Cambios en las nuevas placas-distintivos de los talleres de reparación. Dispuestos en el Real Decreto 542/2020, sólo son de aplicación para las nuevas unidades fabricadas. Nuevos cambios en la regulación de la actividad industrial y la prestación de servicios en el taller. El contenido de la placa identificativa que lucen los talleres de reparación ha sido modificada según el Real Decreto 542/2020, de 26 de mayo, que establece una variación y derogación de diferentes disposiciones en materia de calidad y seguridad industrial, y que será de aplicación obligatoria en las nuevas placas que se fabriquen. Se modifica así el Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, en su artículo 1, en referencia a la regulación de la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles de sus equipos y componentes. Esta nueva disposición varía el tercer guión del artículo 6.3. "Placa-distintivo" de forma que "la tercera, o más baja, a las siglas de la provincia de ubicación del taller, y al número de identificación del taller asignado por la comunidad autónoma. En ningún caso la obtención de este número de identificación podrá constituir un requisito previo para el inicio del ejercicio de la actividad". Además, se ha modificado el apartado 5 del artículo 7. sobre "Características de la placa-distintivo" y dicta que "el espacio inferior, o tercera parte en que se divide la placa-distintivo, estará a su vez subdividido en dos zonas diferenciadas. La de la izquierda (del espectador) destinada a las siglas de la provincia donde radique el taller, y la de la derecha (del espectador) destinada a estampar el número de identificación del taller asignado por la comunidad autónoma". https://www.infotaller.tv/reparacio...intivos-talleres-reparacion_0_1449155080.html
@Neumáticos pichonn82 @jangel @Getauto @nebur Por si os sirve... La Asociación Autónoma de Empresarios de Talleres de Reparaciones de Vehículos (Atra) de Pontevedra ha comunicado las respuestas de la Dirección General de Tráfico (DGT) a sus dudas acerca de las modificaciones del Real Decreto 885/2020 relativas a las placas de matrículas. Por ejemplo, respecto a si los talleres que ya estaban homologados para realizar las matrículas de los vehículos tienen que darse de alta de nuevo o ya les da de alta la DGT, esta ha respondido que no es necesario el alta. Explica la DGT que las Jefaturas informarán a los servicios centrales de la DGT de las altas de manipuladores nuevos, que seguirán realizándose en Jefatura hasta que los sistemas estén finalizados y publicados en su sede electrónica. En otra consulta de Atra sobre dónde hay que acceder para comunicar las matrículas que ya constan en la DGT, este organismo ha dicho que “por el momento hay que registrarlas en el libro registro, en formato papel o electrónico”. Agrega que la obligación de informar a DGT las placas confeccionadas entra en vigor el 2 de enero de 2022, y que los sistemas informáticos estarán finalizados a lo largo de este año. Y especifica también que las placas confeccionadas deberán comunicarlas a los fabricantes de las placas y los fabricantes a la DGT. “¿Tienen que seguir los talleres con los libros hasta que todo este tema esté más normalizado?”, rezaba otra de las preguntas planteadas a Tráfico. Y su respuesta ha sido contundente: “Sí, deben seguir con los libros hasta que los sistemas de la DGT estén preparados. El flujo de información será del manipulador hacia el fabricante y del fabricante a la DGT”. Finalmente, preguntada sobre el hipotético caso de que desde la Confederación se decidiera hacer una hoja de registro tipo para todos sus talleres, qué requisitos serían necesarios, la DGT ha dicho que deberá “contener al menos los datos que exige el artículo 5.1 del Real Decreto 885/2020. Actualmente la DGT está trabajando en estos aspectos, por eso nos recomiendan mantener el libro registro hasta que tengan unas especificaciones más detalladas”. https://www.infotaller.tv/reparacion/DGT-Atra-normativos-relacionados-matriculas_0_1515448460.html
@Neumáticos pichonn82 @jangel @Getauto Obligatorio actualizar las placas del taller tras la última modificación de 2018 Las nuevas placas deben incorporar todas las especialidades y subespecialidades. Estas últimas no eran obligatorias en el anterior modelo, explica Atreve. La Asociación de Empresarios del Taller de Reparación de Vehículos de A Coruña (Atreve) ha recomendado a sus asociados que, en caso de no haber actualizados las placas de taller a las actuales, que entraron en vigor en 2018, se pongan al día y lo hagan. Para ello, Atreve, a través de su departamento de Asesoría Industrial y Proyectos, realiza las gestiones necesarias en caso de demandarlo cualquier asociado. Las nuevas placas deben incorporar todas las especialidades y subespecialidades. Estas últimas no eran obligatorias en el anterior modelo. Las nuevas placas han añadido las ramas de aire acondicionado y climatización y autorradios y equipamientos de comunicación, que se suman a las que ya existían de mecánica, electricidad y electrónica, carrocería, pintura, vehículos de la categoría 1, vehículos agrícolas y de obras, neumáticos, radiadores, limitadores de velocidad, equipamientos de inspección, dispositivos de remolcar, cristales y parabrisas y tacógrafos. PLACA INFORMATIVA En el último Decreto de Talleres, además, se incluyó la obligación de mostrar junto a la placa distintiva que ya existía, otra informativa que incluye los símbolos de cada actividad y su nombre. Todo ello tiene como objetivo favorecer la transparencia de cara al usuario final. Los socios de Atreve pueden encargar a través de la entidad la nueva placa o bien, en el caso de precisarlo, realizar las gestiones para actualizar su registro en Industria e introducir las subespecialidades nuevas.
Esta bien,gracias gavira ya que nosotros hacemos mucho aire acondicionado y no lo tengo puesto en la placa,por si acaso no y nos dicen algo se lo dire al ingeniero que nos lo hizo.
venga! todos a gastar los dineros en placas. que el primo del mandamás está canino con esto del covid.