Hola, Hacienda ha enviado una carta a mi antigua casa cuando vivía en España, reclamándome pagar una multa del año pasado de un Jeep Wrangler con una matricula diferente al de mi Jeep Wrangler. Lo mas curioso de todo es que mi Jeep ni siquiera está registrado en España desde hace 5 años que me lo traje a Holanda, por lo que no solo no es la matricula que ellos dicen, sino que el coche no ha pisado España en 5 años, y si, lo di de baja en España cuando me lo traje a Holanda hace 5 años. ¿Alguien con experiencia en un caso parecido puede decirme como puedo solucionar este problema? Aquí una foto de la primera pagina de lo que me reclaman.
no hace falta, te está indicando la vía EI-600(ibiza), y el kilómetro y hectometro. Es un caso muy muy raro. El caso lo tienes ganado acorde con tus explicaciones, pero la burocracia va a ser de aúpa. A saber si aún es posible presentar alegaciones. por curiosidad sigues empadronado en España en esa dirección o estás dado de alta en la embajada como residente en Holanda.?
Si le llega a casa sigue empadronado alli, te lo digo por exp, que yo en 6 años en uk me llegaba todo alli, si no cambias padron.... Bueno es facil de ganar si las matrículas no coinciden es facil, pero te llevara tiempo
Me paso algo parecido, pero no llegó a hacienda, por lo que un pliegue de descargos me fue suficiente. Los casos de hacienda son algo mas tediosos, A mi padre le embargaron la cuenta, por un señor que se llamaba como el, Ni el DNI , ni la dirección, ni nada más coincidía. Hacienda le daba la razón, pero aún así, la cuenta quedó congelada durante dos años.
A mi me reclaman 10mil por comprar un piso ganga en la época de vacas flacas, poco se puede hacer contra ellos
Pudiera ser que te hubiesen clonado el coche y anden por ahí haciendo fechorías? De cuándo es la multa? porque hasta que te reclama hacienda, pasa una pila de tiempo.
Estás inscrito como residente ausente en Holanda? Cada vez se hace menos cuando cambiamos de país, y ayuda para estas cosas...
Pues creo que lo tienes fácil. Pedir en tráfico la consulta de los datos de esa matrícula y se los llevas a los "sabandijas" , aunque intentarán que no te sea tan fácil.
Hala, del tirón. El tema es que contra la providencia de apremio ( loque te ha llegado de Hacienda) solo pueden alegarse causas tasadas: por eso a veces las alegaciones "de fondo· no prosperan, si bien es evidente que debe haber falta de notificación de la liquidación, de hecho. De conformidad con el art. 167.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria: "Contra la providencia de apremio sólo serán admisibles los siguientes motivos de oposición: a) Extinción total de la deuda o prescripción del derecho a exigir el pago. b) Solicitud de aplazamiento, fraccionamiento o compensación en periodo voluntario y otras causas de suspensión del procedimiento de recaudación. c) Falta de notificación de la liquidación. d) Anulación de la liquidación. e) Error u omisión en el contenido de la providencia de apremio que impida la identificación del deudor o de la deuda apremiada."