a mi ya me parecia mucho pero bueno os lo comentaba por eso. osea que 9000€ cada uno de los que tengan la hipoteca. 18000- 12xcuota = maximo que puedo adelantar al año para deducir lo maximo. Thanks.
Las cantidades a deducir, creo que no lo son al 100% por lo que ponian antes de los %, tampoco estoy muy puesto en ello, pero igualmente, si puedes amortizar más, en lugar de un X% al menos te ahorras un 5% de interes del banco, y si no un plan de pensiones... aunque a mi esto siempre me ha sonado a timo, puesto que es una tributación diferida.. no tributas por ello ahora, pero si cuando lo retires... depende de la base que tengas en ese momento, te habrá salido bien o no...
deduciras un % de lo amortizado eso esta claro, pero yo lo que queria saber es cuanto es el maximo anual a amortizar para deducir el maximo.:yes:
el maximo individual son los 9015 euros a partir de ahi, te lo ahorraras en el pago de intereses al banco, pero en la renta te dará igual poner en la casilla 9015 que 20.000 € te va a salir el mismo resultado final
Lo máximo que puedes computar a efectos de deducción son 9015,18€ lo que pongas a partir de eso, no te descuenta, no es que tenga ninguna implicación más. Pero si amortizas o pagas más de 9015, pues ya está... ya lo has aprovechado todo...
como ya te ha dicho leoper, lo maximo son 9015,18 euros, todo lo que pagues de más en la hipoteca no te entrará en el computo de la deducción, simplemente que dejarás de deberle menos al banco. saludos.
¿ Pero son 9015,18 x 1 o por dos si es conjunta la declaracion y la vivienda esta a nombre de los dos ?
me da que es el limite por declaracion.... sale mas a cuenta en ese caso dos declaraciones independientes.... http://www.cymbolsa.com/hipotecas/viv.habitual.htm http://www.finanzas.com/id.7985028/noticias/noticia.htm
esta me la se!!!! son 9015.18 cada uno si haceis la declaración separada, si la haceis conjunta pues solo 9015.18 para los dos... una jodienda pero es así. saludos.
Pues nada yo que me caso este julio, el año que viene seguire realizando la declaración individual, que supongo que nos saldra mejor. :wink:
pues sí sale mejor separada en este caso... PD: lo que tambien desgrava un montón son los hijos...:mus-:mus-:mus- saludos.
Pero tanto desgravan??? que sino me pongo enseguida a ello :Randy-git::Randy-git::Randy-git: Efectos secundarios se conocen??
A la segunda pregunta que la tengo claro: No merece la pena ya que: lo que desgravas por tener la cuenta vivienda, luego lo aportas a la vivienda, ya no lo puedes desgravar otra vez yo lo hice dos veces, pero no se lo digas a nadie...jeje
Os lo aclaro todo, :wink:, en primer lugar cuando compras una casa y satisfaces cuotas al constructor, te lo puedes deducir hasta un limite de 9.015 € al tipo único del 15% Se asimilan a la adquisición de vivienda la construcción o ampliación de la misma, en los siguientes términos: 1- La construcción de la vivienda habitual, cuando el contribuyente satisfaga directamente los gastos derivados de la ejecución de las obras, o entregue cantidades a cuenta al promotor de aquéllas, siempre que finalicen en un plazo no superior a cuatro años desde el inicio de la inversión. El porcentaje de deducción aplicable a la base de deducción será en todo caso del 10,05 por 100 en la parte estatal, y del 4,95 por 100 en la autonómica, es decir, del 15 por 100. Una vez construida, si es con financiacion ajena, como suele ser normal, pues los dos primeros años, van a un tipo y de ahi en adelante a otro, 4507 € al 25% y el resto hasta 9015 15% Posteriormente a los dos años de la compra 4507 € al 20% y el resto hasta 9015 al 15% espero os sea de ayuda, la verdad es q es un poco lio. ahhh, y nada de abrir cuenta ahorro vivienda, a no ser que hagais declaraciones separadas y aporteis entre los dos mas de 9015 €, eso hacer cuentas con un gestor, es lo mejor. Un saludo
excelente explicación, si me había quedado alguna duda con este post se han disipado. muchas gracias saludos.
Pero el año que viene son los 9000 al 15%, lo de los primeros 4500 al 25% es una vez subrrogada la hipoteca, mientras tanto, nada, al 15% igual que si fuera cuenta vivienda, que llevo yo dos añitos así y es lo que hay, 1300 y pico a devolver, es decir, el 15 de 9000. En septbre. ya formalizo hipoteca (hasta ahora han sido entregas a cuenta) y el año que viene ya si que me desgravo 4500 al 25 ;-)
Exacto, me refiero a una vez escriturado el piso, vamos cuando ya es de tu propiedad, normalmente cuando se formaliza la hipoteca, a partir de ahi empiezan a contar los dos años :yes:
Nadie te obliga a desgrabar, asi lo tienes igual de facil por cierto, ayer salio una noticia en que las desgrabaciones (segun el PSOE, claro) se van a quitar y se transformaran en ayudas directas a la compra para la gente que lo necesite. Por fin (segun mi entender) van a empezar a hacer las cosas bien y a ser mas justos con los que alquilamos :notworthy: Salu2 ;-)
Jeje asi haremos mas viviendas de protección oficial para que la gente las pueda alquilar de bajo mano. http://www.bmwfaq.com/f7/ot-alquilariais-piso-de-proteccion-oficial-230087/
No, que tambien se quieren cargar la proteccion oficial de compra, y solo sera de alquiler... Salu2 ;-)
Eso ya me parece mejor, ves.. Si no llegas para comprate un piso, al menos que tengas uno para vivir, ¿no?
Te puedes deducir hacienda hasta 9000€ por: - Compra de vivienda (en tu caso los 7000 y pico euros esos) - Los pagos hipotecarios que haces mes a mes - Los gastos propios de la Hipoteca: tasacion, gastos de apertura, etc - Las amortizaciones que haces, por ejemplo ahorras 6000 € y te los quitas de la hipoteca pues de eso tambien puedes deducirte. - Del seguro de vivienda - Del seguro de vida Como consejo yo suelo quitar a principio de cada año de la hipoteca unos 5000€ asi se que con esta cantidad y las letras que pago durante el año llego a los 9000€ Cualquier duda mandame un privado y te la contesto
El seguro de la vivienda vale, pero ¿ el seguro de vida tambien ? Por otro lado. En el programa padre ese, si meto datos donde pone "con financiacion ajena", no me deja meter datos donde pone "sin financiacion ajena" Si yo pago una parte en dinero y otra con hipoteca ¿ no tendria que meter cada parte en una de esas casillas ? la del contado en sin financiacion y el capital amortizado mas los intereses en la otra
No me quiero ni imaginar lo que va a ser la declaracion el año que viene, ya que vendía la antigua casa en el 2007. Me va a dar algo
Otra cosa. Resulta que hasta que he comprado la nueva 31/3/2006, la vieja era la vivienda habitual, y por tanto, hasta ese momento tengo que desgravar una vivienda que compre antes de 1998 y es despues de los dos años siguientes. Esta vivienda tengo que desgrabarla durante 89 dias y despues tengo que desgravar la nueva, que es dentro de los dos años siguientes a la compra y posterior a 1998. Me saltan todos los mensajes de error, porque si compre despues de 4 mayo de 89 no puedo meter datos, que si pongo donde antes de dos años no puedo poner despues de dos años, vamos que no se pueden meter dos viviendas una hasta una fecha y otra a partir de esa fecha. Un liooooooooooooooooooooooooooooooo