22 detenidos por robar y desguazar 800 coches en los últimos nueve meses

Tema en 'Foro General BMW' iniciado por litrigc, 14 Mar 2019.

  1. litrigc

    litrigc En Practicas

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    22 detenidos por robar y desguazar 800 coches en los últimos nueve meses
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    22 detenidos por robar y desguazar 800 coches en Madrid


    La Guardia Civil de Tráfico de Madrid ha detenido a 22 miembros de una organización criminal que robó por encargo y desguazó mas de 800 coches en los últimos nueve meses en la región. Entre los detenidos hay propietarios de desguaces y talleres mecánicos y también han sido apresados los dueños de dos gestorías y de una chatarrería.

    Los arrestados abrían con facilidad cualquier vehículo empleando unas llaves maestras (decoder) traídas desde Bulgaria y Rusia. También disponían de máquinas de diagnosis de vehículos para poder poner en marcha los turismos. Siempre actuaban de noche y en puntos periféricos de la región.

    El vehículo sustraído era desmontado en pocas horas y sus piezas eran luego vendidas a talleres, desguaces y chatarrerías bajo la apariencia de legalidad gracias a la documentación que falseaban las gestorías implicadas. Los robos eran encargados desde los propios desguaces y los talleres mecánicos en función de las piezas que les demandaban.

    La investigación ha sido realizada por el Grupo de Investigación de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil que mantiene abiertas las pesquisas, ya que hay miles de piezas recuperadas en los registros efectuados en nueve naves y desguaces de la región. Hay varias marcas de coches afectadas por las fechorías de esta banda, aunque las más perjudicadas son Volkswagen, BMW y Mercedes.

    El cabecilla de la trama, de 40 años, cuenta con numerosos antecedentes policiales y su lugarteniente había sido detenido por homicidio. Entre los arrestados hay miembros de clanes que han sido apresados hasta en 12 ocasiones por robos de vehículos.

    En una rueda de prensa, el jefe del sector del Tráfico, el teniente coronel Benito Monzón, ha explicado que la investigación se inició el pasado mes de mayo, cuando los agentes madrileños detectaron un aumento significativo de robos de vehículos, desguace y distribución de sus piezas, a través de talleres, compraventas, y centros autorizados del sector del automóvil.


    EXTARRADIO MADRILEÑO
    Por eso, pusieron en marcha dispositivos y averiguaron que la banda robaba coches todos los días en horario nocturno, salvo los fines de semana, y que solían elegir población del extrarradio madrileño, aunque también se les atribuyen robos en las provincias de Toledo y Ávila.

    Los vehículos sustraídos eran estacionados en la vía pública para enfriarlos durante varias horas y poco después procedían a su despiece, que era muy rápido. Las piezas eran enviadas por mensajería a talleres, compraventas, y centros autorizados del sector del automóvil, dando así, salida "legal" al material ilícito.

    Gracias a las investigaciones efectuadas, los guardias civiles identificaron al presunto cabecilla del grupo, conocido como 'El gitano', y así descubrieron la estructura piramidal que ostentaba la organización criminal ya desmantelada. Este individuo era el que tras recibir los encargos de las piezas ordenaba los robos de los automóviles, contando con un estrecho colaborador que era el encargado de buscar al resto de compinches necesarios.

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    Llave decoder empleada por la banda para abrir los vehículos.
    En la siguiente fase, los agentes lograron localizar la infraestructura utilizada por la organización, encontrando nueve naves situadas en fincas donde contaban con toda la equitación necesaria para el desguace de los coches.

    Para completar toda la operación este grupo contaban con la colaboración de dos gestorías (una pirata y otra legal, pero las dos consciente de lo que hacían) que se encargaban de la falsificación de los documentos, llegando incluso a adulterar las fichas técnicas y los permisos de circulación de los automóviles.

    Dentro de la estructura de la organización, el grupo contaba con expertos en el robo de vehículos, quienes recibían órdenes todos los días para perpetrarlos, colombianos técnicos en mecánica y electrónica que recepcionaban los coches en las naves y los desmontaban, manipulando los cuentakilómetros, troquelando bastidores; contando en el último escalón con las gestorías para la falsificación de los documentos y con personal que buscaba empresas de transporte rápido, teniendo también contacto con tres empresas de chatarrería y destrucción de residuos para deshacerse de las piezas sobrantes.

    Una vez constatada toda la organización, los agentes procedieron, con la oportuna autorización judicial a realizar 32 registros en las naves, talleres y desguaces de las provincias de Madrid, Toledo, Zaragoza, Lérida y Barcelona, y también en la Comunidad Valenciana, donde se han recuperado una inmensa cantidad de piezas pertenecientes a más de 650 automóviles, además de material electrónico muy sofisticado, utilizado para cometer los hechos delictivos. Han sido localizadas piezas de coches robados por esta banda en Andorra, Francia, Alemania, Suiza, Suecia y Dinamarca. Encontraron también 32 vehículos no desaguazados y ya saben a quien pertenecen otros 150. Ahora procede un laborioso trabajo para recomponer todos los robos.

    DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD
    Los detenidos son 20 hombres y 2 mujeres, de nacionalidades sobre todo española, pero también hay polacos, argentinos, rumanos y colombianos, entre otros, con edades comprendidas entre los 24 y los 70 años, todos ellos con múltiples antecedentes. El cabecilla es un ciudadano español delincuente habitual y con muchos antecedentes por delitos contra la propiedad, y alguno por drogas.

    Por estos hechos se les imputa delito de pertenencia a organización criminal, robo continuado de vehículos, falsedad documental, estafa, y receptación. Entre los arrestados están los dueños de los talleres (el clientes finales no sabían que eran piezas robadas), de chatarrerías y de las gestorías. La Guardia Civil cree que la banda estaba operativa desde el año 2014 y que no tiene vínculos con organizaciones de aluniceros, ha apuntado el teniente coronel.

    La investigación, que terminó en febrero, continúa abierta, centrándose en la actualidad en el estudio patrimonial de las personas detenidas, y del estudio de las piezas intervenidas, que hasta la fecha afectan a más de 150 vehículos sustraídos, por lo que se espera esclarecer una importante cantidad de coches robados. Adoptaban extraordinarias medidas de seguridad con inhibidores de frecuencia y GPS.

    El jefe de la zona de la Guardia Civil de Madrid, el general Berrocal, ha afirmado que la desarticulación de esta organización criminal "es otro ejemplo más de la capacidad de la Guardia Civil para operaciones largas y complejas en muchos campos". "Una de las formas más importantes de trabajar en prevención de delincuencia es la investigación porque con la detención de este individuos hemos conseguido evitar durante un determinado tiempo más delitos", ha añadido.

    http://videos.elmundo.es/v/0_1hp45m...obar-y-desguazar-800-coches-en-madrid?count=0



     
    Última edición por un moderador: 15 Mar 2019
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  2. litrigc

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  3. Garvan90

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    Sigo diciendo que con todo lo que ha avanzado el automóvil tecnológicamente, la parte de seguridad ante un robo es ridícula
     
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  4. user_1007.2120

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    Na,ahora que los dejen por la calle otra vez y tan amigos.Nos merecemos esta p*ta gente y mas.
     
  5. litrigc

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    Eso seguro.
     
  6. *NANO*

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    Ojo, 800 coches, y no baratijas. A una media de 25.000 pavos (y seguramente me quedo corto), hablamos de 20 millones de pavos.

    Pues bien, veremos si pisan la cárcel. Así es España, el paraíso de los BUENOS delincuentes. Los rateros o los que menudean lo tienen más jodido.
     
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  7. litrigc

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    https://www.iberley.es/temas/delito-robo-hurto-uso-vehiculos-48431

    El bien jurídico protegido es el derecho de uso o utilización que ostenta el propietario sobre el vehículo o ciclomotor y, por consiguiente, cometerá el delito tanto quien sustrae y se apodera del vehículo o ciclomotor como quien poseyéndolo legítimamente, realiza un uso del vehículo o ciclomotor distinto de aquel para el que había emitido autorización el propietario.

    El sujeto activo de este delito podrá ser cualquier persona salvo el propietario del vehículo o ciclomotor. En el supuesto de que el propietario cometa esta conducta respecto del poseedor legítimo, no estaría cometiendo un delito de robo o hurto de uso de vehículos, pues no se trataría de un vehículo ajeno, aunque sí podría tratarse de un hurto de posesión (Art. 236 ,Código Penal). Por otra parte, el sujeto pasivo será tanto el propietario como el poseedor legítimo de un vehículo o ciclomotor.

    El objeto material será única y exclusivamente un vehículo a motor o un ciclomotor, es decir, cualquier vehículo de tracción mecánica. Lo que se castiga es la utilización del vehículo sólo para usarlo, por consiguiente, no debe de existir un ánimo de apropiación. El legislador objetiviza dicho ánimo de apropiación a través de la restitución del vehículo o ciclomotor directa o indirectamente en un plazo de 48 horas, en cuyo caso pasaríamos a encontrarnos ante un robo o un hurto genérico.

    La conducta típica del delito de robo y hurto de uso de vehículos se encuentra recogida por el Art. 244 ,Código Penal, en el cual hay un tipo básico y varias figuras agravadas. Así pues, el mencionado precepto se estructura en 4 apartados:

    - 244.1 ,Código Penal: Este artículo viene a establecer el tipo básico y respecto de la conducta típica dice que será castigado con la pena de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días o multa de 6 a 12 meses, aquel que sustrajere o utilizare un vehículo a motor o ciclomotor ajenos sin la debida autorización, pero sin ánimo de apropiárselo y siempre que, ya fuere indirecta o directamente, lo restituyere en un plazo máximo de 48 horas y sin que la pena impuesta pueda ser igual o superior a la que le correspondería en el supuesto de que se apropiare definitivamente del vehículo. Así pues, la conducta típica aquí descrita requiere dos componentes:

    • La sustracción del vehículo o ciclomotor: Esto requiere un acto de apoderamiento así como la utilización del vehículo o ciclomotor de acuerdo con su destino, es decir, la conducción del mismo.
    • La utilización del vehículo o ciclomotor sin autorización: Basta con que se utilice sin el consentimiento de su propietario o poseedor legítimo.
    - 244.2 ,Código Penal: Este artículo hace referencia al tipo agravado del delito de robo y hurto de uso de vehículos a motor y establece que en el supuesto de que el hecho descrito por el primer apartado fuere ejecutado empleando fuerza en las cosas, la pena será aplicada en su mitad superior.

    - 244.3 ,Código Penal: Se refiere al supuesto en que la restitución del vehículo o ciclomotor se produce con posterioridad a las 48 horas o simplemente no se produce. Así, dice el precepto que de no efectuarse la restitución en el plazo señalado, el hecho será castigado como hurto o robo en sus respectivos casos. La restitución implica la devolución del vehículo al propietario del mismo. No obstante, en el 244.1 ,Código Penal se hace referencia a una restitución directa y a una indirecta, sin embargo, ambas producen los mismos efectos. La restitución directa se da en los casos en que el vehículo se deja en el lugar en el que se encontraba al tiempo de la sustracción o en un lugar donde pueda encontrarse fácilmente. Por el contrario, el abandono del vehículo en cualquier lugar es una forma de restitución indirecta.

    - 244.4 ,Código Penal: Este artículo establece que en el supuesto de que el hecho fuere cometido con violencia o intimidación en las personas, serán impuestas las penas del Art. 242,Código Penal:

    - De 2 a 5 años de prisión para el que cometiere un robo con violencia o intimidación.

    - La misma pena en su mitad superior, para el supuesto de que el delincuente hiciere uso de las armas o de otros medios igualmente peligrosos para cometer el delito o incluso para solo salvaguardar su huida.

    - La pena inferior en grado teniendo en cuenta la menor entidad de la violencia o intimidaciónejercidas valorando las demás circunstancias del hecho.

    El delito se consuma con la puesta en marcha y circulación del vehículo a motor o del ciclomotor. Asimismo, nos encontraríamos ante una tentativadel delito de robo y hurto de uso de vehículos a motor cuando se intenta poner en marcha el vehículo pero no se consigue.

    En lo referente a la autoría y a la participaciónsurgen dudas a la hora de determinar qué ocurre con todos aquellos sujetos que utilizan el vehículo sustraído a sabiendas de que ha sido hurtado o robado. La legislación actual incluye a estos sujetos como responsables penales.

    Por otra parte, en el supuesto de que un individuo sustraiga el vehículo y otro lo conduzca, en este caso ambos serán coautores de un delito de robo o hurto de uso de vehículos a motor. No obstante, aquellos sujetos que suban al vehículo sin haberlo sustraído y sin que lo conduzcan están exentas de responsabilidad penal.



    REGULACIÓN ANTERIOR A LA REFORMA:



    El delito de robo y hurto de uso de vehículos se encuentra regulado en el Capítulo IV, del Título XIII, del Libro II del Código Penal (Art. 244 ,Código Penal).

    La LO 15/2003, de 26 de noviembre, por la que se modifica la LO 10/1995, de 23 de noviembre del Código Penal introduce dos novedades con respecto a este tipo de delitos:

    1. Sustitución del valor mínimo del vehículo expresado en pesetas por su valor expresado en euros, que deberá ser de 400€.
    2. La conducta típica pasa a describirse a través de los verbos “sustrajere” o utilizare”.
    Bien jurídico protegido

    El bien jurídico protegido del delito de robo y hurto de uso de vehículos ha sido objeto de discusión en reiteradas ocasiones. Así, son dos las posturas en relación con este elemento:

    • El bien jurídico protegido es el derecho de uso o utilización que tiene el propietario sobre el vehículo o ciclomotor, cometiendo el delito tanto el que sustrae o se apodera del vehículo como el que poseyéndolo legítimamente, lleva a cabo un uso del vehículo distinto de aquel para el cual le había autorizado el propietario.
    • Teniendo en cuenta que el delito de robo y hurto de vehículos no es un defecto del hurto, en este caso, el bien jurídico protegido es la posesión y, por consiguiente, únicamente podrá cometer el delito quien no tiene la condición de poseedor legítimo.
    No obstante, actualmente, el bien jurídico protegido es el derecho de uso o utilización que ostenta el propietario sobre el vehículo o ciclomotor y, por consiguiente, cometerá el delito tanto quien sustrae y se apodera del vehículo o ciclomotor como quien poseyéndolo legítimamente, realiza un uso del vehículo o ciclomotor distinto de aquel para el que había emitido autorización el propietario.

    Sujetos activo y pasivo

    El sujeto activo de este delito podrá ser cualquier persona salvo el propietario del vehículo o ciclomotor. En el supuesto de que el propietario cometa esta conducta respecto del poseedor legítimo, no estaría cometiendo un delito de robo o hurto de uso de vehículos, pues no se trataría de un vehículo ajeno, aunque sí podría tratarse de un hurto de posesión (Art. 236 ,Código Penal).

    Por otra parte, el sujeto pasivo será tanto el propietario como el poseedor legítimo de un vehículo o ciclomotor.

    Objeto material

    El objeto material será única y exclusivamente un vehículo a motor o un ciclomotor, es decir, cualquier vehículo de tracción mecánica. Asimismo, el valor del vehículo deberá ser superior a 400€, pues en el supuesto de que el valor sea inferior, estaríamos ante una falta del 623.3 ,Código Penal.

    Lo que se castiga es la utilización del vehículo sólo para usarlo, por consiguiente, no debe de existir un ánimo de apropiación. El legislador objetiviza dicho ánimo de apropiación a través de la restitución del vehículo o ciclomotor directa o indirectamente en un plazo de 48 horas, en cuyo caso pasaríamos a encontrarnos ante un robo o un hurto genérico.

    Conducta típica

    La conducta típica del delito de robo y hurto de uso de vehículos se encuentra recogida por el artículo 244 Código Penal, en el cual hay un tipo básico y varias figuras agravadas. Así pues, el mencionado precepto se estructura en 4 apartados:

    1. 244.1 ,Código Penal: Este artículo viene a establecer el tipo básico y respecto de la conducta típica dice que será castigado con la pena de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días o multa de 6 a 12 meses, aquel que sustrajere o utilizare un vehículo a motor o ciclomotor ajenos sin la debida autorización cuyo valor fuere superior a 400€ pero sin ánimo de apropiárselo y siempre que, ya fuere indirecta o directamente, lo restituyere en un plazo máximo de 48 horas y sin que la pena impuesta pueda ser igual o superior a la que le correspondería en el supuesto de que se apropiare definitivamente del vehículo. Asimismo, continúa diciendo el precepto que será castigado con la misma pena el que en el plazo de un año realice la acción descrita en el 623.3 ,Código Penal 4 veces y siempre que el montante acumulado de las infracciones sea superior al mínimo de la referida figura del delito. Así pues, la conducta típica aquí descrita requiere dos componentes:

    • La sustracción del vehículo o ciclomotor: Esto requiere un acto de apoderamiento así como la utilización del vehículo o ciclomotor de acuerdo con su destino, es decir, la conducción del mismo.
    • La utilización del vehículo o ciclomotor sin autorización: Basta con que se utilice sin el consentimiento de su propietario o poseedor legítimo.
    2. 244.2 ,Código Penal: Este artículo hace referencia al tipo agravado del delito de robo y hurto de uso de vehículos a motor y establece que en el supuesto de que el hecho descrito por el primer apartado fuere ejecutado empleando fuerza en las cosas, la pena será aplicada en su mitad superior.

    3. 244.3 ,Código Penal: Se refiere al supuesto en que la restitución del vehículo o ciclomotor se produce con posterioridad a las 48 horas o simplemente no se produce. Así, dice el precepto que de no efectuarse la restitución en el plazo señalado, el hecho será castigado como hurto o robo en sus respectivos casos. La restitución implica la devolución del vehículo al propietario del mismo. No obstante, en el 244.1 ,Código Penal se hace referencia a una restitución directa y a una indirecta, sin embargo, ambas producen los mismos efectos. La restitución directa se da en los casos en que el vehículo se deja en el lugar en el que se encontraba al tiempo de la sustracción o en un lugar donde pueda encontrarse fácilmente. Por el contrario, el abandono del vehículo en cualquier lugar es una forma de restitución indirecta.

    4. 244.4 ,Código Penal: Este artículo establece que en el supuesto de que el hecho fuere cometido con violencia o intimidación en las personas, serán impuestas las penas del Art. 242,Código Penal:

    • De 2 a 5 años de prisión para el que cometiere un robo con violencia o intimidación.
    • La misma pena en su mitad superior, para el supuesto de que el delincuente hiciere uso de las armas o de otros medios igualmente peligrosos para cometer el delito o incluso para solo salvaguardar su huída.
    • La pena inferior en grado teniendo en cuenta la menor entidad de la violencia o intimidación ejercidas valorando las demás circunstancias del hecho.
    Iter criminis

    El delito se consuma con la puesta en marcha y circulación del vehículo a motor o del ciclomotor. Asimismo, nos encontraríamos ante una tentativa del delito de robo y hurto de uso de vehículos a motor cuando se intenta poner en marcha el vehículo pero no se consigue.

    Autoría y participación

    En lo referente a la autoría y a la participación surgen dudas a la hora de determinar qué ocurre con todos aquellos sujetos que utilizan el vehículo sustraído a sabiendas de que ha sido hurtado o robado. La legislación anterior no penaba esta conducta, toda vez que no habían sido ellos los que habían realizado la sustracción, sin embargo, la regulación actual sí incluye a estos sujetos como responsables penales.

    Por otra parte, en el supuesto de que un individuo sustraiga el vehículo y otro lo conduzca, en este caso ambos serán coautores de un delito de robo o hurto de uso de vehículos a motor. No obstante, aquellos sujetos que suban al vehículo sin haberlo sustraído y sin que lo conduzcan están exentas de responsabilidad penal.
     
  8. Fireblade

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    A cada cerdo le llega su San Martín :chulo:
     
  9. Alcaide

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    Si les cortaran la cabeza, ya no robaban nunca más... Enhorabuena el gran trabajo realizado por las autoridades, para desmantelar dicha organización. Lástima que tanto tiempo y personas empleado en dicho trabajo, sirva para tan poco "pronto estarán en la calle haciendo lo mismo".
     
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  10. *NANO*

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    Desgraciadamente, a algunos no les llega nunca.
     
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  11. ER330d

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    Ya habrá primos suyos siguiendo el negocio porque "la empresa" no creo que quede desatendida :pompous:

    Ya tiene que haber demanda para j*der 800 coches en 9 meses..
     
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  12. Ram

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    Con el nivel técnico que debe tener esta gente para desmontar en dos horas un coche robado y tener listas y clasificadas las piezas para distribuir a talleres y desguaces, podrían ganarse la vida casi igual de bien en un taller legal :amo2::amo:
     
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  13. *NANO*

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    Dicen que hay implicados más de 200 talleres y desguaces que les compraban piezas... :metra:
     
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  14. Garvan90

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    Luego pagas piezas nuevas en el taller de pepe y resulta que te han colocado una de segunda mano, y robada...
     
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  15. gogo

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    800 coches !!! j*der ; 3 diarios y luego desarmar ..... y tal .
     
  16. Garvan90

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    Tú no has visto al ruso ese que coje un amasijo de hierro de un ostiazo y lo deja como nuevo? Pues ahora piensa en que es solo desarmar y desarmar....lo hacen muy bien, luego chasis a trocitos y fuera que pase el siguiente...
     
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  17. smash

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    hay que decir que la organización y método es impecable.
     
  18. smash

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    el máximo exponente del canibalismo mecánico
     
  19. Fenuma

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    Pero que narices hay que hacer con este País, para que se metan a todos estos HDP en la cárcel de una vez.
     
  20. *NANO*

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    Cambiar las vergonzosas leyes para que, entre otras cosas, vivir como Dios a base de robos no esté permitido.
     
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  21. Demo

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    Hace poco en Los Inválidos en París, vimos como tres niñas de unos 14 o 15 años trataban de arrancar el bolso del hombro a una señora nórdica o de por ahí . El marido de alrededor de 60 forcejeaba con dos de ellas mientras la tercera tiró a la mujer al suelo, momento en que el rubio en cuestión le soltó un remazo. Pues bien.. .... Las niñas se pusieron a gritar "Gendarmerie" y a llorar hasta el punto de que dos chicas francesas se acercaron y le explicaron a aquellos pobres iconos del bienestar europeo que lo que tienen que hacer si les intentan robar es llamar a las autoridades pero nunca forcejear y mucho menos resistirse, pues serán seguramente acusados de agresión o algo peor por las menores....
    A mí y a otro compañero que habíamos acudido a socorrer a aquella mujer nos dijeron que saliesemos de allá echando leches porque a las niñas les cogerán los datos y las sueltan en media hora, pero a nosotros nos podrían retener cómo poco un par de días o tres.
    Fué un episodio de mucha impotencia, y al menos me sentí confortado de ver como de las decenas de personas que había cerca, los que corrimos aquellos cuarenta metros a ayudar eramos cinco españoles y dos americanos de veinte años.

    Resumiendo, el mundo está hecho para que esta gentuza sobrevivan a costa nuestra y hay demasiados intereses para que ésto siga siendo así.
     
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  22. Guancho

    Guancho Clan Leader Miembro del Club

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  23. Yitzak

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  24. technics

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    Tienes toda la razón.
     
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  25. alvaris

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    Es que es un negocio muy lucrativo.

    Vivo al lado de el mayor centro de desguaces de España(y posiblemente de Europa) y no sabéis la cantidad de coches desguazados y chanchullos que se ven. No hay dia que salga con la bici que no me encuentre un coche desguazado en un camino apartado. El otro dia me encontré un MB clase R
     
  26. puntoloco

    puntoloco Clan Leader

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    en un pais serio esa gente pasaría un tiempo a la sombra, los extranjeros perderían la visa y serían deportados y los locales se les quitaría todo e inhabilitados a ciertas profesiones y no poder acercase a determinados sitios...
     
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  27. Civico

    Civico En Practicas

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    Si no hubiera gestorías y desguaces implicados con perfecto conocimiento de la procedencia ilícita de las piezas iban a vender leches
    Toda delincuencia a gran escala tiene siempre delincuentes de guante blanco al frente o implicados
     
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  28. Sechs

    Sechs CEO DOS CFA Moderador Miembro del Club

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    Una descarga eléctrica en los huevos por cada coche sustraído es lo mínimo que se les puede hacer.
     
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  29. joselolailo

    joselolailo Forista

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    hola siempre iran por delante de los fabricantes los beneficios son tan impresionantes que ellos investigan por encima de los sistemas de seguridad de las marcas un saludo gracias
     
  30. Fallout

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    Ahora un par de azotes en el culete y fuera, aquí no ha pasado nada.
     

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