Haz el seguro a nombre de tu padre y fuera, no es lo suyo ya lo sé pero en caso de siniestro y aunque pataleen como quieran se tendrán que hacer cargo si o si
De eso nada. Mirate la letra pequeña... Si tu no estas declarado en la póliza y eres menor de 25 años, no tienes cobertura y además las compañias entienden que hay mala fe por no declarar el riesgo en la poliza de forma veraz. Lee un poquito...
Otro que no ha leido la letra pequeña de la poliza de seguros... Si conduce un menor de 25 no se hacen cargo de nada.
Insisto, estás muy confundido. No quieras decir algo cuando no es cierto Me he leído todo, que es MUCHO , y no es así. E insisto, amigos, familiares y compañeros del foro han trabajado o trabajan en este sector y así lo me lo han confirmado, comprobado varias veces. Cuando afirmo algo, es porque lo he comprobado y verificado feaciamente.
No me expliques películas de amigos... Leete tu póliza y lo verás bien clarito... Lo pone muy muy claro
Ya lo creo que las he leído y ya lo creo que tengo constancia de primera mano y de corredores de seguros de 1 línea que se han tenido que hacer cargo si o si, que ha habido fiesta? Si (incluso juicios ) pwro que no les ha quedado más remedio que responder del siniestro? SI.
Pero también es verdad que están equivocados sólo en parte, porque tras correr con los gastos te los pueden reclamar atendiendo a las cláusulas de la póliza no? Y tendrán las de ganar o no? Y lo digo yo que tuve un siniestro en esas circunstancias y me lo cubrieron sin ningún tipo de pega (aunque hace bastantes años ya de eso).
Responden del siniestro porque están obligados por ley, pero luego la compañia te demandará a ti por mala fe en la declaración de riesgos en la póliza y te pedirán todo el pastón que haya tenido que pagar la compañia en indemnizaciones.
Amigos, familiares, compañeros del foro que HAN TRABAJADO O TRABAJAN en dicho sector. A ver si comprendemos bien. Y si, lo pone muy clarito, y por eso te lo digo. No me vendas la burra sin tener ni idea.
Que tengan que cubrir daños siendo el accidentado un menor de 25??? pues puede ser que lo paguen.Pero lo que está claro es que no lo harán gustosamente, y lo mismo te tiras con un coche parado "x" tiempo mientras se soluciona. Será que soy un raro, pero compro coches con un seguro acorde a lo que estoy dispuesto a pagar a MI nombre.
No es tan fácil que lo ganen como tú lo crees. El coche tiene seguro lo ha cojido Mi hijo por una emergencia ...bla bla bla ya sabes los abogados se encargan del resto...que no es lo suyo, pues no. Que es un p*to robo a mano armada cobrarle a un chaval 3000€ por el seguro de un saxo 1.6 PUES TAMBIÉN. Conozco muchísimos pero muchísimos casos de chavales que van con el seguro del padre sin declarar una mierda, y se han piñado y el seguro ha respondido de los daños a terceros. Repito que no es lo suyo pues no, pero parece ser que a las malas tienen que responder si o si.
Tu si que no tienes ni puñetera idea... Esa clausula para menores de 25 años, la tienen todas las pólizas de seguros de coche desde hace años.
Puede que no estés en lo cierto.Luego están las ganas,tiempo y dinero de cada uno en meterse en fregaos. Pone varias cosas que no entiendo del todo bien " Consecuencias de que tu hijo menor de 25 años tenga un accidente y no conste en la póliza El Supremo limita el derecho de repetición en casos de conducción por conductores menores de cierta edad no declarados en la póliza. Autor: Carmen Reyes Vargas Resulta habitual encontrarnos en las pólizas de seguro obligatorio de circulación de vehículos, con ciertas clausulas que puede limitar o delimitar los derechos de los asegurados. Dichas clausulas suelen ser impuestas de forma unilateral por las aseguradoras, y aceptadas por el tomador de la póliza mediante su firma, aunque en muchas ocasiones realmente no conocemos el alcance de las mismas. Son muchas las estipulaciones establecidas en dichas pólizas que podrían ser objeto de un estudio y análisis, no obstante, en esta ocasión vamos a centrar nuestra atención en las aquellas que excluyen de cobertura a los conductores menores de cierta edad, o que no disponen de una experiencia mínima en la conducción de vehículos, lo que conllevaba que la compañía pudiera reclamar al tomador de la póliza una vez hubiera indemnizado al perjudicado de un accidente de tráfico. En virtud de dichas cláusulas, como decimos, era habitual que la compañía, una vez abonada la indemnización correspondiente al perjudicado de un accidente de circulación ocasionado por un conductor (distinto del asegurado) menor de cierta edad (25 o 26 años), o que tuviera el carnet de conducir por un periodo inferior a 2 años (normalmente), reclamara al tomador de la póliza la cantidad satisfecha alegando que estaba expresamente excluido en la póliza. Pues bien, dicha facultad de repetición que venía expresamente pactada en el contrato de seguro se verá a partir de ahora limitada en virtud de lo establecido por la Sentencia de 20 de noviembre de 2014 dictada por la Sala Primera del Tribunal Supremo, que declara nulas las cláusulas que suelen incluirse en el seguro obligatorio de automóvil por algunas aseguradoras (en el presente caso se trataba de LINEA DIRECTA), al entender que el derecho de repetición solamente cabe pactarlo en el contrato de seguro, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la LRCVM, para el supuesto de que el conductor carezca del carnet de conducir, no pudiendo por tanto la aseguradora reclamar el importe abonado por la misma como consecuencia del siniestro del que resultó responsable la conductora del vehículo asegurado menor de 25 años, no declarada en la póliza. Esta sentencia supone, por tanto, que a partir de ahora las compañías no podrán reclamar al tomador de la póliza las cantidades abonadas cuando el conductor responsable del siniestro sea un hijo o un amigo menor de 25 años (que no figure en el contrato de seguro obligatorio) al que se le ha prestado el vehículo, o cuando éste tenga una antigüedad del carnet de conducir inferior a dos años, incluso si en ambos casos hacen uso del vehículo asegurado de forma habitual. Y ello, a pesar de que dicha circunstancia estuviera expresamente excluida en las condiciones particulares de la póliza y hubiera sido expresamente aceptada por el tomador de la póliza. Por el contrario, cláusula únicamente tendrá validez, y por tanto, podrá la aseguradora negarse al pago o bien, repetir frente al tomador, cuando se refiera a conductores que lo hagan sin carnet de conducir, al estar expresamente previsto en la Ley.
Y llevan todos esos años atendiendo los siniestros aunque no estén declarados los niños, yo tampoco hablo por hablar, este tema lo he hablado con gente de seguros 1000 veces. OJO una cosa es un siniestro que tiene tu hijo yendo como dios manda y otra supongo muy diferente es que vaya drogado, borracho, sin carnet o la madre del cordero ahí igual tiran a matar y con razón. Pero un siniestro normal se hacen cargo total por mucho que les joda
Precisamente, como no tengo ni puñetera idea, me informo y me asesoro del tema con expertos y trabajadores de compañías de seguros Ahora, ya que eres el listo de la clase, mira mejor las cosas y no digas cosas cuando no son ciertas. Se puede discutir perfectamente, pero no nos vengamos arriba
En que compañia estás asegurado? Dímela y saldremos de dudas, veremos si esa compañia tiene clausula o no la tiene.
Bueno, he leido un poco todo por encima pero bueno, me voy a mojar. En tu caso, pagaste un dineral, hay compañia que es obligatorio que el conductor,tomador y propietario sean el mismo y otras que tanto conductor , tomador y propietario pueden ser perfectamente personas distinta ( manera que te recomendaria para poner algun familiar como tomador ) depende de la compañia al año o 2 años pueden estudiar la opcion de cambiarte ha tomador de la poliza ( mejor no tener siniestros en este tiempo, si no olvidate ). Tal vez de requisito te pongan hacerte una poliza de vida a ti, pero estamos hablando que son entorno a 50€ dicha poliza.... de esta manera seguro que te hubiera salido todo mas economico. Referente al siniestro que has tenido, aunque dea un leve rozon se paga el coste medio sectorial que son 882€ independientemente del daño que causes, si por ejemplo fuera mas de esa cantidad la compañia contraria pagaria la diferencia, en esta caso si esa pieza vale 100€ la compañia contraria ha ganado dinero.Creo que el precio de la renovacion es abusivo, no se si estas dentro del mes de antelacion para solicitar la anulacion, si decides no pagarlo la compañia puede reclamarte judicialmente y por contrato se indica que hay que anular con dichoes de antelacion...estamos hablando de una cantidad importante, no de 300€ de seguro. Bien veo muchos comentarios sobre menores de 25 años, hay CLAUSULAS especificas en los contratos que excluyen directamente los menores o que es obligatorio indicarlo ya que no es el mismo riesgo una persona joven con 1-2 año de carnet que una persona de 40 años. Aqui hay 2 opciones, la compañia por normas de contratacion pueden rechazar siniestro o atender siniestro y reclamar la prima no pagada, un ejemplo, estabas pagando 300€ y al pasar el siniestro y se percatan del menor te indican que la prima hubiera sido 1500€ por lo que deberas abonar la diferencia. En resumida, 2500€ es mucha pasta para un seguro...
Y acogerte al consorcio de compensación de seguros? Ahora no lo tengo claro, hace años, estaba en tu situación con una moto. El precio era una burrada, llamé al consorcio dije que en tres compañías no me querían asegurar y me lo hicieron ellos a un precio insuperable. Eso si, a mi no me cubría nada de nada. Solo a terceros.
mira tio, estas hablando mucho y haciéndome ver que o bien no puedo mantener mi coche o bien que me hubiera comprado una cosa acorde a mi edad. Tonterías. Si tu tienes un "accidente" como el mio y te subieran 1000 pavos el seguro sabrías lo que siento ahora mismo. Sé un poco empático.
Si una póliza habla de 25 años y se firma y se acuerda entre tomador y la aseguradora como condiciones particulares ¿en qué se basa uno poder afirmar que si mi coche lo coge uno con 18 años, se la pega, el seguro paga y no me repercute después la factura?
Aqui estamos unos y otros para intentar ayudarnos,compañero e intentar ahorrar en medida de lo posible,no nos engañemos. Que quieres tener un bmw con 20 años,perfecto,yo lo tuve con 18 en su dia,pero no se trata de eso,sino de asumir las responsabilidades que se firman,compañero,nos duelan mas o menos. En general te estan diciendo que si tienes ese bmw y te ha salido mal la jugada por mala suerte,te toca apechugar ya que quisiste el bmw con todas sus consecuencias y no un clio,de ahí que ahora te metan ese dineral. No quiero"rallarte"pero si pides opiniones aceptalas todas,ya que este foro no te van a decir"pobrecito que tienes un bmw y que malos son los demas" No no,tienes un bmw con lo que ellos supone y ahora por mala suerte con el de la puñetera moto,te toca aflojar la gallina. El mira tio,en este foro,como que no lo veo...es un consejo de abuelo,no te lo tomes a mal Animo y paciencia
Yo lo hice con 18 años tal como dice @nAnO el coche era mío pero estaba a nombre de mi padre tanto el coche como el seguro y los impuestos yo lo pagaba todo y punto . Eso sí yo constaba de 2 conductor. No hay más ..... Y aunque no hubiera estado yo declarado como 2 conductor , no habría problema estaba a todo riesgo y sin estarlo también se puede hacer . Eso sí yo nunca contrato ningún servicio ni seguro por teléfono!!!! Voy o busco una delegación o correduría y hablo cara a cara con el gestor o responsable . Cuando te la pegan es haciéndolo por teléfono y el ahorro de hacerlo telemática o cara a cara y a cada problema tener una oficina dónde acudir es irrisorio , que veo que aquí hay mucho entendido ....
También puedes firmar que la póliza no cubre a un conductor negro. Te puedes imaginar las implicaciones que tiene esa firma.
Mira tío? No sé, tú eres el que vienes llorando porque te jode la subida de un seguro a terceros, así que no me vengas en ese tono. Y te lo digo abiertamente, has comprado algo no acordé a tu edad. Te lo dije educadamente y vienes con el mira tío.... Ten un poco más de educación y respeto,sobre todo cuando eres tú el que has pedido opinión.
lo de "mira tio"es mi manera de hablar tanto aquí como por la calle, como si digo acho... No os lo toméis a mal que no iba a malas. Pero que me jode que me diga que hay que apechugar cuando es un disparate esto. 1000 euros por un parte del guardabarros de una moto de 49. Piénsalo..