Ante todo buenos días. Pues debido a una mala gestión económica y al parón de trabajo que padecemos en la empresa que trabajo me veo en la calle. El problema es que si la empresa cierra no podrá pagarnos el despido ( en mi caso 14 años). Y ahí vienen mis preguntas: Me paga el fondo compesatorio todo lo que me pertenece? Que es lo que tarda en pagar? Gracias por vuestras respuestas anticipadas. Y cualquier cosa que pueda valerme para este asunto, os lo agradecería enormemente.
joer herlinm, como lo siento, la verdad es q ta la cosa paradita, es cierto. No puedo ayudarte sobre la materia, a ver si alguien te echa un cable. :roll:
j*der tío, lo siento, yo tampoco puedo ayudarte, sólo decirte que yo también he sido víctima de ese parón. En mi ex-curro, iba a fijo+comisión por firma de proyectos, y si no había proyectos, te quedabas en el fijo, o sea, putadón del 10. En mi caso, la carga laboral empezó a caer en mayo de 2004, ha estado seria la cosa ;-)
Es que aparte de una mala gestión que el gerente ha hecho en la empresa (aires de grandeza) viene mucho producto de fuera (chino) . Y me imagino que muchas empresas van a cerrar por falta de ingresos. Selección natural. Las que aguanten se llevaran la poquita faena que tengan todas y podrá ser rentable. Además está ocurriendo en muchos sectores.
En mi caso, sector industrial, en el más amplio sentido de la palabra ;-) Según mi ex-jefe, apolítico convencido, el declivé comenzó a partir de las elecciones el año pasado ;-)
Juerr que marrón, lo siento. En cuanto a los despidos mejor te pasas por U.G.T. y les preguntas a ellos, por 50 € o 60 € se hacen cargo de toda la gestión de tu despidos, si vas con tus compañeros mejor. A una amiga mía la indemnizaron gracias a ellos. Un saludo.
haber si con esto que aprendi en su dia te vale, o por lo menos algo tienes::: El Empresario que prevea alcanzar las cifras de despido colectivo debe solicitar autorizacion conforme al procedimiento establecido. El procedimiento de regulación de empleo se inicia mediante solicitud dirijida a la autoridad laboral, estatal o autonomica, segun su ambito. Simultaneamente, debe abrirse un periodo de consultas y negaciacion con los representantes de los trabajadores, no inferior a 30 dias. posteriormente, la autoridad laboral dicta resolucion el plazo de 15 dias, autorizando o denegando la extinción de relaciones laborales. Obtenida la autorizacion de despido colectivo, es necesario comunicar individualmente la extincion contractual a cada trabajador. El trabajador despedido tiene derecho a percibir una indennizacion de 20 dias por año de servicio ( max 12 mensualidades) Los despidos acumulados indebidamente sin autorizacion son nulos.
Yo pase eso hace 3 años y te cuento d elo que me acuerdo. Sueldos pendientes, maximo el doble del salario minimo con un tope de (no me acuerdo) Indemnizacion despido los 20 días por año tambien con otro tope pero no se cual es. En mi caso tardaron mas de un año en pagar
La empresa donde yo trabajaba cerro el 10 de febrero de 2004 y todavia estoy esperando a cobrar algo. Fogasa no te paga todo(creo que casi nunca). En mi caso solo me paga el 40% de lo que me deben (10.000€)
Ya lo siento. Dentro de lo que se, los compañeros han acertado, 30 dias de aviso minimo, y luego indemnización de 20 dias por año trabajado. suerte
A ver, distingamos salarios e indemnizaciones por extinción, peor deben estar reconocidas siempre po rresolución judicial o en acta de conciliación: Salarios: el máximo que paga el Fondo es el doble del salario mínimo interprofesional diario, sin prorrateo de pagas extras, multiplicado por el número de días pendientes de pago y con un máximo de 4 mensualidades (120 dias) Indemnización: salvo en empresas de poca entidad , menos de 25 trabajadores, abona 25 dias por año trabajado, con el máximo de 365 dias de trabajo (maximo 14 años, vamos) y calculado sobre un salario tope del doble de lsalario minimo, sin incluir prorrata de pagas.
lo siento, creo que depende de tu convenio, en artes graficas que es el mio lo mire en en comisiones obreras y creo recordar que me dijeron que el fondo de garantia salarial cubre un 20 % de la indemnizacion.
En el de Artes Gráficas no lo mires o te hecharas a llorar, es el pero convenio que existe, el de industria es muy superior, Cacique eres impresor? Por lo que he podido leer esta bastante dicho, como dice Gus hay que diferenciar atrasos de salarios de indemnizaciones, sobre atrasos de salarios decirte que solo pagan 6 meses, si el jefe os tiene mas de 6 meses sin pagar en suspension de pagos, estais jodidos. Sobre indemnizaciones esta casi todo dicho.