Yo también creo que se refiere a los vehículos que necesitan ser adaptados para gente con silla de ruedas etc...
Pues yo creo que no, eso era antes ahora con la modificacion de la ley lo unico que hay que demostrar es que tienes movilidad reducida, pero no es obligatorio adaptacion alguna: Extraido de la nueva propuesta de ley: "Con la modificación se aprueba el IVA del cuatro por ciento en la compra de todos los vehículos que, previa adaptación o no, deban transportar habitualmente a personas con minusvalía en silla de ruedas o con movilidad reducida, con independencia de quien sea el conductor, que se une así a los autotaxis o autoturismos especiales para el transporte de este colectivo" Es el mismo requisito que te piden para sacarte la tarjeta azul de minusvalido para aparcar en plazas de minusvalido y zona hora sin limite de tiempo... tener movilidad reducida, pero no adaptar tu coche ni necesitar silla de ruedas... Saludossss
Hola soy nuevo en este foro pero lo del iva al 4% es intersante. Aber si sale en el BOE de una p*ta vez Un saludo Alejandro
Hola Willow. las obras de palacio van despacio,esto ya se estan pasando llevamos desde el 18 de octubre que lo que lo publico Servimedia, que estava aprovado por el senado k lo mandavan al congreso y en fecha del 16 febreo que el congreso lo mandava otra vez al senado y lo publicarian en el BOE. Pero estamos a fecha de 11 de abril y nada de nada. Un saludo
Lo bueno seria poder beneficiarse de esto en varios vehiculos, y no solo en uno cada cuatro años. De todas formas es una buena noticia Un saludo
El Senado aprueba la aplicación del IVA superreducido a los vehículos destinados al transporte de personas con discapacidad El pleno del Senado aprobó, por unanimidad, el pasado día 5 de abril, aplicar el IVA superreducido a todos los vehículos destinados al transporte de personas discapacitadas, con independencia de quién sea el conductor, siempre que sirva como medio de transporte habitual para personas con minusvalía. LEER MÁS
El Senado aprueba la aplicación del IVA superreducido a los vehículos destinados al transporte de personas con discapacidad Noticia / 07-04-2006El pleno del Senado aprobó, por unanimidad, el pasado día 5 de abril, aplicar el IVA superreducido a todos los vehículos destinados al transporte de personas discapacitadas, con independencia de quién sea el conductor, siempre que sirva como medio de transporte habitual para personas con minusvalía. La Proposición de Ley aprobada por el Senado, que no ha introducido ningún cambio respecto al texto enviado por el Congreso, en el que se aprobaba reducir al 4% el IVA en estos vehículos, modifica la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), para clarificar del concepto de vehículo destinado al transporte de personas con minusvalía contenido en la misma ley. La modificación atiende a los vehículos destinados a ser utilizados como autotaxis o autoturismos especiales para el transporte de personas con minusvalía, usuarios de silla de ruedas, bien directamente o antes de su adaptación, así como los vehículos a motor que, previa adaptación o no, deban transportar habitualmente a usuarios de silla de ruedas o con movilidad reducida, con independencia de quien sea el conductor de los mismos. La aplicación del tipo impositivo reducido a estos vehículos, requerirá el previo reconocimiento del derecho del adquirente, que deberá justificar el destino del vehículo. Así pues, a efectos de esta ley se considerarán personas con discapacidad aquellas con un grado de minusvalía igual o superior al 33% y el grado de minusvalía deberá acreditarse mediante certificación o resolución expedida por el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales o el órgano competente de la Comunidad Autónoma. Reparación del vehículo En este sentido, la Proposición de Ley modifica también el IVA de los servicios de reparación de los vehículos y de las sillas de ruedas y los servicios de adaptación de los autotaxis y autoturismos, para personas con minusvalías y de los vehículos a motor para discapacitados, independientemente de quién sea el conductor de los mismos. La ley, aprobada en la Cámara Alta, se remitirá directamente al Boletín Oficial del Estado y entrará en vigor el día siguiente a su publicación.
Qué Porcentaje De Minusvalía?sólo Para La Movilidad Reducida O Tambien Para Minusvalía De Otro Tipo?33 Por Ciento?
La minusvalia es por "de movilidad reducida" del aparato locomotor y me esplico, el que tenga las piernas que tenga dificultades para andar. O que vaya en silla de ruedas o con bastones y los padres que tengan hijos que caminen con dificultad. La ley esta aprovada pero a de salir publicada en el BOE donde se puede, ver www.agenciatributaria-es yo e estadoel miercoles pasado y e preguntado y me an dicho que muy pronto saldra que esta "muy caliente" pero nos toca esperar. Un saludo
wtr alejandro.yo tengo una incapacidad del 45% y compre coche hace 20 dias,dando una señal claro,me podran deducir esa cantidad de iva si sale en el boletin antes de que me lo entregen? o una vez puesto el precio y firmado por mi ya no se puede. lo normal esque me lo deducieran a ellos les da igual,a bmw.
Compañero me pienso se publicara en el BOE antes de que te entregen el coche y sino pues pues retrasa la entrega tu as dado la paga y señal. Creo que te resltara muy rentable piensa que te vas a ahorrar un12% que en 3.000 000 te vas ha ahorrar 360 000 pesetas de las de antes Te estoy aciendo los colculos 3 millones de pesetas 18.000€ te vas ha ahorrar 360.000 de las antiguas pesetas suerte y un Saludo. Pregunta lo quieras Alejandro
Eso está muy bien. ¿Que pasa en este post que cuando te metes sale noseké de iniciar sesion en una pagina web externa al foro?
ee si incapacidad,con una minusvalia .pero si esta al salir y me llaman dentro de 20 dias para entregarme el coche, ? yo ya firme lo que lleva de extras en el precio que me daban, si me lo entregan o mas tarde daria igual puesto que ya firme el precio del coche no?
Buenas, Soy "nuevecito" por estos lares y estoy en una situación similar a la de alguno.he dado una señal para la compra de un 320 d touring de 2ª mano y en base a lo leido en el proyecto de ley y lo preguntado por ahí os comento. Respecto a la compra de un vehículo de 2ª mano los del concesionario han de tributar por él el 16% de IVA.Esto me quedo claro en el momento en el que me entregaron una factura pro-forma para el banco.En la cual aparecia en un apartado el tanto por ciento de IVA correspondiente.y hablado con el gerente del concesionario me lo ratificó. En la propuesta de ley indica "adquisición de vehículo" no dice vehículo nuevo ó usado por lo cual creo que si compras un vehículo usado para adaptarlo se puede aplicar dicha reducción. En el tema de las adaptaciones del vehículo os comento que yo he de poner acelerador y freno manual y la broma asciende a 3090 €, pero con el descuento que se propone no os creais que me ahorro mucho porque al parecer las piezas tienen un 7% de IVA y la mano de obra es poca con lo cual la adaptación se me quedaba en un precio de 2925€. Otra cosita por si sirve de aclaración para alguno, el INSERSO o la S.S. en los certificados de minusvalía marca una baremación de 7 puntos para poder tener, a parte de tu minusvalía, la movilidad reducida.Estos 7 puntos están basados en la capacidad ó no, de poder realizar una serie de acciones (subir escalones, poder andar por terreno pedregoso, estabilidad,etc....).Esta valoración la realizan en los centros base asignados a cada uno. Aparte con este certificado de movilidad reduicida os podeis desgravar más en la renta dado que hay un apartado eapecial para ello. En lo referente a la publicación en el BOE, aún no hay nada yo todos los días me meto en la pagina del BOE y me leo todo. A ver si ssale publicado ya porque con la pasta que me ahorro del coche nos podemos pagar la adaptación, que ya es una verguenza que cueste lo que cuesta y no te subvencionen un centimo. Saludos y a la espera de la buena nueva.
Compañero Pararepsia. Que tipo de adaptación piesas poner, en Madrid es donde mas varato esta, la empresa ververauto nose si lo escribo bien deve estar en Mostoles lo he visto en la revista Minusval, te recomiendo que pongas lo menos posible eleztronico. Te lo digo por propia esperiencia lo mecanico es lo mejor es lo que menos problemas de, un saludo
Alejandro, Si yo te contara mis experiencias con las adaptaciones alucinarías. La problemática es que lo mecánico es incompatible con sistemas como el airbag o el volante multifunción.Además estos sistemas mecánicos hacen que tengas que llevar las 2 manos ocupadas siempre 1 volante y otra acelerador/freno. Aquí en Madrid hay un taller donde lo adaptan muy bien y sobre todo el trato es fenomenal(lo que más valoro)se llama ADAPTAUTO (está en la calle Julián Camarillo 28022 Madrid). La problemática es que Guidosimplex pone unos precios que son desorbitados y como no tiene competencia, pues, o lo coges ó te compras un quad.Aparte los comerciales, por lo menos el de Madrid (espero lo hayan cambiado) era un jeta. Por cierto, y si sirve de advertencia, jamás llevad vuestro vehículo a adaptarlo a Domingo Hermanos (C/. Valderribas, 28007 Madrid), SINVERGUENZA, CHAPUZA Y PIRATA (me dejo sin vehículo por un problema en el potenciometro del acelerador, durante 2 meses.Cuando lo lleve al otro taller en 3 días tenía el vehículo y en casi tres años no me dio problemas). Saludos
paraparepsia. Yo la eleztronica la odio cuando tuve el acidente hace 23 años tenia un Talvo un 160 de diesel , y lo adapte con un embrague automatico fue un fracaso, etre el depresor y la eleztronica todos los dias en el taller, y no conducia agusto las salidas eran muy lentas, nunca mas el coche que tengo ahora es un Opel caded, cambio no automatico,en la mano dercha lleva freno y embrague y en la nano izquierda el acelerador, ni un problema tiene 16 años 150.000 Km no le he hecho ni embrague. Ahora me pieso comprar un Mazda2 automatico.La adaptación que tengo en el Opel no la autorizan pero es la mejor. Aqui en Barcelona ay muchos talleres pero cual a cual mas mas caros, cuata gente se esta lucrando de nosotros, un saludo Alejandro
La Reduccion al 4% de IVA en la compra de un coche es solamente para personas con certificado de minusvalia superior al 33% ó ademas tienen que tener un certificado de movilidad reducida?? Saludos
El Senado aprueba la aplicación del IVA superreducido a los vehículos destinados al transporte de personas con discapacidad El pleno del Senado aprobó, por unanimidad, el pasado día 5 de abril, aplicar el IVA superreducido a todos los vehículos destinados al transporte de personas discapacitadas, con independencia de quién sea el conductor, siempre que sirva como medio de transporte habitual para personas con minusvalía. Esto cuando se hara osea cuando se publicara en el BOE un mes dos meses ¿ya se que Ud no lo saven? pero mas o menos cuanto tiempo tendre que esperar para comprarme un coche pagando solo el 4% de IVA. A la espera de sus noticias les saluda Alex Agregar Respuesta 17/04/06 13:14 - [COLOR=#00009c]Asesoria Juridica[/COLOR] - 80.33.227.148 - DEBERA DE ESPERAR A SU PUBLICACIÓN EN EL BOE, COMO MÍNIMO UNOS ... DEBERA DE ESPERAR A SU PUBLICACIÓN EN EL BOE, COMO MÍNIMO UNOS 15 DÍAS. UN SALUDO. ASESORIA JURIDICA.
Muy buenas, En respuesta a Ruxel, creo que hay que tener movilidad reducida, dado que una persona que tenga certificado de minusvalía,(p.ej. AMPUTACIÓN BRAZO) no conlleva que tenga dificultades de movilidad, aunque es una contradicción porque deberá adaptar el coche poniendo un pomo. Amigo Alejandro, este va a ser mi 3 vehículo(en cuanto salga la dichosa ley) en el 1º llevaba acelerador y freno manual mecanico, la adaptación no dió ni un sólo problema en 8 años,fue la caja automática del vehículo.En el 2º, Focus, misma adaptación dado que era inviable taladrar el volante para poner el acelerador mecánico,asi pues electrónico.420.000 ptas de ala(va para 6 años).Problemas por un tubo durante los 3 primeros años,poca sensibilidad en acelerador, dificultad en aceleración constante en zonas muy viradas,y triple cambio en potenciómetro que 2 primeros por garantía (aunque me tocó pagar la mano de obra)pero el 2º 500 €. Pero es lo que tenemos y nos toca tragar. Saludos.
Amiguitos la ley ya esta recién publicada hoy en el BOE. Podeis sacarla en las disposiciones generales, Ley 6/2006 de 24 de Abril. A aprovecharla.