Pues estoy a punto de cerrar el trato sobre un piso de mi propiedad que voy a vender... y me surge una duda... El precio total del piso es X... pero esto es la suma del piso en sí...y de los muebles que lleva dentro... por lo tanto entiendo que para la escrituración...debemos hacer constar el valor del inmueble... solamente... y en contrato privado a parte...el valor de los enseres que contiene... Estoy equivocado??? debe escriturarse por el valor de venta...contenga lo que contenga??... gracias por vuestra ayuda...
Una cosa es el inmueble ("contenedor" cuyo valor en teoría es el que debe figurar en escritura) y otra cosa son los muebles ("contenido", cuyo valor es totalmente ajeno a al primero). En resumidas cuentas el valor del piso es o debe ser sin el contenido.
no incluyas el valor de los muebles en el valor del piso, mas que nada porque aumenta el ITP (impuesto transmisiones patrimoniales) para el comprador tampoco pasa nada por incluir en la escritura un i nventario de mobiliario y su valor
El valor de los enseres no deberías declararlo, dado que como ya te han dicho queda afecto al I.t.P y el correspondiente 7%... Además, ya pagaste IVA una vez por los muebles Ese dinero de los enseres, a la saca :mus- sin que la mano izquierda sepa lo que está haciendo la derecha ;-)