Una sentencia invalida las multas de la grúa exprés que puso en marcha el Ayuntamiento de Málaga hace cuatro años. Un juzgado de Málaga anula la sanción a un particular al entender que la medida tramitada a distancia por la Policía Local vulnera la ley. Hace ya casi cuatro años que está en marcha en Málaga la llamada grúa exprés, un sistema que puso en marcha el Ayuntamiento para evitar que la Policía Local tenga que personarse cada vez que un empleado de la grúa retira un vehículo mal aparcado en la vía pública. Un cambio en la Ordenanza de Movilidad habilitó a los gruistas para tomar una fotografía del coche en cuestión y remitirla al instante a la comisaría, desde donde un agente tramitaba la correspondiente denuncia. La medida se implantó rodeada de una gran polémica y causó las protestas de los gruistas, que inicialmente incluso se negaron a aplicarla, y de los policías, que veían en ella una usurpación de sus funciones. Los jueces han venido finalmente a darles la razón. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Málaga ha emitido una sentencia en la que invalida la multa impuesta por uno de los gruístas del Ayuntamiento a un particular en octubre de 2010, año en que empezó a aplicarse el sistema. El juez anula una sanción de 92 euros por estacionar el vehículo sobre la acera “por ser contraria a derecho”. Para ello, argumenta que el empleado de la grúa municipal “carece de la condición de agente de la autoridad” y que, por ello, la denuncia formulada “no está protegida por la presunción de veracidad” que la ley otorga a los policías. El fallo del juzgado señala que, para que la multa hubiera sido válida, se debería haber indicado en el expediente de forma “clara” y “nominal” la identificación del denunciante, que entiende que es el gruista puesto que el policía no presencia la infracción, así como el mecanismo de transmisión de la denuncia, “fotografía con expresión del lugar y fecha”, señala la sentencia. No sirve para el juez que el empleado de la grúa se identifique con un número, ya que esta posibilidad está reservada únicamente para los agentes de la autoridad. El juez entiende que un gruista puede formular una denuncia de este tipo como si se tratara de un particular, pero para ello debe plasmar su nombre y apellidos. Por lo tanto, concluye que “no estando identificado nominalmente el denunciante en el expediente administrativo, que no siendo realmente el denunciante el agente de la Policía Local por cuanto que no presenció los hechos, que no constando en el expediente administrativo la declaración-ratificación del denunciante susceptible de ser valorada por el órgano sancionador, cabe afirmar que se ha prescindido del procedimiento y, por ello, que concurre vicio de nulidad de pleno derecho”. Lo que el tribunal no anula, porque tampoco fue solicitado por el demandante, es el cobro de la tasa por la retirada del vehículo y su traslado al depósito. Esta es la segunda sentencia de la que se tiene conocimiento este año contra la implantación del sistema de grúa exprés por parte de algunos ayuntamientos. A principios de este año se conoció otro fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en el que anulaba la ordenanza aprobada por Sevilla para respaldar el procedimiento al señalar esta norma que los empleados de la grúa tenían la obligación de tramitar las denuncias. En el caso de Málaga, la ordenanza cambia el verbo ‘deber’ por el ‘podrán’, cuestión a la que se agarró en su momento el equipo de gobierno municipal para sostener que esa sentencia no ponía en jaque a la grúa exprés malagueña. Eso sí, esa posibilidad de denunciar a los vehículos mal estacionados que el Consistorio otorgó a los gruistas hace casi cuatro años ha estado acompañada de un sistema de pluses por coches retirados que incentiva la actuación de los conductores de la grúa. Diario Sur http://www.diariosur.es/20130905/local/malaga/tsja-invalida-multas-grua-201309051502.html
Las administraciones públicas siempre buscando nuevos sistemas para recaudar aún a riesgo de ser manifiestamente ilegales y además incentivando económicamente a los gruistas para que denuncien el mayor numero posible de infracciones, esto me recuerda la noticia que salió el otro día al respecto de que una empresa privada iba a instalar radares de control de velocidad y cámaras de semáforo en dos poblaciones catalanas, cobrando el 35% del importe de las sanciones impuestas.