Lo quiere comparar , pero en el programa de ayer en la 2 le sacaron los colores pq bien clarito le dijeron que nada tiene que ver nuestra modalidad con la del resto de paises europeos que la tienen ,incluso con la de los franceses.
Creo que con la política que estan llevando a cabo, tendremos desgraciadamente un doble efecto pernicioso: 1.- Mas gente en la cárcel, y que no habrá matado a nadie. 2.- Y un incremento de accidentes (esperemos que almenos no mortales -aunque esto está por ver) debido a que los conductores nos vamos a quedar literalmente sobaos al volante, vamos a estar mas distraidos, vamos a creernos que podremos hacer más cosas meintras conducimos a 120 km. etc, etc... PD: La propia ley, obligó en las autopistas (desconozco si en las autovias) a colocar unos inmensos paneles informativos de los precios de los carburantes, de las distintas estaciones de servicio. ALGUIEN HA SIDO CAPAZ DE PODER LEERLO?
A 120 km/h, igual te da tiempo hasta a sacar la calculadora para saber las diferencias en porcentajes ;-)
Porfavor furius o quien me lo pueda decir ,¿de donde has sacado esta informacion?. Es porque ayer lo discutia con un amigo y le he imprimido la tabla esta ,pero seguro que me viene diciendo que esto lo he podido hacer yo con el ordenador 8-[. Me podeis decir algun sitio oficila donde lo ponga?? ;-)
Siento mucho decirlo, pero esa tabla no puede estar bien... si no me equivoco, superar en un 50 % la velocidad ( siempre que sea en mas de 30 km/h) está considerado muy grave y te retiran 6 puntos...y no se cumple por ejemplo en la de limitacion de 60... segun eso, a 104 km , que es bastante mas del 50 % son solo 3 puntos y es grave y se queda en 200 €.. y a mi fueron 300 y me quitarán el carnet... y segun esa tabla, a 91 serian solo 2 puntos y 140 euros...no me cuadra nada si esto es cierto, sería recurrible la mia ?
Entiendo que si estas en plazo,SI puedes recurrir esto acogiendote a la nueva norma mas favorable Cual es tu opinion, Gus?
Por eso quiero saber de donde sale esto ,yo tenia entendio que la suspension del carnet sigue como antes ,ademas de los puntos :roll:
No he leído todo el post, pero me acaban de poner una multa según la nueva tabla: me ha pillado un radar móvil en la AP1-AP68 por ir a 145 km/h. Por un casual, ¿alguien tiene la tabla vigente hasta hoy?
a 132km/h hoy por hoy no veo posible ir; definitivamente nos hemos vuelto locos yo me voy a pasar por el conce a que me quiten la 6 marcha total pa que. Y estos que traen siete marchas total pa que
nop [-X , antes no te calzaban 300 euros por ir a 150 en autopista...eran "solo" 140 € la rebaja por pronto pago es del 30 % , 100 euros se quedan en 70... comparad con esta tabla que si que estaba vigente de verdad
joer, joer, según la nazi-tabla como dicen por ahí, circular por la carretera de Toledo a la misma velocidad de hace unos meses supone pasar de no estar sancionado a quitarte 6 puntos y multa de 450 leuros. Me explico, hace un par de años aprox. esa carretera (autovia) estaba limitada a 120 km/h. De la noche a la mañana amanecimos con sendas placas a 80 km/h. La autovia es exactamente la misma, y se circulaba a 140 sin ningún problema (ni riesgos, ni peligros). Ahora habrá que ir a 90 como máximo para no ser sancinados. Es de locos.
A mi la tabla tampoco me cuadra. Se supone que cuando pasas entre 21 y 30 Km/h la velocidad máxima (en autopista entre 141 y 150) te quitan dos puntos y según la tabla no te quitan ninguno...:-k
Menudo tercermundismo esta dgt y su ministerio... ¿Qué será lo próximo? [:>pray España, bananera, capital del Tercer Mundo.
Pues esa es la duda que tengo yo ,porque me lo discutian el otro dia ,me decian que "TODAS" las multas por velocidad eran sancionadas con puntos y yo le decia que no por esta tabla. Por eso pregunto que si es sacada de algun sitio oficial ,tiene puesto el logotipo de la dgt ,pero no se :roll:
A mi hace dos semanas me cazaron a 175 en la AP2 Km 168.............multa de 200€ y 140€ con el descuento...