Responsabilidad a la hora de vender un vehiculo

Tema en 'Foro General BMW' iniciado por blaki, 6 Jun 2007.

  1. blaki

    blaki Capullo Leader Miembro del Club

    Registrado:
    22 Ene 2007
    Mensajes:
    59.446
    Me Gusta:
    31.821
    Ubicación:
    Curva de Gauss
    Modelo:
    340 DIESEL
    Unete a BMW FAQ Club Unete a BMW FAQ Club Unete a BMW FAQ Club
    bueno pues que estoy vendiendo mi moto y tengo varias dudas a la hora de saber que pasaria si cuando yo vendiese la moto a la semana o 15 dias de tenerla el nuevo dueño la moto se averiase,soy yo el responsable de hacerme cargo de ello??? tengo que darle alguna garantia de un mes o así??? espero haberme explicado bien,hasta que punto soy yo responsable!!!muchas gracias
     
  2. Joan

    Joan Zarrio Man Administrador Coordinador Miembro del Club

    Registrado:
    15 Dic 2002
    Mensajes:
    69.887
    Me Gusta:
    20.135
    Modelo:
    Zarrio PHEV
    solo eres responsable de los vicios ocultos, y hay que demostrar que tu sabias de la deficiencia a la hora de vender.

    De todo lo demas tu no eres responsable, si eres un particular.
     
  3. hipolitogt

    hipolitogt Forista Senior

    Registrado:
    21 Feb 2006
    Mensajes:
    4.543
    Me Gusta:
    349
    Modelo:
    F15 xdrive 40e
    justo, eso si, si sabes que taba mal... pues malo...
     
  4. leoper

    leoper Baneado Baneado

    Registrado:
    5 Oct 2004
    Mensajes:
    30.762
    Me Gusta:
    12
    Ubicación:
    Albacete
    lo que dice KoRc : una cosa de segunda mano, se puede averiar y el que vende no es responsable....
    lo que no se puede, es engañar, es decir ocultar fallos graves del vehiculo
     
  5. dibrasi85

    dibrasi85 Forista

    Registrado:
    22 Feb 2007
    Mensajes:
    760
    Me Gusta:
    265
    Ubicación:
    TOLEDO
    Creo que debes dar una mínima garantía, pero no se cuanta exactamente, creo que despues de la "ley de garantías" todos los vendedores estamos obligados a ello. Pero no estoy seguro, bajate la ley del google.:wink:
     
  6. Manol

    Manol ▒▒▒▒▒▒ Miembro del Club

    Registrado:
    1 Oct 2006
    Mensajes:
    50.844
    Me Gusta:
    43.053
    Ubicación:
    Cádiz
    Modelo:
    E46 M43B19
    Unete a BMW FAQ Club Unete a BMW FAQ Club Unete a BMW FAQ Club
    Creo que entre particulares no hay garantía, salvo acuerdo.
     
  7. Robert318

    Robert318 Forista Senior Miembro del Club

    Registrado:
    19 Ago 2004
    Mensajes:
    4.296
    Me Gusta:
    146
    Ubicación:
    Junto al Pisuerga
    Unete a BMW FAQ Club Unete a BMW FAQ Club Unete a BMW FAQ Club
    Le entregas esto a firmar a la hora de hacer los papeles y quedas libre de toda eventualidad:

    En Valladolid, a 27 de febrero del año dos mil siete, de una parte D. ****** ***** con D.N.I. 0000000000 y domicilio en Valladolid, en concepto de VENDEDOR y de otra parte D/Dña
    con D.N.I. ********* en concepto de comprador/a , conciertan la siguiente operación de compraventa:


    PRIMERO: D ****** ****** ****** vende un turismo marca ***** ***** con matrícula 0000 AAA, exento de garantía y libre de toda carga o gravamen garantizando a tal efecto que es de su legítima propiedad y no lo tiene cedido a tercera persona, embargado ni sujeto a responsabilidad alguna, y que si existiera alguna traba para efectuar la trasferencia de propiedad a favor del adquiriente o existieran débitos con anterioridad a la fecha de este contrato, se hace responsable de ellos y se compromete a cancelar o a abonar todo cuanto pudiera adeudar.

    SEGUNDO: El vendedor declara recibir en este momento a su completa satisfacción la cantidad de euros convenida como importe total del pago del mencionado vehículo, por lo que el mismo queda de la exclusiva y única propiedad del adquiriente.

    TERCERO: El adquiriente acepta la venta a su favor, entendiéndose tomada por él la posesión del vehículo en esta misma fecha, por lo que renuncia a reclamar daño alguno que pudiera aparecer en el mismo y será responsable a partir de la misma de cuantos daños, deudas, perjuicios o responsabilidades se puedan ocasionar o contraer con el mismo.

    CUARTO: El comprador ha comprobado el vehículo así como todos sus componentes, estando todos ellos a su entera satisfacción.
    Los gastos de trasferencia irán por cuenta del comprador.

    QUINTO: Los contratantes aprueban este contrato, que después de leído firman por duplicado y para caso de litigio se someten a los tribunales de Valladolid con renuncia del fuero propio.






    Leído y conforme el vendedor Leído y conforme el comprador
     
  8. aquiles

    aquiles Forista Senior

    Registrado:
    29 Mar 2007
    Mensajes:
    5.862
    Me Gusta:
    465
    Ubicación:
    Valladolid
    Modelo:
    sin BMW
    :wink:Exactamente lo que te ha dicho mi paisano Roberto,siempre que se especifique el punto de que no te haces cargo de nada(que este escrito)si no se especifica y este documento se firma por ambas partes,la ley ampara al comprador en 6 meses de garantia por parte del vendedor particular.Ojo que nos pueden buscar las vueltas con lo que se firma.Suerte BLAKI.paz.
     
  9. Joan

    Joan Zarrio Man Administrador Coordinador Miembro del Club

    Registrado:
    15 Dic 2002
    Mensajes:
    69.887
    Me Gusta:
    20.135
    Modelo:
    Zarrio PHEV
    ¿A quién obliga la Ley?
    La Ley obliga a los vendedores de bienes de consumo, por una parte y, a los consumidores como destinatarios finales, por otra. Es decir, quedan excluidos los contratos que se realizan entre particulares, ya que la misma sólo prevé la compra-venta entre un vendedor profesional y un consumidor.

    http://revista.consumer.es/web/es/20031101/actualidad/informe1/66625_2.php
     
  10. aquiles

    aquiles Forista Senior

    Registrado:
    29 Mar 2007
    Mensajes:
    5.862
    Me Gusta:
    465
    Ubicación:
    Valladolid
    Modelo:
    sin BMW
    :wink:Con un documento firmado por los afectados ante un juez,las cosas cambian.Cuidadin.paz.¿algun letrado mas?
     
  11. Robert318

    Robert318 Forista Senior Miembro del Club

    Registrado:
    19 Ago 2004
    Mensajes:
    4.296
    Me Gusta:
    146
    Ubicación:
    Junto al Pisuerga
    Unete a BMW FAQ Club Unete a BMW FAQ Club Unete a BMW FAQ Club
    Aunque la ley no te obligue, sigo diciendo que no está de más cubrirse las espaldas firmando un documento de compra-venta como el que he copiado más arriba.
    Yo he vendido varios coches -unos diez o doce en total- y siempre llevo este documento.
     
  12. El Chache

    El Chache Guest

    El código civil obliga a dar una garantía de 6 meses salvo que se introduzca una cláusula en el contrato en contra.
     
  13. torpedo520I

    torpedo520I Forista Legendario Miembro del Club

    Registrado:
    8 Oct 2003
    Mensajes:
    11.133
    Me Gusta:
    44.409
    Ubicación:
    BCN-Platja Aro-León
    Modelo:
    530i (E39)
    Unete a BMW FAQ Club Unete a BMW FAQ Club Unete a BMW FAQ Club
    La ley 23/2003 de garantias no obliga entre particulares y tampoco entre profesionales.
    Entre particulares el articulado del Codigo Civil por vicios ocultos, pero ojo ¡OCULTOS!, si la cosa tiene un problema que el comprador puede ver facilmente y con un minimo de interes, el vendedor no entrara en responsabilidad sobre este defecto.
    Cualquier pacto en contra serà nulo.
    El contrato presentado por Roberto para mi es nulo ya que firma algo que el comprador no sabe y cualquier juridisción lo tumbaria.
    Ese mismo contrato indicando los defectos que tiene la cosa, y haciendo conocedor al comprador del defecto, ( que por eso se vende a tal precio), si tendria validez.
    Si a mi, en un coche de segunda mano, el profesional me hace firmar que acepto que no me de garantia, YO LO FIRMO y me voy tan contento y si luego tengo problemas, "se la endiño doblada".
     
  14. Miguelo´s

    Miguelo´s Guest

    hola tio a mi me paso algo parecido curate en salud,haz como hice yo un contrato de compraventa de moto,asi hay todo lo estipula y si esta firmado por los 2 no te pude reclamar nada porque el da fe de que la moto estaba bien o como este y ya lo sabia...

    si quieres pasem por MP tu email y te paso una archivo con dicho contrato

    saludos
     
  15. spidifen

    spidifen Forista

    Registrado:
    6 Ene 2006
    Mensajes:
    2.512
    Me Gusta:
    11
    Ubicación:
    badenes land
    yo creo que hay que dar una garantia de que el coche no tiene vicios ocultos como ha dicho el compañero.
     
  16. Robert318

    Robert318 Forista Senior Miembro del Club

    Registrado:
    19 Ago 2004
    Mensajes:
    4.296
    Me Gusta:
    146
    Ubicación:
    Junto al Pisuerga
    Unete a BMW FAQ Club Unete a BMW FAQ Club Unete a BMW FAQ Club
    Permiteme que discrepe contigo en lo relativo a este punto:

    TERCERO: El adquiriente acepta la venta a su favor, entendiéndose tomada por él la posesión del vehículo en esta misma fecha, por lo que renuncia a reclamar daño alguno que pudiera aparecer en el mismo y será responsable a partir de la misma de cuantos daños, deudas, perjuicios o responsabilidades se puedan ocasionar o contraer con el mismo.

    No se trata aquí de discernir lo que el comprador sabe o no sabe.
    Lo fundamental y la esencial es que está renunciando a reclamar daño alguno por escrito sobre lo cúal creeme no puede intervenir ninguna jurisdicción.
    Otra cosa muy diferente es que el comprador someta el vehículo a las pruebas que considere pertinentes o incluso lo haga revisar por un taller especializada cosa a la que no te opones en el contrato.
     
  17. Robert318

    Robert318 Forista Senior Miembro del Club

    Registrado:
    19 Ago 2004
    Mensajes:
    4.296
    Me Gusta:
    146
    Ubicación:
    Junto al Pisuerga
    Unete a BMW FAQ Club Unete a BMW FAQ Club Unete a BMW FAQ Club
    Si me lo puedes pasar a mi también te lo agradecería.
    Este al que hago referencia yo me lo facilitó hace tiempo un compra-venta, era el modelo que ellos utilizaban años atrás cuando no era obligatorio para los profesionales dar garantía.
    Lo solían emplear cuando vendían algún vehículo antiguo que debido a su bajo precio no tenían garantía y nunca han tenido ningún problema legal
     
  18. Gus

    Gus Tali-bahn Administrador Coordinador

    Registrado:
    28 Ene 2002
    Mensajes:
    164.966
    Me Gusta:
    160.499
    Ubicación:
    A 1800 kms del Ring
    Modelo:
    i3/Z3/MiniE/X1
    Vamos a ver: entre particulares el saneamaiento por vicios ocultos es siempre exigible...pero entiendo que en defecto de pacto en contrario, siempre.

    Es decir, si expresamente se pacta que el vendedor no responde de ellos en atención al prevciop pagado, a las características, antigüedad, etc... no responderá (y si el defecto era evidente, excluye que sea oculto, como explicaban más arriba)
     
  19. blaki

    blaki Capullo Leader Miembro del Club

    Registrado:
    22 Ene 2007
    Mensajes:
    59.446
    Me Gusta:
    31.821
    Ubicación:
    Curva de Gauss
    Modelo:
    340 DIESEL
    Unete a BMW FAQ Club Unete a BMW FAQ Club Unete a BMW FAQ Club
    la moto yo se que no se va averiar,pero y si el otro le da un mal uso de ella??? puede venir a reclamarme a mi,yo creo que no pero como no estoy seguro por eso he puesto este post
     
  20. Bob

    Bob Asturiano sidrero

    Registrado:
    4 Jun 2006
    Mensajes:
    9.030
    Me Gusta:
    10.101
    Ubicación:
    Tierras del Norte
    Modelo:
    Lexus IS 220d
    NO. No puede. Creo que se está confundiendo garantía con delito. El código civil, al que han de referirse inevitablemente las compraventas entre particulares, no fija garantía de la compra sino que establece el delito de venta con dolo (engaño o fraude) y eso es exigible, con contrato, sin contrato y, ojo, durante toda la vida, no por 6 meses. Es decir, si el juez dictamina que tú has ENGAÑADO a propósito al comprador, te va a hacer responsable de los daños que se deriven de ello, no porque sea una garantía, sino porque te declararán culpable de un perjuicio.

    El contrato es necesario puesto que establece las condiciones en que se realiza la venta, estado del bien, que tú no te haces cargo de las averías (porque también podría pactarse que sí que te haces cargo y, a consecuencia, pactar un precio superior)etc. y además porque el comprador puede reclamar que había un contrato verbal (cosa que entre particulares creo que sigue siendo legal si se demuestra y contar la película como le dé la gana) y en él es importante que firmes que tú has permitido al comprador realizar, en taller o por técnicos de su confianza y designación (que evidentemente corren por su cuenta) cuantas pruebas ha considerado oportunas. Con esto te cubres porque si el daño se ve a simple vista nadie podrá culparte por vender con vicio oculto y si el daño no ha podido ser detectado por un profesional, nadie podrá culparte por no haberlo detectado tú. Date cuenta de que para que un juez te culpe de saber algo que tú dices ignorar, ha de probarlo y si un experto no ha podido detectar daños (o los que ha detectado se han asumido por el comprador), ningún juez del mundo va a poder dictaminar sin lugar a duda que tú tenías forzosamente que saberlo. Si realmente lo sabías y lo ocultaste y alguien lo puede demostrar, te declararán culpable de una estafa, no te obligarán a cubrir una garantía sino a resarcir al comprador por los perjuicios ocasionados y aquí entrarán todos.

    Respecto a las figuras legales que las corrija un experto pero esto es lo que me explicaron a mí cuando vendí mi coche y me dejé asesorar por gente que está en el tema.
    Si queréis alguno os facilito el contrato que me revisaron y que dieron por bueno, evidentemente, como todos, mejorable, pero según quién lo revisó suficiente para un caso así (son tres páginas y yo lo había sacado de alguna asesoría jurídica en internet, no recuerdo cuál pero podría intentar localizarla).

    Saludos.
     
  21. Robert318

    Robert318 Forista Senior Miembro del Club

    Registrado:
    19 Ago 2004
    Mensajes:
    4.296
    Me Gusta:
    146
    Ubicación:
    Junto al Pisuerga
    Unete a BMW FAQ Club Unete a BMW FAQ Club Unete a BMW FAQ Club
    A eso mismo me refería yo, lo has definido con total exactitud
     

Compartir esta página