Me lio, y no es ni la primera ni la última vez que comento sin leerme todas las respuestas, soy un caliente y contesto en cero coma, jajaja, sorry!
Sí, si tenéis toda la razón. Yo sólo lo he puesto porque es patético que intenten galleguizar o castellanizar la señal y no hagan ni una cosa ni otra
De todas maneras poco cambio iba a "haber" (corrección patrocinada por *NANO* ): Y - E Laborables - Laborais Lunes - Luns Viernes - Venres Si hay algún filólogo galeguista, en el sentido de que estudió filología gallega, por el foro que me corrija. Yo sólo llego a nivel de gallego CELGA 3.
Bueno, si tu profesor te ha dicho eso, sus razones tendrá, pero el Reglamento General de Circulación dice otra cosa... 2.- Art. 171 del Reglamento General de Circulación: Marcas de Otros Colores La nomenclatura y significado de marcas de otros colores son los siguientes: a) Marca amarilla zigzag. Indica el lugar de la calzada en que el estacionamiento está prohibido a los vehículos en general, por estar reservado para algún uso especial que no implique larga permanencia de ningún vehículo.
Sin quitarte la razón en lo que expones, te diré que en los test oficiales de tráfico, sale esta pregunta en concreto, zig-zag y señal vertical con horario y día, prevalece la vertical, y esque así lo especifica el artículo 133 del reglamento, incluso en la edición del 2015 inciden en ello y más concretamente en este tipo de señales. No soy un experto en la materia, pero quien decidirá el recurso no es el policía local, será el contencioso, y si digo una cosa, la interpretación será a cargo del juez de turno, como es el caso en el foro, muchas interpretaciones, pero hay una que si me llama la atención, la denuncia no es por zig-zag, lo cual hace deducir e intuir que los policías, tras comentarios de los lugareños, se dieron cuenta de la cagada, y ante ello, recurren a un truco bastante feo, denunciar un precepto prácticamente imposible de recurrir, ya puestos que Le hubieran denunciado por conducción temeraria o negligente. En fin, veremos si el compañero tira adelante o no para conocer el resultado, también decían que eran imposible de ganar las de radar y aquí hay un forero que después citaré, que bien la ganó oye, juicios tengas. . .. Y los ganes claro.
En Madrid, donde está permitido aparcar fuera del horario establecido, las zonas de carga y descarga tienen ese zig-zag amarillo pintado.
El orden de prioridad de las señales nadie lo discute pues así viene establecido en el Reglamento. En primer lugar estan las señales de los agentes y en último las señales horizontales. Pero en éste caso coexisten dos tipos se señalización, una de ellas vertical con una limitación temporal que a partir de las 18:30 ya no rige pues finaliza la carga y descarga, y la otra es el ya mencionado zigzag amarillo, que este si que rige de forma permanente, a excepción de los horarios que reza en la señal vertical, que siendo prioritaria anula el zigzag durante un horario determinado, pero no lo anula de forma permanente. Entiendo que puede dar lugar a confusión, pero fijate que las zonas de carga y descarga que permiten el estacionamiento después del horario, no vienen pintada la señal zigzag en amarillo.
Y esto es lo que nos está liando a unos cuantos. Desde luego que lo que dice @antonigj es correcto (el artículo 171 del RGC lo deja claro; zig-zag amarillo, ni se me ocurre dejar el coche), pero ahora me encuentro con esto (cosas de tu amiga Carmena): Fuente (con fotos explicitas); https://www.google.es/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&ved=2ahUKEwjGta73j6_hAhVUDGMBHZIyCtQQjhx6BAgBEAM&url=https://www.espormadrid.es/2018/07/mapa-de-las-mas-de-1500-reservas-de.html&psig=AOvVaw05qUFQq9gYfUT5DMq6fGX_&ust=1554215986791386 A mi esto me deja loco Contradice al Reglamento General de Circulación! Solo sé que no sé nada ...y porque me lo han dicho
Sí lo he leido. En ese caso los faldones de las señales tendrán que ser suficientemente explícitos para entender que solo se prohibe el estacionamiento en esa franja horaria. Hay muchas variables, también estan los carriles multiuso que durante un horario son carriles de circulación y durante otro horario son carga y descarga. Luego también hay que mirar, antes de aparcar, el tipo de señal que hay en la esquina anterior, la cual rige en todo el tramo. Es un poco lioso, eso está claro.
Pues yo lo veo al revés. ¿Ganar un recurso habiendo estacionado en un rayado amarillo que prohíbe estacionar? No le doy ni un 1% de probabilidades de éxito.
Pero si ademas se lo han llevado por dificultar el giro del bus, ya lo del ziz zag es lo de menos, en vlc tampoco se los llevan
Según el juez que le piile ese día puede interpretar que la señalización es confusa e incluso contradictoria. Con los jueces nunca se sabe.
No estoy de acuerdo, en Alicante si están pintadas, en León tambien y en Madrid también, en todas ellas se puede. El reglamento de circulación si contempla lo que mencionas, en caso de que dos señales puedan crear confusión, como es el caso, prima primero, la la de mayor nivel, en este caso la vertical, y en caso de coincidencia de nivel, la más restrictiva. A eso quiero llegar, esque este supuesto si esta contemplado en la modificación del 2015, repito, esta disponible para descargar y lo indica claramente, mayor nivel primero, en caso de confusión, y si ambas fueran Viale so verticales, la más restrictiva. En fin, suposiciones, yo te aseguro que no Le denuncio ni de coña, pero bueno, cada cual interpretamos la ley de una manera y quien decide, como bien indicas sería el juez y la interpretación que el de en todos los artículos que hemos indicado.
Esta tarde he ido al cuartel a solicitar la foto para ver cuánto estorbaba...me dicen que vuelva mañana
Otro detalle que nos hemos dado cuenta hoy, en la esquina de la izquierda se ve una señal, pues es un prohibido aparcar con una flecha hacia la izquierda ...eso sí está bien señalizado
Me olía que no podían ser tan eficientes...solicito la foto del aparcamiento y todavía no han descargado las fotos. Rediós, la multa no tardó ni un día
Cuando saqué el carnet de conducir, el de moto en noviembre del 85 y el de coche en enero del 86, no se podía aparcar a menos de 5 o 7 metros de un cruce, no recuerdo la longitud, porque impedía la visibilidad, no sé por qué lo han cambiado, ahora ya no se menciona medida alguna. Aquí hay un cruce que da a una recta por la que suelen pasar algunos a velocidades por encima del máximo legal, y los ciclomotores y scooters aún peor. Según vas llegando vas viendo esto: Te asomas, miras para la izquierda y entre la señal del paso de peatones y los coches aparcados a menos de 3 metros, no ves lo que te viene por ese lado: Y mirando hacia la derecha, como haya coches aparcados al principio de la zona de aparcamiento no verás lo que te viene de allí: Ya no es el primero que asoma un poco de más el morro para ver algo y alguien choca contra él. Yo, cuando paso en la bici por la carretera a la que se llega voy atento por si se asoma alguien. Es una sitio con mucho tránsito, ya no os digo nada en verano estando a pie de playa, porque por ahí sales del parking del Eroski para ir hacia el centro del casco urbano. Además, la carretera que va paralela a la playa es la que lleva a las otras playas más concurridas del municipio.
Aquí queda más o menos claro lo de carga y descarga. http://www.seguraalejandro.com/se-puede-estacionar-domingo-carga-descarga/
Ya tengo echo el recurso gracias a @perturHDV Y añado un vídeo calentito de ésta tarde para que veáis lo que podía molestar mi furgoneta
Un recurso de esas características es muy difícil ganarlo... te multaron por dificultar el giro del autobús, el recurso que tú presentes le llegará al agente denunciante, éste no se va a echar para atrás, sino que se ratificará en la denuncia y te contestarán que lo han desestimado. Los únicos recursos que se ganan es cuando hay defectos de forma, incumpmimiento en los plazos, certificados de revisión de radar caducados o cosas de ese estilo. Aún así suerte...
Una duda para los letrados: recuerdo una sentencia, creo que de Madrid, en la cual venía a decir que la presunción de veracidad era válida cuando no pudieran utilizarse otros métodos. He visto varias veces a los municipales haciendo fotos de coches mal aparcados. ¿No podría negar que el coche dificultara el giro, dado que se encontraba a más de 5 m de la intersección (creó que es lo que prohíbe o prohibía en mi época el código) y solicitar documento gráfico? ¿Hasta qué punto los municipales tienen obligación de hacer las fotos? Pienso que es posible escaparse por ahí.
Ningún policía con competencias en tráfico tiene que realizar fotos, pues la ley les otorga presunción de veracidad. Los que si están obligados a realizar fotos son los auxiliares de movilidad, estos últimos no son policías y carecen de la presunción de veracidad, de ahí la necesidad de foto.