Hola colegas, Esto es un Off topic total, lo sé... Si inclumplo normas borradlo y disculpas desde ya. Por mi trabajo tengo cierta relación con bancos pero esto se me escapa. Mi prima me pide ayuda pero no controlo tanto... El tema es: Ha firmado contrato de arras para comprar un piso. Los vendedores son los herederos no forzosos , por lo que la vivienda está afectada durante dos años por el art. 28 de la ley hipotecaria. Ella conoce a los vendedores y sabe que no hay problema de que aparezcan herederos forzosos, por eso se ha lanzado. Pero de momento no ha encontrado un banco que le conceda la hipoteca por este motivo. El alquiler con opción a compra no es aceptado por los vendedores. Conocéis alguna entidad que sí conceda hipoteca aunque exista esta limitación? Aquí somos muchos, seguro que alguno trabaja en banca
Los bancos se han vuelto muy precavidos. Ante cualquier riesgo, la operación no pasa el departamento de riesgos. Ellos desconocen las circunstancias personales, amiguismos, etc etc... Complicado obtenerla en las entidades digamos, "habituales". Debería probar en una empresa consultora financiera. por ejemplo: https://www.afinance.es/empresa u otra de este tipo (pibank, etc ...). Suerte!
pufff... chungo el artículo 34 en teoría traslada la responsabilidad al vendedor en caso de aparecer herederos forzosos--- pero al banco se la pela así a bote pronto se me ocurren una posibilidad: que el banco de los vendedores se involucre en la operación para pignorar o bien hacer algún tipo de garantía con el vendedor o a tres bandas. Si no admiten el alquiler con opción a compra puede no ser una opción, pero por probar.... la otra es pasar por el aro y acudir a un intermediador (pagar) y que consiga la operación, pero va a ser a unas condiciones superiores al mercado seguro
un broker financiero... https://www.fotocasa.es/blog/hipotecas-finanzas/intermediario-financiero-conseguir-hipoteca/
perdón por ser cotilla... pero ya que has preguntado y esto es un foro... ¿cómo se le ocurre a tu prima firmar unas arras sin cerrar la financiación sabiendo que no son los herederos forzosos? ¿se lo ocultaron? en ese caso se podría deshacer el contrato....
Hay gente que publica que tienen convenios que resuelven el problema de financiación en estos casos : desconozco con qué grado de seriedad y en qué condiciones, pero por informarse...mira...por ejemplo https://temploconsulting.com/articulo-28-ley-hipotecaria/
esos son unos .... (autocensura) pero vamos, son todos unos corsarios, pero sí es cierto que desbloquean ciertas operaciones que si bien un usuario con contactos podría acceder, por ejemplo una financiación de más del 80% con un muy buen scoring, cobran... sobre los 5k más o menos, o % de la operación. Es el M.O. de Tecnocasa con Kirón, su intermediario (que son del mismo grupo) Tecnocasa vende un pelo por debajo del precio de mercado... cobra comisión de 3/4% a cada una de las partes (vendedor y comprador) y luego coloca el crédito a través de Kirón, que creo que cobraba 7 o 8k €.. demencial, pero hay mucha gente que cae
No los conozco, ya digo. Pero en las condiciones que se plantean por el compañero , quizá no esté para "remilgos"... Yo si he conocido concedidas por Bankia en tiempos (con alguna retención por el plazo restante hasta la consolidación de la inscripción, que debe asumir el vendedor, lo que siempre es complicado) y alguna otra por antiguas Cajas Rurales...pero ahora es quizá, como dice @Barbinski, más complicado...
Nada nada, pregunta sin problemas La razón para firmar sin tener la financiación cerrada es básicamente que mi prima no la necesita. Pero ahora dice que si puede conseguir hipoteca, más líquido tiene para sus cosas, y vienen tiempos en los que mejor guardarse las posiciones.
pufff... cierto es que en España hipotecar una vivienda si no es para la compra no se lleva, pero soportar el extracoste en esas condiciones teniendo líquido, no lo veo
Es off topic del off topic , Pero interesa tu opinión: tú pagarías a tocateja antes que financiarte, según están los tipos de interés? A poquito que se mueva uno, es fácil, o no es difícil, sacarle a los ahorros más de ...no sé, un 1.5%?
depende del riesgo que quieras asumir.... pero te lo pongo de otra manera: una hipoteca de 100k a 20 años son 15k de intereses a un 1.5% de interés efectivo (un 0.1250% de interés mensual) (sin contar apertura, estudio, gastos).... lo mismo con una inversión con un rendimiento anual del 1.5% (descontando el 19% de haciendasemostos) te daría 25k de ganancia en el mismo período, reinvirtiendo los rendimientos ahora bien, ni vas a mantener un tipo efectivo del un 1.5% en hipoteca ni unos rendimientos del 1.5% en inversión: el primero subirá y el segundo.... lo mismo acabas perdiendo pasta algún año que otro (mira la rentabilidad de los fondos) y si ya tira a tipo fijo de hipoteca a un----- 3%? los intereses son 33k resumen: que si tiene la pasta que pase de hipotecarse y de ver Wall Street Además, decías que la pasta era para sus cosas, no para moverla
Lo primer el contrato sin los €€ no lo veo Segundo y para muy importante de que cantidad estamos hablando ? Por qué a lo mejor con poco que tenga y un crédito personal lo hace
Hoy en día si no está claro el pelo dominio lo tiene complicado, los bancos no se casan con nadie. Por otra parte, dices que tu prima no necesita la hipoteca, podría hacer frente al pago “en efectivo” aunque se descapitalice. Si de verdad la interesa la vivienda (es entendible que si puesto que ha firmado arras), ¿la merece la pena la complicación de buscar intermediarios que consigan el préstamo, pago de intereses y comisiones? Cada uno en su casa sabe lo que hay, y es una decisión muy personal. Si haces números una hipoteca hace que la vivienda salga mucho más cara que pagada a toca teja, sumas los 5/6/7 o incluso 8 k € de comisión de las que hablan los compañeros te vas a bastante más coste. Por contra, teniendo todo pagado (vivienda en mano) el margen de ahorro no debería de ser malo, y no das de comer a... ¿comisionistas abusones?
El articulo 28 suspende la protección del registro de la propiedad durante 2 años desde la muerte del causante por ello los bancos no financian porque su hipoteca está en peligro todo ese tiempo. La mejor solución es un arrendamiento con opcion de compra a los dos años cuando venza la suspensión de la fe pública registral. Si no aceptan eso, aunque fuera una venta al contado el comprador asume un riesgo y el Notario lo hará constar en la escritura que te informará y deberás aceptar.