Duda Cómo proceder ante un atestado de la Guardia Civil de Tráfico erróneo, cuando no estés conforme.

Tema en 'Foro General BMW' iniciado por Gavira, 5 Mar 2021.

  1. perturHDV

    perturHDV Capitán América. Miembro del Club

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    A mi me suena a comentario neno, no atestado, no obstante, esos dos tienen que ir el día del juicio en caso de no estar conforme, con lo cual, tu abogado ya les dará donde tiene que darles y darán las explicaciones que tengan que dar, duda esa ausencia y otras tantas, los alcances por incorporación van en su totalidad con esas mediciones, que repito, no determina nada, pues ir a 140 km/h en lugar de 120km/h no cambia nada.

    Desde mi experiencia, que es muy poca, un alcance en incorporación se determina con lugar del impacto y metros de distancia recorridos desde dicha incorporación, recuerdo que en españa quien da por detrás tiene todas las de perder, existe eso de anticipación, distancia de seguridad, facilitar incorporación si las circunstancias de la vía lo permiten, etc etc. El tema de una posible velocidad anornalmente reducida es del todo impobrable dado la situación del tráfico en ese momento, al igual que las fotos, peritos, etc etc, no es una opción, incorpacion con un stop, distancia más qie suficiente recorrida,con lo cual, yo no estaría nada preocupado.

    O algo se nos escapa, ojo.
     
    Última edición: 6 Mar 2021
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  2. Gavira

    Gavira Tr3s españoles, cu4tro opiniones. Miembro del Club

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    El del tachón rojo es uno de los que andaba por el arcén.
    [​IMG]

    Voy a desayunar, que el apetito no lo he perdido.
     
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  3. *NANO*

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    Bueno, pues de momento, tranquilo, que a lo mejor cuando lo veas no hay nada que no te cuadre. No adelantemos acontecimientos.

    Pero bueno, que como ya te dije, si una vez recibido, tienes alguna discrepancia que sea determinante, te tocará utilizar la reclamación de daños y reclamar con abogado.
     
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  4. perturHDV

    perturHDV Capitán América. Miembro del Club

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    Insisto pepe, el asunto no es así, el puede opinar lo que le de la real gana, que está su compañero, declaraciones, fotos, pruebas y ya tranquilamente, en 2 o 3 semanas, se hará el atestado con la imparcialidad que debe obrar en el mismo, a la luz de lo expuesto, no tengo duda, si fuera al contrario, créeme que te lo diría, pero repito, hay que ver los metros recorridos, quizás la apreciación que tú estás teniendo no es la correcta y son menos, lo cual haría girar la situación.

    Estoy con @*NANO* , que nos duela la torta antes de recibirla no es lógico, que llega y no estás conforme, al lio con abogado y formular las preguntas que correspondan.
     
    Última edición: 6 Mar 2021
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  5. *NANO*

    *NANO* Clan Leader

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    De todas formas, por lo que relatas, me parece imposible que el atestado no sea claro. Parece un accidente bastante sencillo de esclarecer.

    La clave va a estar en la distancia existente entre el stop y el punto de impacto, y lo que determinen en base a ello. Es cierto que si el otro iba rápido, tu mujer no le dio tiempo a frenar, pero claro, lo que no me cuadra nada es lo del cambio de carril.

    Lo dicho, a esperar al atestado.
     
    Última edición: 6 Mar 2021
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  6. Gavira

    Gavira Tr3s españoles, cu4tro opiniones. Miembro del Club

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    Sí, yo no redacto atestados, pero estuve allí, 25 minutos.

    El coche quedó, tras impacto, con el morro girado en sentido contrario al de marcha, no pudiéndose abrir la puerta del acompañante, por encontrarse el vehículo "alineado" con la mediana de hormigón que separa los sentidos en la A7.

    Aparte del atestado.
     
  7. aLbErTo8020

    aLbErTo8020 Clan Leader Miembro del Club

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    Pepe no cogerías el coche de alquiler con la franquicia que suelen poner de 800-1000€ para que saliera más barato ??? O pillaste todo riesgo ??
     
  8. yaker

    yaker Forista Legendario

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    En cualquier caso Pepe... por desgracia tienes experiencia en estos asuntos. Aunque no era momento y situación. ¿Tu no sacaste fotos en detalle o que puedan esclarecer el asunto?

    Mira que odio esa salida, en serio hay que ser Gilipollas para ir por el carril derecho por ahí, por mucho que lo diga el reglamento de circulación. Te cambias al izquierdo y dejas que salgan... tu no estorbas, no te estorban y todos contentos
     
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  9. Gavira

    Gavira Tr3s españoles, cu4tro opiniones. Miembro del Club

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    Todo riesgo, sin franquicia.
     
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  10. aLbErTo8020

    aLbErTo8020 Clan Leader Miembro del Club

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    Entonces ni te compliques, el resultado es el mismo, si es culpa del contrario tiene la misma indemnización que si es culpa suya , si no está de acuerdo lo único que tendrías que demandar a la compañía propia pagando tú el abogado, pero el resultado es el mismo, ni te calientes el tarro .
     
  11. yaker

    yaker Forista Legendario

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    Un dolor de cabeza menos. A todo esto ¿qué tal la afectada?
     
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  12. perturHDV

    perturHDV Capitán América. Miembro del Club

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    No dejo de entenderte, pero tu mejor que nadie, que ya lo habrás hablado con más de uno, te habrá dicho lo mismo, insisto, no me preocuparía, máxime cuando se de sobra que se dice al llegar y que pasa después cuando se analiza la situación en condiciones.

    También te digo, muchos arrastran su trauma personal, yo por ejemplo siempre he sido contrario a la gente que lleva las largas por llevar o los antinieblas, lo veía en su momento y vamos, como un caza, pero luego no llevaba el cinturón y me daba igual, era su seguridad, quiero decir, a saber al voceras que le pasó en su día.......
     
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  13. Ronin

    Ronin Navegando con bandera de pendejo Miembro del Club

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    Jodido. A mi me paso hace años con uno de la policía local. Una que salió de aparcar sin. Irse en una calle y por esquivarla le di a uno que estaba aparcado. La señora era amiga de uno de los locales que vino a hacer el atestado. Pusieron que yo iba con exceso de velocidad a unos 90 km/h y que mi frenada era de 40 metros. Realmente la frenada era de 9 metros en bajada y con el piso mojado. Ellos no hicieron además ninguna referencia a la pendiente ni al estado mojado del pavimento. Ni hicieron caso a mi testigo, un compañero al que acababa de dejar justo en ese momento 50 metros antes.
     
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  14. nachogemma

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    Hola Pepe

    Espero que tu mujer esté bien...

    No siempre el que pega... paga.... como se ha dicho anteriormente... en un carril de incorporacion... aqui no procede... el que ya está en la autovia NO tiene la obligación de ceder el paso... NUNCA... y el que esta acelerando DEBE frenar e incluso llegar a deternerse... aqui los picapleitos argumentan en el jucio que les tiene que ceder el paso y NO es asi... aunque le atizen... la culpa es del que se está incorporando.

    En mis tiempos de fisica se decia que un coche recorria 140m haciendo 10s en el 0 a 100.... es fisicamente imposible que fuera a 70 u 80 km/h tras salir de parado a 110m...un fiat 500 de 69cv que lo hace en 14s

    El impacto de un coche que circula a 80 km/h a otro que va a menor velocidad te pone los pelos de punta y te hace parecer que va mas rápido.

    Tu mismo, tu picapleitos (que sea especializado en accidentes de tragico) o tu compañia de seguros podeis ir a "apestados" a pedir copia del mismo... os la daran gratuitamente y ya contaras
     
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  15. Gavira

    Gavira Tr3s españoles, cu4tro opiniones. Miembro del Club

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    ¿Hasta cuándo y en qué punto dónde se puede decir que el incorporado deja de ser el incorporado?

    Hablamos de 1 autovía de 2 carriles por sentido, el que se incorpora no tapona la calzada, el contrario ya circula por el carril izquierdo cuando el Fiat se incorpora.

    Habrá un momento que dejarás de ser "el incorporado" y (tema aceleración) siendo la velocidad máxima de la vía 80 también puedes circular (que no es el caso) a la mínima genérica que también es velocidad legal, por lo que una vez incorporado a circulación y alcanzada velocidad de mínima genérica el que "viene" también debería adecuar su velocidad a las condiciones de la vía.
     
  16. el_ovispo

    el_ovispo Forista Legendario

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    Si tu señora dice que el otro venía por la izquierda y el otro dice que lo hacía por la derecha, salvo una cámara o un testigo, ese aspecto deja de tener relevancia.

    Y nos vamos a la distancia entre el Stop y el lugar del impacto, ese dato, no el real, sino el que aparezca en el atestado será decisivo.

    Si alguno de los coches guardará información de la velocidad en el momento del impacto, también sería interesante, ¿podrías "acceder al Fiat" y pedir que mire ese dato el perito que vaya a verlo?
     
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  17. Gavira

    Gavira Tr3s españoles, cu4tro opiniones. Miembro del Club

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    Menos mal... Porque que se te quede la "etiqueta" de incorporado en Calahonda Costa del Sol hasta Barcelona ciudad condal es inasumible... ¿Hay un baremo de distancia?
     
  18. el_ovispo

    el_ovispo Forista Legendario

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    Supongo que no lo habrá exacto, 122,34m., pero que en función de la velocidad de la vía, climatología y/u otros factores ya estará estimado y tendrán su casuística estudiada.

    Para mí en una vía de 80 creo recordar que comentasre , 100m.seria más que suficiente, pero ni idea.
     
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  19. Gavira

    Gavira Tr3s españoles, cu4tro opiniones. Miembro del Club

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    La máxima de la vía es 80, y la mínima genérica 40, ya puestos.
     
  20. XEQUEBO!

    XEQUEBO! Forista Senior

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    Tomaros unas vacaciones que menuda lleváis.
    Tu pobre mujer es un cúmulo de sucesos.
     
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  21. nachogemma

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    CAPÍTULO V
    Incorporación a la circulación

    Artículo 72 Obligaciones de los conductores que se incorporen a la circulación

    1. El conductor de un vehículo parado o estacionado en una vía o procedente de las vías de acceso a ésta, de sus zonas de servicio o de una propiedad colindante, que pretenda incorporarse a la circulación, deberá cerciorarse previamente, incluso siguiendo las indicaciones de otra persona en caso necesario, de que puede hacerlo sin peligro para los demás usuarios, cediendo el paso a otros vehículos y teniendo en cuenta la posición, trayectoria y velocidad de éstos, y lo advertirá con las señales obligatorias para estos casos. Si la vía a la que se accede está dotada de un carril de aceleración, el conductor que se incorpora a aquélla procurará hacerlo con velocidad adecuada a la vía (artículo 26 del texto articulado).

    2. Siempre que un conductor salga a una vía de uso público por un camino exclusivamente privado, debe asegurarse previamente de que puede hacerlo sin peligro para nadie y efectuarlo a una velocidad que le permita detenerse en el acto, cediendo el paso a los vehículos que circulen por aquélla, cualquiera que sea el sentido en que lo hagan.

    3. El conductor que se incorpore a la circulación advertirá ópticamente la maniobra en la forma prevista en el artículo 109.

    4. En vías dotadas de un carril de aceleración, el conductor de un vehículo que pretenda utilizarlo para incorporarse a la calzada deberá cerciorarse, al principio de dicho carril, de que puede hacerlo sin peligro para los demás usuarios que transiten por dicha calzada, teniendo en cuenta la posición, trayectoria y velocidad de éstos, e incluso deteniéndose, en caso necesario. A continuación, acelerará hasta alcanzar la velocidad adecuada al final del carril de aceleración para incorporarse a la circulación de la calzada.

    5. Los supuestos de incorporación a la circulación sin ceder el paso a otros vehículos tendrán la consideración de infracciones graves, conforme se prevé en el artículo 65.4.c) del texto articulado.Téngase en cuenta que la referencia al artículo 65.4.c) debe entenderse hecha al artículo 65.4.a), conforme establece la disposición final tercera del presente Reglamento, introducida por el apartado diez del artículo único del R.D. 965/2006, de 1 de septiembre, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, aprobado por R.D. 1428/2003, de 21 de noviembre («B.O.E.» 5 septiembre).[​IMG]

    Artículo 73 Obligación de los demás conductores de facilitar la maniobra

    1. Con independencia de la obligación de los conductores de los vehículos que se incorporen a la circulación de cumplir las prescripciones del artículo anterior, los demás conductores facilitarán, en la medida de lo posible, dicha maniobra, especialmente si se trata de un vehículo de transporte colectivo de viajeros que pretende incorporarse a la circulación desde una parada señalizada (artículo 27 del texto articulado).

    2. En los poblados, con el fin de facilitar la circulación de los vehículos de transporte colectivo de viajeros, los conductores de los demás vehículos deberán desplazarse lateralmente, siempre que fuera posible, o reducir su velocidad, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 53, llegando a detenerse, si fuera preciso, para que los vehículos de transporte colectivo puedan efectuar la maniobra necesaria para proseguir su marcha a la salida de las paradas señalizadas como tales.

    3. Lo dispuesto en el apartado anterior no modifica la obligación que tienen los conductores de vehículos de transporte colectivo de viajeros de adoptar las precauciones necesarias para evitar todo riesgo de accidente, después de haber anunciado por medio de sus indicadores de dirección su propósito de reanudar la marcha.
     
  22. Gavira

    Gavira Tr3s españoles, cu4tro opiniones. Miembro del Club

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    Considero que mi mujer está "incorporada" a la circulación y que hay un "alcance", desde que el contrario no circula por el carril derecho, el lugar donde el Fiat se incorpora y el punto donde produce el accidente.
    :chulo:

    ¿En qué momento finaliza la incorporación?
     
  23. Rifi

    Rifi En Practicas

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    Primero y ante todo siento el accidente y espero que todo se pueda resolver de la mejor manera posible.

    El haber recorrido tan solo 100 metros puede no considerarse que el vehículo ya está incorporado, por la foto, el acceso a la via principal se realiza de un stop y no hay carril de aceleración disponible por el que poder incorporarse con inercia y con una mayor velocidad. Recorrer tan solo unos 100 metros y ser alcanzado puede ser sinónimo de una mala incorporación.

    Indicas que el atestado está mal realizado y por lo que he entendido, aún no ha tenido acceso a él vuestro seguro, por lo que no entiendo que lo estés dando por sentado.

    La toma de manifestación de testigos puede ayudar a esclarecer lo ocurrido.
     
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  24. rotondator

    rotondator JAVI METAL Miembro del Club

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    Correcto, y si haces todo lo que dice la norma y aún así hay accidente... por donde tiramos?
     
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  25. Gavira

    Gavira Tr3s españoles, cu4tro opiniones. Miembro del Club

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    Una duda que tengo, los nuevos atestados ¿ya incorporan croquis del accidente o se sigue explicando en texto los datos generales del accidente y una descripción de los factores recurrentes?
     
  26. Bmwlife

    Bmwlife Forista

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    Ojo que no te metan en el saco de los que se"ha saltado el stop"
    Que viendo el nivel en el que estamos,con tal de no complicarse le meten a ella la culpa ya que el otro dió en el carrio derecho,por lo que lo mas facil es que te puedan meter un "se saltó el stop" y no pudo frenar a tiempo el de detrás :facepalm::wtf:

    Todo esto desde mi cuñaismo pepe,de todas formas lo unico importante es ella y que lo pueda contar

    Animo
     
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  27. EDMAR

    EDMAR En Practicas

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    Hola.
    El verano pasado tuve un accidente en autovía.....
    Pedí que me enviarán lo que en la jerga de los agentes es un FODA (Formulario de Obtención de Datos de Accidentes) y que oficialmente lo encabeza el siguiente Título: Informe por siniestro vial, con los siguientes apartados:
    1.- Fuerza actuante 2.- Ubicación 3.- Regulación de prioridad 4.- Nº de implicados 5.- Tipo y circunstancias 6.- Características de la vía 7.- Otros 8.- Resumen 9.- Croquis (en blanco)
    Información vehículo 1: (el otro) sólo modelo y matrícula (se las di yo)
    Información conductor 1: desconocido (se largó) y pasajeros : se desconoce.
    Información vehículo 2: (todos los datos de mi coche)
    Información conductor 2: (todos los datos mios) y pasajero: (todos los datos de mi acompañante). (lo escrito entre paréntesis es mio)

    Después de leerlo estuve que me subía por las paredes varias semanas hasta que decidí pasar página. Sobre todo porque fui yo el que llamo a la Guardia Civil para que "levantara atestado". Atestado de verdad, con mediciones, etc. sólo lo levantan cuando hay heridos muy graves o muertos.

    La mayoría de los conductores cuando conducimos lo hacemos procurando evitar siempre, siempre el más mínimo roce con otro vehículo y mucho menos impactar contra ellos a altas velocidades.
    Desde este verano, después de más de 50 años conduciendo, me he metido en la cabeza que hay conductores dispuestos a hacer que te estrelles contra ellos o ellos estrellarse contra ti.
    Existen los conductores kamikazes y no siempre van en sentido contrario.

    Si no decides dejarlo estar, te deseo suerte. Ya nos contarás.
     
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