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Pos eso, no sé si sólo los llevan camiones y buses interurbanos o también los urbanos...¿?
OU6799V dijo:Estan obligados a la instalacion y utilizacion del tacografo todos los vehiculos de transporte de viajeros o mercancías, que se desplacen por las carreteras abiertas al uso público dentro del territorio nacional, aunque no sobrepasen los límites territoriales de una Comunidad Autónoma. La obligación de instalación y uso del aparato de control incluirá a los vehículos destinados a los transportes regulares nacionales de viajeros.
Excepciones:
a) Vehículos utilizados por las Administraciones públicas para la prestación de servicios públicos, siempre que no compitan con empresas transportistas.
b) Vehículos utilizados para el transporte de mercancías por empresas agrícolas, hortícolas, forestales o de pesca, en un radio de acción de 50 kilómetros alrededor del lugar en que esté domiciliada la correspondiente autorización de transporte, incluido el territorio de los municipios cuyo principal núcleo urbano se sitúe en dicho radio.
c) Vehículos utilizados para el transporte de animales vivos desde las granjas hasta los mercados locales y viceversa, o desde los mercados hasta los mataderos locales.
d) Vehículos utilizados como tiendas para el abastecimiento de los mercados locales o para operaciones de venta domiciliaria, o bien utilizados para operaciones ambulantes bancarias, de cambio o de ahorro, para el ejercicio del culto, para operaciones de préstamo de libros, discos o cassetes, o para manifestaciones culturales o exposiciones, y que estén especialmente equipados al efecto.
e) Vehículos que transporten material o equipos para su uso en el ejercicio de la profesión del conductor, en un radio de acción de 50 kilómetros alrededor del lugar en que esté domiciliada la correspondiente autorización de transporte, siempre que la conducción del vehículo no represente la actividad principal del conductor, la excepción no perjudique gravemente los objetivos del Reglamento (CEE) número 3820/85, y se obtenga la correspondiente autorización individual.
f) Vehículos que circulen exclusivamente en islas que no estén unidas al resto del territorio nacional por ningún puente, vado o túnel abierto a los vehículos de motor, con excepción de los que circulen en la isla de Mallorca.
g) Vehículos destinados a la enseñanza para la obtención de un permiso de conducción.
h) Tractores destinados exclusivamente a trabajos agrícolas y forestales.
Supongo que segun la primera excepcion los autobuses urbanos estan exentos de llevarlo, no? La verdad es que no es excesivamente claro...
Anda que despues del pedazo de tocho, que no quede del todo claro tiene gracia...
dani2 dijo:No se como será en los demás lugares, pero al menos en Zaragoza, la flota de autobuses urbanos pertenece mayoritariamente a la compañía TUZSA(Transportes Urbanos de Zaragoza Sociedad Anónima) la cual es una empresa privada, y como tal, su flota no pertenece al ayuntamiento, sino a la citada empresa, a la cual, le paga el ayuntamiento, pero ya es un servicio indirecto podríamos decir. Por tanto, por ley deben llevar tacógrafo.
Los autobuses urbanos aquí llevan tacógrafo todos. Al menos los que yo cojo a diario. Saludos.
fontazones dijo:Gracias!!
Cómo sabes q en Zza. los llevan? Se puede ver de algún modo?
Es x curiosear en otras ciudades cdo. subo al bus....