Un administrador de fincas colegiado se rige por lo que diga el colegio o por lo que diga la ley de propiedad horizontal? Es que el mio dice que de las obligaciones que dice la pagina del colegio de administradores no vale pa na y que en realidad ellos se rigen por la ley de propiedad horizontal (que tampoco se lo que dice pero es por creerle o no). Como lo veis? sds