Venta de coche de una S.L a un particular:4% o 16% de Iva???

Tema en 'Serie 3 (E90/E91/E92/E93) (2005 - 2011)' iniciado por Gorki, 9 Abr 2005.

  1. Gorki

    Gorki Forista Legendario

    Registrado:
    27 Abr 2004
    Mensajes:
    8.246
    Me Gusta:
    30
    Ubicación:
    Donosti,paraiso natural!
    Pues eso,siempre habia sido un 4% que yo sepa,es de 2ª,si fuera de primera seria un 16% no?el caso es que la compradora me dice que le han dicho en trafico que tiene que pagar un 16% adicional a las 980.000 cucas por las que le he vendido el Focus...me imagino que la chica se explicaria mal y no le dijo que era de segunda o algo asi...no se...sabriais la respuesta? Mith o sego que creo que controlais de numeros :-k
     
  2. lra

    lra Guest

    Siempre el 16%, no importa que sea nuevo o no. El 4% sólo es para los artículos de 1ª necesidad como alimentación.
     
  3. Gorki

    Gorki Forista Legendario

    Registrado:
    27 Abr 2004
    Mensajes:
    8.246
    Me Gusta:
    30
    Ubicación:
    Donosti,paraiso natural!
    Estas seguro del todo???
     
  4. malandar

    malandar Forista Senior

    Registrado:
    22 Nov 2003
    Mensajes:
    3.766
    Me Gusta:
    1
    Ubicación:
    Cádiz y alrededores
    vamos a ver, o es iva o es impuesto de transmisiones patrimoniales
    si es IVA tiene que ser el 16%
    de todas formas si es segunda transmision ya no seria IVA, sino transmisiones patrimoniales que paga el 7%
    A ver, los expertos fiscales
     
  5. Gorki

    Gorki Forista Legendario

    Registrado:
    27 Abr 2004
    Mensajes:
    8.246
    Me Gusta:
    30
    Ubicación:
    Donosti,paraiso natural!
    Perdon,es impuesto de transmisiones patrimoniales,al ser un 2ª no es iva,no era un 4% en lugar de ese 7% que dices?
     
  6. lra

    lra Guest

    Hombre pues salvo que el coche se vaya a destinar al transporte de minueválidos en cuyo caso sí el 4%, el tipo del 16%.
     
  7. Gorki

    Gorki Forista Legendario

    Registrado:
    27 Abr 2004
    Mensajes:
    8.246
    Me Gusta:
    30
    Ubicación:
    Donosti,paraiso natural!
    Quiza sea ese 7% que dice malandar...
     
  8. lra

    lra Guest

    A ver, transmisiones (que por cierto es el 6% no el 7) sólo se usa para compraventa entre particulares, cuando la venta la realiza una empresa siempre se devenga IVA. Existe un supuesto en el que la operación de venta por una empresa tributa por transmisiones pero afecta a bienes inmuebles y no viene al caso.
     
  9. Gorki

    Gorki Forista Legendario

    Registrado:
    27 Abr 2004
    Mensajes:
    8.246
    Me Gusta:
    30
    Ubicación:
    Donosti,paraiso natural!
    Espero que no sea como tu dices Ira...se me podria j*der la venta y todo...
     
  10. onep

    onep Forista

    Registrado:
    1 Abr 2002
    Mensajes:
    3.095
    Me Gusta:
    103
    Ubicación:
    BCN
    Pues que hable Sego, el seguro que lo sabe:mus- , pero me da que si es entre particulares se paga el 4% de transmisiones patrimoniales, si es de sociedad a un particular (y no es el vehiculo nuevo-sin matricular, esto es un concesionario de vehiculos) no se paga IVA 16%


    Creo...:roll:
     
  11. Miguel Rivas

    Miguel Rivas Guest

    La venta entre particulares son transmisiones patrimoniales y se liquida con el modelo 620.
    El tipo es el 4%
     
  12. onep

    onep Forista

    Registrado:
    1 Abr 2002
    Mensajes:
    3.095
    Me Gusta:
    103
    Ubicación:
    BCN
    Cierto.
    Y el Estado establece unas tablas que publica en un B.O.E. donde indica el valor patrimonial de cada uno de los vehiculos a motor (embarcaciones incluido)y los coeficientes reductores que se aplican a esos valores en funcion de los años que tiene el coche, cuanto mas años, menos pagas de transmisiones.
     
  13. sego

    sego Guest

    Hola, aquí llega la Agencia Tributaria :mus- vamos a ver si sirvo de ayuda, si el vendedor, o sea tú, tenía ese coche afecto a una actividad empresarial (ojo que si el vendedor no eres tú persona física sino una sociedad limitada o anónima siempre está afecto), tienes que repercutir el IVA (factura al canto), salvo que la SL no se hubiera deducido el que pagó (nada de nada) al comprarlo, en cuyo caso estaría exento en el IVA y tributaría la parte compradora por ITP. Espero haberme explicado.

    Lo de segunda entrega o posterior sólo vale para edificaciones, no es este el caso.

    A grandes rasgos va así, haría falta conocer todas las circunstancias.

    A mandar
     
  14. Mithrandir

    Mithrandir Guest

    resumiendo, que a pagar el IVA
     
  15. Gorki

    Gorki Forista Legendario

    Registrado:
    27 Abr 2004
    Mensajes:
    8.246
    Me Gusta:
    30
    Ubicación:
    Donosti,paraiso natural!
    A no ser que el coche se valorara segun tablas (un valor bastante inferior) y me diera el resto en b no???si no os chivais claro :)

    :roll:
     
  16. onep

    onep Forista

    Registrado:
    1 Abr 2002
    Mensajes:
    3.095
    Me Gusta:
    103
    Ubicación:
    BCN
    Si no se entera Sego y los suyos:mus-
     
  17. Gorki

    Gorki Forista Legendario

    Registrado:
    27 Abr 2004
    Mensajes:
    8.246
    Me Gusta:
    30
    Ubicación:
    Donosti,paraiso natural!
    je,je,je...veamos quer dicen,hay un e90 mas en juego no lo olvideis :)
     
  18. Gorki

    Gorki Forista Legendario

    Registrado:
    27 Abr 2004
    Mensajes:
    8.246
    Me Gusta:
    30
    Ubicación:
    Donosti,paraiso natural!
    Ahora que lo pienso detenidamente...la hacienda de aqui es foral y seguramente no se riga por las mismas normas por lo que me comentan...tendre que preguntarlo.
     
  19. sego

    sego Guest

    me parece que la cuestión, aunque estos trámites administrativos no los domino, es que en Tráfico al ver que el vendedor es una SL le habrán pedido la factura con el IVA (o la exención en su caso según he dicho antes, en cuyo caso tendrá que liquidar la compradora el ITP), no sólo que te haya pagado el 16% del IVA, si procede, que es lo primero que habría que determinar.

    Si procede ITP no hay problema, se aplican las tablas por la parte compradora y ya está. Si es IVA en la factura se pone (o se debe poner) el valor de venta percibido, y lógicamente la SL lo debe registrar y luego declarar con el resto de operaciones del trimestre.

    Saludos, mañana más si hace falta
     
  20. sego

    sego Guest

    es verdad, pero la regulación del IVA (con una ley diferente, eso sí) es la misma, está armonizada en la UE.
     
  21. Gorki

    Gorki Forista Legendario

    Registrado:
    27 Abr 2004
    Mensajes:
    8.246
    Me Gusta:
    30
    Ubicación:
    Donosti,paraiso natural!
    La verdad es que ando mosqueado sego...tengo un reputado abogado en la familia y me dice que no hay que pagar iva por ser coche de 2ª mano...soy un mar de dudas.
     
  22. Gorki

    Gorki Forista Legendario

    Registrado:
    27 Abr 2004
    Mensajes:
    8.246
    Me Gusta:
    30
    Ubicación:
    Donosti,paraiso natural!
    X cierto,gracias a todos por vuestra ayuda,ojala termine de venderlo ya...mi anterior saxo vts lo vendi en 2 dias y este me esta costando horrores...
     
  23. sego

    sego Guest

    hola, a falta de saber todos los datos como he dicho antes y con todos los respetos para el abogado de la familia, es indiferente que sea de segunda mano si no es una edificación. Como te digo el asunto está en si la SL se dedujo o no todo el IVA al comprarlo.

    De todas formas te aconsejo que vayas a los servicios de información de la Hacienda foral, seguro que te lo dicen con seguridad.

    Mañana más.
     
  24. Gorki

    Gorki Forista Legendario

    Registrado:
    27 Abr 2004
    Mensajes:
    8.246
    Me Gusta:
    30
    Ubicación:
    Donosti,paraiso natural!
    ok,eso hare...tambien es verdad que se dedica al ladrillo y no a la venta de coches...de todas maneras el iva se lo dedujo fijo asi que como decia Mith hace un rato,a pagar por webos el 16% no?
     
  25. sego

    sego Guest

    pues sí, además da igual la actividad de la empresa, como te dije el que sea SL hace que todo lo que haga entre en el ámbito del IVA, luego puede estar exento o no. En este caso si se dedujo el IVA de la compra no lo está, así que efectivamente procede el 16% sobre el precio del coche.

    Buen domingo:mus-
     
  26. RomanCj

    RomanCj Forista

    Registrado:
    4 Mar 2005
    Mensajes:
    3.176
    Me Gusta:
    0
    Ubicación:
    Madrid
    Ya que estamos, aprovecho el hilo.

    Sego, ¿y entre dos particulares? ¿Qué hay que hacer, pagar, etc?


    Suerte con la venta, Gorki!

    Salu2 a to2
     
  27. sego

    sego Guest

    Hola, entre dos particulares el comprador paga el ITP (Transmisiones Patrimoniales) tomando como valor el de las tablas que aparecen cada año, aplicando un porcentaje sobre dicho valor en función de la antiguedad del vehículo y luego el tipo del 4%.
     
  28. mikybcn

    mikybcn En Practicas

    Registrado:
    7 Feb 2003
    Mensajes:
    647
    Me Gusta:
    1
    Ubicación:
    Barcelona
    Por mi experiencia propia te puedo asegurar que si tu compras un coche y te desgravas el IVA, automaticamente al venderlo tienes que declararlo tambien con el 16%.

    Y si no mirad los diarios ultiamente, no delcras el IVA (en cantidades industriales de coches)... a la carcel!
     
  29. RomanCj

    RomanCj Forista

    Registrado:
    4 Mar 2005
    Mensajes:
    3.176
    Me Gusta:
    0
    Ubicación:
    Madrid
    Gracias, sego!
     
  30. Jodar

    Jodar En Practicas

    Registrado:
    16 Jul 2004
    Mensajes:
    596
    Me Gusta:
    9
    Ubicación:
    Murcia
    IRA respecto a lo que dices del tipo impositivo en transmisiones, no se donde viviras tu, pero aquí en Murcia es el 7 % por lo menos en vivienda... que es lo que yo domino...

    Saludos gente :eek:
     

Compartir esta página