Homologar aleron m2?

Tema en 'Homologaciones y legalizaciones' iniciado por ermechas, 7 Ago 2019.

  1. ermechas

    ermechas En Practicas

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    Buenas tardes a todos, acabo de comprarme por eBay un alerón tipo M2, es necesario homologar este tipo de alerón?? Muchas gracias!!
     
  2. tronco39

    tronco39 Clan Leader

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    No creo, yo lo tuve puesto en un e92 (el de pestaña) durante muchos años y varias ITV”s y nunca me dijeron nada.
     
  3. ermechas

    ermechas En Practicas

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    Es que lo acabo de comprar y quisiera verlo por si la guardia civil o tal me para
     
  4. ermechas

    ermechas En Practicas

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    Alguna respuesta mas de alguien?
     
  5. tronco39

    tronco39 Clan Leader

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    Hombre los de verde no te van a decir ni mu fijo.
     
  6. User_2201.1331

    User_2201.1331 Forista

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    Buenos días, la teoría es que es reforma 8.52 de carrocería por lo tanto SI hay que homologar, eso es lo único cierto....dicho es esto es probable que siempre pases ITV o no te diga nunca nada la policía pero nadie nunca te lo podrá asegurar.
    Un saludo
     
  7. ermechas

    ermechas En Practicas

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    Y eso? Por que estas tan seguro jaja
     
  8. User_2201.1331

    User_2201.1331 Forista

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    Buenos dias, la normativa es bastante clara, también puedes preguntar en ITV si la instalación de un alerón es reforma y te dirá lo mismo que yo.

    ACONDICIONAMIENTO EXTERIOR
    Estructura del vehículo
    8.52.- Modificación, incorporación o desinstalación de elementos en el exterior del vehículo

    Esta reforma se aplica a la sustitución o incorporación de elementos en el exterior del vehículo tales como:
    • Defensas.
    • Espejos, excepto: retrovisores auxiliares para vehículos autoescuela / PMR
    • Soporte de rueda de repuesto.
    • Cabrestante.
    • Alerones.
    • Estribos, taloneras y peldaños fijos.
    • Peldaños asistidos.
    • Sustitución o modificación de los parachoques.
    • Equipos de frío/calor de vehículos de temperatura dirigida.
    • Equipos de aire acondicionado en el exterior si la transformación afecta a la estructura.
    • Portaequipajes anclados en lugares distintos a los previstos por el fabricante del vehículo.
    • Soportes de rótulos o carteles publicitarios, así como soportes para la instalación de sistemas de alumbrado específico
    • Pasos de rueda ensanchados.
    • Carretillas elevadoras transportables.
    • Se incluyen también en esta reforma la sustitución de elementos del vehículo original por otros distintos que cumplan la
    misma función y que se incorporen en la carrocería o cabina.
    No se considera reforma:
    • Los deflectores aerodinámicos laterales tras cabina que no sobresalgan en total más de 100 mm
    • Dispositivos y equipos plegables diseñados para reducir la resistencia aerodinámica, siempre que no sobresalgan del
    extremo posterior del vehículo más de 500 mm y que no aumenten la longitud de la zona de carga.
    • La instalación de carenados laterales entre los ejes de tractoras.
    • La instalación de grupos hidráulicos y neumáticos, tanto en camiones tractores, para el accionamiento del basculante del
    semirremolque como en camiones tractores y semirremolques, para la carga y descarga de materiales pulverulentos y
    limpieza del vehículo.
    • Embellecedores de dispositivos de alumbrado y señalización luminosa que no afecten a la zona de salida de la luz.
    • Los embellecedores de carcasa de espejos retrovisores que no oculten ninguna parte de la zona de visión
    • La instalación de un soporte de rueda de repuesto en los bajos del vehículo.
    • Los peldaños retractiles no asistidos (accionados por la apertura o cierre de la puerta).
    • Escaleras traseras y peldaños fijos traseros en vehículos de categoría M, N y O que no afecten a la estructura ni la
    protección trasera del vehículo ni modifiquen las dimensiones del vehículo en más de 300 mm ni aumenten la capacidad de
    carga del mismo.
    • Los sensores de aparcamiento.
    • Embellecedores de escape.
    • Faldillas de rueda en vehículos M1.
    • Deflectores de aire en ventanas.
    • Los aireadores y rejillas de ventilación del habitáculo o zona de carga.
    • Las molduras no metálicas instaladas mediante adhesivos.
    • Los toldos, antenas de radio y televisión y portabicicletas o portamotos, siempre que no afecten a otras funciones del
    vehículo.
    • Instalación de baterías en los bajos del vehículo.
    • La instalación o sustitución de rejas separadoras/protectores de cristal de cabina instalados en zona frontal de la caja de
    carga de vehículos pickup, que no varíe las dimensiones del vehículo.
     
  9. Estefania Martinez garcia

    Estefania Martinez garcia

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    Si quitar razon a nadie .. se suelen fijan mas en los alerones de metal que en los de plasticos.. al menos eso me paso a mi con un citroen c5 ke tuve saludos
     

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