OT Con baja por accidente laboral cuanto cobras?

Tema en 'Foro General BMW' iniciado por Alvipas, 6 Jul 2007.

  1. Alvipas

    Alvipas Guest

    Pues eso, es una pregunta que me ronda la cabeza y mucho mas desde esta tarde.

    Os cuento:
    Tuve un accidente con el coche in itinere (llendo al trabajo) el caso esque estuve de baja 23 y me dicen que mi sueldo se queda en unos miseros 500 y pico euros con lo cual estoy muy sorprendido.

    Pueden descontarme dinero de la nomina por una baja causada por un accidente laboral??

    de ser asi cuanto?

    Mi convenio es de la limpieza y el lunes ire a cc.oo. a ver que me cuentan pero hasta el lunes por la mañana nada y esque no paro de darle vueltas.
    Alguien me puede ayudar?
     
  2. e46fan

    e46fan Guest

    No idea.
    Yo creo que en teoría cobras lo mismo, menos la seguridad social que no paga la empresa (ni tú), vamos, creo.

    Lo que sí es que para cobrar el paro cobras el 70% del importe medio de tus 6 últimas nóminas y 1/3 del tiempo trabajdo máximo 2 años.
    Eso por desgracia lo sé de buena tinta.
     
  3. maraña

    maraña Guest

    Si esa baja te entra como accidentes miralo k no es lo mismo que una baja por nfermedad, ten en cuenta que por accidentes deberias cobrar el cien por cien de las continencias comunes que marcan tu nomina, por el contrario, si fuere por enfermedad me parece que los primeros 10 dias,(no se fijo cuantos dias) te quitan una cantidad diaria no se ahora el tanto por ciento, lo se por experiencia, haces bien en k te lo revisen los abogados dl sindicato al cual estes afiliado, salus..........:wink:
     
  4. 330coupediesel

    330coupediesel Clan Leader

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    depende del convenio,informate
     
  5. Hans Stuck

    Hans Stuck Guest

    No te olvides de la indemnización del seguro del que te pegó, que si te causó baja son aprox 50 euros por día,+ si en el informe final te reconocen secuelas..........
    Espero estés recuperado:wink:
     
  6. riverafer

    riverafer Forista Legendario

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    si es baja por accidente laboral,cobraras el 100% de tu salario...
     
  7. mor

    mor Forista

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    Entiendo que tienes que cobrar el 100%, el problema, es tienes pluses por trabajar, que entiendo que eso a lo mejor no lo cobras, al igual que el negro
     
  8. aangeel

    aangeel Forista

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    depende de los convenios, en el mio se cobra el 75% los 20 primeros dias y luego el 100% por accidente laboral
     
  9. Alvipas

    Alvipas Guest

    No si de la indemnizacion del otro seguro tambien llamare el lunes a ver como va a ir el tema, pero claro a mi lo que me interesa en este momento es lo de ahora que cobro el dia 10... El lunes ire por cc.oo. a ver que me cuentan...
     
  10. salva122

    salva122 Guest

    La unica forma de poderte ayudar es sabiendo que dice tu convenio.
    En principio y dando por seguro que la empresa tiene contratado una mutua de accidentes,deberías de cobrar el 100% pero no de la base reguladora,sino de todos tus emolumentos dejados de percibir.
    Para que lo entiendas cobrarías igual que si hubieras trabajado.
    La empresa te hace el calculo y realiza lo que se llama "pago delegado" que despues reclamara a la mutua
    Otra cosa, aqui la empresa no pinta nada,es la mutua quien se hace cargo.
    asi que tendras que atenerte a lo que la empresa tenga contratado.
    Pero ya te digo...depende de tu convenio, de empresa o del provincial si no tuvierais.
    seguro que en comisiones te sacan de dudas:wink:
     
  11. Alvipas

    Alvipas Guest


    Salva lo siento pero no entiendo eso como que la empresa no se tiene que hacer cargo entonces quien me tiene que pagar el sueldo? me paso por la mutua? fue donde me atendieron donde hice la rehabilitacion y todo, todo fue por la mutua Fremap, que es la nuestra.
     
  12. birdhouse

    birdhouse Clan Leader

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    Si te descuentan o no, ni idea. Lo que si es cierto, al menos en mi caso, es que me pagaron a 50,70e/dia impeditivo, y 28 o 29e/dia no impetivo. Impeditivos normalmente son los 15, y los siguientes (los de rehabilitacion) no impeditivo ;-)
     
  13. salva122

    salva122 Guest

    En baja por accidente la empresa no pone un duro,es la mutua quien paga.
    la empresa te paga a ti (pago delegado) y le pasa la factura a fremap.
    El tema esta en lo que tenga contratado tu empresa con fremap,100%-75% Etc...
    O que lo que te pague la empresa, esos 500€ que dices sea lo que te corresponda por lo trabajado ese mes,y te falte lo que te tiene que pagar la mutua...todo puede ser.
    Sin saber lo que dice tu convenio son especulaciones,pero vamos que tienen que pagarte mas de 500€ SEGURISIMO:wink:
    SALUDOS
     
  14. salva122

    salva122 Guest

    En este tema son tantas las variantes,que sin duda la mejor opcion es que te persones en CCOO y que te hagan el calculo.
    Creo recordar que te dio por atras una hormigonera? o no eras tu?.
    QUE TAL LAS CERVICALES?:wink:a buen entendedor....
     
  15. -Lizar-320d

    -Lizar-320d Guest

    Si señor Sava lo has clavauuuuuuuuu
     
  16. evamaro

    evamaro Guest

    A ver, depende del convenio cobraras el 75% o el 100% pero no del ssalario liquido de todos los meses, sino de la base de cotizacion. Es decir, si en tu nomina aparece un concepto que se llame por ejemplo dietas y transportes, eso concepto no lo percibiras mientras estes de baja, al igual que por ejemplo desgaste de ropa o herramientas...
    Mira en tu nomina donde aparece "base de cotizacion", y eso es lo que cobrarás cuando estes de baja, lo que no se asegurarte si será el 75 o el 100%, pero el dato es ese.
    Es cierto que quien paga es la mutua, pero a través de la empresa, es decir, tu empresa hará los calculos y te ingresará lo que te corresponda, pasandole despues ese gasto a la mutua contratada.
    Un saludo!!
     
  17. salva122

    salva122 Guest

    Siento decirte que estas equivocada.DEPENDE DE LOS CONVENIOS.
    Cobraras el porcentaje, y en las condiciones que la empresa tenga pactadas con la mutua,pero !ojo¡ de tu salario,incluido pluses,exactamente lo que cobrarias trabajando.
    La base de cotizacion,en este caso solo te sirve si el accidente te llevara a una incapacidad permanente,en cualquiera de sus grados,para delimitar la pension correspondiente.
    En caso de enfermedad si que se toma como base, la base de cotizacion del mes anterior,los tres primeros dias 100% a cargo de la empresa,del cuarto al quince 60% a cargo de la seguridad social,los siguientes son al 75% a cargo de la seguridad social.
    Por convenio se pueden acordar complementos a cargo de la empresa hasta llegar al 100%
    Por ponerte un ejemplo mi base de cotizacion por ambas causas,la tenia ,estando de baja en 2760€.(UN AÑO CONGELADA)
    menudo "chollo" entre comillas,tres mesecillos por un esguince:wink:
    mejor lo leeis directamente.:wink:
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    Shot at 2007-07-07
     

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