Duda Porfa Ayuda ,estoy indignado.

Tema en 'Serie 5 (E34) (1987-1996)' iniciado por decodin, 9 Nov 2006.

Estado del tema:
Cerrado para nuevas respuestas
  1. salva122

    salva122 Guest

    BUENO PARA QUE VEAS QUE NO ME OLVIDO.
    puedes acudir al sistema de arbitraje de como hacerlo te informan en tu ayuntamiento,lo que ocurre es que la otra parte puede o no aceptarlo.Si aceptase, la decision de la junta arbitral sí es vinculante.
    Tanbien tienes la opcion de antes de acometer la via civil,solicitar un proceso de conciliacion en proceso judicial,para ninguna de las opciones necesitas de abogado ni procurador.
    un saludo
     
  2. KALAS

    KALAS Forista Legendario

    Registrado:
    25 Ene 2005
    Mensajes:
    8.280
    Me Gusta:
    863
    Ubicación:
    MADRID
    Modelo:
    Serie 12
    Efectivamente. Frankanito toma nota.

    Lo de los vicios ocultos es muy relativa su interpretación. El hecho de probar el coche no es suficiente defensa del vendedor. El comprador no tiene por qué saber detectar cómo funciona el airbag, que implica ese testigo encendido o saber detectar que el compresor no funciona. No tiene por qué saber nada, lo único que tiene que saber es lo que ha firmado en un contrato, lo demás son palabras que se las lleva el viento.

    Además, aunque el coche estuviera en perfectas condiciones en el momento de la venta, cualquier avería dentro del periodo contemplado en la legislación puede ser considerado como vicio oculto que debe asumir el vendedor.

    O sea que si el airbag o el compresor hubieran fallado una semana después, la situación sería exactamente la misma a efectos de reclamar.

    Y además, la cuestión es que el vendedor incumple el contrato desde el momento que el coche no está en "perfectas condiciones". Esto es un añadido independientemente de lo anterior.

    A ver si me entero exactamente por qué ley se regula la garantía para compraventa entre particulares, recuerdo que es una reforma relativamente nueva que salió hace poco tiempo.

    decodin, tengo un cuñado abogado experto en temas de consumo... (eeeeh que yo no cobro comisiones :wink: )

    En fin, desde luego yo lo pelearía.
     
  3. FRANKANITO

    FRANKANITO Forista

    Registrado:
    16 Nov 2005
    Mensajes:
    3.020
    Me Gusta:
    21
    Ubicación:
    Aranjuez


    Una cosa es responder de vicios ocultos, durante los 6 meses que dices, y otra, el dar una garantía obligatoriamente; es distinto. De hecho, si tú compras en un conce, la garantía es un "minitimo", porque te cubre bloque motor y algunas cosas más, pero otras, las propias del desgaste del coche, no las cubre, y te lo digo por experiencia; con lo que si tú compras, como este es el caso, un coche de 8 años, en el momento que lo coges, te puede pasar cualquier cosa, y el vendedor decir que no era problema suyo; es así de duro, pero es así....en el contrato se puede reflejar que el coche está en perfectas condiciones, y coger el coche el vendedor, y en ese momento estropearse por ejemplo, la bomba de inyección.....no es imputable a ti; otra cosa es que fuera demostrable que el coche ha tenido un accidente y se ha ocultado una mala reparación o haber usado productos no adecuados para repararlo, o haber ocultado una revisión que no se ha hecho, o cosas así; pero te digo que el que compra un vehículo de estos años y kilometrajes no puede exigir que le dure 6 meses, e imagínate que el tío es un manazas y va burreando el coche todo el día en la zona roja , o cosas asi.-....¿cómo va a exigir al vendedor que se le ha roto tal ocual cosa?? Es ilogico.
    No sé si me he explicado bien.
     
  4. decodin

    decodin En Practicas

    Registrado:
    4 Nov 2006
    Mensajes:
    403
    Me Gusta:
    0
    Ubicación:
    ZAMORA
    Gracias por todo ,BMW tenia que patrocinar esté foro je je.
    Estube con un Abogado esta mañana y en cuanto me den el presupuesto en el taller se entregará la demanda por la via civil, segun el "hay muchas posibilidades de ganar" me voy a arriesgar para ver si le dan un escarmiento a ese sinverguenza .Si pierdo tengo que pagar todas los gastos del juicio pero espero que se haga justicia ,una cosa es que se me averie a mi el coche y otra que lo den averiado ,la ley está clara...
    "Si el vendedor es un particular, la venta estará incluida en el ámbito de las relaciones privadas y se regulará a través del artículo 1.484 del Código Civil. “El vendedor estará obligado al saneamiento por los defectos ocultos que tuviera la cosa vendida si lo hacen impropia para el uso a que se destina, o disminuyen de tal modo que- de haberlos conocido el comprador- no lo habría adquirido o habría dado menos precio por ella. Pero no será responsable de los defectos manifiestos o que estuvieran a la vista. Tampoco de los que no lo están si el comprador es un perito”.
     
  5. KALAS

    KALAS Forista Legendario

    Registrado:
    25 Ene 2005
    Mensajes:
    8.280
    Me Gusta:
    863
    Ubicación:
    MADRID
    Modelo:
    Serie 12
    Yo no me meto en lo que es lógico y lo que no. Yo lo que digo es que ahora existe una ley de garantías para compraventas entre particulares.

    En esa ley (y cuando la encuentre la pondré aquí) se contempla una garantía te guste o no. Y una garantía significa que el vendedor tiene que sufragar o repsonder frente a una serie de tipos de averías tal y como se contemplen en esa ley dentro del periodo que establezca.

    Lo que tu comentas es lo que cabe razonar antes de la existencia de esa ley, pero no después. Quizá la gente no esté informada pero es así, ahora el comprador puede legalmente exigir y reclamar al vendedor si durante ese periodo de 6 meses (si es que son 6 meses) se rompe una pieza y surge una avería lógicamente no achacable ni al desgaste ni al mal uso (como cualquier garantía de cualquier producto).

    Te parecerá justo o injusto, lógico o ilógico, pero es así.

    Si es que la ley no te obliga a dar garantía, es que la garantía, por el hecho de existir esa ley, va implícita desde el momento en que vendes el coche. Y que yo sepa obligados estamos todos a cumplir la ley.

    En este caso el contrato no tiene nada que ver.

    Dicho llanamente con un ejemplo: tú compras un coche de segunda mano, y a las dos semanas casca el compresor de A/A y lo puedes reclamar con la ley en la mano.
     
  6. FRANKANITO

    FRANKANITO Forista

    Registrado:
    16 Nov 2005
    Mensajes:
    3.020
    Me Gusta:
    21
    Ubicación:
    Aranjuez

    Ese ejemplo del compresor, igual vale porque no exije un mal uso; tiene un botón para encederlo y apagarlo, no por ir todo el día puesto se tiene que romper, no se puede aclerar,...ahí no te digo yo que no; pero demuestra tú, con la ITV pasada sin fallos(te hablo de mi coche), revisión hecha reciente, aporte de todas las facturas de lo que se ha hecho al coche, posibilidad de acudir a un mecánico para verlo.....dime tú a mi, que lo coja uno que no le importe cargarse el coche, y mete el coche por caminos y baches y se carga una rótula...y me reclama a mí la factura...y digo yo : ¿¿¿ja, ja, ja..???

    No señor; esa ley regula la compraventa efectivamente, habla de vicios ocultos, efectivamente, pero no de fallos de mecánica, que le pueden pasar a un coche nuevo recién salido....creo que estás confundiendo la forma con el fondo de esa ley....¿qué mejor garantía oficial que pasar una ITV, como documento de estar el coche en perfectas condiciones de uso?
    La ley se ha hecho para responder de temas más difíciles de demostrar (trucaje de cuentakilometros, arreglo de siniestros y venta posterior, etc..) NO de que se estropee el mando del elevalunas o que el tío se cargue el espejo retrovisor interior de un cabezazo....
    Otro ejemplo:

    Yo me fui con mi garantía en un V.O. más contento que unas pascuas, y al día siguiente no té que mi Lancia Y-10 hacía un ruido en un arueda, reclamé, y la rótula nueva me tocó a mi pagarla; para eso lo probé, di mi consentimiento y todo el rollo....
     
  7. KALAS

    KALAS Forista Legendario

    Registrado:
    25 Ene 2005
    Mensajes:
    8.280
    Me Gusta:
    863
    Ubicación:
    MADRID
    Modelo:
    Serie 12
    Pero Frankanito, es que cualquier avería, ambas partes tienen que demostrar o defenderse de si es un vicio oculto o no, es decir una avería no achacable al desgaste o mal uso, y la rotura de una rótula es del segundo caso claramente, si yo no te digo que no.

    Pero el caso del airbag claramente no es de mal uso ni de desgaste.
     
  8. KALAS

    KALAS Forista Legendario

    Registrado:
    25 Ene 2005
    Mensajes:
    8.280
    Me Gusta:
    863
    Ubicación:
    MADRID
    Modelo:
    Serie 12
    De todas formas no es la llamada Ley de Garantías la que cubre la compraventa entre particulares, es otra que creo que está en el Código Civil.

    O sea, la Ley de Garantías es la que obliga a un compraventa profesional le guste o no a dar garantía. Ya no vale eso de vender coches sin garantía.
     
  9. FRANKANITO

    FRANKANITO Forista

    Registrado:
    16 Nov 2005
    Mensajes:
    3.020
    Me Gusta:
    21
    Ubicación:
    Aranjuez

    Ya, pero tú estás comprando el coche, y en este caso, nuestro compañero se sentaría, cogería el volante, probaría el coche, etc. y debería haber visto esa lucecita.....si en el contrato privado que han firmado especifica que esa luz aparecía, cosa que debería haber hecho, SÍ cabe cualquier reclamación; dime tú a mi, en caso de no haber especificado el tema de la luz en el contrato, si el vendedor dice (contamos con que no está escrito), que le avisó de lo de la luz, y que el comprador asentió a la venta, y luego después se echa para atrás y rectifica y le denuncia....yo te digo que en este caso, el vendedor dice que a él la luz no se le encendía, y no tiene nada que hacer nuestro compañero; que la ley está para otras cosas FÁCILMENTE DEMOSTRABLES, como te he dicho antes, más arriba, y que por desgracia están a la orden del día....
     
  10. KALAS

    KALAS Forista Legendario

    Registrado:
    25 Ene 2005
    Mensajes:
    8.280
    Me Gusta:
    863
    Ubicación:
    MADRID
    Modelo:
    Serie 12

    Bueno, que yo sepa la ley esta para todo, para los casos fácilies y para los difíciles. Y por supuesto hay que recurrir a ella cuando se comete una injusticia.

    Que el comprador en este caso no se percatara del testigo no le exime al vendedor de saltarse la ley ni el contrato de compraventa.
     
  11. FRANKANITO

    FRANKANITO Forista

    Registrado:
    16 Nov 2005
    Mensajes:
    3.020
    Me Gusta:
    21
    Ubicación:
    Aranjuez
    Adjunto algo que he pillado por ahí:

    6 meses de cobertura para los vicios ocultos, o mala fe del vendedor....no es una garantía; más o menos es lo que he intentado transcribir antes.

    La compraventa de vehículos entre particulares es una práctica bastante habitual que sin embargo, no está exenta de riesgos. Es por ello, que conviene conocer las posibles incertidumbres que rodean a este tipo de contrato.




    1. ¿Si yo compro el vehículo a otro particular, cuál será la ley aplicable a dicha transacción?
      • Cuando el contrato de compraventa es entre dos personas físicas particulares, la ley aplicable a dicho contrato es únicamente la voluntad de las partes y supletoriamente el Código Civil. Ello no es así cuando el vendedor es un profesional del sector, en este caso le sería de aplicación la legislación de defensa de los consumidores. (Si el vehículo no fue adquirido a un particular, pulsa aquí).
    2. ¿Qué cláusulas acostumbran a incluirse en este tipo de contratos?
      • Tal y como se ha comentado en el punto precedente, y al tratarse de un contrato privado, rige el principio de autonomía de la voluntad, por medio del cual se pueden pactar aquellas condiciones que las partes estimen convenientes a sus intereses. Ahora bien, existen algunas cláusulas y condiciones que son las habituales en las compraventas de este tipo de bienes muebles:
      • Los impuestos derivados de dicha compraventa son a cargo del comprador.
      • Inexistencia de ninguna carga o gravamen sobre el vehículo objeto de la compraventa, ni de impuesto o sanción pendiente de abono en la fecha de formalización del contrato. (De no ser así debe incluirse en la misma cláusula que el vendedor se compromete a regularizar tal situación a su exclusivo cargo).
      • El comprador se hará cargo de cuantas responsabilidades puedan generarse como consecuencia del uso o propiedad del vehículo, desde el momento de la entrega.
      • El vendedor está al corriente de las obligaciones derivadas de la ITV.
    3. ¿Qué sucede respecto al Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)?
      • La persona que es propietaria a 1 de enero, está obligada a pagar la totalidad del impuesto, aunque posteriormente haya transferido o vendido el vehículo. La persona titular en esa fecha será la única responsable tributaria ante la Administración.
    4. ¿ Debe el vendedor proporcionar la documentación relativa a esa liquidación?
      • Sí, en las compraventas de vehículos entre particulares, el vendedor debe entregar la documentación del vehículo, así como el contrato de compraventa del mismo y la acreditación de estar al corriente del pago del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica.
      • Nuestro servicio de gestoría podrá informarte con detalle de cuales son estos requisitos documentales.
    5. ¿Qué sucede con respecto al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados?
      • Su liquidación corresponde, normalmente, al comprador del vehículo, si bien como hemos comentado, admitiría acuerdo en contrario pactado en el contrato de compraventa.
      • Los vehículos con una antigüedad superior a 10 años y aquellos en los que el vendedor sea una sociedad están exentos del pago de dicho tributo.
      • En cualquier caso, se precisa una serie de documentación que debe aportarse para liquidar este tributo.
    6. ¿Qué sucede si tras la compraventa el vehículo presenta problemas?
      • El vendedor está obligado, durante 6 meses, a sanear los vicios ocultos que tuviere el vehículo, siempre que estos no fueran manifiestos o estuviesen a la vista. El comprador puede optar entre desistir del contrato o bien gozar de una rebaja del precio proporcional al vicio detectado, ésta debe fijarse a juicio de un perito.
      • Se puede incorporar en el contrato una cláusula que permite al vendedor eximir su responsabilidad por vicios ocultos. Este efecto se consigue estipulando que el comprador conoce el estado actual del vehículo en el momento de la compraventa, si bien quedarán siempre excluidos aquellos vicios que tengan su origen en el dolo o mala fe del vendedor.
    7. ¿En caso de conflicto quien será el responsable de resolver dicha cuestión?
      • En estos casos, al tratarse de contratos entre particulares, no cabe utilizar las vías de reclamación previstas en la legislación de defensa de los consumidores y usuarios. Habrá que acudir por tanto a los tribunales ordinarios que correspondan, pudiendo pactarse que las partes se someterán a los tribunales de una determinada localidad.
     
  12. FRANKANITO

    FRANKANITO Forista

    Registrado:
    16 Nov 2005
    Mensajes:
    3.020
    Me Gusta:
    21
    Ubicación:
    Aranjuez


    Echa un vistazo a lo que he puesto; sólo es por dolo o mala fe en la ocultación de "cosas gordas", que eso que es una luz, totalmente visible en el marcador, y que tú cuando compras un coche y firmas como que está bien en perfectas condiciones de uso, obliga al vendedor, y al comprador que da fe de que el coche "en principio", lo adquiere en perfectas condiciones de uso...lo que yo te digo, si luego lleva el motor sujeto por cinta dhesiva en vez de un taco motor, y se le cae ESO SÍ ES UN VICIO OCULTO, MALA FE, ETC., pero que el ejemplo en cuestión, no...más si la luz es roja y la tienes delante de tu jeta....
     
  13. KALAS

    KALAS Forista Legendario

    Registrado:
    25 Ene 2005
    Mensajes:
    8.280
    Me Gusta:
    863
    Ubicación:
    MADRID
    Modelo:
    Serie 12
    Mira, hay que leer lo que pone en la cláusula del contrato: no es lo mismo que ponga

    "el comprador reconoce mediante la firma del presente contrato que el vehículo está en perfectas condiciones"

    que ponga

    "el vendedor reconoce mediante la firma del presente contrato que entrega el vehículo en perfectas condiciones"

    Sin saber lo que pone no es posible saber lo que es reclamable y lo que no. Que transcriba el forero lo que pone en el contrato y lo vemos.

    En todo caso, te digo, el testigo encendido está "a la vista" tanto para el comprador como para el vendedor, por tano puede implicar:

    - El comprador tenía "a la vista" una avería. Lo cual es bastante discutible porque la lógica de un testigo no tiene por qué conocerla, ni presuponer que existe un problema real.

    - El vendedor también tenía "a la vista" la avería, por tanto, era consciente de ella cuando lo vendía, por tanto, no advirtío al comprador, por tanto ha incumplido el contrato que ha firmado, si la claúsula es la segunda que he puesto.
     
  14. KALAS

    KALAS Forista Legendario

    Registrado:
    25 Ene 2005
    Mensajes:
    8.280
    Me Gusta:
    863
    Ubicación:
    MADRID
    Modelo:
    Serie 12
    Bueno Frankanito, ¿pero tu coche tiene vicios ocultos o no? :whip:

    Que es broma hombreeee!!! :drunk[1]:
     
  15. FRANKANITO

    FRANKANITO Forista

    Registrado:
    16 Nov 2005
    Mensajes:
    3.020
    Me Gusta:
    21
    Ubicación:
    Aranjuez


    Hombre, no;
    "- El comprador tenía "a la vista" una avería. Lo cual es bastante discutible porque la lógica de un testigo no tiene por qué conocerla, ni presuponer que existe un problema real."
    Esto no es serio; te estás comprando un coche, y se supone que sabes que tiene airbags, y volante y palanca de cambios, y todo; y que salen luces en el cuadro avisando de cosas, y que si te pone la luz roja de que tienes que hacer la revisión y lo compras así, no puedes decir "ejque no lo zabía"; el desconocimiento de esas cosas sólo hace que seas más o menos pardillo; y a todos nos ha pasado, seguro, yo el primero; te estás comprando un coche USADO. El comprador se puede preguntar, que el vendedor lo vende por capricho, por necesidad, o porque le están saliendo cosillas, y se deshace de él; cosa muy distinta de meterle un gol por la escuadra, trasnplantando un motor de un desguce que tiene 600.000 kms., y que ha ocultado al comprador. AHÍ es donde entra esto en funcionamiento; la misma lógica de la luz roja que denota una posible avería y que el comprador no tiene por qué conocerla, aplícasela al vendedor, que tampoco sabía para qué era esa luz, ni que significaba a y como nunca le han saltado los airbags, pues no sabía de que iba el rollo.



    Conclusión, que si estamos en procurar la defensa del comprador en este caso, por el desconocimiento de VICIOS OCULTOS, que no se regula otra cosa, no nos confundamos, en este caso, la lucecita roja visible y el asentimiento de ambos en la firma del contrato elimina el rastro de vicio oculto.
    DICIT.
     
  16. Jokin

    Jokin Clan Leader

    Registrado:
    12 Abr 2006
    Mensajes:
    30.104
    Me Gusta:
    25.267
    Ubicación:
    NEVERLAND Valley ranch
    Modelo:
    535d GT
    :descojon: El único "vicio oculto" de Franky es un affair que mantiene con Jennifer López:sex: :floor:
     
  17. FRANKANITO

    FRANKANITO Forista

    Registrado:
    16 Nov 2005
    Mensajes:
    3.020
    Me Gusta:
    21
    Ubicación:
    Aranjuez

    No, pero de todos es sabido, que llevo con un tema de vibraciones al ralentí, ya va para 120.000 kms; al que se lo venda, se lo diré, por supuesto, porque lo he chequeado en la BMW, y en 2 talleres más, y nada de nada; lo he llevado a otro taller (Servicio oficial Peugeot), a otros dos más, y cada uno sale con un diagnostico, y cada uno quiere desarmarme el coche por un sitio, sin tener seguridad del arreglo; yo sigo, a mi ritmo (140 kms. diarios, más los findes, una vez al mes 1.200 kms., porque mi esposa es de Sevilla), y aquí sigo; y si el que me lo compre tiene poco cuidado y como te digo lleva el coche al límite y se lo carga, no creo que esto sea un vivio oculto, porque el coche al ralentí, vibra un poco. Y yo l oaviso; para eso lo vendo más barato, no para que luego me reclame a mí que era un vicio oculto; yo le doy ITV al día, libro de revisiones, inspecciones hechas en la BMW, todo absolutamente lo que le he puesto (ruedas, discos amortig..); y con 275.000 kms., te puede pasar cualquier cosa ya, llámese embrage, llámese como se llame.
    Vicio oculto no tengo, pero vicio del normal, sí.......:ANAL: , ja, ja.....
     
  18. FRANKANITO

    FRANKANITO Forista

    Registrado:
    16 Nov 2005
    Mensajes:
    3.020
    Me Gusta:
    21
    Ubicación:
    Aranjuez

    No, con la "Gómez", que es mi esposa......:bash:
     
  19. salva122

    salva122 Guest

    no se de donde has sacado eso,pero a mi me ha asegurado la OCU (organizacion de consumidores y usuarios )lo que ya pongo,y te repito.el comprador en este caso no es perito,mecanico ni nada que se le parezca,por lo tanto no tiene porque saber si el coche esta en las condiciones que le asegura el vendedor.:wink:
     
  20. FRANKANITO

    FRANKANITO Forista

    Registrado:
    16 Nov 2005
    Mensajes:
    3.020
    Me Gusta:
    21
    Ubicación:
    Aranjuez

    Lo he sacado de un club de automovilistas; la OCU lo que te ha dicho es aplicable a la compraventa donde el vendedor es un PROFESIONAL, quicir, que vive de ello; entre particulares, va por otro lado..la OCU no tiene mano ahí, :nono:
     
  21. FRANKANITO

    FRANKANITO Forista

    Registrado:
    16 Nov 2005
    Mensajes:
    3.020
    Me Gusta:
    21
    Ubicación:
    Aranjuez

    Y lo mismo te digo, y ponte en el lugar del vendedor; yo he vendido los anteriores coches que tuve, y sí me pongo en su lugar; vendí un Panda45, un Lancia Y-10, y un Ford Scorpio; el comprador no tiene que ser perito, pero tampoco debe ser ciego; por eso lo que estoy diciendo, los vicios ocultos, son los que son, y una luz roja es una luz roja; un vicio oculto sería que en una revisión hubieran visto que el vendedor ha quitado la bombilla del cuadro (también es habitual eso ) para que no luzca la luz roja, indicativa de averia en el sistema de los airbags.....ESO SÍ; si no no soy experto, pero me la juego a que nuestro compañero se la va a tener que envainar......me temo. Ojalá no, pero creo que sí.
     
  22. decodin

    decodin En Practicas

    Registrado:
    4 Nov 2006
    Mensajes:
    403
    Me Gusta:
    0
    Ubicación:
    ZAMORA
    La que e liado.
    Vamos a ver ,mi coche actual "megane" no tiene airbags y yo cuando veo en otro coche un piloto encendido no tengo ni p*ta idea de que es.El vendedor tiene que decirte por ley los defectos que tiene el coche antes de comprarlo y si no te los dice los "esta ocultando".Yo le pregunte que si funcionaba el aire acondicionado a lo cual el me respondió que si,hoy tarde un perito enviado por el abogado, a visto el compresor y a certificado que llevaba averiado mas de un año"ESOS SON VICIOS OCULTOS".
    Otra cosa es que se me averie a "mi" y en ese caso os puedo asegurar que no reclamaria nada de nada ,el total del presupuesto asciende a unos 1000 Euros y segun el abogado será facil ganar el juicio.yo de la justicia no me fio ,siempre e pensado que solo es para los ricos.
    Lo del airbags me la suda por que con vuestra ayuda+2 resistencias y 1 diodo está ya solucionado (no tengo tan mala fe como para que me pongan la esterilla nueva a cuenta del vendedor).
    No quero levantar polemicas, sobre todo por el amigo FRANK que lo veo muy caliente ,una cosa es dar garantia y otra vender algo en mal estado.El no tener garantia lo asumo ,que me engañen por mi buena fe me corroe y perderé el juicio pero al menos que vea el tio que la gente no es tan tonta,el pensó que hasta que pusiera el acondicionado pasarian 6 meses pero gracias al buen tiempo de este invierno ,la cagó.
    Perdonar por el tocho
     
  23. FRANKANITO

    FRANKANITO Forista

    Registrado:
    16 Nov 2005
    Mensajes:
    3.020
    Me Gusta:
    21
    Ubicación:
    Aranjuez

    Lo del compresor o no lo leí, o no me di cuenta; ESO sí es un vicio oculto (aunque deberías haberle dado el botón y haberlo probado, no hubieras tardado nada); pero lo de la luz, te digo yo que no; de todas formas es lo menso importante; yo te insistí en el mío; más transparencia que un foro como este, donde puedes ver los post de lo que le ha pasado a cada uno, no existe.
    De todas formas lo siento, y suerte con el nota que te ha engañado (de verdad que lo del aire no lo había leído, es pa ira a por él y darle..., de verdad).
     
  24. decodin

    decodin En Practicas

    Registrado:
    4 Nov 2006
    Mensajes:
    403
    Me Gusta:
    0
    Ubicación:
    ZAMORA
    Pienso que hay que valer para en un coche que no es tuyo ir tocando los botones por que no te fias de alguien que en principio no conoces,si se ganan juicios similares a este, los estafadores se lo pensarán antes de entregar un coche.
    Tu coche te aseguro que si me hubieras dicho que eras de esta zona o la intención de desplazarte ahora no estariamos asi pues te lo hubiera comprado.De hecho si sabes leer entre lineas casi que te lo dije en el otro post.
    Este es el coche y ahora decirme despues de leer como se anuncia si no es un engaño http://www.compraventa.com/view/5466335.htm?caller=pza_s&l=0&c=1&city=0 le dije que 8000€ o nada y el tio aceptó si el coche no tubiera esos "vicios" creo que fue una buena compra.
    Gracias a todos y ya contaré.
     
  25. FRANKANITO

    FRANKANITO Forista

    Registrado:
    16 Nov 2005
    Mensajes:
    3.020
    Me Gusta:
    21
    Ubicación:
    Aranjuez
    Yo es que no entiendo como caeis; yo tengo un post puesto, indico que facilito libro, historial, facturs de las revisiones, etc.....j*der, somos gente del foro, yo te hubiera dicho y explicado las peguillas que tiene mi coche, que no dejand e ser eso, porque mira, ahora estoy en MAdrid, en un rato otra vez para Aranjuez; todos los días, 140 kms....pero por 8.000 e. no podía ser, demasiado poco; hubieras sacaso tú el historial, te hubiera mandado yo lo que sea, hubieras visto los post míos, te hubiera resuelto las dudas, y hubieras visto si te interesaba o no.....de verdad que lo siento, porque aquí en el foro la gente se interesa más por los serie 3....mi coche no le gusta mucho al perfil de gente joven, no sé....y a mí me encanta....
     
  26. salva122

    salva122 Guest

    Aupa tu!! si señor a mi me costara algo mas,pero de mi tampoco se rie ningun cabr.n,eso esta claro:wink:
     
  27. FRANKANITO

    FRANKANITO Forista

    Registrado:
    16 Nov 2005
    Mensajes:
    3.020
    Me Gusta:
    21
    Ubicación:
    Aranjuez
    De entrada, las llantas que lleva son las del 530, si no me equivoco. El portamatrículas no llego a verlo, pero dime que pone; si viene de Alemania o es de un compra-venta, ya deberías empezar a preocuparte.....
     
  28. salva122

    salva122 Guest

    pero tu no se lo vendiste a decodin....y eso que somos gente del foro....y no va ti ehhhhhhh, tiene nombre y apellidos:wink:
     
  29. FRANKANITO

    FRANKANITO Forista

    Registrado:
    16 Nov 2005
    Mensajes:
    3.020
    Me Gusta:
    21
    Ubicación:
    Aranjuez


    No entiendo que quieres decir con el "no va ti ehhhhhh, tiene nombre y apellidos....", no sé....:frown:
     
  30. KALAS

    KALAS Forista Legendario

    Registrado:
    25 Ene 2005
    Mensajes:
    8.280
    Me Gusta:
    863
    Ubicación:
    MADRID
    Modelo:
    Serie 12
    decodin, veo que es un coche rematriculado, probablemente de importación. Te sugiero que lo lleves a la BMW y le hagan una lectura de kms con el DIS. Cuesta unos 60€. Si te encuentras una sorpresa y tiene más kms que los que marca y anuncia el comprador, lo deberías añadir a la demanda ya que te has metido en ella, cosa que me parece fenomenal.

    Por cierto, guarda el anuncio, en papel y en archivo por si lo añades como prueba.
     
Estado del tema:
Cerrado para nuevas respuestas

Compartir esta página