Duda Surrealista totalmente

Tema en 'Foro General BMW' iniciado por bmw320ci, 23 May 2017.

  1. Eddie27

    Eddie27 Clan Leader

    Registrado:
    12 Ago 2012
    Mensajes:
    16.521
    Me Gusta:
    16.014
    Ubicación:
    Gijón, Asturias
    Modelo:
    E39 30D&30DA
    La multa la podrian llegar a retirar pero el arrastre + deposito lo tendrias que pagar igualmente.

    En cualquier caso no lo puede hacer la policia de modo unilateral, tendrá que ser la administración previo recurso. Por otro lado esa es una guerra que le toca a su correduria o a su aseguradora y no al forero, al forero le deberian de reintegrar la cantidad ipsofacto los del seguro y ellos, si no fue culpa suya, reclamar esa cantidad a la adm y si fue culpa suya joderse.

    Un saludo
     
  2. bmw320ci

    bmw320ci Forista

    Registrado:
    23 May 2011
    Mensajes:
    1.304
    Me Gusta:
    716
    Perfecto compañero, hablaremos de honorarios.

    Sólo me preocupa una cosa con respecto a ese tema..

    Yo voy a reclamar todo (grúa y depósito más la MULTA).

    Sabemos que esto va a tardar, no van a darme una solución en 15 días, por lo que el pronto pago se va a perder.

    Entonces..¿No sería mejor idea pagar 750€ y reclamar ese importe? Siempre será mas factible que me abonen el 50% que el 100% de la multa. Y aunque tengo clarisimo que la culpa no es mia y que es más que evidente, no será la primera vez que la justicia no actúa de manera lícita (y si se diera el improbable caso de perder, mejor 750 que 1500€).

    Pero también puede ser que al pagar de la sensación de que asumo la culpa (en ese caso no me planteo pagarlo, estoy convencido, como todos, de quien es el culpable) pero alegaria que no me gusta tener ninguna multa pendiente y demás.

    ¿Hoja de ruta @Eddie27 ? ¿mejor pagamos con pronto pago y reclamamos o dejarlo así?
    Que tampoco hablamos de 100€ de diferencia.

    Muchas gracias compañeros.
     
  3. bmw320ci

    bmw320ci Forista

    Registrado:
    23 May 2011
    Mensajes:
    1.304
    Me Gusta:
    716
    Depósito y arrastre ya lo pague para poder sacar el quad de allí, casi 30€, que no ne importaría (aunque lo voy a reclamar igual) si me quitaran la multa.
     
  4. Eddie27

    Eddie27 Clan Leader

    Registrado:
    12 Ago 2012
    Mensajes:
    16.521
    Me Gusta:
    16.014
    Ubicación:
    Gijón, Asturias
    Modelo:
    E39 30D&30DA
    Hoja de ruta sería, desde luego, pagar la multa con ello no estas asumiendo nada y de hecho para cualquier reclamación a la ADM te van a obligar a tenerla pagada (el famoso solve en repete que quiere decir paga y luego reclama) .

    Yo haría lo siguiente:

    1º Famoso email, que las palabras todas las lleva el viento, con la multa + deposito + pruebas de que tu tenias seguro vigente y pagado. Uno a la correduria y otro a la compañía. Usa mails oficiales que ponga en su web y reclama que te reembolsen el dinero ya que tu no eres responsable de esa multa al encontrarte al día.

    2º Deja pasar, digamos, 3-4 dias para ver por donde respiran y luego paga la multa con pronto pago.

    3º Si en dos meses no se tienen noticias pues iniciamos un verbal, evidentemente contra la compañia.

    Aquí es importante tener claro que tu tienes que reclamar a la compañía ya que, una vez pagas, esta es la responsable de que tu figures en los ficheros y donde haga falta (les va en el sueldo) por lo que ella tiene que compensarte a ti (porque estas al corriente de pago y dentro de la vigencia) y luego ya ella que mire si te metió en el fichero (podrían reclamar a la adm) o no lo hizo (culpa de ellos, se la comen). En cualquier caso es importante que no te líen para que reclames tu a la adm, tu no tienes nada que reclamar a la adm, y te lo digo porque no es al primero que se lo hacen.

    Un saludo
     
  5. bmw320ci

    bmw320ci Forista

    Registrado:
    23 May 2011
    Mensajes:
    1.304
    Me Gusta:
    716
    Eso me preocupa también, porque si pagamos renunciamos a cualquier reclamación.. que aunque no creo que se produciese.. nunca se sabe.

    Mañana va mi padre a hablar con el abogado de la compañia a ver que le plantea, pero ya esta avisado que no haga NADA ni entregue NADA, pero quiero saber que opinan y su predisposición a asumir la culpa.
     
  6. Eddie27

    Eddie27 Clan Leader

    Registrado:
    12 Ago 2012
    Mensajes:
    16.521
    Me Gusta:
    16.014
    Ubicación:
    Gijón, Asturias
    Modelo:
    E39 30D&30DA
    Pagando no renuncias a nada, para reclamar a la ADM primero tienes que pagar sino no puedes reclamar. Y para reclamarles a ellos también tienes que pagar puesto que sin haber pagado no puedes reclamarles dinero porque no has pagado nada.

    Un saludo
     
  7. Cambalatxe

    Cambalatxe En Practicas

    Registrado:
    9 Nov 2012
    Mensajes:
    262
    Me Gusta:
    165
    Ubicación:
    Baraka
    Hola, te voy a revolver un poco más todo, y a alguno mas.

    Buscate un abogado, que quizás tengas cubierto con la poliza, y aunque sea así, mejor independiente.
    Empieza por denunciar al agente, y reclama todo, con daños y perjuicios, me explico:
    Tienes dos temas importantes a tener en cuenta.

    Primero, si pagas con reducción aceptas a cambio el no reclamar, así que olvídate.

    Segundo, aunque circules sin seguro NO pueden llevarse o inmovilizar el vehiculo.
    Te deben poner la sanción administrativa que corresponda y dejarte seguir circulando.

    Esto es así hace ya varios años, aunque pueda sonar raro. Y el agente lo debería saber, es su obligación.

    Así que enfócalo todo desde el punto de vista de que no te deberían haber dejado sin
    un vehículo que puedes estar necesitando, eso sin contar con las molestias de recogerlo,
    traslados, etc, y por supuesto si tiene la mas mínima mancha, reclama también a la grúa.

    En cualquier caso, suerte.
     
    A antuan le gusta esto.
  8. bmw320ci

    bmw320ci Forista

    Registrado:
    23 May 2011
    Mensajes:
    1.304
    Me Gusta:
    716
    Una pequeña duda que te planteo..¿piensas que es mejor no pagar con reducción la multa y reclamarla? ¿crees que la quitarán cuando el vehículo circulaba sin DAR EL SEGURO DE ALTA EN TRÁFICO?


    O quizá estas queriendo decir que pierdo el derecho a reclamar contra mi seguro, como que si pago es que acepto ser el culpable..

    A ver si me puedes resolver la duda.

    Muchas gracias, toda opinión es bien recibida.
     
  9. Eddie27

    Eddie27 Clan Leader

    Registrado:
    12 Ago 2012
    Mensajes:
    16.521
    Me Gusta:
    16.014
    Ubicación:
    Gijón, Asturias
    Modelo:
    E39 30D&30DA
    :stop::stop::stop: seamos serios y hablemos de lo que sepamos y no creemos más confusión a @bmw320ci .

    • ¿Reclamar al seguro usando el abogado del seguro? Los abogados del seguro que trabajan en estos casos ni siquiera son buenos para cuando les van los intereses economicos en ello tu te crees que van a ser buenos cuando tienen los intereses en contra... por favor...:floor:

    • ¿Con pagar con descuento aceptas no reclamar? Falso, falsísimo. Para reclamar a la Administración primero hay que pagar sino no puedes reclamar. Lo que pierdes es la opción de formular alegaciones en vía administrativa o lo que es lo mismo pierdes la opción de mandar un escrito que no leerán y que responderan que no hay lugar a esas alegaciones y que si quieres algo vayas a los J y T.
    De otro modo, si haces el pago con descuento o cualquier otro, siempre te queda abierta la vía de los J y T sin tener que pasar por el inútil procedimiento previo. En cualquier caso esa es la vía que le toca explorar al seguro que es al que le toca reclamar eso si quiere, el compañero a quien tiene que reclamar es a su cia que irá por vía civil y no C/A.​

    • Sobre lo de la inmovilizacion del vehículo te ruego te leas el artículo 3a y 3b de la Ley sobre responsabilidad civil y vehículos y seguro en la circulación de vehículos a motor:
    "B/ El depósito o precinto público o domiciliario del vehículo, con cargo a su propietario, mientras no sea concertado el seguro[...] y deberá demostrarse, para levantar dicho depósito o precinto, que se dispone del seguro correspondiente."

    Se que los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado no los inmovilizan todos, a veces, por razones practicas pero la ley obliga a ello.

    Un saludo​


     
    Última edición: 25 May 2017
    dvfturbo, antuan, bmw320ci y 2 otros les gusta esto.
  10. Astralis

    Astralis Forista

    Registrado:
    10 Feb 2011
    Mensajes:
    1.869
    Me Gusta:
    1.033
    Ubicación:
    es_ES.UTF-8
    Modelo:
    Timberland
    Buenos consejos das tú...
     
    A Eddie27 le gusta esto.
  11. bmw320ci

    bmw320ci Forista

    Registrado:
    23 May 2011
    Mensajes:
    1.304
    Me Gusta:
    716
    Todo claro. Mucho más claro, te lo agradezco compañero.
     
    A Eddie27 le gusta esto.
  12. Cambalatxe

    Cambalatxe En Practicas

    Registrado:
    9 Nov 2012
    Mensajes:
    262
    Me Gusta:
    165
    Ubicación:
    Baraka
     
  13. Cambalatxe

    Cambalatxe En Practicas

    Registrado:
    9 Nov 2012
    Mensajes:
    262
    Me Gusta:
    165
    Ubicación:
    Baraka
    Eso espero.;) aunque reconozco que en éste punto, tampoco me parece a mi muy lógico.
    Que ocurre si después de dejarte marchar atropellas a alguien? que responsabilidad tiene el agente?

    Pero lo consideran sanción administrativa, y en principio no conlleva la inmovilización.
     
  14. Astralis

    Astralis Forista

    Registrado:
    10 Feb 2011
    Mensajes:
    1.869
    Me Gusta:
    1.033
    Ubicación:
    es_ES.UTF-8
    Modelo:
    Timberland
    Intentaba ser sarcástico.

    Releete los puntos que te está comentando el compañero, porque si te enganchan sin el seguro obligatorio, NO te pueden permitir seguir la marcha con ese vehículo.
     
    A Eddie27 le gusta esto.
  15. Eddie27

    Eddie27 Clan Leader

    Registrado:
    12 Ago 2012
    Mensajes:
    16.521
    Me Gusta:
    16.014
    Ubicación:
    Gijón, Asturias
    Modelo:
    E39 30D&30DA
    La ley es clara, me remito al artículo que te he dicho que esta en vigor. Otra cosa es que por razones técnicas no puedan inmovilizar alguno, que sería la excepción a la norma, pero la excepción no es la regla y como tal la excepcion ha de producirse por razones de fuerza mayor que tendran que demostrar muy bien como ese coche sin seguro siga su camino y ocurra algo... vamos que no capricho mío ni de ese agente concreto, la ley es clarísima y además el punto A, si lo hubieras leído, dice "quien circule sin seguro obligatorio" no estan hablando de eso que cuentas que esos supuestos serán otro artículo o apartado.

    Vuelve a leerte el artículo que te dije a ver si conlleva o no... por cierto, todas las sanciones que te pone un agente son administrativas, las penales/civiles te llevan ante el juez que es quien la pone tras ver las pruebas de los agentes ;)

    Un saludo
     
    Última edición: 25 May 2017
    A Astralis le gusta esto.
  16. Cambalatxe

    Cambalatxe En Practicas

    Registrado:
    9 Nov 2012
    Mensajes:
    262
    Me Gusta:
    165
    Ubicación:
    Baraka
    Tengo en este momento en el móvil a un agente de trafico que se dedica a esto,
    le he comentado el tema, por si podía ayudar en algo al compañero,
    me esta explicando que el planteamiento mío es correcto, que como norma general ya no pueden
    inmovilizar un vehículo, y menos aún llevárselo.

    Me explica que el compañero lo que tiene que hacer es reclamar a la administración, por todos los gastos,
    por todas las molestias y además una indemnización por los días que no ha podido utilizar su vehículo.
    Que la ley es clara en éstos casos, y que la administración se lo coma con patatas si se han equivocado.

    Salu2.

    Edito, y que por supuesto antes de pagar nada, que cuando te imponen una sanción, sea la que sea siempre tienes derecho a replica si no estas de acuerdo, antes de abonar nada.
     
    Última edición: 25 May 2017
  17. Astralis

    Astralis Forista

    Registrado:
    10 Feb 2011
    Mensajes:
    1.869
    Me Gusta:
    1.033
    Ubicación:
    es_ES.UTF-8
    Modelo:
    Timberland
    Que te diga en qué artículo concreto de qué Ley podemos leer que ese es el modo de proceder ante un vehículo sin seguro obligatorio.
     
    A Eddie27 le gusta esto.
  18. marrero1970

    marrero1970 Clan Leader

    Registrado:
    18 Jun 2010
    Mensajes:
    15.076
    Me Gusta:
    29.115
    Ubicación:
    PUES AQUÍ , DONDE SIEMPRE
    Modelo:
    DE TALLA GRANDE
    Lo que no entiendo es porqué quieres pagar la multa acogiéndote al descuento para reclamarla luego al seguro .
    La denuncia dice que circulabas sin seguro , y eso puedes demostrar que no es cierto. Por lo tanto , soltar pasta por algo que has cumplido a rajatabla? No lo veo.
    Sin saber muy bien del tema ( expertos seguro habrá por aquí que sepan más ) , tienes seguro. Si no aparece en la base de datos de la administración no es tu problema . Ese que se lo coma otro.
     
    A calimero36 le gusta esto.
  19. Eddie27

    Eddie27 Clan Leader

    Registrado:
    12 Ago 2012
    Mensajes:
    16.521
    Me Gusta:
    16.014
    Ubicación:
    Gijón, Asturias
    Modelo:
    E39 30D&30DA
    Lamento ser soez pero el conocimiento de la ley por parte de gran parte de los agentes de trafico, al menos de algunos como ese, es el mismo que tiene un pajillero de 14 años sobre el sexo. Ahí te he puesto la ley, no es una ley oscura ni escondida y, de momento, y hasta se cambie la constitución una ley vigente tiene mucha mas razón que un amigo policía al móvil.

    Respecto al resto, no se como él (policia) y tu tenéis el cuajo de asumir que la administración se ha confundido cuando lo más probable es que haya sido la aseguradora que no metió en tiempo o traspapelo la ficha. En cualquier caso, de no ser culpa de la aseguradora no es una cuestión que preocupe al forero que la aseguradora se pegue con la adm y esa disputa ya te digo que la vía administrativa es perder el tiempo, mejor agotarla cuanto antes e ir a la contenciosa.

    Efectivamente tienes derecho a formular alegaciones a las que siempre, por defecto, contestan que no (algún día conoceremos a alguien que en la ventana de alegaciones hayan cambiado de opinion? esto es como los que protestan la roja al arbitro, jamás ví a uno cambiar de opinión) pero ya si quieres reclamar en serio te dirán paga y reclama el famoso solve et repete.

    En cualquier caso esto no es el problema del forero, vamos a hablar con propiedad y practicidad:

    1º El forero tiene que preguntar de modo que pueda acreditar (correos etc...) que van a hacer con la multa y comunicar los plazos que hay para pagarlo.

    a/ Si pagan ya solo queda reclamar el deposito y grua.
    b/ Se hacen los longuis pues, si fuera yo, el día anterior al fin de plazo de bonificación pagaría (luego ya la compañia que se joda y que reclame por contenciosa si quiere y puede -porque igual no hay motivo porque es fallo de ellos-).​
    3º Si he tenido que pagar yo les mando un correo acreditando el pago y diciendo porque ha sido indebido.
    4º Pasados dos meses sin noticias les haría reclamación civil de las cantidades + intereses.

    Dentro de la opción 2 puedes dejar sin pagar la multa hasta reclamarla judicialmente pero mejor pagar la bonificada por si no se gana (cosas peores se han visto).


    Un saludo
     
    Última edición: 25 May 2017
    A Astralis le gusta esto.
  20. Cambalatxe

    Cambalatxe En Practicas

    Registrado:
    9 Nov 2012
    Mensajes:
    262
    Me Gusta:
    165
    Ubicación:
    Baraka
    No lamentes ser soez, mejor no lo seas,
    tenemos un idioma suficientemente rico como para expresarse de mil formas sin caer en el mal gusto o en la ofensa.


    Respecto a la ley, si sabes algo de leyes, sabrás que cada una de las muchas que existen luego tienen mil apuntes,
    reformas, modificaciones, enmiendas, directrices, etc.

    Y en cuanto a que los agentes no saben hacer su trabajo, si es cierto que muchos se acomodan y a vivir,
    sobretodo si te toca lidiar con un agente que no esta en ello a diario, por estar en otro destino, por ej,.
    Entiendo que es casi imposible saberse todo de memoria, y actualizado,
    pero los que están en trafico, los que lo tienen como rutina día tras día, lo suelen tener mas "fresco",
    aunque cierto es que de todo hay.

    Todo esto sin olvidar de que tienen la sartén por el mango, yo te denuncio, hago lo que me parece, y si luego
    no era así pues nada, para eso tienes los recursos, que yo me voy con mi cupo hecho. ;)
     
  21. Eddie27

    Eddie27 Clan Leader

    Registrado:
    12 Ago 2012
    Mensajes:
    16.521
    Me Gusta:
    16.014
    Ubicación:
    Gijón, Asturias
    Modelo:
    E39 30D&30DA
    Hablo de leyes, precisamente porque se de ello, si el hilo fuera de reglar carburadores seguramente no estaría hablando pero como va de algo con lo que me manejo a diario y con la experiencia de no ser la primera vez que veo con una situación idéntica y la resuelvo favorablemente pues me tomo la licencia de intentar ayudar ;)

    Los agentes de la autoridad son personas que aunque crean que saben de leyes lo cierto es que han visto un codigo penal y poquito más para aprobar su oposición. No saben tanto de ley como piensan, ni quieren hacernos creer, ya que su conocimiento, aunque les costase mucho estudiar el CP para aprobar, representa una mínima parte (y eso si no estudiaron un CP que ya este obsoleto).
    Si supiera de leyes, sabiendo que hay un reglamento específico, ya no se pondría a contar historias que confunden al que no sabe (y busca ayuda) y hacen ser soez al que sabe porque no le estan rebatiendo con argumentos sino con opiniones.

    Un saludo
     
    Última edición: 25 May 2017
    A pilotolo, nebur y Astralis les gusta esto.
  22. dvfturbo

    dvfturbo Forista

    Registrado:
    11 Feb 2012
    Mensajes:
    1.513
    Me Gusta:
    1.468
    Ubicación:
    España.
    Modelo:
    M3 E46, MCS JCW
    No tendría ningún sentido que multes a un vehículo por no llevar seguro que es de las multas mas altas que hay por el hecho de que está prohibido circular sin seguro obligatorio y no inmovilices el vehículo, otra cosa es que se lo lleven al deposito que corresponda o te pongan un cepo, eso ya va en como funcionen las ordenanzas de dicho ayuntamiento o de la facilidad de tener una grúa o no a disposición de este tipo de cosas, muchas veces es poner el cepo, y cuando está todo en orden ir a que te levanten el acta de inmovilización (pagando claro), y entonces un patrulla te va a retirar el cepo.

    Desconozco si esas leyes han cambiado, pero hasta hace pocos años que vi esa normativa por una persona cercana que le dio por circular sin seguro, era exactamente como ha relatado @Eddie27 y como estoy apuntando yo, ademas de que no tiene ningún sentido en absoluto dejar circular de nuevo un vehículo que en teoría (en este caso es por un error) no está asegurado ya que el propio agente estaría cometiendo una infracción al dejar cometer un acto ilegal al conductor.

    Respecto a la multa del compañero que pregunta, si puede demostrar que tenia seguro antes de la sancion, esté dada de alta o no en trafico (responsabilidad de la aseguradora) puede recurrirla y le quitaran la multa, pagarla antes siempre es mejor por que si se demora el asunto te pueden embargar la cuenta por los 1500 euros de la multa mas recargo.
     
    A Eddie27 y Astralis les gusta esto.
  23. Pamplinas

    Pamplinas Forista

    Registrado:
    19 Ene 2014
    Mensajes:
    2.108
    Me Gusta:
    2.865
    Modelo:
    X5 3.0d XDrive
    [​IMG]

    Edito, dejo la foto de la consulta pero no encuentro la respuesta de la DGT a la Agrupación.
     
    Última edición: 25 May 2017
  24. Eddie27

    Eddie27 Clan Leader

    Registrado:
    12 Ago 2012
    Mensajes:
    16.521
    Me Gusta:
    16.014
    Ubicación:
    Gijón, Asturias
    Modelo:
    E39 30D&30DA
    Estas poniendo una circular interna del año 2010 vs una LEY aprobada en 2015 Y VIGENTE. No voy a sacar, lo veo innecesario a todas luces, la teoria sobre la prelación de fuentes en nuestro ordenamiento juridico...

    Un saludo
     
    Última edición: 25 May 2017
    A marrero1970 y Till les gusta esto.
  25. Eddie27

    Eddie27 Clan Leader

    Registrado:
    12 Ago 2012
    Mensajes:
    16.521
    Me Gusta:
    16.014
    Ubicación:
    Gijón, Asturias
    Modelo:
    E39 30D&30DA
    y por abundar un poco más, se trata de una consulta a la cual, por cierto, no sabemos que respuesta le han dado ;) pero seguro que le han dicho que deben inmovilizarlos puesto que meses después se redacto el artículo de la ley a la que me remito.

    Un saludo
     
  26. Astralis

    Astralis Forista

    Registrado:
    10 Feb 2011
    Mensajes:
    1.869
    Me Gusta:
    1.033
    Ubicación:
    es_ES.UTF-8
    Modelo:
    Timberland
    La cuelgo yo (no es exactamente la respuesta a la Agrupación de Tráfico, pero la DGT responde a una pregunta similar realizada por Policía Local de Alboraya, Valencia):

    [​IMG]

    Aquí la respuesta completa en formato PDF.
     
    Última edición: 25 May 2017
  27. Eddie27

    Eddie27 Clan Leader

    Registrado:
    12 Ago 2012
    Mensajes:
    16.521
    Me Gusta:
    16.014
    Ubicación:
    Gijón, Asturias
    Modelo:
    E39 30D&30DA
    +1 ¡Gracias!

    Ha respondido lo que efectivamente viene siendo un " es de perogrullo que a la mano cerrada la llaman puño"
    La inmovilizacion y deposito se trata de una medida provisional y estas la pueden llevar a cabo las ffycc de seguridad, faltaría más, sino no tendría sentido.

    Lo que pasa que uno dice que se lo contó un policia y otro que no se quien que le paso y al final la gente cree más a estos que a alguien que se dedica a ello y te esta diciendo con pruebas (no habladurias) lo que es y encima no lo esta hablando desde el plano teorico sino desde el practico porque le acaba de pasar a uno pero aún así no se lo creeran...

    Un saludo
     
    A dvfturbo le gusta esto.
  28. Astralis

    Astralis Forista

    Registrado:
    10 Feb 2011
    Mensajes:
    1.869
    Me Gusta:
    1.033
    Ubicación:
    es_ES.UTF-8
    Modelo:
    Timberland
    Y esta es la instrucción que afecta a @bmw320ci

    [​IMG]

    [​IMG]
     
  29. Pamplinas

    Pamplinas Forista

    Registrado:
    19 Ene 2014
    Mensajes:
    2.108
    Me Gusta:
    2.865
    Modelo:
    X5 3.0d XDrive
    Visto, la ley les ampara pero no obliga, por eso la GC no suele inmovilizar. Incluso te podían haber dado la posibilidad de que hubieras sido tu el que por tus medios hubieras llevado el vehículo al depósito, he leido en otra instrucción buscando la respuesta esa. Aunque por 30€ no merece la pena, que se lo lleven y ya iré a por él.
     
  30. Eddie27

    Eddie27 Clan Leader

    Registrado:
    12 Ago 2012
    Mensajes:
    16.521
    Me Gusta:
    16.014
    Ubicación:
    Gijón, Asturias
    Modelo:
    E39 30D&30DA
    Y si te digo que desde esa instruccion hay, aún , dos reformas posteriores de ese articulo biggrin
    Independientemente de directrices y películas es mucho más importante una Ley, que es la que se aplica -no las directrices-, y esa es la que lo dice y que ya se puso hace unas cuantas paginas antes de que sacaran todo esto ni tiene fuerza de nada ni esta vigente.

    Un saludo
     

Compartir esta página