Tengo un estudio jurídico completo en la oficina, de 3 ó 4 folios, pero que en resumen vienen a decir que... La primera de las cuestiones que se nos plantea es saber si la instalacion de una vivienda prefabricada, concretamente un tipo de construccion habitacional de madera, está o no sujeta a licencia urbanistica: Aunque no se menciona expresamentte en la legislacion urbanística el término “casas prefabricadas” o “casas de madera”, se trata de un uso del suelo incompatible no solo con el concepto de suelo no urbanizable, que es aquel al que se pretende preservar del proceso urbanizador sino especialmente si se trata de protección especial al paisaje, en cuyo caso la actuacion urbanística, del tipo que fuere, queda excluída de forma más rotunda. Es significativa la alusión directa que se hace de las denominadas casas prefabricadas en el artículo 179.2 de la ley de Urbanismo de Cataluña, donde se dice expresamente que "son actos sujetos a licencia urbanística la instalación de casas prefabricadas e instalaciones similares, sean provisionales o permanentes" Si se aplica pues esa normativa, se deberia proceder a la demolición, que en este caso, y al ser la edificacion prefabricada, supondria su desmontaje y traslado, todo ello por ser ilegalizable dicha construccion. ;-)
Es que Pepe, el tema de una vivienda prefabricada (por ejemplo), no es sólo un asunto de licencia de obra, sino también de licencia de uso. Que también a veces se olvida que las licencias urbanísticas no son sólo para obras, sino también para usos. PD: en lo que has puesto ésto queda suficientemente claro.
Es mas, que una casa prefabricada necesita de licencia esta claro desde el momento en que muchas paginas que ofertan casas prefabricadas avisan que es imprescindible disponer de licencia para su construccion. Y si los que venden dichas casas lo dicen así, por algo será...
1.- Suelo rústico----Solo se puede construir edificaciones vinculadas a la explotación de los terrenos. 2.- Suelo urbanizable---Se puede construir después de ordenar el suelo mediante distintos documentos de proyecto, como planes parciales por ejemplo. 3.- Urbano -- puede contruir--es lo que vulgarmente se llama suelo con licencia directa. En tu caso Dado que existe una reclasificación (que no recalificación) de suelo rústico a urbano cerca,(las piscinas) podrías intentar una modificación puntual de una parte de tu finca, aludiendo a la cercanía de suelo urbano. Una vez presentado este documento dependería de lo bien que te lleves con el ayto. y con tus vecinos para ir pasando los distintos trámites de aprobación de esta MODIFICACIÓN PUNTUAL. Si consiguieras que te admitieran esa modificación puntual, habrías conseguido un trocito de suelo urbano "LEGAL" para construir tu casa. Si todo fuera bien estaríamos hablando de más de un año de trámites. Si es una población pequeña...y siempre que te lleves bien con TODOS los vecinos (dado que son ellos los que te podrían denunciar) te puedes ARRIESGAR a construir ILEGALMENTE y esperar a que pase el tiempo para poder legalizar la construcción (me parece que es menos tiempo del que comenta augustroyer---lo tengo que comprobar pero me suena que es 5 años, tiempo suficiente para que los colindantes y el ayto se percaten de que existe una edificación ilegal y decidan denunciarte). Recomendación: Busca un arquitecto que te quiera redactar una modificación puntual, pero conociendo que no tienen por qué admitirtela. Un saludo.
haber las normas están claras. como han dicho antes por ahí en Castilla hay mucha gente que se ha hecho su casa a las afueras de su pueblo en una tierra que le toco en herencia y no ha pasado nada porque realmente ni era especular ni molestaba a nadie ni demás, que sea ilegal, seguramente, pero si a un ayuntamiento de 80 vecinos les vienes con cosas de estas es muy posible que directamente te digan que te hagas la casa y ya está
OT : qué pasos y permisos debo dar para construir un chalet?? tengo el terreno, y ahora....6300 metros y la idea del chalet en la cabeza.
buscate el arquitecto, el te hara el proyecto segun la normativa vigente en tu zona y en la zona del chalet. Yo soy delineante, pero lo suyo es que te busques a un arquitecto de la zona, porque no se que terreno es, ni nada :wink:, ni la normativa de tu ciudad, ni la del sector donde este ubicado dicho terreno. por cierto es OT
Lo primero de todo es que solicites información urbanística en el ayuntamiento donde se ubica la parcela en la que quieres edificar.
lo mismo de siempre, se hacen los planos, se hace el chalet, y despues se hace una legalizacion en el ayuntamiento.
si quieres te puedo pasar el telefono de un promotor amigo mio que tiene contactos en toda españa. Se llama Roca
una vez levantado me voy con todo al ayuntamiento??? y la luz, agua y teléfono?? cedula de habitabilidad??....
Ve al Ayuntamiento y pide información urbanística como te he dicho (se explícito en la petición). En dicha información te dirán lo que puedes o no hacer, y los requisitos administrativos necesarios (permisos de otras administraciones, proyecto, etc.)
juer, chusquito, ya te lo comentábamos en el post del terreno rústico, si es el mismo, y pasas de todo, pues contrata un arquitecto que haga un proyecto (aunque no esté visado ni sea oficial no pasa nada), contratas a un constructor que esté dispuesto a trabajar de 19 horas hasta el anochecer o bien los fines de semana únicamente; contratas a un tío que esté controlando que las patrullas de obras del ayuntamiento no pasen por la construcción y de aquí 4 añitos legalizas la obra, y yastá.:wink:
j*der con los consejos que has dado. 1º.- Un proyecto sin visado no tiene validez. 2º.- Legalizar solo se puede legalizar lo legalizable. Y si esa obra es legalizable no entiendo porque no hacerla legalmente. 3º.- LO PRIMERO ES PEDIR INFORMACIÓN AL AYUNTAMIENTO (que luego vienen las sorpresas y los cabreos). 4º.- Que chusquito haga lo que le salga de los güebos, porque seguro que despues de todo lo dicho es lo que hace :wink: