Cómo recurrir multas...

Cyph3r

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Hagamos lo que hagamos siempre acabamos pagando.

Ahora me pregunto que pasa con los que no tiene posibilidades de iniciar un procedimiento contencioso administrativo aunque tenga razon y la multa sea injusta por que el agente tuvo un mal dia o no desayunó por la mañana, pues lo de siempre acabará pagando mientras los funcionarios que deben leer los recursos le manda a la mierda remitiendo contestaciones estandard.
 

Alberto(Lagu)

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Cyph3r;7242613 dijo:
Hagamos lo que hagamos siempre acabamos pagando.

Ahora me pregunto que pasa con los que no tiene posibilidades de iniciar un procedimiento contencioso administrativo aunque tenga razon y la multa sea injusta por que el agente tuvo un mal dia o no desayunó por la mañana, pues lo de siempre acabará pagando mientras los funcionarios que deben leer los recursos le manda a la mierda remitiendo contestaciones estandard.

+100000000
Saludos.
 

gobeja

Forista
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10 Ene 2007
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Cyph3r;7242613 dijo:
Hagamos lo que hagamos siempre acabamos pagando.

Ahora me pregunto que pasa con los que no tiene posibilidades de iniciar un procedimiento contencioso administrativo aunque tenga razon y la multa sea injusta por que el agente tuvo un mal dia o no desayunó por la mañana, pues lo de siempre acabará pagando mientras los funcionarios que deben leer los recursos le manda a la mierda remitiendo contestaciones estandard.


Totalmente de acuerdo contigo Cyph3r
 
F

FerMom

Invitado
Aquí un recurso curioso, jaja, me lo mandaron por mail, no se si es reposteria pero bueno, ahí va:

Así se recurre una multa

21/03/2007 10:12



Estimado Sr. Juez:





He sido denunciado por circular a 250 km/h en la Nacional 530 cuando


iba camino de mi pueblo para hacer la matanza.




Según me dijeron los Guardias Civiles que me pararon, el radar me


detectó a la velocidad antes indicada en un tramo limitado a 70km/h.




Yo, por mi parte, puedo decir que he visto perfectamente esa señal


con el número 70 en negro, dentro del círculo rojo con el fondo


blanco. Sin embargo, por más que me he fijado, no he visto ninguna


unidad de medida junto al numerito 70.




Como Vd. sabrá mejor que yo, que para eso ha estudiado derecho, la


Ley 54/1893 establece que en el Estado Español (que Dios guarde


muchos años) se establece que el Sistema Métrico Internacional será


el obligatorio en el país, y dentro de las reglas propiamente dichas


del citado Sistema Métrico Internacional, se establece que la unidad


de longitud será el metro, y la unidad de tiempo será el segundo.




No se si cuando Vd. terminó derecho le dio tiempo a hacer algo de


matemáticas, pero por si acaso voy a informarle de que la velocidad


se mide dividiendo la distancia recorrida entre el tiempo empleado


para recorrerla, por lo que cogiendo la unidad de medida de la


distancia (metro) y la unidad de medida del tiempo (segundo),


obtendremos la unidad de medida de la velocidad:


METROS POR SEGUNDO, que, tal y como nos dice la Ley anteriormente

citada, SERÁ LA UNIDAD DE MEDIDA OBLIGATORIA PARA LA VELOCIDAD.




Yo no le voy a negar que fuese a 250 km/h, que de hecho los iba,


pero es que la señal que yo vi sólo ponía 70, y en virtud del


imperio de la ley que todos debemos respetar y del que Vd. es el


máximo exponente, no he dudado en considerar que el 70 se refería a


la unidad internacional de la velocidad, el metro por segundo; si


Vd. hace la conversión, observará que 70 m/s equivalen a 252km/h,

con lo cual yo circulaba a 2 km/h por debajo de lo permitido.




Por todo lo expuesto, ruego a Vd. que me devuelva el carné de


conducir, los 600 Euros y los 8 puntos que me han quitado, que no


están las cosas para bromas, dejando este asunto en un lamentable


malentendido por el que no voy a denunciar a los pobres Agentes, que


bastante tienen con su arriesgado trabajo y estoy seguro que no lo


hicieron con mala intención.




Atentamente.
 

gobeja

Forista
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FerMom;7243113 dijo:
Aquí un recurso curioso, jaja, me lo mandaron por mail, no se si es reposteria pero bueno, ahí va:

Así se recurre una multa

21/03/2007 10:12

Estimado Sr. Juez:

He sido denunciado por circular a 250 km/h en la Nacional 530 cuando

iba camino de mi pueblo para hacer la matanza.

Según me dijeron los Guardias Civiles que me pararon, el radar me

detectó a la velocidad antes indicada en un tramo limitado a 70km/h.

Yo, por mi parte, puedo decir que he visto perfectamente esa señal

con el número 70 en negro, dentro del círculo rojo con el fondo

blanco. Sin embargo, por más que me he fijado, no he visto ninguna

unidad de medida junto al numerito 70.

Como Vd. sabrá mejor que yo, que para eso ha estudiado derecho, la

Ley 54/1893 establece que en el Estado Español (que Dios guarde

muchos años) se establece que el Sistema Métrico Internacional será

el obligatorio en el país, y dentro de las reglas propiamente dichas

del citado Sistema Métrico Internacional, se establece que la unidad

de longitud será el metro, y la unidad de tiempo será el segundo.

No se si cuando Vd. terminó derecho le dio tiempo a hacer algo de

matemáticas, pero por si acaso voy a informarle de que la velocidad

se mide dividiendo la distancia recorrida entre el tiempo empleado

para recorrerla, por lo que cogiendo la unidad de medida de la

distancia (metro) y la unidad de medida del tiempo (segundo),

obtendremos la unidad de medida de la velocidad:

METROS POR SEGUNDO, que, tal y como nos dice la Ley anteriormente

citada, SERÁ LA UNIDAD DE MEDIDA OBLIGATORIA PARA LA VELOCIDAD.

Yo no le voy a negar que fuese a 250 km/h, que de hecho los iba,

pero es que la señal que yo vi sólo ponía 70, y en virtud del

imperio de la ley que todos debemos respetar y del que Vd. es el

máximo exponente, no he dudado en considerar que el 70 se refería a

la unidad internacional de la velocidad, el metro por segundo; si

Vd. hace la conversión, observará que 70 m/s equivalen a 252km/h,
con lo cual yo circulaba a 2 km/h por debajo de lo permitido.

Por todo lo expuesto, ruego a Vd. que me devuelva el carné de

conducir, los 600 Euros y los 8 puntos que me han quitado, que no

están las cosas para bromas, dejando este asunto en un lamentable

malentendido por el que no voy a denunciar a los pobres Agentes, que

bastante tienen con su arriesgado trabajo y estoy seguro que no lo

hicieron con mala intención.

Atentamente.


Muy bueno... jejejeje. Ya lo leí hace algún tiempo....
 

330dMarkitos

En Practicas
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yo envie un pliego de descargo y me dijeron que a pagar, luego envie un recurso de alzada y a pasado más de un año del día de la multa, y 10 meses justos que presente el recurso de alzada,
Están todabia dentro de plazo para decirme que pague?
En caso de que estén dentro de plazo y me digan que pague, me mereceria la pena ir a juicio, son 150euros 4puntos por saltar un Stop, tengo fotos, que ya les envie, de como el stop está oculto tras un árbol, que hago? Ayuda espertos!!!
 

patapalo

Forista Legendario
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330dMarkitos;7243260 dijo:
yo envie un pliego de descargo y me dijeron que a pagar, luego envie un recurso de alzada y a pasado más de un año del día de la multa, y 10 meses justos que presente el recurso de alzada,
Están todabia dentro de plazo para decirme que pague?
En caso de que estén dentro de plazo y me digan que pague, me mereceria la pena ir a juicio, son 150euros 4puntos por saltar un Stop, tengo fotos, que ya les envie, de como el stop está oculto tras un árbol, que hago? Ayuda espertos!!!
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Pagar...no te va a quedar otra..(eso si no te lo embargan por el artículo 1 sin notificarte)
 

330dMarkitos

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no se, teniendo una prueba como es las fotos de como está oculta tras un árbol, no creeis que en un juicio me darian la razón,
 
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