Hola a todos. Como algunos ya sabreis por el otro post el Sabado entraron a robar en el garaje de mi finca y entraron en varios coches rompiendo las lunas, entre ellos el mio, causando desperfectos en el interior y robando varios objetos como la radio, gafas de sol, etc. La cuestion es que esta mañana he ido a la compañia (Mutua Madrileña) con la pertinente denuncia y me han dicho que el robo de los objetos del interior del coche no los cubre la poliza, ni la radio, ni las gafas, ni lo demas, pero que no lo cubre ni mi poliza (Terceros Plus con robo, incendio y lunas), ni ninguna poliza de ningun seguro de cualquier compañia aunque sean Todo Riesgo. ¿Esto es así o se quieren escaquear de soltar la pasta? Saludos.
Me temo que asi es, lo lamento. Otra cosa es que si acaece el riobo en un parking o depósito o similar deba cubrirlo la póliza del establecimiento.
O salvo que la radio esté metida en los "extras" del coche o similar. Las gafas de sol seguro que no. La radio como te digo, a no ser que estuviera "declarada" (no sé si está bien empleada la palabra). Y seguramente que no te cubre esto del robo, si te pasa con un incendio, sería exactamente igual, si llevas maletas o cualquier cosa dentro del vehículo, no te lo cubrirá casi con total seguridad. Yo de vez en cuando "juego" en arpem a ver qué cosas ofrecen los seguros de coche y cuánto cuestan, según la edad del conductor, la provincia, marca y modelo de coche, tipo de seguro... Y me gusta comparar entre un seguro y otro qué cosas cubre cada uno.
El seguro cubre el coche asegurado sin extras. Si quieres que te los cubra tienes que indicarlos en el momento de hacer el seguro. Si es un extra no de la casa, puedes añadirlo como "accesorios extra" y tú mismo le das un valor. Todo esto subirá la póliza que debas pagar. Para los objetos que puedas tener dentro tipo chaqueta, teléfono, etc habría que preguntarlo.
Finca particular no es aparcamiento público a estos efectos. Pero incluso en este caso hay limitación: "Los aparcamientos públicos están obligados a restituir al portador del justificante, en el estado en el que le fue entregado, el vehículo y los componentes y accesorios que se hallen incorporados funcionalmente -de manera fija e inseparable- a aquél y sean habituales y ordinarios, por su naturaleza o valor, en el tipo de vehículo de que se trate. (Artículo 3.1, letra c de la Ley 40/2002)".
Antes, no se ahora, algunas pólizas de algunas compañías incluían pequeñas cantidades, 150-300 euros para esos menesteres.
a mi me la abriero en la calle (el polo) lo tengo a todo riesgo tb con mutua y nada no cubre naaaa:axe: