***Urgente*** Letrados o alguien que controle

Tema en 'Foro General BMW' iniciado por Bemeta, 2 Jun 2005.

  1. Bemeta

    Bemeta Forista Senior

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    Buenas.

    El caso es que yo tengo un garaje alquilado, ya que mi piso no tiene plaza de garaje.

    El arrendatario, se ha propusteo que me vaya porque ahora su hijo quiere meter en la plaza su flamante Alfa 33 del año 83 y no se le ha ocurrido otra cosa, que hoy ocupar la plaza que yo pago excrupulosamente el día 6 de cada mes.

    LLevo 2 años encerrando ahí el coche sin retrasar ni un sólo pago. La pregunta es:

    Tengo entendido que según la Ley de la propiedad horizontal todo contrato de arrendamiento, aunque sea verbal tiene una duración mínima de 2 años. ¿Merece la peña que lo denuncie? Lo único que quiero es que no se ria de mí. Yo no voy a encerrar ahí el coche por lo que le pudiera pasar. Pero por las malas, quiero que él tampoco lo pueda encerrar.

    Por otra parte en el seguro a todo riesgo tengo declarado que el coche duerme en garaje. ¿Cubrirá los daños que pudiera sufrir durmiendo en la calle hasta que encuentre plaza? y ¿conviene que vaya ahora mismo a poner una denuncia en la comisaría, por si le hacen esta noche algo al coche poder reclamárselo a él? Obviamente ahora vopy con la cámara de fotos y saco quinientasmil.

    Más que nada, es la impotencia que siento ahora mismo. He ido a su casa, pero no me abrió la puerta, aunque lo oía dentro (menos mal).

    Un saludo
     
  2. rbejaranoe

    rbejaranoe Forista Legendario

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    Si no hay contrato la plaza es suya.
     
  3. Bemeta

    Bemeta Forista Senior

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    Ya pero yo tengo un justificante de transferencia cada mes que dice "alquiler plaza de garaje" a nombre de "fulano de tal" ¿Eso no cuenta?
     
  4. felix55

    felix55 Clan Leader

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    Joer pues no lo entiendo ........:roll: ,el garaje es suyo y tu se lo tenias alquilado ,no?.
    El unico problema q veo es q no te haya avisado con tiempo ,pero si es suyo y ahora lo quiere disfrutar el .......
     
  5. Bemeta

    Bemeta Forista Senior

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    Pero es que no te pueden poner de patitas en la calle cuando le salga del perineo. Digo yo
     
  6. rbejaranoe

    rbejaranoe Forista Legendario

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    A ver lo que te dicen los letrados pero me temo que para lo único que pueda servir eso sea para que lo tenga que tener declarado como ingreso.Ni idea de lo otro,suerte.
     
  7. Bemeta

    Bemeta Forista Senior

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    Pues lo denuncio por no darme facturas.
     
  8. Bemeta

    Bemeta Forista Senior

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    Y si le pago la renta este mes? Porque supongamos que yo estoy de vacaciones. A mí nadie me ha notificado nada por escrito ni de ninguna otra forma.
     
  9. Bemeta

    Bemeta Forista Senior

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    Vale. Ahora ya sólo queda el derecho a pataleta. Menos mal que soy una persona civilizada. Si no, ... :ar: :ar: :ar:

    Quedan excluidas del plazo mínimo legal para las contrataciones a que se refiere la presente ley:
    a) Las contrataciones para sedes de embajadas, consulados y organismos internacionales, así como también las destinadas a personal diplomático y consular o pertenecientes a dichos organismos internacionales;
    b) Las locaciones de viviendas con muebles que se arrenden, con fines de turismo, en zonas aptas para ese destino. Cuando el plazo del alquiler supere los seis (6) meses, se presumirá que el contrato no es con fines de turismo;
    c) Las ocupaciones de espacios o lugares destinados a la guarda de animales, vehículos u otros objetos y los garajes y los espacios que formen parte de un inmueble destinado a vivienda u otros fines que hubieran sido locados, por separado, a los efectos de la guarda de animales, vehículos u otros objetos;
    d) Las locaciones de puestos en mercados o ferias;
    Las locaciones en que los Estados nacional o provincial, los municipios o entes autárquicos sean parte como inquilinos.

    Con lo jodido que es encontrar plaza de garaje en mi zona y mi flamante beme con 8 meses durmiendo en la puñetera calle. :cry: :cry: :cry: :cry: :cry: :cry:

    Salu2 :cry:
     
  10. grijander10

    grijander10 Guest

    Vamos a ver... En España, los contratos verbales son tan validos como los escritos siempre y cuando se pueda demostrar ese contrato. Tu, al estar pagando religiosamente todos los meses, tienes tu contrato en vigor tan valido como si lo hubieras firmado. El dueño, al meter otro coche en tu plaza, esta rompiendo el contrato unilateralmente (por la cara) por lo cual, si quieres, puedes buscarle las cosquillas, ya que tiene obligacion, como todo los contratos de arrendamientos, de comunicar el fin de la prorroga del mismo.
    Saludos
     
  11. Jiro

    Jiro Mr. Caceres Miembro del Club

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    Si, pero como siempre, cuesta mas el collar que el galgo, osea que la teoria es una y la practica es otra.
    Agua y ajo.

    Eso te pasa por no hacer contrato.
    Dices que no te ha dado factura ? Segurmente tampoco te ha cobrado el IVA, aunque no entiendo que te permita el ingreso en el banco y luego no lo declare. Es malo, hasta engañando a hacienda .
     
  12. LOISM3

    LOISM3 Guest

    Si no existe contrato pierdes muchas garantías de cara a probar que existe negocio jurídico alguno, mediante las facturas o los justificantes periodicos de pago en caso de pleito te valdrian para demostrar la existencia de dicho arrendamiento y si lograras probar que efectivamente SI existe, tendrias la sarten por el mango ya que como han dicho anteriormente los contratos verbales aunque crean cierta inseguridad juridica son perfectamente validos y podrias interponer una demanda por incumplimiento, ya tu al pagar adqiueres un derecho de credito sobre el dueño de la plaza y para resolver el contrato se han de seguir los procedimientos legales establacidos.
    sds.
     
  13. lagavir

    lagavir Guest

    Esa cita legal no es española ni por el lenguaje ni por algunas referencias concretas "Estados nacional o priovincial", por ejemplo. Como te han dicho el contrato no exige forma por lo que puede ser verbal. Aunque mi especialidad no es el civil aquí tienes algunas pistas:
    Art. 2.2 Ley de arrendamientos urbanos "Las normas reguladoras del arrendamiento de vivienda se aplicarán también al mobiliario, los trasteros, las plazas de garaje y cualesquiera otras dependencias, espacios arrendados o servicios cedidos como accesorios de la finca por el mismo arrendador.".
    Art. 9.1 Ley de arrendamientos urbanos: "La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a cinco años, llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo".
     
  14. Bemeta

    Bemeta Forista Senior

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    OK. Pero si sólo existe un contrato verbal, ¿es muy chungo recuperar la plaza? Obviamente, no voy a meter más el coche en ella, por lo que le pudiera pasar. Pero lo que me jode es que no me ha dado tiempo para poder buscar otra plaza. Símplemente me ha dejado el coche en la calle.

    ¿Saco fotos y pongo una denuncia en la policía Nacional? o llamo directamente a mi abogado y le pongo una demanda en el Juzgado?

    Gracias a to2.
     
  15. Bemeta

    Bemeta Forista Senior

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    Es un hombre mayor y el que me ha usurpado la plaza es su hijo. El hombre no tiene ni coche y cuando le alquilé el garaje me dijo que "hombre, no hace falta hacer contrato, porque no tengo ni coche y mientras me pagues puntualmente no vamos a tener problemas que soy muy serio y bla, bla, bla"

    A mí como comprendereis, ahorrarme las subidas del IPC de 36 €, como que me da igual. El tema fue por hacerle un favor a él. :ar:
     
  16. JMA

    JMA Guest

    Vamos a ver, puesto que no tienes contrato escrito el contrato como bien se ha dicho es verbal, por lo tanto su duración viene dada por la forma de pago en este caso mensual, es decir tú realmente lo que tienes es un contrato con tácita reconducción, mensualidad a mensualidad, dado que el pago de la renta se ha pactado por meses, hasta que te den el requerimiento del arrendador instando el desalojo de la plaza.
     
  17. Gus

    Gus Tali-bahn Administrador Coordinador

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    A ver...

    "Art. 2. Arrendamiento de vivienda.
    1. Se considera arrendamiento de vivienda aquel arrendamiento que recae sobre una edificacion habitable cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.

    2. Las normas reguladoras del arrendamiento de vivienda se aplicarán también al mobiliario, los trasteros, las plazas de garaje y cualesquiera otras dependencias, espacios arrendados o servicios cedidos como accesorios de la finca por el mismo arrendador"


    No es tu caso, bemeta: la plaza de garaje no se arrienda conjuntamente ni como anexo de una vivienda, caso en que sería de aplicación;

    "
    3. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1, los arrendamientos para uso distinto del de vivienda se rigen por la voluntad de las partes, en su defecto, por lo dispuesto en el Título III de la presente ley y, supletoriamente, por lo dispuesto en el Código Civil."


    Así pues por decirlo llanamente podemos presumir nos hallábamos (más bien hallábamos) ante un arrendamiento (hay contrato, válido, verbal) por mensualidades prorrogables tácitamente que ha sido inequívocamente extinguido por voluntad del arrendador.

    Creo que debes buscar otro parking "agradeciéndole" al arrendador su poco respeto por la palabra dada, porque:

    "Artículo 1581 del código civil:
    Si no se hubiese fijado plazo al arrendamiento, se entiende hecho por años cuando se ha fijado un alquiler anual, por meses cuando es mensual, por días cuando es diario.
    En todo caso cesa el arrendamiento, sin necesidad de requerimiento especial, cumplido el término. "


    Lo siento, bemeta.
     
  18. Gus

    Gus Tali-bahn Administrador Coordinador

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    O sea, lo que decia JMA, que no lo habia leido, perdón, pero a mi modesto entender (y en la práctica) el requerimiento no es necesario, aunque si conveniente...pero pesa en el ánimo del arrendador que si no te vas, habiendo sido requerido, puede encarar un largo pleito, y si te mete un coche suyo o te pone una cadena se acabó el problema -no sería lo mismo en una vivienda, ojo- (no hay coacciones que apreciar en ello casi nunca: normalmente todo se reconduce a la via civil por aplicación del principio de intervención mínima de la jurisdicción penal, y eso es justo lo qu eel arrendador suele querer evitar: un largo litigio civil)
     
  19. JMA

    JMA Guest

    Ok !!!!!!!!!!!!!! =D= ;-)
     
  20. Bemeta

    Bemeta Forista Senior

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    Gracias Gus.

    Sólo me queda: :cry: o :moon:

    En fin, que dé gracias a que soy del club. Si llego a ser de algún otro foro que pulula por ahí, posiblemente ya me estaríais hablando de azúcar en el depósito, líquido de baterías, DOT4, etc.
     
  21. RG

    RG Aprendiz Coordinador Miembro del Club

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    Cuando contrataste te exigió fianza (un mes)? Te la ha devuelto?
     
  22. Bemeta

    Bemeta Forista Senior

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    No me pidió fianza, así no tiene nada que devolverme.

    Salu2
     
  23. RG

    RG Aprendiz Coordinador Miembro del Club

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    Pues es distraido hasta para eso, porque a ver cómo te exige ahora que le devuelvas el mando/llave de acceso?

    El quedarte con ellos, me temo que va a ser tú único resarcimiento, al menos les quedará la mosca de que puedas acceder cuando quieras. Ya sé que en la práctica no te supone alivio para tu problema que es tener que buscar plaza lo antes posible.

    36 euros, qué suerte! Por aquí andan algo más caros los alquileres.

    Espero lo encuentres pronto.
     
  24. Gus

    Gus Tali-bahn Administrador Coordinador

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    Uy uy uy de acceder cuando quieras olvídate que eso es propiedad privada y bien o mal, no tienes el uso y las consecuencias podrian ser peores.
     
  25. Juan Mateo

    Juan Mateo Forista

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    Si no te ha abierto la puerta... ¿has hablado con él? A ver si ha llegado el hijo, ha aparcado y punto. Me refiero porque si no has llegado a hablar con esa persona, ¿cómo sabes sus intenciones futuras?

    Yo he llegado a mi casa y me he vuelto loco buscando al propietario de un coche aparcado en mi plaza y resultó ser de un familiar de un vecino que entró y le dijeron que buscara un hueco. A ver si es tu caso...
     
  26. Bemeta

    Bemeta Forista Senior

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    No,si no pienso entrar más allí. Lo que pasa, que con la pataleta, estaba dispuesto a pagarle religiosamente todos los meses sin guardar el coche, sólo para que se fastidiara, hasta que viniera a pedirme por favor y por las buenas, que le dejara la plaza libre.
    Por aquí, depende. Tienes plazas desde 30 € hasta 100 €. En mi caso no tenía ni mando, ni puerta automática, ni nada. Además las plazas, justisisisisisimas. Lo que pasa es que mi edificio, no tiene parking y la plaza que tenía alquilada estaba a menos de 50 m. ](*,)
     
  27. RG

    RG Aprendiz Coordinador Miembro del Club

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    Ya, ya, no incitaba al delito. Decía, que al menos les queda la mosca a ellos. Yo en su lugar desde luego, no dormiría muy tranquilo guardando mi coche en un sitio al que tiene llave un ex-inquilino "insatisfecho", y por tanto, acceso sin violencia, alguien con el que no me he portado muy bien.
     
  28. Gus

    Gus Tali-bahn Administrador Coordinador

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    Jajajaja, y además eso, si RG ;-)
     
  29. Bemeta

    Bemeta Forista Senior

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    Completamente de acuerdo. Conmigo pueden estar tranquilos, pero hay cada uno, ... :mus-
     
  30. RG

    RG Aprendiz Coordinador Miembro del Club

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    Quizás allí en Zamora sea diferente, pero aquí en Madrid en los "Bronx" periféricos, sería más que probable que le hicieran una visita nocturna para devolverle las llaves :mus-

    En alguna ocasión a mi padre le ha pasado al contrario. Ha preferido que alguien se vaya "civilizadamente" o "por la buenas" aunque eso haya supuesto perder algunas semanas de renta (incluso habiendo pedido fianza).
     

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