alguien ha comprado piso por cooperativa????

josinho

En Practicas
hola a todos, he estado en una reunion acerca de la construccion de unos bloques de viviendas mediante una cooperativa, me gustaria saber si alguien de vosotros tien alguna experiencia al respecto...es que ando un poco perdido...en principio es un chollo!!
 

Alvaris

Clan Leader
Moderador
Miembro del Club
hombre tanto como un chollo...tu piensa que van a tardar unos años mas en construir,porque vais a ir dando dinero todos los meses y con ese dinero se va avnzando.No esta el precio cerrado(como en otras viviendas).Tambien ten en cuenta que tampoco esta cerrada la fecha de entrega, es mas conozco gente que ha tardado casi 10 años en darles el piso.Asegurate antes de meterte en los avales de la constructora,porque segun esta ahora la construccion yo no me fiaria mucho,ademas ahora en renta libre hay pisos que no tienen que envidiar en precios a estos.
 

Gus

Tali-bahn
Administrador
Coordinador
Pues es como todo: PSV gestionaba cooperativas. PSG , la patrocinadora de Alonso, la del Getafe, tambien (los dos fiascos quizá más llamativos, busca en google) Pero desde luego eso no invalida el sistema: solo demuestra que cuanto menos glamour derrochen ,mejor, para empezar y como en casi todo en la vida.
 

Gavira

Tr3s españoles, cu4tro opiniones.
Miembro del Club
Cuanto menos glamour, mejor; y cuanta menos gente, igual mejor. ;-)

Vivienda Joven, del Ministerio de Vivienda.
Emancipación Joven. Cooperativas de vivienda

Pdf: http://www.emancipacionjoven.es/imaxes/file/vivienda/viv - cooperativas de vivienda.pdf

iabogado.com dijo:
Qué es una cooperativa y cuál es su objeto?

Una de las vías, en principio, menos costosas para adquirir una vivienda es a través de una cooperativa, dado que, como veremos, desaparece la figura del promotor y el comprador de la vivienda, convertido en socio cooperativista, se ahorra el beneficio empresarial que le correspondería a dicho promotor.

En general, una cooperativa es una asociación de personas físicas o jurídicas que, teniendo intereses o necesidades socio-económicos comunes, desarrollan una actividad empresarial, distribuyéndose los resultados que produzca entre sus socios.

Por su parte, las cooperativas de viviendas tienen por objeto proporcionar a sus socios-promotores viviendas y/o locales, edificaciones y obras complementarias, pudiendo para ello adquirir, parcelar y urbanizar terrenos y realizar aquellos trabajos, obras y servicios que sean necesarios, e incluso aportar directa y personalmente el trabajo de sus socios.

Si las obras de construcción no se realizan directamente por la cooperativa, éstas se adjudicarán de conformidad con la normativa que se contenga en sus propios estatutos o que sea acordada por la Asamblea General expresamente convocada para ello.
Las cooperativas podrán también incluir entre sus fines la conservación y administración de las viviendas, elementos, zonas o edificaciones comunes y la creación y suministro de servicios complementarios.

Al igual que en el caso de las Comunidades de propietarios, es frecuente que, para el cumplimiento de sus fines, las cooperativas designen una entidad gestora que será responsable ante la propia cooperativa de cualquier perjuicio que causen sus actuaciones a los intereses de la misma e igualmente, y de forma individualizada, frente a los socios y terceros.


Antes de la incorporación a la cooperativa


Antes de incorporarse a una cooperativa de viviendas, es aconsejable que Ud. se informe bien sobre los siguientes aspectos:
  • Respecto a la cooperativa: La cuantía de la aportación que es necesario efectuar al capital social de la cooperativa, el importe de la aportación necesaria para hacer frente a las primeras gestiones, los estatutos sociales, y los datos que sobre la cooperativa figuran inscritos en el Registro de cooperativas de viviendas.
  • En cuanto a la promoción de la vivienda, es importante que preste atención las cuestiones relacionadas con la titularidad de los terrenos, los planes de edificación, el coste aproximado de la vivienda y anexos, el programa de financiación, el plazo de ejecución y las condiciones de transmisión de la vivienda o vinculación de la vivienda.
  • Respecto a este último punto, la vinculación de la vivienda, se trata de un periodo de tiempo en el que está restringida la libertad para vender la vivienda existiendo una especie de derecho de retracto (derecho a revocar la venta de la vivienda) a favor de la cooperativa; así, si Ud. desea venderla dentro de este periodo deberá ofrecérsela a los socios que integren la cooperativa por orden de antigüedad, y si ninguno de ellos desea adquirirla, podrá venderla libremente.
    El periodo de vinculación tiene una duración legal de 5 años aunque en los estatutos de la cooperativa puede señalarse un plazo superior.
  • Por último, debe destacarse que, en ningún caso, se podrá impedir su inscripción a una cooperativa de viviendas por razones políticas, sindicales, religiosas, sexuales... etc.
En cualquier caso, un abogado podrá ofrecer asesoramiento sobre todas estas cuestiones a la vista de las particularidades que presente cada supuesto concreto.

Los tipos de aportaciones a la Cooperativa


Las aportaciones que se pueden realizar a favor de la cooperativa de viviendas pueden consistir en:
  • Aportaciones al capital social: Suelen representar pequeñas cantidades, entre las 5.000 y las 50.000 Ptas., 30,05 € y 300,51 € respectivamente, cantidades que son reembolsables en el caso de que Ud. desee darse de baja de la cooperativa.
  • Cuota de ingreso y /o cuotas periódicas: Se destinan a abonar los gastos de actuación de la sociedad cooperativa y los servicios que ésta realiza en las primeras etapas de su funcionamiento (constitución, mantenimiento, administración, etc.) Estas cuotas no son reembolsables y tampoco pasan a formar parte del capital social.
  • Aportaciones para financiar la vivienda y sus anexos: Se destinan directamente a abonar el coste de la vivienda.
Las cuantías de las distintas aportaciones a la cooperativa se determinan tras la realización del Plan de Financiación que deberá aprobar la Asamblea General de socios cooperativistas y admitir contractualmente y de forma individualizada cada socio.
Estas aportaciones se realizan mediante una entrega inicial, el resto del importe se fracciona en plazos periódicos que deberán ser satisfechos durante las obras de ejecución.

La Ley General de Cooperativas prevé la posibilidad de que Ud. cause baja en la cooperativa con el derecho a la restitución del capital entregado si se incorpora un nuevo socio.

También es posible que deba hacer frente a mayores pagos que los establecidos en el Plan de Financiación si se introducen modificaciones en el presupuesto, en las obras, o para responder de los posibles vicios ocultos o desperfectos que pueda presentar la vivienda.

Como hemos señalado, el socio se ahorra el beneficio empresarial que obtiene el promotor. Por otro lado y como contraprestación, será responsable, incluso económicamente, como miembro de la sociedad cooperativa, de las viviendas y locales que no se adjudiquen al final de la promoción.


Los Estatutos de constitución de la Cooperativa. Derechos y Obligaciones de los socios

Los estatutos de constitución de la cooperativa regulan y establecen los requisitos que en cada caso se exigen para poder acceder a la condición de socio, las relaciones entre sus miembros, los derechos y deberes derivados de la condición de socio, la composición del Consejo Rector de la cooperativa... etc.

Entre otros los derechos y obligaciones más destacados de los socios de una cooperativa de viviendas se encuentran los siguientes:

Derechos de los socios
  • Poder elegir y ser elegidos para desempeñar los cargos de los órganos sociales.
  • Formular propuestas y participar con voz y voto en la adopción de acuerdos de la Asamblea General y demás órganos sociales.
  • Recibir la información necesaria para el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la condición de socios.
  • Participar en la actividad empresarial que desarrolla la cooperativa para el cumplimiento de su fin social.
  • Recibir intereses por las aportaciones al capital social, cuando así lo prevean los estatutos sociales.
  • Recibir el beneficio neto obtenido de la venta o alquiler de los locales comerciales, cuyo importe se destina habitualmente en disminuir el coste de la vivienda.
  • Recibir la actualización y devolución de las aportaciones al capital social
  • Darse de baja en la cooperativa de forma voluntaria, exigiéndose un preaviso por escrito al Consejo Rector. El plazo de este preaviso no podrá ser superior a 3 meses, pero es posible exigir el compromiso de no causar baja injustificada hasta el final del ejercicio económico que no podrá ser superior a 5 años.
    Es posible que, para los casos de baja justificada, en los estatutos de la cooperativa se prevea la sustitución de un socio por otro, ya sea de la lista de los que se encuentran a la espera o propuesto por el que casa la baja.
Obligaciones de los socios
  • Asistir a las reuniones de la Asamblea General y demás órganos colegiados de los el socio forme parte.
  • Cumplir los acuerdos adoptados por los órganos sociales de la cooperativa.
  • Participar en las actividades que desarrolla la cooperativa para el cumplimiento de su fin social.
  • Guardar secreto sobre aquellos asuntos y datos de la cooperativa cuya divulgación pudiera perjudicarla.
  • No realizar actos competitivos con las actividades empresariales que desarrolla la cooperativa, salvo autorización expresa del Consejo Rector.
  • Aceptar los cargos para los que el socio sea elegido, salvo causa justificada.
  • Hacer el pago de las aportaciones al capital social en la forma y dentro de los plazos previstos.
  • Participar en las actividades de formación.
Ud. no podrá ser socio de dos o más cooperativas de viviendas en una misma localidad, salvo que tenga reconocida la condición de familia numerosa.

El sistema de adjudicación o distribución entre los socios de las viviendas constituidas en régimen cooperativa debe contenerse en los estatutos de la sociedad o acordarse por la Asamblea General, con sujeción en todo caso, a los principios y caracteres de la cooperación.


La cesión de los derechos sobre la vivienda

El socio que antes de adquirir la plena propiedad de la vivienda y, en todo caso, antes del transcurso de 5 años (salvo que por los estatutos se determine un plazo superior) contados a partir de la concesión de la cédula de habitabilidad, pretenda ceder su derecho sobre dicha vivienda, deberá ponerla a disposición de la cooperativa, ante el Consejo Rector.
Este órgano determinará, por orden de antigüedad, cuál de sus socios que se encuentra a la espera de adjudicación de vivienda, puede subrogarse en los derechos y obligaciones del que desea ceder sus derechos.
Esta lista de socios expectantes debe figurar en el tablón de anuncios de la Cooperativa, así como en el Libro especial que debe llevar la cooperativa para estos casos.


La duración de las cooperativas

Los estatutos de la cooperativa deben fijar como plazo de duración mínima de la sociedad, el tiempo necesario para que las viviendas puedan ser adjudicadas individualmente a los socios, y subsistir otros 5 años más (como mínimo) a partir de la concesión de la cédula de habitabilidad o documento similar.

Adelante con la cooperativa y recuerda que mientras más gente para "decidir"... Que todo esté bien "decidido" desde un principio, qué, cómo, y cuánto y dónde se para; que cualquier "cambio" puede encarecer el coste, de tiempo y monetario.

Saludos,
 

erchechuuu

Forista Legendario
yo te pongo otro dato encima de la mesa....:

"..... igual no es el momento...."

quieres una buena oportunidad inmobiliaria? seguro que la tienes a mano con algún promotor cercano sin necesidad de meterte a ciertas cosas.

Un slaudo.
 

Gavira

Tr3s españoles, cu4tro opiniones.
Miembro del Club
erchechuuu;6382310 dijo:
yo te pongo otro dato encima de la mesa....:

"..... igual no es el momento...."

quieres una buena oportunidad inmobiliaria? seguro que la tienes a mano con algún promotor cercano sin necesidad de meterte a ciertas cosas.

Un slaudo.

Buen apunte peeeero, siempre que sea una vivienda/edificio/zonas comunes/entorno/urbanización consolidada; no será el primer caso que ni siquiera un grano no hace granero, ni ayuda al compañero biggrin
Hay bastantes urbanizaciones, zonas comunes, etc. (lo que mencionaba antes, incluso el portal de entrada) que van a padecer bastante tiempo estar inacabados. Eso será si cuando toque constituir la "comunidad de propietarios" y esté todo dispuesto para contratar la línea telefónica (de emergencia) para el ascensor, sólo está el hueco y falta la maquinaria biggrin
Así que este consejo erchechuu que dabas es bueno, siempre y cuando la ejecución esté al 99% finalizada; y sobre todo, que estés bastante de acuerdo con lo que estás comprando y cómo está, porque el dinero irá a tapar otros agujeros, y no los de la alcantarilla de acometida de saneamiento 25mtrs más abajo de la finca :ang: ;-)
 

Alvaris

Clan Leader
Moderador
Miembro del Club
erchechuuu;6382310 dijo:
yo te pongo otro dato encima de la mesa....:

"..... igual no es el momento...."

quieres una buena oportunidad inmobiliaria? seguro que la tienes a mano con algún promotor cercano sin necesidad de meterte a ciertas cosas.

Un slaudo.
yo opino igual,quizas no sea el momento.Habra que esperar un par de años a ver como sale todo porque creo que habra mas oportunidades
 

josinho

En Practicas
muchas gracias a todos, pero, el piso en cuestion, ahora mismo es imposible de encontrar por este precio, y, si dejo pasar esta oportunidad y despues no aparece ninguna ganga?
un saludo a todos!!!
 

TONI1947

En Practicas
Hola, mi experiencia en las dos que he pasado y los muchos años que las he visto ( 40) cuando empezó este sistema te cuento lo siguiente:


Cuando se apunta uno a una cooperativa ,no tiene que tener prisa en tener casa,cuando se dá bien ,suele tardar 5 ó 6 años desde que te apuntas.

Antes de apuntarse, enterate si tienen terreno facilmente adjudicable

Enterate si es cooperativa realmente,hoy en dia hay muchas constructoras camufladas,tambien te digo ,dado todos los problemas que tienen y hasta ahora hera promovidas por partidos politicos hay menos ahora se llaman de otra manera.

Cuando una persona se mete a organizar un entramado de esta categoria hay mucha gente buena ,peeeero siempre se cuelan muchos zascandiles
ya sean politicos,interesados,inmoviliarias etc etc.

Tambien te digo que todo lo que se habla ahora de construir y ayudar marcha por este camino.

Aqui en Toledo hay muchas viviendas construidas con este sistema y todo lo que hay preparado que son miles son por este sistema .

es mi esperiencia suerte y vista.
 

Jiro

Mr. Caceres
Miembro del Club
Yo no se porque, pero siempre he comprado los inmuebles ya de pie. Muchas salen bien, pero otras no tan bien. Los casos directos que conozco de cooperativas siempre se ha tardado mas años de los esperados y han salido bastante mas caras del presupuesto inicial.
 

TXURDI

Clan Leader
yo prefiero comprar algo ya hecho.puedes realmente ver como esta todo,tocar,mirarlo a fondo,detallitos,etc..ahora se empiezan a ver "buenos precios" y digo buenos comparandolos con los de hace año y medio
 

erchechuuu

Forista Legendario
Gavira;6382360 dijo:
Buen apunte peeeero, siempre que sea una vivienda/edificio/zonas comunes/entorno/urbanización consolidada; no será el primer caso que ni siquiera un grano no hace granero, ni ayuda al compañero biggrin
Hay bastantes urbanizaciones, zonas comunes, etc. (lo que mencionaba antes, incluso el portal de entrada) que van a padecer bastante tiempo estar inacabados. Eso será si cuando toque constituir la "comunidad de propietarios" y esté todo dispuesto para contratar la línea telefónica (de emergencia) para el ascensor, sólo está el hueco y falta la maquinaria biggrin
Así que este consejo erchechuu que dabas es bueno, siempre y cuando la ejecución esté al 99% finalizada; y sobre todo, que estés bastante de acuerdo con lo que estás comprando y cómo está, porque el dinero irá a tapar otros agujeros, y no los de la alcantarilla de acometida de saneamiento 25mtrs más abajo de la finca :ang: ;-)


yo le había dado por sentado que eran en proyecto...
si la vivienda se puede tocar y pisar la cosa cambia.

tengo clientes con viviendas de proteccion y cooperativas con viviendas terminadas y aun sin vender, ese tipo si son buenas oportunidades.

pero meterte ahora a una historia con un recorrido de tantos años en el momento actual me da la sensacion de no ser una gran idea.

sds
 

Tony-325i

Forista Senior
erchechuuu;6384440 dijo:
yo le había dado por sentado que eran en proyecto...
si la vivienda se puede tocar y pisar la cosa cambia.

tengo clientes con viviendas de proteccion y cooperativas con viviendas terminadas y aun sin vender, ese tipo si son buenas oportunidades.

pero meterte ahora a una historia con un recorrido de tantos años en el momento actual me da la sensacion de no ser una gran idea.

sds

+1

Buscas en edificios recien acabados que seguro que hay viviendas aún sin vender y puedes encontrarte verdaderas oportunidades, incluso mira alguna que haya comprado alguien hace unos años y se la hayan entregado hace poco que seguro que tb encuentras algo interesante... yo tengo clientes promotores que, según zonas, están vendiendo a precio de coste para quitarse por lo menos el prestamo al promotor....biggrin
 

Gavira

Tr3s españoles, cu4tro opiniones.
Miembro del Club
Yo sigo recomendando "ojo avizor" de los pisos recién terminados, con [muchos] pisos sin vender; después llega el momento de formalizar la comunidad de propietarios, soltar la primera derrama y ahí te quedas muerto de risa sin presupuesto. Amén de otras situaciones de proveedores -no diré nombres- que de no haber una mayor demanda de contrataciones, no invierten en cableado (por poner un ejemplo) o ampliaciones (de potencia en kaveas, o repetidores, o muffin, o vete a saber)
 
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