y no me refiero a experto a llevar a la quiebra... que de esos seguro que somos unos cuantos :wink: el caso es q por allá por el 2000 me compré (o intenté comprar) una vivienda a una gestora de cooperativas llamada CPV... en el 2002, y harto de ver que la cosa no progresaba, insté la resolución del contrato a lo cual la gestorá accedió y recuperé casi todo el dinero que había puesto... dinero que usé para comprar mi casa actual. Está gestora dio quiebra al poco tiempo, dejando en la calle y sin dinero a más de 2000 familias y el caso salió en los periodicos, televisiones, etc... En diciembre de 2006 y enero de 2007, recibo sendas notificaciones de burofax en mi antiguo domicilio (que no he recogido) y por terceros en mi misma situación me entero de que son de la sindicatura de la quiebra y que por la retroacción de la quiebra me exigen que deposite el dinero devuelto para pasar a formar parte de la masa acreedora... a mi todo esto me parece de escándalo... pero lo peor es que ya conozco a una persona a la que le ha llegado la notificación de demanda admitida a trámite con lo cual parece que va en serio. Distinta gente ha acudido a distintos abogados, pero no nos dan una respuesta uniforme... unos lo ven con posibilidades, otros nos dicen que negociemos una parte... yo no tengo hoy en día nadie de confianza que me asesore... si alguno sabeis de alguien que realmente sea un experto en estos temas, os agradecería que me dierais su referencia para ponerme en contacto... de paso, si hay alguien en el foro que también se saliera de CPV, que se ponga en contacto conmigo para informarle. saludos y perdón por el tocho
no tengo ni idea,pero lo mejor que haces es ir a un abogado aunque no le conozcas y se lo comentes a ver que solucion te da y si te interesa le contratas
Hola! No soy un experto pero hay que estar -en general, hay especialidades derivadas del tipo de negocio jurídico, ausencia de perjuicio a los acreedores, etc... - a la fecha de retroacción fijada en el Auto -que haya ganado firmeza-. del juzgado. Con todas las cautelas, si la fecha de retroacción es anterior al momento de la resolución de tu contrato (dices que lo instastes pero... no dices si fue judicialmente, etc...) entiendo que podría obligársete a la devolución de lo percibido (y ojo a esas demandas millonarias que las costas son un pico) . Ponte en manos de algún compañero de tu confianza y ponle en antecedentes : estas cuestiones son complejas y lo único que se te puede dar adecuadamente por esta vía e de forma adecuada son... ánimos. Suerte ;-)
No eres el único, se lo están reclamando a todos,,. supongo que deberíais poneros en contacto los ex-cooperativistas para conformar una platarforma y actuaciones cojuntas. Suerte.
ya nos hemos puesto en contacto unos cuantos... pero tenemos tantas opiniones como gente somos... ya sabes cómo es esto de las opiniones...
gracias lugi. En ese foro es donde nos estamos juntando aunque ahora la cosa sigue más por email entre nosotros que por posts ahí.
:washing: La retroacción de la quiebra significa lo siguiente: La empresa A tiene problemas desde la fecha X. Con fecha Y se declara la quiebra de la empresa. El juez "retrotrae" todas las operaciones de la empresa A desde x años antes de la fecha de declaración de la quiebra (nos lleva a la fecha Z). De este modo, lo que se intenta es evitar fraudes, ya que normalmente antes de declararse la quiebra, los socios empiezan a montar chanchullos para ir desviando pasta, etc... Por tanto, si tú realizaste cualquier operación con la empresa quebrada desde la fecha Z hasta la fecha Y, esta operación resulta nula y, por tanto, deberá tenerse como no realizada. Lo siento, es lo que hay, de este modo tendrás que ponerte en la cola. No obstante, ponte en manos de un abogado para que estudie tu caso, ya que hay mil posibilidades, ya que puede que la finca en concreto no esté afecta a la retroacción, o que tú hayas transmitido a tercero de buena fe, o mil cosas más.
la pregunta es, si yo firmé el contrato de compra venta también dentro de la fecha de retroacción, también se podría considerar nulo el propio contrato y no solo la resolución del mismo, con lo cual yo nunca habría entregado cantidad alguna a la gestora, no??
pues sí, entiendo que también tendría que declararse nulo. vete a un abogao y plantea el tema, claro está, si te llega una demanda o algo porlestilo, si no, pasa del tema, pero estate atento a los burofaxes que recibas y al boletín oficial, porque igual te meten una demanda, te haces el sueco, te notifican por edictos y cuando te das cuén te están embargando.
Una afectada más de CPV Hola, esta semana me ha llegado la demanda en la que me dicen que tengo que devolver el dinero que me entrego CPV en 2002 He logrado ponerme en contacto con un par de personas que estamos en la misma situación, pero creo que somos bastantes y deberiamos unirnos para poder parar esto de alguna forma. Por favor, me gustaria poder hablar con más gente. Mi correo es koati17@terra.es