Presentandose en persona en una agencia tributaria y enseñando el DNI, el año pasado lo daban al momento.
Saludos.
http://www.aeat.es/AEAT/Contenidos_.../Campanias/Renta/2010/Otros/GuiaRenta2010.pdf
pagina 85 guia de la renta 2.010
Anexo A.1 Deducción por alquiler de la vivienda habitual
Cumplimentarán este apartado del anexo A.1 de la
declaración los contribuyentes que tengan derecho
en el presente ejercicio a la deducción por alquiler de
la vivienda habitual establecida en el apartado 7 del
artículo 68 de la Ley del Impuesto.
Requisitos
Podrán practicar esta deducción los contribuyentes
que sean arrendatarios de la vivienda que constituye
su residencia habitual, siempre que su base imponible
sea inferior a 24.020 euros anuales.
La base imponible es la cantidad resultante de
sumar los importes consignados en las casillas 455 y
465 de la página 10 de la declaración, en concepto de
base imponible general y base imponible del ahorro,
respectivamente.
Cantidades con derecho a deducción: base de la
deducción
Constituyen la base de esta deducción las cantidades
satisfechas en el ejercicio en concepto de alquiler de
la vivienda habitual, siempre que no superen la cuantía
máxima que a continuación se señala. En su caso,
las cantidades que excedan de dicho límite no darán
derecho a deducción.
No dan derecho a deducción las cantidades satisfechas
por conceptos distintos del alquiler, tales como
las correspondientes a gastos, suministros o consumos,
aunque, de acuerdo con las condiciones estipuladas,
tales conceptos sean a cargo del arrendatario.
Límite máximo.
En función del importe de la base imponible del impuesto
que se haya determinado en la página 10 de
la declaración (suma de las casillas 455 y 465), la base
de esta deducción no podrá exceder de la cantidad
que en cada caso proceda de las que seguidamente
se indican.
a) Si la base imponible es igual o inferior a
12.000 euros, la base máxima de la deducción será
de 9.015 euros anuales.
b) Si la base imponible está comprendida entre
12.000,01 y 24.020 euros, la base máxima de la deducción
será el importe que se obtenga de minorar
9.015 euros en la cantidad resultante de multiplicar
0,75 por la diferencia entre la base imponible y 12.000
euros. Es decir:
9.015 – [ 0,75 x (base imponible – 12.000) ]
Importe de la deducción
Una vez determinada la base de la deducción, el importe
de la misma será la cantidad resultante de aplicar
sobre la citada base el porcentaje del 10,05 por
100.