Tengo un colega en tu misma situacion. El otro dia vi su extracto y da miedo. A ver si tiene la misma suerte...
A ver, a ver... Si, probablemente. No necesariamente, me temo. Ayer mismo me acordé de este hilo porque le llegó a un cliente notificación de retención de su devolución de IRPF por (pasmáos) deudas con el Ayuntamiento de Madrid de numerito de coche de 1994 a 1999. Hala, y hasta ayer desde hace 6 años...sin noticias de naaaá, ni de... Gurb Pues bien, el coche lo mejor es que está dado de baja desde 1992 y él no lo alegó en su día porque, como a ti, "le dejaron de dar la brasa". Yo no cantaría victoria aún, sin perjuicio de que como te indica Albercien puedas alegar prescripción.
Es cierto, desde hace poco, según creo recordar, hubo un acuerdo de AEAT con aytos para proseguir la vía ejecutiva si en la instancia municipal no hallasen éxito. Pero creo, sinceramente, que esas multas han muerto; en caso contrario, si llegase una vía ejecutiva podrías recurrir en reposición, pues entraría previsible y supuestamente dentro de los motivos, que son (corríjaseme): pago, prescripción, falta de notificaicón en periodo voluntario o error en la liquidación.
Si, ahora ese es el remedio posible: pero me refiero a que él lo había dado hace 5 o 6 años por zanjado y...aquí están de nuevo con el temita.
Ok y eso de alegar prescripción como funciona?? lo digo por si dentro de X tiempo me volviesen a reclamar... Gracias
Yo de ti no lo supondría, echale huevos y vete al organismo oportuno a preguntar con tu DNI, sobretodo que no te notifiquen nada, y allí te lo dirán con seguridad
Como? Tal cual, si recibes cualquier notificación en el futuro: en vez de mirar para otro lado, alegas prescripción por haberse superado los plazos con que cuenta la administración para la notificación y exacción, sin más explicaciones.