Los coches sin etiqueta podrán seguir yendo al Aeropuerto de Madrid (siempre que no pasen por Madrid

Tema en 'Foro General BMW' iniciado por cybermad, 10 Nov 2024.

  1. cybermad

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    Confirmado: los coches sin etiqueta podrán seguir yendo al Aeropuerto de Madrid (siempre que no pasen por Madrid)

    10 noviembre 2024

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    Ya no hay vuelta atrás: desde el 1 de enero de 2025, todos los coches que no tengan etiqueta de la DGT no van poder circular por ninguna calle de Madrid. Ni siquiera los que estén empadronados en la capital.

    El Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas se encuentra dentro de Madrid capital, así que cabe preguntarse si la prohibición incluye las vías de acceso este aeropuerto, ya vengas desde Madrid o desde otras regiones. Esto es lo que nos dice el Ayuntamiento.

    Sin multa, aunque depende de dónde vengas
    El Aeropuerto de Madrid-Barajas, el más importante de España y de mayor volumen de pasajeros, se ubica en el distrito de Barajas. Está por tanto incluido dentro del término municipal de Madrid.

    Recordemos que Madrid ZBE comprende toda la ciudad y que ya no pueden circular los coches sin etiqueta que no pagan el impuesto de circulación en la capital. Desde enero tampoco podrán hacerlo los sin distintivo empadronados en Madrid, incluyendo todo tipo de vehículos (furgonetas, industriales, motos, etc.).

    A este aeropuerto acceden no solo viajeros con conexión desde otros aeropuertos: también lo hacen en coche residentes de Madrid, de municipios de la Comunidad de Madrid o desde otras comunidades, ya sean aledañas o no. Entonces, ¿me van a multar si mi coche o vehículo no tiene etiqueta si voy al aeropuerto? No, aunque hay trampa.


    En las carreteras de acceso al aeropuerto no se multa. Son varias las autovías y carreteras que acceden al aeropuerto, y sus respectivos enlaces/conexiones:

    • M-11: conecta con M-30, A-1 y M-607.
    • M-12 (Eje Aeropuerto): conecta con M-40 y A-1. Algunos tramos son de peaje.
    • M-13: conecta la M-12 con las terminales T1, T2 y T3.
    • M-14: conecta con M-40 y enlaza con la A-2.
    Todas estas autovías las gestiona el Gobierno siendo de titularidad estatal, así que aunque estén en el término municipal de Madrid no son potestad del Ayuntamiento y por lo tanto no puede multar en ellas. No los ha confirmado el propio consistorio. Es decir que no se incluyen a efectos en Madrid ZBE y son de libre acceso, independientemente de la etiqueta medioambiental de nuestro coche.

    Tampoco lo son la M-40 (titularidad estatal), ni la M-607 (titularidad autonómica). Por lo tanto, si accedemos desde estas vías tampoco se sanciona a vehículos sin etiqueta. O desde cercanas como la M-21 o la M-22. Y si abrimos el círculo quedan asimismo fuera la M-50 (titularidad estatal) o la M-45 (titularidad autonómica), así como las autovías estatales que nacen y mueren en Madrid, aún teniendo tramos en su término municipal (A-1, A-2, A-3, A-4, A-5 y A-6).

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    Sin cruzar Madrid, ni pisar ninguno de sus barrios. Pero cuidado, si accedemos a la M-11 desde la M-30 sí puede caer multa, ya que la circunvalación M-30 sí es competencia del Ayuntamiento y está dentro de Madrid ZBE. También si accedemos a cualquiera de las vías señaladas desde cualquiera de los barrios y distritos de Madrid. Por ejemplo a la M-40 desde Vicálvaro, Vallecas o Carabanchel, para luego enlazar con la M-14.

    En definitiva se puede ir al aeropuerto de Madrid con coches y vehículos sin etiqueta, pero nunca desde otros barrios de la ciudad de Madrid o atravesando la capital por la M-30. Únicamente podremos hacerlo sin multa circulando por las autovías especificadas.

    Además, la A-42 (Autovía de Toledo) es de libre circulación excepto desde su inicio en Madrid hasta el km 6,00 y viceversa. Este tramo se considera urbano, es competencia del Ayuntamiento y los accesos hacia y desde la M-30 están controlados. Si circulamos por esa zona con un coche sin etiqueta, recibiremos sanción.

    Más de 460 cámaras y semáforos foto-rojo. Madrid vigila los accesos y circulación indebida de forma telemática, por lectura de matrícula. Este dispositivo lleva activo desde este año y ya sancionan a los infractores desde julio.

    En total son 464 cámaras con lector OCR, de las cuales 257 están en la zona interior demarcada por la M-30 y la propia M-30 y 207 están en los distritos del exterior de la M-30. En este mapa del Ayuntamiento puedes consultar la ubicación de todas estas cámaras.

    Se suman los 53 semáforos foto-rojo que controlaban los incumplimientos de Madrid ZBE antes de que las cámaras estuvieran activas, pero siguen multando. También lo hacen los agentes de movilidad.
     
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  2. cybermad

    cybermad Clan Leader

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    :facepalm::peineta:

    Tu coche sin etiqueta no puede circular por Madrid, pero tendrás que seguir pagando el 'numerito' todos los años. Lo dice el Ayuntamiento

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    8 Noviembre 2024


    A partir del 1 de enero de 2025 ningún coche ni vehículo sin etiqueta de la DGT va a poder circular por la ciudad de Madrid, incluso aunque esté empadronado en la capital. A pesar de ello, los titulares de estos coches y vehículos sin distintivo estarán obligados a pagar el impuesto de circulación, conocido popularmente como el 'númerito'.

    Así lo ha confirmado a Motorpasión el Área de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid: "No es un impuesto a la circulación. Es un impuesto a los vehículos de tracción mecánica".

    Un impuesto para coches "aptos para circular"
    Esta tasa es obligatoria para todos los vehículos matriculados y la cobran los ayuntamientos. Su importe va por tramo según los caballos fiscales (CVF) del vehículo y el mínimo se define en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, pero cada consistorio puede incrementarlo. El más habitual es el que va de 8 CVF a 11,99 CVF: en la ciudad de Madrid se cobra a 59 euros actualmente.


    En la normativa de Haciendas Locales se define que:

    El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica es un tributo directo que grava la titularidad de los vehículos de esta naturaleza, aptos para circular por las vías públicas, cualesquiera que sean su clase y categoría (Artículo 92.1)
    La regulación municipal de Madrid (Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica) se basa en este precepto de la general estatal. Aunque define algunas particularidades y excepciones. Por ejemplo los vehículos matriculados como históricos están exentos, y los enchufables y los híbridos tienen bonificaciones (pagan un 75 % menos que lo que exige su tramo).

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    ¿Me pueden seguir cobrando el 'numerito' si no circulo? La gran pregunta. Si bien desde el Ayuntamiento nos recuerdan que es "un impuesto a los vehículos de tracción mecánica" y por tanto obligatorio a todo vehículo matriculado (como se define en la normativa general), también se indica en la misma "aptos para circular por las vías públicas".

    Dado que un coche sin etiqueta no puede circular por ninguna calle o vía del término municipal de Madrid, se entendería que no deberían cobrar dicho gravamen a estos titulares. Hablamos de coches y vehículos que están empadronados en la capital, por lo que normalmente sus propietarios tendrán allí su domicilio y no pueden usar su coche para circular por la ciudad en la que residen.

    Según Automovilistas Europeos Asociados (AEA), el Ayuntamiento no debería hacerlo: "No se pueden cobrar impuestos sobre vehículos que no pueden circular por Madrid, aunque sigan dados de alta en Tráfico, conforme establece al Art. 6 de la Ley de Haciendas Locales".

    De ahí que desde este organismo pidan "la exención fiscal de los vehículos inscritos en el Padrón del IVTM del Ayuntamiento de Madrid que no estén autorizados a circular por las vías públicas urbanas del ámbito territorial de Madrid ZBE". El consistorio madrileño no tiene intención de hacerlo, ya que han dejado claro que van a seguir cobrándolo.

    ¿Y si doy de baja el coche o lo vendo? En la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (y en la Ordenanza municipal de Madrid) también se especifica que:

    Se considera vehículo apto para la circulación el que hubiera sido matriculado en los registros públicos correspondientes y mientras no hayan causado baja en los mismos. A los efectos de este impuesto también se consideran aptos los vehículos provistos de permisos temporales y matrículas turísticas (Artículo 92.1).
    Por tanto, la única manera de no tener que pagar ese impuesto sería dar de baja el coche. Pero también significa no poder circular con él ya no solo por Madrid, sino por ninguna carretera de la comunidad, de España, Europa o región alguna. A efectos es un coche que ya no puede usarse.

    Venderlo no tiene porque eximirnos de este impuesto, a menos de que lo hagamos antes del 1 de enero de 2025: como recuerda el RACE, en el caso de vender o comprar un coche de segunda mano, el impuesto de circulación será abonado por la persona que figure como titular a fecha de 1 de enero del año natural en el que se produce la compraventa.

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    ¿Y si mi coche está matriculado como histórico? En la Ordenanza madrileña los históricos se incluyen entre los que están exentos de este gravamen, como también por ejemplo los vehículos oficiales, algunos de movilidad reducida o los de emergencias, entre otros:

    Tendrán una bonificación del 100 por 100 de la cuota del impuesto los vehículos declarados históricos por la respectiva Comunidad Autónoma, siempre que figuren así incluidos en el Registro de la Jefatura Provincial de Tráfico.
    Los que pueden optar a esta clase especial, en base a la recién modificada normativa, son vehículos matriculados hace 30 años o más, pero deben cumplir una serie de requisitos: haberse dejado de producir ese tipo específico y mantener su estado original, que esté en correcto estado y mantenimiento.

    También si están incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español, si están declarados como de interés cultural o si pertenecieron alguna personalidad relevante o intervenido en un algún acontecimiento de transcendencia histórica. Es decir, que pocos coches sin etiqueta van a poder optar a esta clasificación por mucho que se haya abaratado y simplificado el proceso.


    Por otro lado, la nueva regulación de Vehículos Históricos se ha cuidado de evitar que los usuarios recurran a matricular su coche como histórico para salvar las restricciones de las ZBE, ya que siempre serán coches de uso ocasional y nunca pueden ser utilizados como "medio de transporte cotidiano".

    Además, Madrid también dispone de una normativa especial para este tipo de vehículos y su uso en las ZBE: si bien pueden circular por cualquier calle de Madrid, tienen retricciones de estacionamiento según antigüedad.

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    ¿En qué calles de Madrid se aplica el veto? Madrid ZBE comprende toda la ciudad y la prohibición de acceso y circulación se aplica a las calles del término municipal de Madrid que dependen del consistorio.

    Lo que significa que afecta a todas las calles de titularidad municipal, así como a la circunvalación M-30, que también lo es. Quedan fuera algunas autovías pese a estar incluidas en el término municipal de Madrid: por ejemplo la M-40. También la M-50 (titularidad estatal) o la M-45 (titularidad autonómica). En todas estas vías sí que podemos circular con un sin distintivo, pero nunca acceder desde ellas a barrios o distritos de la ciudad.

    El consistorio controla a los infractores en accesos desde estas vías, y dentro de la ciudad, con más de 460 cámaras, además de con los semáforos foto-rojo en el área demarcada por la M-30.
     
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  3. luichi328automatico

    luichi328automatico Forista

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    Lo tengo muy claro, antes del uno de enero, el R19, lo empadrono en el pueblo, no pago ni un numerito más en la capital.
     
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  4. supercanedas

    supercanedas I have gambas I have chopitos... Moderador Miembro del Club

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    Lo mejor si tiene 30 años es hacerlo histórico, a día de hoy el trámite es online, sencillo, y por 20,81€ puedes circular durante 96 días al año por donde te dé la gana, además de que conservas la matrícula original y la ITV se hace cada más tiempo.
    Yo ya he pasado a histórico a dos de mis trastos
    Saludos
     
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  5. cybermad

    cybermad Clan Leader

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    Según como vayan las cosas igual lo hago con el Z3 dentro de 4 años, que ya cumplirá los 30 :guiño:
     
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  6. Garvan90

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  7. luichi328automatico

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    Así voy a hacer yo… el 19, ha hecho 29 a finales de octubre.
     
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  8. E. Gonzalo

    E. Gonzalo Forista

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    Tiene su lógica dentro de la "ilógica" emanada de la etiqueta porque el Aeropuerto de Barajas no da servicio solo a Madrid Capital sino a una parte importante de España porque ciertos vuelos intercontinentales solo salen de Madrid.
    Por supuesto que saldrán los "ecologistas" a decir que puedes llegar en transporte público pero digo yo que alguien que viva en un pueblo de Salamanca (por decir un sitio al azar) y quiera ir a acompañar a un familiar que tiene que coger un vuelo que sale a las 7:00 AM igual no le apetece hacer noche en la capital... pero bueno, esto daría para desvirtuar completamente el tema.

    P.D: sé que se llama oficialmente Aeropuerto Adolfo Suárez - Madrid Barajas pero igual me hago viejo y por eso cascarrabias, pero toda la puñetera vida ha sido el Aeropuerto de Barajas y pienso seguir llamándolo así.
    Ya veremos si dentro de unos años, por conseguir un patrocinicio, no lo llaman Aeropuerto Coca-Cola - Madrid Barajas, que seguro que pagan más que el pobre Adolfo Suárez q.e.p.d.
     
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  9. M1

    M1 Forista

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    El
    viernes recibí el nuevo permiso de circulación del 131 con el servicio particular-histórico. Como no me queda claro si la exención del IVTM del Ayuntamiento de Madrid lo hacen automáticamente, lo es solicitado online para asegurar. Cuando pase la ITV en diciembre, el intervalo pasara a ser de tres años.
     
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  10. Jiro

    Jiro Mr. Caceres Miembro del Club

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    Se supone que te tienes que empadronar tu primero ¿ no ?
     
  11. luichi328automatico

    luichi328automatico Forista

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    Si, claro, pero eso, ya está hecho hace tiempo, el coche seguía en Madrid por el tema de poder circular…
     
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  12. Alvaris

    Alvaris Clan Leader Moderador Miembro del Club

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    Yo tengo claro que el día que donde vivo haya la más mínima restricción, empadrono no uno, sino todos los coches que tenga en el pueblo en Extremadura
     
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