Buenas tardes compañeros. Como sabéis, hoy se inicia el plazo de la declaración de la renta y creo recordar que otros años había abierto un post sobre dudas que íbamos teniendo y que podría ayudar a otros compañeros. Bien, en mi caso el año pasado ajusté el irpf para quedarme a pre y así fue, me salió a recibir unos 30€. Este año seguía igual, con la única modificación de que me compré un segundo piso el 29 de noviembre. Con solo un mes a mi nombre, me meten unos 500€ derivados de las rentas o algo así, ahora no recuerdo exactamente y lo acabo de mirar (y eso que no está alquilado ni nada). Ah, y debajo aparece 600€ de ganancias aparte en 2019, pero no desgrana de donde proceden. Con lo que me sale a pagar casi 400€, por culpa de esta situación. Evidentemente tendré que hablar con un asesor en cuanto pueda... Muchas gracias chicos.
Si con un solo un mes a mi nombre ya me meten eso, si es proporcional, el año que viene tengo que venderlo para pagar a hacienda.
Buenas,el seguro del hogar en que casilla iba,alguien se acuerda? Ya e metido la cuota sindical,pero el seguro creo que era modificando ya algunos números pero no recuerdo bien
En caso de que sea una vivienda que esté alquilada. Como sea la habitual juraría que no Aviso para quien le interese: Vivienda con hipoteca en alquiler para vivienda habitual. Te puedes deducir los intereses de la hipoteca, seguro, comunidad, ibi, gastos varios tipo pintura del piso, etc. Creación de una nueva empresa: Deducción del 30% de lo invertido en ella. Compra de vivienda habitual: Te puedes deducir en Madrid algo del ITP. Ojito Criptomonedas: Para quien lo sepa, hay que meter perdidas o ganancias. Lo que no sé es dónde
El seguro obligatorio de la vivienda si. Todos los años desde que la tengo en 2008 lo estoy desgravando junto con el sindicato,y seguro de vida porque me lo quite pero también iva. por cierto ya lo encontre,era sumandolo al pago de la hipoteca.
Es decir, sumas el coste del seguro a la hipoteca (para los que nos desgravamos por ella)? La primera vez que lo oigo... Voy a buscar información
Claro,lo sumo al gasto del año de hipoteca. En tu caso supongo no desgravara porque no tienes hipoteca. En hacienda que varios años la e echo ahí,les llevaba el recibo del seguro y ellos lo metian.
Si la tengo, asi que lo incluyo. Es poco dinero el 15% del seguro, pero vamos, ya pago bastante y si es mio pues para mi. Siempre se aprende algo en este foro
Creo que solo puedes sumar la parte del seguro que cubre el continente, no la parte del contenido, vida, u otras coberturas que tengas contratadas. Pero no me hagas mucho caso que no soy asesor fiscal, mejor informarse bien.
Apartado Esposa para confirmar la autorización. En NIF ya me sale directamente el de la esposa. Pincho en "No tengo Pin", si pongo mi DNI me dice que ya estoy autorizado y si meto el de la esposa, me da un código y un pin (por sms), los introduzco en sus correspondientes casillero y ¿Alguien sabe porqué me da error al pinchar en Confirmar?. Gracias de antemano.
Ojo hay que matizar las cosas... El seguro de vivienda vinculado a una hipoteca contratada antes del 2013, desgrava al considerarse obligatorio su contratación, pero solo desgrava la parte de la prima obligatoria, que es la cobertura contra incendio. El resto de la prima destinada a otras coberturas no desgravaria. Por tanto si te viene una inspección y te piden los recibos de los ultimos 5 años y te has desgravado la prima completa, te llevarás una buena multa por cada año que hayas incumplido la norma.
Hola chicos, En la declaración del año anterior declaré unas pérdidas patrimoniales de un fondo de inversión y si no me equivoco figuran como "pendientes de aplicacion en ejercicios futuros". El caso es que este año me sale a devolver, y queria saber en que casilla puedo meter la cantidad que no me pude deducir el año pasado como perdida patrimonial. Es una cantidad pequeña, 76 Euros o una cosa asi, pero menos da una piedra... EDITO A ver, que lo acabo de ver pero no lo entiendo muy bien... En la pagina 50 del borrador, casilla 1267/68/69 "Saldo neto negativo de las ganacias y perdidas patrimoniales a integrar en la base imponible del ahorro", me pone que efectivamente en 2018 fueron 78,26€ pendientes de aplicacion, en la casilla 1268 "aplicado en esta declaracion" pone la cantidad de 0.04€ , y en la casilla 1269 pendiente de aplicacion en ejercicios futuros pone 78,22€ Mi pregunta es, puedo poner en la casilla 1268 el importe total de 78,26? es que me parece ridiculo que me den ahora 4 centimos y dejen el resto pendiente.... Gracias!
Bueno deciros que hacienda me tenia que devolver el año pasado 1800 euros, y me los acaba de deolver este mes,no se porque nosotros tenemos que pagar en plazo y ellos no.
Yo también, hice la mía (conjunta) a primera hora y por la tarde la de una amiga que no se aclara con estas cosas y en ambos casos sin problema (desde Renta Web en el portátil)... Otros años el primer día se colapsaba la página, me ha sorprendido porque pensé que con todos en casa iba a ser imposible.... En teoría empiezan mañana viernes las devoluciones, pero no se yo cómo estará la hucha después de los últimos acontecimientos...
Hola, alguien me podria decir en que casilla hay que marcar lo del sindicato? Voy a intentar hacerla por primera vez en el ordenador a ver que tal me sale
alguien sabe como he de incluir esto? si lo meto en retribucion en especie, ingreso a cuenta me sale un error ya que me dice que he de meter algo en valoración, pero no se bien bien que he de meter en valoración o si lo puedo dejar en blanco aunque me parece que no. El sabado la termino con mi cuñado fiscalista pero quiero darle el menos trabajo posible.
Pues en hacienda siempre me lo metieron el seguro,menos el año pasado y este que lo e echo yo a traves del borrador,seguro del piso,seguro de vida(este me lo quite) y el pago del sindicato
Ni el borrador web de hacienda, ni la presentación de la renta con cita previa, exime al contribuyente de su responsabilidad, por las acciones u omisiones que hubieran dado lugar a una declaración incorrecta. P. D. En el caso del seguro de vida, solo se puede desgravar si figura en la escritura del préstamo hipotecario como un seguro de carácter obligatorio.