hola chicos,desgraciadamente mi padre ha fallecido recientemente dado que su fallecimiento ha sido repentino no había hecho testamento,y mi 740i lo tenía a su nombre por cuestiones del seguro,pero ahora estoy muy perdido me paso el día con papeleos por su fallecimiento y ya sólo me queda poner el 740i a mi nomebre,pero no sé ni por donde empezar,alguien se ha visto en mi situación? que necesito? que me va a costar? gracias por adelantado chicos
Vaya!!!, lo siento mucho y te acompaño en el sentimiento, en cuanto a lo de ponerlo a tu nombre seguro que algún abogado del foro te lo puede resolver
puff lo siento mucho tio , te acompaño tambien en el sentimiento cualquier cosa que necesites avisa un abrazo
Lo siento mucho tío, tiene que haber sido un buen golpe. DEP. Enviado desde mi HTC HD2 usando Tapatalk 4 Beta
Hola, lo primero decirte que siento mucho el fallecimiento de tu padre; a mi me pasó algo parecido; mi padre falleció hace 12 años sin dejar testamento y teníamos que heredar su 523 i e39: En estos caso lo que se suele hacer es una declaración de Herederos Abintestato; yo no soy abogado ni experto en leyes; de todas formas te dejo un enlace donde explican como hacer este tipo de declaración. http://www.tuguialegal.com/declaraherederos.htm Saludos.
Lo primero, desearte todo el ánimo del mundo y que tu padre descanse en Paz. Respecto al traspaso del coche, no puedo ayudarte, pero te tocará preparar euros (demasiados seguramente) y dedicarle bastante tiempo... Creo que antes poco más que con ir a tráfico ya era suficiente... ahora te tocará algo así. Transmisión provisional: De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32, apartado 6 de este Reglamento, la persona que tenga a su cargo la custodia y, en su caso, el uso del vehículo mientras se adjudica a uno de los herederos, deberá notificar tal circunstancia a la Jefatura de Tráfico, dentro de los noventa días siguientes a la defunción del titular registral del vehículo, presentando la siguiente documentación: Solicitud en impreso modelo oficial que facilitarán las Jefaturas de Tráfico, interesando la inscripción provisional a su nombre. Tasa por el importe legalmente establecido. Los documentos que sobre la identidad y representación se especifican en el apartado A, números 1 y 3 del anexo XIII , sobre matriculación. Certificado de defunción del titular del vehículo, con fotocopia, o Libro de Familia donde conste el fallecimiento y fotocopia. Documento que acredite la custodia, posesión o uso del vehículo. Permiso o licencia de circulación del vehículo, en el que se anotará la adjudicación provisional. Tarjeta de inspección técnica o certificado de características, con reconocimiento en vigor. Transmisión definitiva: La persona que resulte adjudicataria definitiva del vehículo deberá solicitar de la Jefatura de Tráfico, en el plazo de noventa días contados desde la fecha del documento que le acredite como tal, la expedición a su nombre del nuevo permiso o licencia de circulación. A tal efecto presentará, además de los documentos que se indican en el apartado I.1.B de este anexo, que estarán firmados por el heredero o herederos, la documentación siguiente: Declaración de herederos, o testamento acompañado de certificado de últimas voluntades, o cuaderno particional en que conste la adjudicación del vehículo. Justificación del pago o exención del Impuesto sobre Sucesiones y fotocopia. Permiso o licencia de circulación. Tarjeta de inspección técnica o certificado de características, con reconocimiento en vigor. Si se trata de un vehículo especial agrícola, documento acreditativo de baja y alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola. Que te sea lo más leve posible.
Lo siento, recuerdo haber estudiado las sucesiones hereditarias pero esta cuestión tan concreta no te la se resolver sin mis apuntes. A ver si alguien puede aclararlo, sino ya rebusco en mis papeles
Lo siento. Sigue los pasos de Josué. Y cuando realicéis la adjudicación de herencia (bien sea tras previa declaracion de herederos que indica el compañero o en virtud de testamento, si lo había) incluid el coche por su valor en tablas.
No hagas el traspaso. Yo anduve con el coche de mi difunto tío hasta el día de siniestrarlo, pagando mi ITV y mi seguro, y a nadie le importa de quién sea el coche. Los impuestos ya están pagados, faltaría más tener que volver a pagarlos ahora... Lamento lo de tu padre.
Imagino que en el siniestro no hubo víctimas porque de haberlas la experiencia no creo que hubiese sido tan satisfactoria. Yo no recomiendo para nada mentir al seguro diciendo que el tomador o asegurado está vivo cuando no es así. En cuánto al impuesto si que me da más igual, porque te cobran lo mismo estés vivo o no. Enviado con Tapatalk desde el móvil.
Siento mucho lo de tu padre. Otra opción antes de pagar mas impuestos seria falsificar la firma de tu padre e ir a trafico con su DNI.
No me lo planteé jamás, pues era yo el tomador y conductor, aunque no propietario. El impuesto no se abonaba, pues no lo recibíamios, al igual que las multas... En el siniestro hubieron 2 víctimas, y la verdad que no pusieron pegas, pero si, sería bueno que algún entendido en el tema comentase que problemas puede haber...
buenas noches,te acompaño en sentimiento,son cosas muy duras..pero este tema me interesa,estoy en la misma situacion,aunque mi padre de momento bien de todo..y que dure. muchas veces he pensado esto,aunque es un coche pequeño de inferior valor. si no se hace esto ocurre algo??me refiero en esta situacion no hacer nada,ya que el que fallece es mi padre,me llamo igual y tengo los apellidos no se que puede pasar??lo digo desde mi ignorancia en el tema..y porque es la primera vez que veo sobre este tema.
Es lo que hace todo el mundo, Tráfico no te pondrá ninguna pega si el DNI de de tu padre no está caducado. Hace poco he comprado una moto y después de transferirla me he enterado que el titular había fallecido hace casi un año. Siento lo de tu padre. Saludos y ánimo.
gracias chicos por lo que veo va ser un lio costoso y pesado..como todo este tipo de tramites..creo que si el tema es como deciis de tasas de notarios etc..me veré obligado a una vez transferido el 7 venderlo ya que no podré afrontar más gastos..
Siento muchísimo lo de tu padre compañero, para lo que necesites aquí estamos, en este tema no te puedo ayudar porque estoy pegado jeje... pero aprovecho este hilo para comentar unas preguntas que siempre me a venido a la mente en estos casos, haber si alguien te ayuda y ya de camino me aclara estas preguntas jeje.. ¿Qué pasaría si siguieras con el coche a nombre de tu padre? ¿Esto se podría hacer? ¿Existe alguna ley que prohíba circular con el coche a nombre de un fallecido? ¿Si pasa "X" tiempo y el coche no se ha cambiado de nombre podría ser retirado por el estado? (Esta ultima la pregunto sobre todo poque hace un par de semanas hablando con un amigo me comento algo de que esto podría ser asi Gracias y un saludo
como hago para cambiarlo de nombre con poco dinero como has dicho?las tasas a pagar en una transferencia normal en Galicia por un 740i exceden los 300€..
Pues si no eres capaz de asumir los gastos de una transferencia, no me imagino cómo puedes mantener los gastos de ese coche.
Si pagas el seguro tu, a tu nombre, supongo que no debería haber ningún problema. Además de si todos los impuestos del coche estan pagados..... Yo no lo cambiaba
soy capaz de asumir los gastos,no es que me sobre el dinero pero me esfuerzo en conservar mi 7,no me lo dan todo hecho vamos..lo que pasa es que si pago la transferencia normal que de hecho me han dicho que se acerca mas a los 600€ mas los 700 de seguro en septiembre no puedo permitirme gastar semejante cantidad de dinero en un coche que es más un capricho que otra cosa,espero haberme explicado bien ahora
Te he entendido desde un principio, de ahí la respuesta. La verdad que es una lástima, pero la economía es la que manda. Saludos.