El seguro cubre el vehículo siempre, pero si la póliza habla de unos requisitos del conductor, y el conductor sin el requisito comete un siniestro, el seguro pagará al contrario, y cuando descubra que el conductor no cumple el estipulado, entonces @*NANO* qué sucede ¿?
Mi hija pequeña tiene 22 años y le tengo un Fiat Grande Punto por el que he pagado de seguro 240 euros poniéndola a ella como conductora ocasional. Sin embargo, hace 2 o 3 años me cobraban más de 700 euros si la incluía a ella, por lo que el seguro lo ponía a mi nombre y me costaba 180 euros, pero a ella le hacía un seguro de accidentes aparte que me costaba 70 euros por si acaso. Por suerte no lo tuve que utilizar. Ésto me lo aconsejó un corredor de seguros.
No; las compañías no son tontas, y te piden que especifiques para darte una prima u otra. Obviamente, si el coche lo lleva un conductor con 2 años de carnet y multitud de siniestros a sus espaldas, tiene más riesgo que si lo lleva uno de 60 años con cero siniestralidad.
No. ¿Por qué? Las aseguradoras te piden que declares las personas que van a conducir, para en función de ello darte una prima u otra.
Pero si dices que cualquiera está siempre asegurado, si le presto mañana mi coche a uno de 18 años y 1 mes de carné ¿no pasa nada en caso de siniestro? Te lo digo porque veo una chica de 22 años y 1 de carné cogiendo el coche de su hermano de 27 y 4 de carné como único conductor y se me ponen los pelos de punta.
Tengo entendido que si el conductor no está incluido en la póliza, en caso de siniestro debe de tener al menos semejante antigüedad en el permiso de conducir que el propietario y tomador del seguro. Y nada de 4, 6 o 10 años. Pongo un ejemplo, alguien con 50 años y 30 de carnet podría dejar conducir su coche a alguien de un perfil semejante sin temer riesgos. En caso contrario, podría tener serios problemas con el seguro.
Tampoco. Lo único que puede ocurrir (que ya comentó Alberto), es que te exijan pagar la diferencia de lo que te habría costado incluir en la póliza a dicho menor de 26 años como conductor ocasional. Y a pesar de todo, te puedes negar a pagar dicho importe. ¿La aseguradora pidiéndome que pague por incluirlo como ocasional? No, perdone, es que esta persona no lo coge ocasionalmente. Lo ha cogido HOY por una exigencia puntual, pero este coche no lo conduce nunca.
¿Quieres decir que nos toman el pelo? Nuestro caso es el siguiente, a pesar de que mi hija es la propietaria del Mini One que disfruta y yo estoy como tomador del seguro y ella como conductora ocasional, paga por un terceros ampliado casi 700 pavos; cuando si no la hubiera incluido en la póliza podría ahorrarle casi 500 pavos.
En tu caso concreto, puedes quitarla de la póliza, que estará cubierta igualmente en caso de tener cualquier percance. Pero oye, que cada uno haga lo que quiera, que este asunto siempre acaba igual, y no quiero daros la chapa siempre con la misma historia. Solo lo comento para que no os dejéis engañar, que las aseguradoras son muy caraduras (la última en la que trabajé, también, por supuesto).
Esto dice el estipulado del Consorcio. En caso de que el Consorcio tuviera conocimiento de INEXACTITUD o FALTA DE VERACIDAD en alguno de los datos suministrados por el tomador en la solicitud de seguro y declaración del riesgo, el Consorcio podrá rescindir la póliza mediante declaración dirigida al tomador en el plazo de un mes desde que tuvo conocimiento de la inexactitud o reserva, quedando de su propiedad las primas correspondientes al período en curso, salvo que concurra dolo o culpa grave del propio Consorcio. Si el accidente sobreviene antes de que el Consorcio haga la declaración a la que se refiere el párrafo anterior, el Consorcio podrá ejercitar la acción de repetición proporcionalmente a la diferencia entre la prima convenida y la que corresponda de acuerdo con la verdadera entidad del riesgo. Cuando la reserva o inexactitud se hubiese producido mediante dolo o culpa grave del tomador, el Consorcio podrá ejercitar la acción de repetición contra éste por la cuantía total del daño indemnizado al perjudicado.
A ver, tú firmas u contrato con unas cláusulas. Mientras un juzgado no dicte que las mismas no se ajustan a derecho pues son “legales”. Que el coche asegurado, asegurado está eso no lo puede dudar nadie. Eso sería como si vas borracho y el seguro se negase a pagar las indeminaciones estipuladas. Claro que no va a pasar nada si estás borracho, tu seguro pagara los daños del contrario siempre pero, después, puede ejercer las acciones legales pertinentes contra el tomador del seguro con muchas prosibilidades de ganar. Lo mismo que si no aseguras un riesgo mayor que el que declaras en la póliza. Si tu hija no está incluida, vive contigo, etc. esta claro que si le pega una leche a alguien el seguro va a pagar. Pero después puede ejercer las acciones legales oportunas para reclamarte la parte proporcional del riesgo que TU DECIDISTE no asegurar. Después dictara un juez quien tiene razón y lo que debes apoquinar. El coche está asegurado, pero la cláusulas están para algo. El seguro paga, después si te mete en el juzgado ya dictaminará el juez si tienes que hacerte cargo de los gastos ocasionados.
Por ejemplo en mi caso me daría igual tener que pagar la parte proporcional del seguro si hay un percance . Por otra parte lo que parecía algo claro ; parece que hay distintas formas de ver las cosas ...y las leyes . A ver que me dicen .
Fíate de @*NANO*. Conoce el sector demasiado bien y si lo dice, es por algo. Yo, desde luego, he seguido su consejo en el seguro de mi coche. Soy menor para ellos (24 años y 6 de carnet), pero es que me ahorro un pastizal. De un TR por 600€ a casi el doble que me querían pedir.
Si haces el seguro de coche con BBVA estará incluida y tendrás un precio y unas coberturas excelentes, te lo dije en su día y lo mantengo
https://www.elenabeser.com/blog/Posts/show/que-es-la-regla-de-equidad-y-cuando-se-aplica-309 He encontrado esto, sobre la regla de la equidad o infraseguro que también aplica al seguros de hogar, vida etc. En el enlace de arriba tiene ejemplos Cuando se agrava un riesgo, entra la hija de @gogo a conducir y es considerada por la compañía de seguros de esa forma incurres en ello https://www.rankia.com/foros/seguros/temas/104461-regla-equidad-seguros-automoviles Este texto lo cito del enlace de rankia. El ejemplo es clarisimo El problema de la regla de equidad aplicada a los seguros de automóviles es que sólo puede hacerse efectiva a la hora de indemnizar con cargo a alguna de las garantías del bloque de daños. Ejemplo: Escenario 1: Pepín, 18 años, tres días de permiso de conducción, coje el coche de papá en el que papá figura como conductor y lo empotra contra una farola. Supuesto que el seguro tenga contratados los daños propios del vehículo, Importe de la reparación 18000 euros, prima que paga papá 1200, prima que debiera haber pagado Pepín 2700, indemnización 7999 euros. Gran disgusto. Escenario 2: Pepín agarra ahora su Seat Leon Cupra, a terceros porque no puede pagarse otro seguro, y en el que figura papá como conductor ya que de otra manera nadie le suscribe un seguro sobre ese vehículo con su experiencia. Los 200CV del Cupra se llevan por delante un furgon de reparto y cinco motos aparcadas. Importe total de los daños causados: 37.000 euros que hay que abonar ya que no son oponibles a terceros perjudicados clausulas limitativas de derecho (y una regla de equidad puede interpretarse aquí como tal) A Pepín, disgusto aparte, sólo puede se intentar rescindirle el contrato o prepararse para tratar de repetir contra él las cantidades abonadas si se está en condiciones de demostrar, en un jucio, claro, mala fe por su parte. Así están las cosas. Fin de la cita Escenario 1. Daños propios. Mi opinión. Cagada no poner a la hija si el coche es nuevo y te dan durante dos años, por ejemplo, el valor nuevo, porque al final te van a pagar la mitad o menos. Cada uno que valore sus finanzas Quizas con cierta edad el coche y un todo riego, puedes asumir el riesgo y si rompe el coche y te dan poco pues lo asumes y pto. En ese punto quizas el siniestro total son 4000€ y por infra seguro te dan 2000€, tienes el coche pagado y la prima son +500€ o algo mas. Al final lo que te dan de mas ya lo pagas tú antes, pues no incluyes mas conductores Si tienes un terceros, que no cubre daños propios por definición, no tiene sentido incluir a la progenie Escenario 2. Responsabilidad civil, lo que no deja dormir a @gogo. Implica a la aseguradora, como dice el texto citado, demostrar mala fe para poder hacerte pagar dicha responsabilidad civil
Pues nada, ya te contrataré cuando tenga un conflicto de este tipo con el seguro, porque yo desde luego por más jurisprudencia que miro y leo no lo veo tan fácil.
Ojo que en el terceros (entendido como obligatorio) normalmente todos añaden lunas, robó, incendió, asistencia en viaje.... y eso ya se sale del obligatorio.
Es cierto, pero muchas de esas situaciones tienen una alta probabilidad de permir llegar a casa y avisar al progenitor para que de él el parte
Al final todos te van a sacar una pasta sea por lo que sea. Cuando yo me saqué el carnet el coche que usaba a diario era un 520i (e34) y las aseguradoras, a terceros pelados me pedian cerca de los 1.200€ alegando el que problema era el coche (ya ves, 150cvs, ni que tuviera 400). Despues, con 23 años, ya con 5 años de experiencia me decian que claro, que hasta los 25 años los precios iban a ser asi (casi 800€ a terceros pelado). Y ya a partir de 26 estoy pagando algo menos de 350€ a terceros, con luna y asistencia desde km0. Es un autentico robo lo que hacen la aseguradoras con la gente novel. Si te lo sacas a los 18 hasta los 25 estas jodido, pues te dicen que no tienes edad. Y si te lo sacas a los 30 hasta los 35 años tambien (aunque menos) pues no tienes experiencia. Se lo tienen muy bien montado, la verdad.
Es más “robo” lo que hacen con los TR. Te cuesta prácticamente lo mismo asegurar un coche nuevo que el mismo con diez años.
En 2011 cuando compré el RAV4, el TR con franquicia era 1200... He cambiado hace 2 años a otra aseguradora, el TR con franquicia son 360.