mi pregunta es sencilla: me cogió el radar, me pararon, y me pusieron la multa, en un lugar incorrectamente señalizado, y pienso recurrir la sanción por varios motivos. ¿ Me Tengo q esperar a recibir el comunicado para hacer la reclamacion? Salu2 y gracias.
Creo que si tienes la denuncia, no, pero te va a dar lo mismo, cuando te llegue la notificación tienes 15 días (espera, que igual tienes suerte y no te llega). Creo que es así.
Si te pararon te entregarían el boletín de denuncia. Si es así, yo paragaría en el plazo de 15 días para acogerme a la reducción del 30 % y luego o simultáneamente al pago presentaría un escrito de alegaciones.
si pagas es como si estuvieras d acuerdo, no? jmborja, y q harán después?...devolverte el dinero si prosperase la reclamación?
El que pagues no quiere decir que estes de acuerdo, sino que te acojes al descuento, pero ojo que si cuando recurres pierdes, tienes que pagar la diferencia del descuento.:-k
Se supone que sí (al menos lo espero, ya que tengo una recurrida) PD.: Al punto primero ya te ha constestado Carlos
Pues yo pague el otro dia una multa de un coche de la empresa y me dijeron eso cuando les dije que la iba a recurrir, que si perdia el recurso me reclamarian el descuento que me habian aplicado.......:argue:
No estoy seguro del todo Carlos, pero me parece que hace unos meses la "norma" legal ha cambiado y se puede recurrir sin que ello afecte a la reducción, ganes o pierdas el recurso. A ver si algún "letrado" nos ilumina :-k
Yo te hablo de mi experiencia en Trfaico C /Arturo Soria (Madrid) hace excasamente 10 dias........:???:
a mi no me pone nada d 15 dias...pone q se aplicará un 30% descuento si "el pago se realiza ANTES q se dicte resolución". Me estoy liando....q me recomendais?: pago y reclamo despues? espero?
A mi cuando el agente amablemente me entregó el boletín (que me dí el gustazo de no firmar, aunque esto es lo mismo) me dijo que tenía una reducción del 30% si pagaba antes de 15 días, y ésto (lo de los 15 días) además lo anotó a bolígrafo en el reverso del boletín. Después hice la consulta aquí mismo en el foro, y el consejo era pagar aprovechando el descuento y después recurrir. PD.: Las opciones que yo planteé, por orden de prioridad fueron: 1.- Pagar con descuento y recurrir. 2.- Pagar con descuento y olvidarme. 3.- Olvidarme del pago y que me reclamasen. Opté por la primera.
a mi no me pone nada d 15 dias...pone q se aplicará un 30% descuento si "el pago se realiza ANTES q se dicte resolución". Me estoy liando....q me recomendais?: pago y reclamo despues? espero?
A mi me anotaron, ya te he dicho antes, lo del pago antes de 15 días en el reverso, tachando lo de "antes que se dicte resolución". Es decir (a ver si me explico): pusieron "15 días" en lugar que ponía "que se dicte resolución". Ahora más claro: Detrás ponía "Se aplicará una reducción del 30% si el pago se realiza antes que se dicte resolución". Y con el apaño del bolígrafo el agente rectificó y quedó "Se aplicará una reducción del 30% si el pago se realiza antes de 15 días" Edito: PD.: Yo pagué con reducción y recurrí (escrito de alegaciones); es lo que me recomendaron y es lo que yo te recomiendo.