Le ha pasado a mi hermano mayor. En un foro tecnológico, el vende y compra aparatos eléctricos y de tecnología tipo Media Market, algiuen (creemos un compra-venta o cliente disgustado) simplemente ha relevado sus datos, nombre completo y apellidos, DNI, telefono y direccion donde vive (pero no la calle). No hay calumnias ni injurias, sólo revelación de datos personales. El administrador se niega a borrar nada porque dice que si es delito vayamos a denunciarlo y que sólo el juez puede autorizarle a quitarlo. Mis preguntas: ¿es constitutivo de delito y denunciable no, en base a qué ley por favor? ¿o bien esos datos no son secretos íntimos o privados y no se consideran que atenten a la intimidad? ¿no tendría resposabilidad también el administrador del foro al no querer borrarlo, en base a qué ley o artículo? porque también parte de culpa tiene el administrador por "defecto" pasivo y no hacer nada ¿no? he revisado el Código Penal y encuentro artículos 212 y tal de injurias y calumnias, pero no es el caso, no veo nada de revelar datos personales, que no sé si pueden considerarse como secretos o íntimos, esos que indico. Estaría bien conocer qué podemos hacer y si algún jurista sabe o conoce jurisprudencia y denuncias en foros por estos y similares delitos (también le han insultado en otras ocasiones e injuriado y calumniado, atentado contra su honor e intimidad y dando sus nombres y apellidos) porque supngo que en un foro esto es denunciable no? hay jurisprudencia? la policía puede actuar? cuanto tiempo lleva? nos urge! gracias
Debido a que los datos personales son "sensibles" existe normativa especial respecto a la aplicacion, control y difusion de los mismos. Entiendo que tu hermano puede solicitar al administrador la "no difusion de los mismos", caso contrario podria denunciar al sitio y a su(s) responsable(s). En Argentina la Ley aplicable es la 25.326 y por España me parece haber leido en algun momento que era Ley 15/ del año 1999 (tal vez ya este actualizada o modificada) Agrego algo: El órgano de control del cumplimiento de la normativa de protección de datos dentro del territorio español, con carácter general es la Agencia Española de proteccion de datos personales existiendo otras agencias de protección de datos de carácter autonómico, en la Comunidad de Madrid, Cataluña y en el País Vasco. Saludos
No se decirte sobre que leyes y/o articulos se basa, pero puedo decirte que sino consta del permiso es denunciable y sancionable, puesto que lo he visto en un conocido. Ya nada mas que hablando del DNI, es personal e intransferible y está sujeto a las leyes de privacidad individual, asi mismo con el telefono personal y demas datos. Tanto el administrador del foro, como la persona que lo publica tienen responsabilidad de ello y deben responder ante una posible denuncia. Que posiblemente en este caso sea directamente el "foro". Salu2
Ley Orgánica 15/99 de 13 de Diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal .........Artículo 2. Ámbito de aplicación. 1. La presente Ley Orgánica será de aplicación a los datos de carácter personal registrados en soporte físico que los haga susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de estos datos por los sectores público y privado. Se regirá por la presente Ley Orgánica todo tratamiento de datos de carácter personal: ........... ........Artículo 3. Definiciones.........a) Datos de carácter personal: Cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables............ .........Artículo 6. Consentimiento del afectado. 1.-. El tratamiento de los datos de carácter personal requerirá el consentimiento inequívoco del afectado.............. Artículo 16. Derecho de rectificación y cancelación. 1. El responsable del tratamiento tendrá la obligación de hacer efectivo el derecho de rectificación o cancelación del interesado en el plazo de diez días. 2. Serán rectificados o cancelados, en su caso, los datos de carácter personal cuyo tratamiento no se ajuste a lo dispuesto en la presente Ley y, en particular, cuando tales datos resulten inexactos o incompletos. 3. La cancelación dará lugar al bloqueo de los datos, conservándose únicamente a disposición de las Administraciones Públicas, Jueces y Tribunales, para la atención de las posibles responsabilidades nacidas del tratamiento, durante el plazo de prescripción de éstas. Cumplido el citado plazo deberá procederse a la supresión. 4. Si los datos rectificados o cancelados hubieran sido comunicados previamente, el responsable del tratamiento deberá notificar la rectificación o cancelación efectuada a quien se hayan comunicado, en el caso de que se mantenga el tratamiento por este último, que deberá también proceder a la cancelación . 5. Los datos de carácter personal deberán ser conservados durante los plazos previstos en las disposiciones aplicables o, en su caso, en las relaciones contractuales entre la persona o entidad responsable del tratamiento y el interesado .........Artículo 30. Tratamientos con fines de publicidad y de prospección comercial. 1. Quienes se dediquen a la recopilación de direcciones, reparto de documentos, publicidad, venta a distancia, prospección comercial y otras actividades análogas, utilizarán nombres y direcciones u otros datos de carácter personal cuando los mismos figuren en fuentes accesibles al público o cuando hayan sido facilitados por los propios interesados u obtenidos con su consentimiento. 2. Cuando los datos procedan de fuentes accesibles al público, de conformidad con lo establecido en el párrafo segundo del artículo 5.5 de esta Ley, en cada comunicación que se dirija al interesado se informará del origen de los datos y de la identidad del responsable del tratamiento, así como de los derechos que le asisten. 3. En el ejercicio del derecho de acceso los interesados tendrán derecho a conocer el origen de sus datos de carácter personal, así como del resto de información a que se refiere el artículo 15. 4. Los interesados tendrán derecho a oponerse, previa petición y sin gastos, al tratamiento de los datos que les conciernan, en cuyo caso serán dados de baja del tratamiento, cancelándose las informaciones que sobre ellos figuren en aquél, a su simple solicitud. ....................... .......3. Son infracciones graves: Tratar los datos de carácter personal o usarlos posteriormente con conculcación de los principios y garantías establecidos en la presente Ley o con incumplimiento de los preceptos de protección que impongan las disposiciones reglamentarias de desarrollo, cuando no constituya infracción muy grave.............. 4. Son infracciones muy graves: ) La comunicación o cesión de los datos de carácter personal, fuera de los casos en que estén permitidas---- .................................................... 2. Las infracciones graves serán sancionadas con multa de 10.000.000 a 50.000.000 de pesetas. 3. Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa de 50.000.000 a 100.000.000 de pesetas.......... Creo que esto puede aclararte algo,, si has solicitado al administrador ( por culaquier tipo de medio que quede constancia )que retire esos datos de la pagina y se niega , yo personalmente haría dos cosas: a) Presentar denuncia en el Juzgado de instruccion por si este maravilloso administrador hubiese incurrido en responsabilidades penales...(mejor que lo decida el Juez, no yo) b) Presentar denuncia en la Comandancia de la Guardia Civil de tu provincia no en el puesto de tu localidad, en la comandancia te asesoran mejor. Espero que te esto te solucione algo. Sldos.
claro que lo puede denunciar tu hermano, los datos no se pueden revelar sino es con su permiso. un saludo
No soy abogado, pero, sin consentimiento de tu hermano, no pueden almacenarse sus datos en ningún sistema informático (p.e. un foro). Y mucho menos publicarlos. Se puede denunciar.
Ley Orgánica 15/99 de 13 de Diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal Ya estas tardando en ir a la comisaría.
Yo iria de cabeza a denunciarlo, asi jodo bien al que publica los datos haciendo que se le vuelva en contra, y ademas termino con la prepotencia del administrador/moderador del foro... Dos pajaros de un tiro. Ves de cabeza a denunciarlos
Pues muchas gracias a todos!!!!!! el tema es ¿cuánto les puede caer a cada uno, en penas digo, multas, etc? añado: al final mi hermano que vive en Valladolid me confirma que el DNI no sale publicado y el tfno es el tfno movil, la direccion no tiene numero y sí nombre completo y apellidos... parece que el "agresor" (que esta casi seguro que es un ex-socio suyo que vendia electrodomesticos en Burgos) se ha cuidado de no profundizar ¿pero aun asi es imputable con estos datos solos no? y por temas de injurias y calumnias tambien es imputable no? conoceis casos de estos de denunciar por foros? un saludo y mil gracias
Quizas la manera más fácil de solucionar el problema es comentarle al administrador del foro que en caso de que no retire los datos presentaras una denuncia a la agencia de protecion de datos, por poco que sepa de que va el tema, ya correrá a retirarlo.
Pues yo no tengo las cosas tan claras como algunos que contestais aquí. En este foro se nos ha dado algun caso y no es todo tan sencillo. ¿ Tu hermano le ha enviado un documento legal ( tipo burofax ) al administrador del foro demostrando que es él y que esos datos son los suyos ?.
exacto yo por lo menos en mi foro como administrador no tengo ninguna responsabilidad legal sobre lo que la gente publica en el mismo
Exacto , y de ahi mi recomendacion de comentarlo lo del a LPOD , mucho más fácil que si el no quiere tener lio eso sirva para que lo borre sin darle mal vueltas.
Hasta cierto punto. Si la gente de TU FORO empieza a hablar de pederastia, enlaces P2P y cosas asi, veras que poco tarda la judicial en darte un toque. Asi que algo de responsabilidad recae sobre ti, ya que aunque seas administrador, tambien eres MODERADOR.
hombre,es que cuando te registras viene en las normas claramente explicado de lo que se puede y no se puede hablar. Las tipicas normas que nadie se lee y da directamente al "acepto" un saludo
pues yo estoy contigo que no me parece todo tan sencillo , si puedes arreglar las cosas por buenos mejor........... . En cuanto denuncies y se empiezen a generar gastos a lo mejor es mas grande esos gastos que la multa que se podria producir. sopesalo todo bien antes.
estás seguro super?????????????? según la LSSI parece ser que mientras no te lo ordene un juez, el admin. no tiene resposabilidad... pero el código penal no lo deja tan claro, mira: artículo 211 C.P.: la calumnia y la injuria se reputarán hechas con publicidad cuando se propaguen por medio de imprenta, la radiodifucsión o cualquier otro medio de eficacia semejante ( INTERNET ). artículo 212 C.P. : En los casos a los que se refiere el artículo anterior, SERÁ RESPONSABLE CIVIL SOLIDARIA LA PERSONA FÍSICA O JURÍDICA PROPIETARIA DEL MEDIO INFORMATIVO A TRAVÉS DEL CUAL SE HAYA PROPAGADO LA CALUMNIA O INJURIA. La pena del delito de calumnia con publicidad se recoge en el artículo 206, estableciendo una pena de multa de 12 a 24 meses ( la multa diaria es de 2 euros a 400 euros ). p.d. sí, mi hermano se ha dirigido al administrador de ese foro de teconlogía pidiendo que quite el post con sus datos y éste le ha hecho caso omiso. Buena idea lo del burofax