®⚠️☺⚡Confirmado: el Gobierno obligará a que los dueños de patinetes eléctricos tengan un seguro en vigor

cybermad

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Confirmado: el Gobierno obligará a que los dueños de patinetes eléctricos tengan un seguro en vigor​

Una vez aprobado en el BOE, los dueños de patinetes eléctricos tienen seis meses para contratar un seguro de responsabilidad civil


24 Julio 2025

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Desde que empezaron a popularizarse los patinetes eléctricos como forma de desplazamiento en las ciudades ha estado sobre la mesa la cuestión del seguro obligatorio de responsabilidad civil. Y a pesar de que los llamados Vehículos de Movilidad Personal se equiparan a nivel legal con cualquier otro vehículo, el Gobierno no había puesto sobre la mesa una legislación clara y unificada que proteja no solo a los conductores, sino al resto de usuarios de la vía.

Ahora por fin Las Cortes han aprobado la Ley de Seguros de Automóviles, que hace obligatorio estar asegurado para conducir un patinete.

Pero sigue sin haber edad mínima para conducir​

Según detalla el Gobierno en una nota de prensa, ya se ha tramitado la Ley por la que se transpone la Directiva 2021/2118 relativa al seguro de responsabilidad civil para la circulación de vehículos automóviles, así como el control de la obligación de asegurar esta responsabilidad. Así, una vez aprobado en el BOE, los dueños de patinetes eléctricos tienen seis meses para contratar un seguro de responsabilidad civil.


En la Ley se introduce el concepto de vehículo personal ligero, que son los vehículos a motor eléctrico que circulan por el suelo mediante una o más ruedas, dotados de una única plaza y que pueden alcanzar una velocidad máxima entre 6 y 25 km/h si su peso es inferior a 25 kg o una velocidad máxima entre 6 y 14 km/h si su peso es superior a 25 kg.

Estos vehículos, entre los que se encuentran los patinetes eléctricos o los vehículos de movilidad personal, deberán disponer de un seguro obligatorio de responsabilidad civil. Además, el Gobierno deberá poner en marcha un registro público de vehículos personales ligeros antes del 2 de enero de 2026. Recordemos que hasta ahora eran los Ayuntamientos los que decidían mediante ordenanzas municipales: ciudades como Valencia, Palencia, Benidorm, Pozuelo de Alarcón y Mahón ya lo exigen. De hecho en Mahón (Menorca) y dos municipios vecinos la multa por no tener seguro vigente ronda los 500 euros.

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Fuente: DGT

De media, el seguro de un patinete eléctrico va desde los 15 euros a los 80 euros anuales -según las coberturas- y suele cubrir la responsabilidad civil, la defensa jurídica, los gastos médicos, la asistencia fuera de casa y daños y robos.

A pesar de esta nueva normativa, sigue en el aire la imposición de una edad mínima -en algunas ciudades y municipios es de 15 años y en otras 16 años-, al igual que el uso de chalecos reflectantes. El denominado Manual de Características Técnicas de los VMP, vigente desde 2024, no hace ninguna referencia al uso de matrículas o al pago de impuestos de circulación, así como tampoco al uso obligatorio del casco.

Pero sí deberán contar con un certificado de circulación recogido en un código QR, tener una velocidad limitada a 25 km/h, llevar visible una placa identificativa y cumplir otros requisitos establecidos.

 

tronco39

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Que no digo que esté mal, peeeerooooo...
En nada igual hasta ITV o símil matrícula...

:pasta:
 

cybermad

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A ver si así dejan de ir como locos, pero me temo que seguirá igual como no se pongan a poner multas a saco...
 

KORANDO

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Y a los Robados por los hijos de A...la.
Tambien se lo pediran.
 

JaumeB

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Y ya puestos a las bicicletas también no, si no no se cual es la diferencia de exclusión.

Un pago mas añadido para el que quiera pagarlo y para el que no como siempre pues a riesgo de que si pasa algo mal asunto, en los coches también es obligado y los hay que no lo pagan, según dice internet casi 3 millones en España carecen del seguro obligatorio, pues los patinetes y bicis ya ni os cuento
 

cybermad

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Del casco al seguro obligatorio: todo lo que vas a necesitar para conducir tu patinete eléctrico sin llevarte una multa​

La nueva ley cambia las reglas: esto es lo que necesitarás para circular legalmente con tu VMP seis meses después de que se publique en el BOE​


25 julio 2025

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Ya es oficial: los propietarios de patinetes eléctricos y otros Vehículos de Movilidad Personal o VMP como determinadas bicicletas eléctricas, deberán contar muy pronto con un seguro de responsabilidad civil obligatorio, como sucede con el resto de vehículos.

El cambio llega con la nueva Ley de Seguros de Automóviles aprobada por las Cortes tras años de debate y trasposición de la directiva europea. Pero no todo se reduce al seguro: si vas a moverte en patinete eléctrico por ciudad, te interesa saber qué más necesitas cumplir para hacerlo con todas las garantías, y sin llevarte una multa.

Todo lo que necesitas saber a partir de ahora si conduces un patinete eléctrico

La nueva ley, que pasará a aplicarse forma inminente tras publicarse en el BOE, obliga a los propietarios de patinetes eléctricos y bicis eléctricas con más de 250 W (o que superen los 25 km/h) a contratar un seguro de responsabilidad civil obligatorio. Para ello, contarán con un plazo de seis meses desde su entrada en vigor.


Esta medida, que lleva sobre la mesa más de cuatro años, busca mejorar la protección de las víctimas de accidentes y equiparar estos vehículos a otros con motor que ya tenían la obligación de asegurarse. Pero el seguro no es lo único. Para circular legalmente en patinete eléctrico también debes cumplir con otros requisitos establecidos por la DGT:

  • Límite de velocidad: no pueden superar los 25 km/h por diseño. Si va más rápido, no será considerado un VMP y no podrá circular por vías públicas.
  • Prohibido circular por aceras y zonas peatonales, independientemente de la velocidad a la que vayas. Solo pueden ir por calzadas autorizadas, carriles bici y zonas específicas.
  • Uso obligatorio del casco, aunque su exigencia depende de la normativa local. En ciudades como Barcelona o Madrid ya es imprescindible. En todo caso, la DGT recomienda su uso generalizado por seguridad.
  • Luces delanteras y traseras obligatorias. La delantera debe ser blanca o amarilla, fija (no intermitente) y permitir ver bien el entorno; la trasera debe ser roja, también fija y visible a distancia. Deben estar activas tanto de día como de noche si las condiciones de visibilidad lo exigen (niebla, lluvia o túneles, por ejemplo).
  • Elementos reflectantes: el patinete debe tener catadióptricos laterales y traseros homologados, y el usuario debería llevar prendas con elementos reflectantes o colores vivos, sobre todo al circular por la noche.
  • Prohibido llevar pasajeros. El patinete es de una sola plaza: no se pueden transportar niños, acompañantes ni animales.
  • Tasa de alcohol 0,0 para menores de edad. Los mayores de 18 deben respetar los mismos límites que se aplican a los conductores de otros vehículos.
  • Prohibido usar auriculares mientras se conduce y manipular el móvil u otros dispositivos electrónicos.
Además, desde 2021 los patinetes deben estar homologados según las especificaciones técnicas de la DGT. El año pasado ya comenzaron a comercializarse los primeros modelos con certificado y a partir del 22 de enero de 2027 solo podrán circular los patinetes eléctricos que lo tengan. Hasta entonces, los que ya estén en uso podrán seguir circulando si cumplen el resto de requisitos.

Todos los VMP que están obligados a contratar seguro

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Según la definición legal actualizada, estarán obligados a contratar un seguro de responsabilidad civil todos los vehículos personales ligeros que cumplan con determinadas características técnicas. Es decir, no todos los patinetes ni todas las bicis eléctricas están incluidos, pero sí una buena parte.

Deberán asegurarse los patinetes eléctricos que puedan circular a una velocidad de entre 6 y 25 km/h y cuyo peso sea inferior a 25 kg. Si superan ese peso, la velocidad máxima permitida se reduce a entre 6 y 14 km/h para seguir siendo considerados VMP legales. Por tanto, cualquier patinete fuera de esos márgenes podría no estar homologado… y, además, requerir otro tipo de permisos.

En el caso de las bicicletas eléctricas, la ley solo exige seguro si superan los 250 W de potencia y/o los 25 km/h. Es decir, quedan fuera de esta obligación las bicis tradicionales y las EPAC (bicicletas de pedaleo asistido limitado, hasta 25 km/h y 250 W), que siguen considerándose “vehículos de movilidad activa” y no están equiparadas a los vehículos a motor. Esta distinción ha sido confirmada por la Oficina del Parlamento Europeo, que ha aclarado que el nuevo seguro obligatorio no afecta a todas las bicis eléctricas por igual.

Además, el Gobierno se compromete a crear un registro público de VMP, que deberá estar operativo antes del 2 de enero de 2026. Este registro permitirá identificar a los titulares de estos vehículos, facilitará el control de los seguros contratados y ayudará a esclarecer responsabilidades en caso de accidente.

Qué cubre el seguro obligatorio de tu patinete eléctrico y qué pasa si no lo tienes

Patinete3


El seguro obligatorio para los VMP cubrirá los daños a terceros que pueda causar el vehículo en caso de accidente. No se exige una cobertura concreta aún, ya que la Comisión de Seguimiento del Sistema de Valoración tiene seis meses para establecer el desarrollo reglamentario que fijará el alcance mínimo.

Si tienes un accidente y no tienes seguro, podrías tener que responder con tu patrimonio personal. Y si la aseguradora del culpable está en quiebra, será el Consorcio de Compensación de Seguros quien se hará cargo, algo que también regula esta ley.

Circular sin seguro será sancionable una vez transcurran los seis meses desde su publicación oficial en el BOE. Además, si tu patinete no cumple los requisitos técnicos (velocidad máxima, luces, frenos, etc.), podría no considerarse un VMP legal y no podrías circular por la vía pública.

El control será cada vez más fácil para las autoridades: con el registro público en marcha, bastará una simple consulta para comprobar si un patinete tiene seguro y si está homologado. Así que si te mueves en patinete eléctrico, más vale que lo pongas ya al día: el seguro y el cumplimiento de la normativa no serán opcionales, sino imprescindibles para evitar multas, o problemas mucho más graves.

 

topegun

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Hace años que tengo seguro en el patinete y llevo casco integral....y ojalá llevemos matrícula legible.

Por cierto, a las bicicletas también, incluidas las luces y timbre como a nosotros
 

Gavira

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Me parece muy bien. Si rompe, repóngase a su estado anterior.

Aunque visto el alcance de la situación, yo propondría un seguro a "la persona".

Que no haya que preguntarse dónde estás.
 

Jiro

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Para cuando un seguro a los políticos que pague sus desfalcos ?
 

Jiro

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Me parece muy bien. Si rompe, repóngase a su estado anterior.

Aunque visto el alcance de la situación, yo propondría un seguro a "la persona".

Que no haya que preguntarse dónde estás.
Al final se paga en seguro de responsabilidad civil en 20 seguros...
 

Gavira

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Al final se paga en seguro de responsabilidad civil en 20 seguros...
Lo suyo sería asegurar la responsabilidad civil de la persona, si conduzco un coche, si voy en bicicleta, si conduzco una moto de agua.
 

Nanouk

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Lo suyo sería asegurar la responsabilidad civil de la persona, si conduzco un coche, si voy en bicicleta, si conduzco una moto de agua.

aunque es interesante lo que propones, entiendo que el problema de aplicar esa propuesta es que, el daño que puedes causar llevando un coche, no es el mismo que llevando una bicicleta o un patinete eléctrico.

Podrías argumentar que estamos hablando del perjuicio ocasionado a un tercero y que el cobro es en función del mismo y no de cómo se haya ocasionado. Es decir, que si le rompemos una pierna a alguien, se le indemnice por ese hecho y no porque haya sido por darle con un coche, una bicicleta o un monopatín.

Sin embargo, a la hora de establecer el precio del seguro, la compañía, entiendo, debe hacerlo a partir del tipo de daños más comunes que puede causar ese medio de transporte individual y, por tanto, el coste que puede suponerle.

Volviendo al ejemplo de la pierna rota de un tercero. Este puede ser causado y ser incluso común vayas en coche, bicicleta o monopatín eléctrico pero, causar lesiones más graves como traumatismo craneoencefálico o la muerte de alguien es más común o probable si vas en coche que si vas en bicicleta o monopatín.

No sé si me estoy explicando y seguro que hay muchísimos mejores ejemplos pero, creo que ya me estoy extendiendo demasiado y acabarás cansado de leerme tanto, jajaja...
 
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Nanouk

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En cuanto al tema del seguro para patinete eléctrico. ME PARECE GENIAL!!!

La semana pasada tres monopatines eléctricos se me cruzaron por la calle, entre coches aparcados, por lo que no los vi con antelación salir de la acera. Cruzaron sin mirar y a baja velocidad. Al verme, no pararon. Se me quedaron mirando y siguieron. Más chulos que un ocho.

Menos mal que no iba deprisa. Una calle estrecha con coches aparcados a ambos lados. Zona de mucha demanda de aparcamiento. Yo iba sobre los 20 Km/h. Eso me libró de comérmelos. Tuve que hincar el coche. Parada en seco.

Pensé. Si le llego a meter, se me cae el pelo. Si son ellos los que me meten con el monopatín por el lateral del coche, al salir de la acera y meterse en el asfalto, ¿qué creeríais que pasaría? Me temo que saldría o intentarían salir corriendo.

¿Cómo los identifico si salen corriendo? No tienen matricula. Si los retengo... ¿Puedo retenerlos? Seguramente, no. Y si consigo que se queden allí, ¿responsabilidad? Sin seguro... Habría que ver...
 

Jiro

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aunque es interesante lo que propones, entiendo que el problema de aplicar esa propuesta es que, el daño que puedes causar llevando un coche, no es el mismo que llevando una bicicleta o un patinete eléctrico.

Podrías argumentar que estamos hablando del perjuicio ocasionado a un tercero y que el cobro es en función del mismo y no de cómo se haya ocasionado. Es decir, que si le rompemos una pierna a alguien, se le indemnice por ese hecho y no porque haya sido por darle con un coche, una bicicleta o un monopatín.

Sin embargo, a la hora de establecer el precio del seguro, la compañía, entiendo, debe hacerlo a partir del tipo de daños más comunes que puede causar ese medio de transporte individual y, por tanto, el coste que puede suponerle.

Volviendo al ejemplo de la pierna rota de un tercero. Este puede ser causado y ser incluso común vayas en coche, bicicleta o monopatín eléctrico pero, causar lesiones más graves como traumatismo craneoencefálico o la muerte de alguien es más común o probable si vas en coche que si vas en bicicleta o monopatín.

No sé si me estoy explicando y seguro que hay muchísimos mejores ejemplos pero, creo que ya me estoy extendiendo demasiado y acabarás cansado de leerme tanto, jajaja...
Pues si ya pagas por el daño que puedas hacer con un coche, que te cubra las cosas que puedas hacer con cosas menores. Igual que ahora algunos seguros de coches te cubren la R.C. si vas en bicicleta
 

Nanouk

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Pues si ya pagas por el daño que puedas hacer con un coche, que te cubra las cosas que puedas hacer con cosas menores. Igual que ahora algunos seguros de coches te cubren la R.C. si vas en bicicleta

Sería como una especie de extensión del seguro, ¿no?

Sería interesante.
 

jmborja

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¿Y cómo se identifica el VMP en el seguro …?
 

topegun

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¿Y cómo se identifica el VMP en el seguro …?
Como dispositivo no tendrá un número de serie?
Antes como no había número de serie, por marca y modelo.
Ahora supongo que lo harán por número de serie pero lo desconozco porque el mío como ahora pasa a ser de los prohibidos, tengo hasta el 2027 para circular con el y a partir de ahí, comprar uno "Pere cagarro approved" y aprovecharé hasta el último día
 

Gavira

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aunque es interesante lo que propones, entiendo que el problema de aplicar esa propuesta es que, el daño que puedes causar llevando un coche, no es el mismo que llevando una bicicleta o un patinete eléctrico
Siempre pago yo.

Y ahora la eterna cuestión, si yo pago un todo riesgo para reponer las cosas a su estado anterior, el primer día con mi coche de 60.000 pago 600 de póliza y a los 60 meses pago 600, el mismo golpe se repara "un día" pero es "siniestro total" cuando envejece, pero la póliza no reduce su precio.
 

Nanouk

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Siempre pago yo.

Y ahora la eterna cuestión, si yo pago un todo riesgo para reponer las cosas a su estado anterior, el primer día con mi coche de 60.000 pago 600 de póliza y a los 60 meses pago 600, el mismo golpe se repara "un día" pero es "siniestro total" cuando envejece, pero la póliza no reduce su precio.

Porque la reparación cuesta como el primer día. La mano de obra o el valor de las piezas no entienden de que el coche tenga seis meses o seis años.

Ahoa bien. Después la aseguradora hace fullería y se escudan en que el coche ya no tiene un valor de mercado lo suficientemente algo como para superar en su arreglo cierto porcentaje de ese valor de mercado.

Es decir, que las compañías toman un criterio para cobrar el seguro (valor mano de obra y piezas, en lo referente a lo que nos atañe sobre valor póliza vs años del coche) pero otro diferente a la hora de reparar.

Nada nuevo en el mundo.
 
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Jiro

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Siempre pago yo.

Y ahora la eterna cuestión, si yo pago un todo riesgo para reponer las cosas a su estado anterior, el primer día con mi coche de 60.000 pago 600 de póliza y a los 60 meses pago 600, el mismo golpe se repara "un día" pero es "siniestro total" cuando envejece, pero la póliza no reduce su precio.
No reduce? Aumenta todos los años. Si, el precio de las reparaciones aumenta, pero es más fácil que lo den siniestro "porque yo lo valgo"
 

Gavira

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Porque la reparación cuesta como el primer día
No sé si le expliqué bien señor, "el primer día" te reparan el coche, un poco más adelante se declara "siniestro total" y la cuantía del seguro no merma como el valor venal.
 

Nanouk

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No sé si le expliqué bien señor, "el primer día" te reparan el coche, un poco más adelante se declara "siniestro total" y la cuantía del seguro no merma como el valor venal.

Sí, sí. Lo he entendido.
 

bur

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Aunque obliguen, la gente de bien seguramente tengan su seguro, pero esas personas no suelen dar problemas.

La gente no de bien (que cada uno interprete), creéis que harán un seguro....me río yo....
 
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