La Guardia Civil investiga al conductor que circulaba a 233 km/h por la Autovía A-381 en la provincia de Cádiz. Los delitos contra la seguridad vial están regulados en el Título XVII (de los delitos contra la seguridad colectiva) del Código Penal. En el artículo 379 se recoge una conducta penada como delito contra la Seguridad Vial: “conducir un vehículo superando la velocidad máxima permitida en 60 km/h en vías urbanas o en 80 km/hen vías interurbanas”. El presunto infractorsuperaba con creces ese margen de velocidad. Integrantes del Destacamento de Tráficode Jerez de la Frontera (Cádiz), detuvieron el pasado día 11 de noviembre al conductor de un Ferrari que fue captado en un control de velocidad circulando a 233 km/h en una vía limitada a 120 km/h. El detenido conducía el modelo F8 Spider de la firma Ferrari. Un superdeportivo descapotable de cuatro litros de cubicaje. Monta un motor V8 que entrega 721 CV de potencia, lo que le permite acelerar de 0 a 100 km/h en 2,9 segundos y alcanzar una velocidad máxima de 340 kilómetros por hora. Captado por un control de velocidad Los hechos ocurrieron a las 20:17 horas del 11 de noviembre de 2022 en la autovía Jerez-Los Barrios (A-381) cuando el conductor, que circulaba en sentido Jerez de la Frontera, fue detectado por un controlde velocidad a 233 km/h, duplicando la velocidad máxima permitida. Tras comprobar el resultado arrojado por el radar, una patrulla de perteneciente al Destacamento de Tráfico de Jerez de la Frontera, haciendo uso de las señales acústicas y luminosas, procedió a parar el vehículo. Sin puntos en el carnet de conducir Tras pedir la documentación al conductor, los Guardias Civiles se percataron que circulaba con pérdida de vigencia en el permiso de conducir por no contar con ninguno de los puntos asignados legalmente y haber sido privado de la licencia por orden judicial. El detenido se enfrenta a dos supuestos delitos contra la Seguridad Vial, castigado con la pena de prisión de tres a seis meses, o con la multa de doce a veinticuatro meses, o con la de trabajo en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días. En cualquier caso se le va a privar del derecho a conducir vehículos a motor por tiempo desde los doce meses hasta los cuatro años.
A saber, el coche puede seguir circulando así que… lo mismo hasta lo llevaba el mismo figura de la denuncia
Porque les suda el c**o. Sin más. Ahora sales, las ves, se lo dices y encima quedas de gilipollas. Lo de siempre.
Si yo tuviese un Ferrari, Lambo, Porsche o algo así probablemente tampoco tendría puntos en el carnet... a menos que viviera en Alemania que es un mundo paralelo
Es la primera prueba superada para que le devuelvan el carnet, la de sobrepasar los 230 sin problema alguno...
Yo estoy harto de "tontos del día", que incluso estando sentado en el coche, te dan con la puerta o aparcado al toque dando al parachoque. Hay un segmento de individuo/as que lo hacen adrede cuando ven un coche bien cuidado. Te miran con una de esas sonrisas de HDP mientras te piden perdón. Y si bajas y dices algo, efectivamente como dices, te quedas de gilip*llas.
Suele ir acompañado de un “si no es nada más que un arañazo” Si, es cierto, es sólo un arañazo, ¿que te parece si te hago yo uno igual en la cara? Si sólo es un arañazo, ¿no?
de cara a ir ante el juez es lo mismo 201 que 300 , pero imagino que no sera la misma sancion en perdida de meses de carnet , que te impondran
Tambien se da MUY a menudo el caso de gente que no se ha sacado NUNCA el carnet de conducir y conduce a diario. Y ahi no hay retirada alguna. Y siguen conduciendo. Hasta la próxima vez. En España se da el caso de poder ser TOMADOR de un seguro de un vehiculo y no tener la licencia para conducirlo.
Entiendo que como tú dices, se da el caso, y supongo que no será ningún problema no tener licencia. Aparte de pagar la prima, ¿qué otra obligación tiene el tomador?Otra cosa sería que no tenga licencia el asegurado. En ese caso supongo que el seguro no cubrirá los daños.
Normalmente no hay daños... puede ir hasta borracho... pero sigue sin tener licencia de conducir... pagan la multa y fuera... llaman al seguro para que venga la grua y se lleve el vehiculo... y a un taxi para que le lleve a casa... que para eso paga la prima del seguro del vehiculo Es mas... conducir un turismo... teniendo el "carnet de vespino"... no es ni delito... es falta administrativa. Si lo piensas friamente está "peor visto" conducir con el carnet retirado que conducir sin haberlo obtenido nunca...
No sé si será lo mismo cuando los daños materiales sean muy elevados. Entiendo que otra cosa muy distinta será si hay daños personales, o en su máxima expresión, fallecimientos.