Buenas! Una duda, que los programas de ayuda de la administración se las traen...y por teléfono es imposible contactar... He comprado una parcela en Madrid con mi mujer (gananciales al 50%), estoy con el papeleo, en concreto con el modelo 600.... No hay manera de poner dos sujetos pasivos, y me dijo el de la notaría que no es problema, que se hacen dos modelos, uno mío y otro mi mujer, cada uno con el 50% y ya está... Por otro lado, se lo hemos comprado a un matrimonio pero sólo se puede poner un “transmitiente” en el modelo... ¿Pongo en un modelo 600 que el marido me vende a mi el 50% y que la mujer se lo vende a mi mujer en el otro modelo 600? ¿O el mismo transmitiente en los dos? Tengo cita en un Registro pero es para llevar los modelos ya completos y el IPT abonado, así que ese día tengo que llevarlo ya bien hecho (y haber aflojado la pasta....) ¿Algún entendido en la sala?
Pienso que si estáis en gananciales , con poner tu nombre sería suficiente. comprendo porque en la notaría te han dicho eso.
Qué cruz para los ciudadanos. En caso de adquisición por matrimonio en gananciales no debería sino en todo caso rellenarse un anexo (y ya sobra) , pero , ay, te encuentras de todo: -la CAM utiliza un anexo ("Anexo 1, se rellenará siempre que sean 2 o más los sujetos pasivos y/o los transmitentes que intervienen en la operación que originala declaración tributaria") al modelo 600. -consejerías que inciden en que " en caso de un matrimonio casado en régimen de gananciales, cada cónyuge deberá presentar una autoliquidación por la mitad del precio de compra e ingresar el importe correspondiente." (Valencia), donde sin embargo "En el supuesto de que exista más de un transmitente, se deberá cumplimentar la hoja denominada “Anexo 600 – Relación de Transmitentes”." o -"Compra de vivienda por los cónyuges en gananciales, en el modelo 600 se identificará a un sujeto pasivo y en el anexo al otro" (Andalucía)
Gracias!! La CAM en su modelo telemático ha quitado el Anexo 1, por eso me dijo el de la notaría que se hacen 2, y cada uno paga el 50% del IPT...todo muy lógico.... Ah! Y todo muy telemático pero el pago en sí no se puede hacer por web, hay que ir al banco... País de locos.... Iba a presentarlo telemáticamente al registro que eso parece que si se puede, pero no me fío un pelo, he pedido cita en el registro y así por lo menos discuto con una persona y no con un contestador.... Gracias @Gus !
También en la transmisión de un vehículo no se puede poner dos propietarios, sólo cabe uno, pero se supone que en bienes gananciales vale que se ponga uno , cuando compras un coche, normalmente el que lo compra, suelen ponerlo a su nombre , aunque legalmente son bienes gananciales del matrimonio.