad... :fs: Con esa fracción -se lee- que sería como 1 céntimo entero y 0,20¿qué?
Nunca ví que un euro y veinte céntimos y centésimas de céntimos, se escribieran 1.20,20€, porque de hecho en euros -moneda- sería imposible... ¿Qué cantidad, sería pues, la anterior citada? [:>pray
c**o Pepe, dos pesetas equivaldrían a 1,20 céntimos de euros,:rolleyes: y no a 1,20 euros.](*,) PD: m'estás poniendo de los nervios:drama: y ahora que va siendo tarde ;-)
Esto me recuerda a lo del salchichero, cuando le pides que te ponga 3/8 de "chope" P.D. Gavira, leche, estás de coña no? ;-)
Mitad de cuarto... jejeje Curioso ese tipo es de mi provincia y nunca habia oido nada de el. Casos similares si que he visto en la tele.
Mitad de cuarto es 1/8. RG se refiere a cuarto y mitad (3/8), muy utilizado por mi abuela (d.e.p.) en sus tiempos
Coñe, jmborja, no ibas a la compra de pequeño? Porque lo del cuarto y mitad en los "mandados" lo he pedido hasta yo y tú creo que eres un poco más abuelo aún. ;-) P.D. Si pedir 3/8 de chope queda repelente, pedir 375 gramos además de cursi, es ganas de exigirle precisión a la báscula y tiento al tendero . Lo del cuarto y mitá, queda como menos "exigente", vamos, que si caen 400 gramos pues tampoco te pones tiquismiquis. Ahora, alguien que pide 375 gramos, como no le cuadren los decimales de allí no se marcha. ;-)
j*der como se van desviando los post poco a poco8-[. Pedidme cuarto y mitad de mortadela con aceitunas, la de 1,20 céntimos el 1/8 que está muy buena. Ala, Saludos;-)
Me parece muy bien lo que ha hecho este señor, y creo que tiene toda la razón, es más, ojala todos, en injusticias como ésta, actuáramos de la misma forma. Salus.
La lastima es que el que se pega el curro es el pringao del funcionario que ni pincha ni corta... aparte de eso.. si, es una gracia que se le puede hacer en otros entornos...
En el tema del pago por monedas y por lo que no se admite toda esa chatarra, creo que tienen en cuenta el siguiente Real Decreto 1417/1982 en su artículo IV, http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=1982/16228 , en el que habla de cajas públicas y particulares considerándose cajas públicas a bancos y cajas no a instituciones y si tenemos en cuenta que en el cambio de pts a euros por decreto toda la legislación y normativa anteriores que hablaban de monedas quedaban cambiadas automáticamente a euros posss que la picaresca de moneditas para que cuente el funcioneta juasssssss te las comes y te toca cargar otra vez pa la saca con los 22 Kgrms.. Un saludo
De todas formas cuento un caso que llego a mis oíditos: Un listillo que le llevó el coche la grúa y como sabéis para poder retirarlo tiene que abonar las tasas de retirada pero como es muy listo dijo :" Estos CABRO...ES se van a acordar de mi", cambió en el banco el dinero para llevarlo envuelto, lo mas grande creo que eran de 20 ctms todo ello en una bolsita, el que estaba entregando el vehículo al ver la picaresca se lo admitio y empezó a contar el dinero confundiéndose cada poco y volviendo a empezar, pasaron horas y había cambio de turno por lo que el que llegó nuevo advertido por el anterior empezó a contar de nuevo y también se confundía el cabr.......nnnn, al final después de muchas horas el listillo recogió toda la chatarra y entregó el dinerito en billetes para poder llevarse el vehículo.... Moraleja: siempre encontrarás a otro más listo que tu, juuuuuuuaaaaaaaaaasssssssssss. He hablado en tercera persona, tenía que haberlo hecho en primera no como CABR...N ,si no, como LISTILLO, PA QUE VUELVA. un saludo
Bueno, y ahora en Madrís... (sus váis a cagá): Según la ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACION PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL , en los Madriles se trata de una tasa (supongo que en toa España igual), no un impuesto. Diferencias: Tasa: Existe contraprestación para el que apoquina, en este caso, el uso de la Vía Pública. Impuesto: Básicamente pagas y te joes. Son aportaciones sin un fin croqueto (y digo croqueto), para la mejora del territorio, servicios, nóminas de altos cargos, etc. Efectivamente, como se ha apuntado antes, como tasa que es, no hay por qué pagarla si no quieres. Sencillamente se da de baja y punto. Lo único es que SÍ hay que costear los gastos de remodelación de la acera (subir el rebaje que existe, etc.).
¿Y cuanto es en libras, peniques y chelines? ¿cuantas guineas son 0.012 €? ¿Y cuantas yardas, pies y pulgadas son una vara castellana y siete palmos cuadrados?
Puestos a desvariar... 40 patos metidos en un cajón, ¿cuantas patas y picos son? Ale TRIAL BCN, esto no es del barroco antiguo pero... Saludos ;-)