Off Topic Compra vivienda

Tema en 'Foro General BMW' iniciado por patapalo, 16 May 2019.

  1. wiltor

    wiltor Forista

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    Si no la tienen registrada puede ser por dejadez o por que no les interesa (conozco casos de tener propiedades compradas y no puestas en el registro)Si lo que tiene es una escritura privada es como si no tiene nada ya que eso es un contrato entre particulares y no es una escritura ya que no es un documento publico.
     
  2. perturHDV

    perturHDV Capitán América. Miembro del Club

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    Yo flipo con lo que leo, tu mismo amigo, pero ya te digo desde ya, una comunidad puede tener luz y agua, claro que si, no tener cédula de habitabilidad porque el arquitecto nunca firmo el final de la obra, y sabes que tienen??? NADA, porque un banco jamás dará una hipoteca sin cédula de habitabilidad, así de sencillo, pleito y a ver que pasa, eso en un edificio de un constructor medio nuevo, en el caso de una casa, a saber!!! Busca un arquitecto que firme, la sacudida va a ser curiosa, esa firma asume toda la responsabilidad, claro, siempre que esa construcción sea legal, que anda que no hay construcciones en España de casas de campo que no están legalizadas.

    Algo falla, aquí no es cuestión de pasar una casa de un propietario anterior por herencia a ti, a mi me das a entender que carece de la escritura, si carece de ella, te repito, infórmate bien, nota simple y ayuntamiento.



    No es lo mismo 1men que 1nem, me explico, no e slo mismo 1 metro encaje negro, a que 1 negro.......
     
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  3. torpedo520I

    torpedo520I Forista Legendario Miembro del Club

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    Yo no me asustaria de las opiniones negativas a la compra, pero las tendria en cuenta para ir con cuidado.
    No se que tiempo tienes, pero si tubieras ya tendrias que haber ido tú al Registro que te habrian informado de como esta ese predio y que deberias hacer y si no se puede hacer nada. Los Registradores son Hiper expertos y te informaran sin pasar por caja del abogado, a priori. Luego verias, como ya te han dicho, si correspponde con lo que te dice el vendedor. Luego sigues con un abogado. Pero piensa que los Notarios te van a informar los pasos que has de hacer sin cobrar hasta que escritures. Es decir no todo es pasar por caja.

    Yo desde Barcelona he resuelto problemas con los Registro de otras provincias por telefono, con una atencion impresionante.
    No te desanimes.
     
    Última edición: 17 May 2019
  4. patapalo

    patapalo Forista Legendario

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    A ver, yo pregunto porque no se como va este tema,pero no trato de que se me anime ni lo contrario,solo saber como diablos doy pasos,y aquí lo voy viendo, o si desisto.
    La casa la hemos visto hace 3dias y le dijimos q nos gustaba y encajaba en lo que buscábamos,pero al día después nos comentó esto y en ello estamos.
    No he tenido tiempo ni documentos aun para ir al registro, la casa tiene luz ,contador,agua,todos los servicios, esta conectada al colector general,o sea,no tiene pozo negro,así que supongo q algún tipo de cédula debería tener,¿no?..sino el ayuntamiento y las empresas de aguas y energía no darían suministro..eso es lo que me deja un poco perplejo a falta de papeles que tengo por recibir.
    La casa no esta perdida en un monte,sino a escasos 1000 metros del núcleo urbano y pegada a carretera nacional,cercanas hay otras.
    Con esto digo q no es una cabaña montisca,no..es una vivienda de dos plantas de 250metros,o sea,ya grande cita y a excepción de reformilas interiores no a priori importantes esta lista para vivir,tiene aun los muebles,camas,cocina baño operativo,vamos,que han estado viviendo el matrimonio toda la vida..no la veo ilegal..pero no sé,por eso preguntaba esas cosas.
    No soy un osado para nada, mas bien un matao,pero las reforminas no me asustan y también pienso no se si erróneamente que en las pequeñas dificultades pueden estar las buenas oportunidades.
    Me espanto y animo a partes iguales,jjj, ya convierte cita a ver q opina mi abogado y es semana q viene tb con el banco
     
  5. @alex

    @alex En Practicas

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    La cédula de habitabilidad no la firma un arquitecto que contrates, la da el ayuntamiento y si es una casa rural, no la vas a conseguir nunca, porque no tendrá desagües, línea de teléfono... y seguramente esté en terreno rústico,(mi casa está así y está hipotecada) lo cual no quiere decir que el banco no te la hipoteque, claro que te da la hipoteca, si se cumplen unos requisitos ,si no recuerdo mal con la referencia catastral, si empieza por un determinado número ( no recuerdo cuál es) no se puede hipotecar, pero que esto se arregla rápido, visita al ayuntamiento, registro y notario, y en una mañana o dos operación resuelta con todo claro.
     
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  6. carpal

    carpal Forista Senior

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    Consulta a un arquitecto, el te puede decir los pasos que debes dar, incluso los trámites para legalizar la casa si es posible, sino ya te informará, lo que puedas gastar en esos trámites te compensará en el futuro. Lo digo por experiencia, sobre todo si está especializado en urbanismo y catastro.
     
  7. patapalo

    patapalo Forista Legendario

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    Si tiene desagues, esta conectada a la toma de saneamiento general,por eso decía que no es pozo negro ni nada así, el terreno no es urbanizable, pero la casa no lo sé, debería tener referencia catastral,lo que me dijo es que no estaba inscrita enel registro,por eso voy a ver si me dan un recibo del ibi y con eso como me hhabéis orientado lo miro,no sea que tenga alguna cosa,cargas o a saber..o que no sea legal,,ahí mi miedo
     
  8. perturHDV

    perturHDV Capitán América. Miembro del Club

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    Vale, lo que tu digas!!! Una casa para que se acabe el proyecto y el ayuntamiento de la cedula de habitabilidad tiene que haber firmado el arquitecto el proyecto fin de obra, y el ayuntamiento, manda a un arquitecto técnico contratado por el ayuntamiento o que trabaja para el, el cual es quien hace una serie de comprobaciones y firma dicha cédula, sin la cual, no, y repito, no Le darán la hipoteca, y sino que vaya al banco, que tendrá que ver la referencia catastral para que te den una hipoteca???
    Incluso si vas a un piso con más de 10 años, aunque la tenga, si se cambia de propietarios y una nueva escritura, se tiene que renovar la cédula de habitabilidad, pagas al ayuntamiento y ya te Dan de alta el agua como dios manda, de otra forma, ya sabes de sobra que pasará, que parecemos nuevos.


    Para el compañero, ya puedes asesorarte de un profesional y dejarte de bobadas en un foro, hazme caso anda.

    Yo paso, total, yo solo se de arroz y pollo.
     
    Última edición: 17 May 2019
  9. hector8

    hector8 Forista Senior

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    Interesante asunto.
    Información es poder.
    A mi lo que me daría pereza sería el tema de los trámites, pero si me gustase de verdad la vivienda iría a por ella. Con toda la información que te han comentado por aquí y más si es posible.
    Mantennos informados please, que me interesa el tema para futuro.
     
  10. vicente6

    vicente6 Forista Senior

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    No hay que darle más vueltas,como bien dices,que la escrituren a su nombre y luego la vendan,así de sencillo,y si no tienen dinero para escriturar,que se busquen la vida para conseguirlo si quieren vender la casa,no hay otra.
     
  11. @alex

    @alex En Practicas

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    Para una hipoteca no hace falta la cédula de habitabilidad, que por cierto, por lo menos aquí en Valencia caduca a los 20-25 años, la referencia catastral te la pide el banco a la hora de hacer el estudio de la hipoteca porque al ser terreno rústico hay un cierto tipo de referencias que no se pueden hipotecar, de ahí lo de la numeración, creo recordar que si empieza por 0 y es terreno rústico no se puede hipotecar.
    Volviendo al tema de la cédula de habitabilidad, yo compré mi piso a un banco, y en ese momento el piso era inhabitable porque no tenía ni cocina ni baño, con lo cual no tenía cédula de habitabilidad, y la hipoteca se hizo con total normalidad, cuando ya tuve las llaves fuí a que me pusieran la luz y el agua provisionales, después se hizo la reforma y ya con la cédula, la cuál solo vino el arquitecto del ayuntamiento, ya me pusieron la luz y el agua normal.
    Supongo que cada ayuntamiento o comunidad autónoma tendrá unas normas, me refiero que a lo mejor no es la misma normativa en toda España.
     
  12. perturHDV

    perturHDV Capitán América. Miembro del Club

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    Vamos a ver, el certificado final de obra es un documento que acredita que las obras para las que se ha pedido una licencia de obra están acabadas. Este documento tienen que firmarlo el director de obra y el director de ejecución de obra. Habitualmente, en obras de edificación, el director de obra es un arquitecto y el director de ejecución de obra es un arquitecto técnico.

    En todo caso, este certificado final de obra lo tienen que firmar los técnicos que han formado parte de la dirección facultativa de la obra, pues dicho certificado no es un documento independiente sino que pertenece al trabajo de dirección de obra y de dirección de ejecución de obra respectivamente. Este documento tiene que ser visado por los colegios profesionales correspondientes, a saber, el colegio de arquitectos y el colegio de arquitectos técnicos.

    Puede darse el caso de que las obras realizadas no se consideren de edificación según la Ley de Ordenación de la Edificación y, por tanto, no necesiten de arquitecto y arquitecto técnico, pero sí necesiten ser redactadas y dirigidas por un técnico competente. En este caso, el técnico puede ser un arquitecto, un arquitecto técnico, un ingeniero o un ingeniero técnico. Este profesional asumirá los cargos de director de obra y de director de ejecución de la obra, pero a la hora de realizar el certificado final de obra, consecuentemente, lo visará solo en su colegio profesional.

    En ciertos casos, algunos ayuntamientos exigen que cuando el director de obra sea un ingeniero superior el director de ejecución sea un ingeniero técnico, para estar en igualdad de condiciones con arquitectos y arquitectos técnicos. En caso de duda, lo mejor es contactar con el servicio de urbanismo del ayuntamiento correspondiente para preguntarle quiénes son los técnicos competentes para componer la dirección facultativa en cada caso concreto.

    el certificado final de obras lo tienen que firmar el director de obra y el director de ejecución, que ya han sido designados por el promotor desde el inicio de las obras y han dirigido las obras durante todo el tiempo en el que se han llevado a cabo. Son los mismos que presentaron el Proyecto de obra antes de comenzar la obra para conseguir el permiso de obra del ayuntamiento.

    Sin esa firma, no hay cédula, no hay hipoteca, ni hay nada, hay un edificio/casa que tiene luz y agua de obra, que vive gente?? Claro, pero puede no ser legal. Que es legal?? Si, puede ser, pero no está legal, que es otro matiz.

    Los bancos conceden las hipotecas si o sí, sobre una vivienda totalmente legalizada, me cuentes lo que me cuentes, y esa casa me apuesto el culo a que no está legalizada, o bien construida sin licencia, o bien sin terminar ni firmar proyectos o bien más metros o mil cosas más que hicieron que no se finalizará la obra, inclusive puede ser que ni se solicitará licencia en su día.

    Ahora la pregunta del millón, una vivienda puede ser escriturada sin la licencia de habitabilidad???? No.

    El banco da hipoteca sin cédula de habitabilidad??? No


    Para todo lo demás, seguimos debatiendo.
     
    Última edición: 18 May 2019
  13. perturHDV

    perturHDV Capitán América. Miembro del Club

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    Vamos a ver, estamos hablando de una vivienda que posiblemente NUNCA tuvo esa licencia INICIAL de habitabilidad y por tanto, de ahí que carece de la escritura, no ves la diferencia con el caso que tu estas exponiendo???

    Cuando vas a dar de alta el agua al ayuntamiento, sea el que sea, por ley, repito, por ley, tienes que llevar la licencia de habitabilidad, si está caducada pues pagas una tasa, acudo un arquitecto técnico y te da dicha renovación. Las licencias de habitabilidad, caducan a los 10 años, ni Valencia ni nada, 10 años amigo!!!
     
  14. perturHDV

    perturHDV Capitán América. Miembro del Club

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    Los pasos son los siguiente, nota simple en el registro. Una vez tengas la nota simple, observa, mira y comprueba que no tenga ningún tipo de carga.

    Una vez realizado este trámite, que también lo puedes pedir por Internet con algo más de coste, te vas al ayuntamiento y preguntas por la licencia de esa obra, hablas con el arquitecto técnico que concedió la cédula, si esque la concedieron y por tanto sabrás si está legalizada o no, si las escrituras están a nombre de los fallecidos o no, etc etc.

    Con todo eso ya en tu poder, sabremos hasta donde podrás llegar, y aún así, tendrás que contratar un abogado especialista en la materia, para exponerle donde te encuentras y a donde quieres llegar, el te diré si es posible o no.

    Bien es cierto, que el propio arquitecto técnico del ayuntamiento que da las licencias de habitabilidad, te va a comentar en que estado está la vivienda, pero aún así, no te fíes si te dice que es sencillo y demás, tienes que acudir a un abogado a realizar la consulta, por los matices que te he comentado más arriba, y que son mucho y distintos.
     
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  15. @alex

    @alex En Practicas

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    Yo solo te digo que no tuve ningún problema en hipotecar la casa y no tenía cédula de habitabilidad, el director del banco me dijo: tráeme un recibo del IBI y miramos el número de referencia catastral y en base al número podremos o no hipotecar la, llevé el recibo y me dijo que si, de todas maneras el compañero creo que se refiere a que los dueños son herederos y no tienen la escritura a su nombre y le proponen pasarla directamente a su nombre, que es algo que se hace normalmente.
     
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  16. perturHDV

    perturHDV Capitán América. Miembro del Club

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    Tu caso es distinto, tu casa si estaba escriturada, el suyo no está claro, como dicen en mi tierra, de lo que oigas nada, y de lo que veas la mitad. El que ellos digan o dejen de decir, me fio más bien poco.

    Porque dejar de ganar más de un 50% por no pagar una escritura e impuestos???

    En caso de que sea cierto, pues el forero lo puede comprobar por si mismo y que no Le cuenten películas, pero ya digo, a mi me resulta raro todo esto.

    El fin del hilo es ayudar al forero, y de una manera u otra, el resto podamos aprender sobre el tema, yo en concreto te hablo porqie es parte de mi trabajo el inspeccionar obras y comprobar edificaciones ya terminadas, como sabrás de sobra, quien hizo la ley hizo la trampa, y por ello hay que poner en situación al forero.

    Yo no Le desanimo, todo lo contrario, le ánimo a que investigue y llegue al fondo del asunto, como bien dijo @Gavira que la burocracia no te quite tu futura vivienda, faltaría más.

    Entre todos Le estamos aportando, pero hay comentarios que no, y no lo digo por ti, que vas bien encaminado y bajo tu propia experiencia, que eso es cojonudo, pero son matices importantes, hasta que no acuda y hbale con el encargado o técnico del ayuntamiento, poca luz veremos al tema.
     
  17. @alex

    @alex En Practicas

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    Ya lo dije más arriba, con perder un par de mañanas en el registro, ayuntamiento y notaría, (imprescindible en la misma donde se tramitó la herencia de los propietarios) está el tema solucionado.
     
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  18. perturHDV

    perturHDV Capitán América. Miembro del Club

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