Bueno puesto que en el foro se pueden encontrar miles de soluciones a problemas, a parte de los automovilísticos, pido consejo. Antecedentes: Yo en local comercial y arredendatario. Vecino del 1º que ante la inundación de su galeria por atasco de la bajante de aguas procedente del tejado en caso de lluvias, decide con su escalera y su martillo eliminar esa molesta bajante (para él):err: Resultado, cuando llueve cae el agua a plomo y libre hacia la calle. Trás luchas con la administradora que si, que ahora, ya en reunión se decide la reparación. Después de imnumerables goteras viene la empresa a reparar y lo primero que ellos no quitan el cartel de la tienda (necesario para acceder a la bajante). Tras dimes y diretes:argue: ellos lo hacen. Resultado: Tras tardar dias en repararlo(con el consiguiente problema para mí, no puedo encender los carteles externos ni luces de escaparate), el cartel aparece roto, luces y sistema electrico idem y no se hacen cargo. Como actuar en este caso: Denuncia a la comunidad. Denuncia a la empresa. Me denuncio a mi mismo. Que pasos debo seguir. Muchas gracias y siento el tocho.SDS.;-)
Bajo mi punto de vista, la reclamación contra la comunidad, que es por cuenta de quien se ha "arreglado" el tema según creo entender. Y luego que ellos repitan contra el responsable último, sea la empresa o quien sea.
Reclamar, lo que es reclamar a la Comunidad, pero le meteria un buen burofax a ambos dos, lo digo porque los contratistas estos suelen/deben tener seguro que para algo está, e igual suena la flauta y te lo arreglan. Suerte y al toro, que a una tienda de bicis (o sea, productos de primera necesidad para suicidas como nosotros) esto no se le hace, no señoooooooooooooooooor
Bueno antes que nada siento el lenguaje, en lugar de denuncia, reclamación, más lógico. Imaginaba que los tiros iban por ahi. Posiblemente la reclamación pudiera ir por consumo, ante la realización de un "trabajo" tan chapuzas, o inexorablemente habria que recurrir a via legal por juzgados ( o la entidad que competa, que desconozco)? Gracias.
No si arreglar lo han arreglado pero el desaguisado que han creado, mejor :-# . Pero vamos que lo otro no se, tipico partido de tenis, yo no es el otro, eso es la comunidad, etc. Asi que nada burofax indiscriminado a diestro y siniestro, hasta todos los propietarios de los pisos.
Me temo que por consumo jodido lo tienes, la Legislación consumeril y sus organos adminsitrativos especializados (juntas de consumo, tribunales arbitrales y demas gaitas) no amparan daños a actividades empresariales o profesionales Me temo que, a falta de algun seguro de garantia juridica, asociacion de inquilinos o similares, tendrás que tirar de letrado. Mirate el contrato de arrendamiento, a veces se ponen cosas interesantes en estos temas, incluso con la mejor de las voluntades
Vamos a ver antes de denunciar lo primero es hablar, segun la LPH la obligacion es de la Comunidad de reparar y conservar todos los elementos comunes, tu obligacion es permitir en este caso tu local la obras que se realizen en la misma. Hasta aqui todo correcto, ahora bien, la Comunidad esta en la obligacion de dejarte en las mismas condiciones que tenias antiguamente e incluso hasta recompensarte economicamentes si hubieras sido perjudicado. Mi consejo es burofax a la Comunidad dandole un plazo para que repare todos los daños y si no fuera asi un parte a tu seguro para su reclamacion judial. Si no te queda claro, mandame un mensajito e intento resolvertelo.
Gracias a ti tambien Quelul318d. Te puedo asegurar que hablar he hablado, desde abril llevo con este problema y anunciandoles que cuando llueva habria problemas. En ningún momento me negue, puesto que resultaba el mayor afectado, lo que pasa que la reparación es complicada, es por el exterior y hace falta retirar el luminoso de 8 metros de largo para acceder a dicha bajante. Al final llovio, hubo problemas y se dignan a arreglarlos ahora (octubre), con el caos originado. De momento todo claro si tuviera más dudas te las preguntaria. Gracias. SDS.:wink:
Bueno, claramente nos encontramos ante un caso de responsabilidad aquiliana del 1902 del CC, por lo que tendrás que reclamar a la comunidad de propietarios, y ella, si lo cree conveniente, repetirá contra la empresa de reparaciones o la aseguradora que los envió. No obstante, te comento que si la cuantía del procedimiento es superior a 900 euros, tendrás que acudir a un abogado para que lleve la reclamación en la que pedirás el importe de la reparación del cartel más los posibles daños y perjuicios (claro está, justificables), que te ha irrogado el siniestro. Si la cuantía es menor de 900 euros, no estás obligado a acudir a un abogado, no obstante, como los otros sí acudirán con abogado, te la pegarán. Por tanto, mi consejo es que contrates un abogado y que sea él el que requiera a quién considere (yo opino que la comunidad) y ejerza las acciones que te asisten. Saludos.