Carta de la DGT por circular... SIN CIRCULAR

cargarsupra2

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Acabo de recibir una carta de la DGT de una multa un poco subrrealista que quiero compartir con vosotros a ver que os parece:

Resulta que yo el 26/6/2010 compre un coche a un forero para jubilar mi antiguo coche, en ese momento le traspasé mi seguro al nuevo y procedí a dar de baja temporal el viejo y dejarlo estacionado en la acera de mi chalet en guadalajara, en una urbanización. Hasta aquí todo normal.

El caso es que he recibido una multa de 800€ en el que se denuncia que con fecha 12/3/2011 a las 00:25, lugar:la puerta de mi casa, hecho que se denuncia: Carecer de seguro obligatorio el vehiculo reseñado para cuya conducción se exige el permiso de la clase B.

Os puedo asegurar que desde el 26/6/2010 no se ha movido el coche de la puerta de mi casa, y mucho menos a esas horas. Efectivamente que no tenía seguro, es mas, puedo aportar la baja temporal sellada por la DGT, y según me he estado informando, ese hecho denunciado no procede si el coche no circulaba.

Donde yo vivo no hay policia Nacional (ni es su competencia este tipo de acciones), jamas he visto policia local, y sí muchas veces guardia civil en la barrera de la entrada, pero nunca dentro de la urbanización. Por todo esto, me temo que será algun vecino GC o que conoce a un GC y le molesta que tenga el coche aparcado delante de mi casa.

Por supuesto voy a recurrir aunque con estas cosas no tengo mucha fé... ya veremos.

¿Qué os parece?

Gracias por leer el tocho.
 

astharoth

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La urbanizacion es privada? Porque si es asi, dudo mucho que tengan competencia para multar.
 

radykal

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Creo que cualquier vehículo estacionado en la via pública necesita tener el seguro en vigor, aunque no circule. Para tener un vehículo sin seguro debes tenerlo estacionado en algún aparcamiento privado, fuera de la vía pública.
 

cargarsupra2

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astharoth;10632544 dijo:
La urbanizacion es privada? Porque si es asi, dudo mucho que tengan competencia para multar.

No lo tengo muy claro ya que tiene barrera en las entradas, pero sin embargo entran dentro para hacer controles regularmente.
 

cargarsupra2

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radykal;10632545 dijo:
Creo que cualquier vehículo estacionado en la via pública necesita tener el seguro en vigor, aunque no circule. Para tener un vehículo sin seguro debes tenerlo estacionado en algún aparcamiento privado, fuera de la vía pública.

Creo que eso es para el impuesto de tracción mecanica (numerito). Pero no para el seguro.

De hecho acabo de llamar a un policia nacional amigio mio y despues de cerciorarse me ha informado que NO... que sin circular no se puede multar por ese hecho.

Y si analizamos el hecho denunciado dice:

CARECER DEL SEGURO OBLIGATORIO EL VEHICULO RESEÑADO PARA CUYA CONDUCCION SE EXIGE EL PERMISO DE LA CLASE B.

No sé... estoy un poco aun en SOCK!!! son 800€!!!!!!
 

HAZJ

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radykal;10632545 dijo:
Creo que cualquier vehículo estacionado en la via pública necesita tener el seguro en vigor, aunque no circule. Para tener un vehículo sin seguro debes tenerlo estacionado en algún aparcamiento privado, fuera de la vía pública.

Esto es correcto, por muy jodido que sea, es así.

Una consulta muy parecida a esta salio hace ya varias semanas, y también se dijo lo mismo.
 

xWeST

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Cualquier vehículo estacionado en la vía pública necesita tener seguro. Yo quería hacer lo mismo con mí VR6 y me dijeron que no se podía. Si está en recinto privado (urbanización privada) y lo puedes demostrar no debes preocuparte por nada.
 

ROMU CABRIO

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compañero, hagas lo q hagas estas jodido, todo vehiculo tiene q tener el seguro OBLIGATORIO aunque lo tengas en tu cochera metido sin sacarlo, otra cosa es q este dado de baja temporalmente no se si eso te ayudara a tenerlo sin seguro.
Para multarte no hace falta q pase n local, nacional, o guardia civil, simplemente trafico pasa listado de los coches q hay sin seguro circulando o no circulando y directamente te multan ellos, ya q hoy en dia las aseguradoras cuando aseguran un coche, pasan ese dato a la DGT, de ahi el no tener q llevar el recibito del banco del seguro del coche.
 

JAVMAD

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Pues dile a tu amigo policia nacional, que se vuelva a informar, porque cualquier coche aparcado en la calle, sin seguro, es multable 100%. ;-) , sin excepción.


cargarsupra2;10632575 dijo:
Creo que eso es para el impuesto de tracción mecanica (numerito). Pero no para el seguro.

De hecho acabo de llamar a un policia nacional amigio mio y despues de cerciorarse me ha informado que NO... que sin circular no se puede multar por ese hecho.

Y si analizamos el hecho denunciado dice:

CARECER DEL SEGURO OBLIGATORIO EL VEHICULO RESEÑADO PARA CUYA CONDUCCION SE EXIGE EL PERMISO DE LA CLASE B.

No sé... estoy un poco aun en SOCK!!! son 800€!!!!!!
 

juanrimore

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Te lo aclaro.

Cualquier vehículo que use la vía publica debe estar asegurado. entiéndase via púbica aquella que es usada por un conjunto indeterminado de personas (tu urbanización lo es)

Si circulas con el vehículo la multa son 1.500€, y si solo lo tienes estacionado la multa es de 800€

Si bien un vehículo que ha causado baja en el registro de vehículo no tiene la obligación de estar asegurado, pero tampoco puede ocupar la vía pública (sería tratado como residuo sólido en el caso de estar parado, o denunciado con 500€ por circular estando de baja y retirado de la vía en grúa).
 

bope84

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Siento decirte que en lo que anteriormente te han comentado tienen razón, el vehículo si está en vía pública tiene que tener seguro en vigor, sino es denunciable, art.2 del SOA opcion 5C. En tu caso, al estar el vehículo de baja temporal no debería llegarte, y si te llega recurre presentando la fecha de la baja temporal, asi que ve buscando la documentación donde aparezca este hecho por si acaso, que según estan las arcas del estado, te llegará.
Si el vehículo no está de baja, prepara los 800 eureles.
Espero servirte de ayuda, mucha suerte, un saludo!
 

bope84

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Bueno creo que Juanrimore ya te lo ha explicado que sabe más que yo del asunto, asi que ve confesándote y preparando el pliego, por si suena la campana y con ello te salvas, aunque dificil...
 

Diego Cuervo

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No te salvas, todo vehículo que se encuentre en la vía pública ha de tener un seguro, como dijo Juanrimore, tu urbanización es usada por una colectvidad indeterminada de usuarios, por lo tanto has de tener seguro en vigor, si te pillan estacionado como es el caso, son 800€, si te cogieran circulando son 1.500€.
 

marbun

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yengo tengo 5 coches en casa y pago los impuestos de circulacion y no tienen seguro y la GC pasa todos los dias y miran las matricualas, pero tengo quedecir que los tengo dentro de la parcela, y ellos me cometan que lo unico puede pasar es que no los saque a la calle sin seguro y sin pasarla itv, por lo demas todo bien,
 

cargarsupra2

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Muchas gracias por tan detallada información.

Efectivamente el coche está dado de baja con fecha 29/6/2010, aquí delante tengo las hojas de la DGT selladas que lo notifican. Aun así me ha llegado la multa de 800€ por lo que con lo que contais no sería adecuada dada la naturaleza y el importe.

¿no es así?

Muchas gracias y un saludo.

juanrimore;10632617 dijo:
Te lo aclaro.

Cualquier vehículo que use la vía publica debe estar asegurado. entiéndase via púbica aquella que es usada por un conjunto indeterminado de personas (tu urbanización lo es)

Si circulas con el vehículo la multa son 1.500€, y si solo lo tienes estacionado la multa es de 800€

Si bien un vehículo que ha causado baja en el registro de vehículo no tiene la obligación de estar asegurado, pero tampoco puede ocupar la vía pública (sería tratado como residuo sólido en el caso de estar parado, o denunciado con 500€ por circular estando de baja y retirado de la vía en grúa).

bope84;10632618 dijo:
Siento decirte que en lo que anteriormente te han comentado tienen razón, el vehículo si está en vía pública tiene que tener seguro en vigor, sino es denunciable, art.2 del SOA opcion 5C. En tu caso, al estar el vehículo de baja temporal no debería llegarte, y si te llega recurre presentando la fecha de la baja temporal, asi que ve buscando la documentación donde aparezca este hecho por si acaso, que según estan las arcas del estado, te llegará.
Si el vehículo no está de baja, prepara los 800 eureles.
Espero servirte de ayuda, mucha suerte, un saludo!

bope84;10632624 dijo:
Bueno creo que Juanrimore ya te lo ha explicado que sabe más que yo del asunto, asi que ve confesándote y preparando el pliego, por si suena la campana y con ello te salvas, aunque dificil...
 
S

Sicher320CI

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Yo te cuento mi experiencia. A mi me paso con un ciclomotor de 50cc. Cuando lo di de baja no me dejaban tenerlo ni en el garage del edifcio. Me dijeron que tenia que guardarla en el trastero, o algun local privado pero que fuese cerrado. No se el motivo pero el caso es que no podia tenerla en la calle ni en el garage. Al final se quedo en el garage porque los vecinos no sabian que estaba dada de baja y hay la policia pues no entra, pero vaya en Trafico me dijeron que bien guardada.
 

juanrimore

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cargarsupra2;10632662 dijo:
Muchas gracias por tan detallada información.

Efectivamente el coche está dado de baja con fecha 29/6/2010, aquí delante tengo las hojas de la DGT selladas que lo notifican. Aun así me ha llegado la multa de 800€ por lo que con lo que contais no sería adecuada dada la naturaleza y el importe.

¿no es así?

Muchas gracias y un saludo.

Comprueba la fecha de la denuncia de estar sin seguro, no vaya a ser que haya un desfase de días y hayas tenido la mala suerte de estar sin seguro el mismo dia que te denunciaron.

En tu caso me plantaría en sanciones de tu jeftura de tráfico con toda la documentación.
 
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cargarsupra2;10632534 dijo:
Acabo de recibir una carta de la DGT de una multa un poco subrrealista que quiero compartir con vosotros a ver que os parece:

Resulta que yo el 26/6/2010 compre un coche a un forero para jubilar mi antiguo coche, en ese momento le traspasé mi seguro al nuevo y procedí a dar de baja temporal el viejo y dejarlo estacionado en la acera de mi chalet en guadalajara, en una urbanización. Hasta aquí todo normal.

El caso es que he recibido una multa de 800€ en el que se denuncia que con fecha 12/3/2011 a las 00:25, lugar:la puerta de mi casa, hecho que se denuncia: Carecer de seguro obligatorio el vehiculo reseñado para cuya conducción se exige el permiso de la clase B.

Os puedo asegurar que desde el 26/6/2010 no se ha movido el coche de la puerta de mi casa, y mucho menos a esas horas. Efectivamente que no tenía seguro, es mas, puedo aportar la baja temporal sellada por la DGT, y según me he estado informando, ese hecho denunciado no procede si el coche no circulaba.

Donde yo vivo no hay policia Nacional (ni es su competencia este tipo de acciones), jamas he visto policia local, y sí muchas veces guardia civil en la barrera de la entrada, pero nunca dentro de la urbanización. Por todo esto, me temo que será algun vecino GC o que conoce a un GC y le molesta que tenga el coche aparcado delante de mi casa.

Por supuesto voy a recurrir aunque con estas cosas no tengo mucha fé... ya veremos.

¿Qué os parece?

Gracias por leer el tocho.
Pero que les pasa a estos hijos de p*ta...parece que solo busquen amargarle la vida a la gente....
 

MANUKAWA

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Es una put... pero te toca pagar, a un conocido le paso exactamente lo mismo, recurrio y aun asi le toco pagar, eso si encima sin descuento
sds
 
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Diego Cuervo;10632646 dijo:
No te salvas, todo vehículo que se encuentre en la vía pública ha de tener un seguro, como dijo Juanrimore, tu urbanización es usada por una colectvidad indeterminada de usuarios, por lo tanto has de tener seguro en vigor, si te pillan estacionado como es el caso, son 800€, si te cogieran circulando son 1.500€.

Y de mientras una invasion de rumanos robandonos todo el cobre.....manda huevos.....que nos está pasando???
 

cargarsupra2

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He llamado a mi compañia aseguradora para saber si puedo asegurar un coche dado de baja y me han dicho QUE NO!!!!!!!

por lo tanto si yo tengo un coche dedo de baja temporal QUE NO SE PUEDE ASEGURAR!!! no me pueden multar por no tenerlo asegurado no??? será como muy bien dice el forero JuanRimore un residuo solido depositado en la via pública al cual le procederá otra sanción (no sé si menor o mayor, pero no esa), ya que no me pueden exigir una cosa que no es posible realizar.
 

Jiro

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La multa es correcta. Paga con descuento.
 

cargarsupra2

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juanrimore;10632679 dijo:
Comprueba la fecha de la denuncia de estar sin seguro, no vaya a ser que haya un desfase de días y hayas tenido la mala suerte de estar sin seguro el mismo dia que te denunciaron.

En tu caso me plantaría en sanciones de tu jeftura de tráfico con toda la documentación.

Sí, si ya lo he dicho que el coche estaba sin seguro desde agosto del 2010, y fecha denunciada es del 12/3/2011 por lo que esta muy muy claro que no tenía seguro, pero como bien tu mismo has dicho... al estar dado de baja, no procede esa multa, será otra pero no esa no?
 

JAVMAD

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Yo en tú caso pagaría con el descuento, dado que si está dado de baja, pero está en la calle, la multa como ya te han dicho es de 500€ y retirada del vehiculo para tirarlo a la basura.. por lo tanto, si recurres, me temo que te dirán esto...


cargarsupra2;10632710 dijo:
He llamado a mi compañia aseguradora para saber si puedo asegurar un coche dado de baja y me han dicho QUE NO!!!!!!!

por lo tanto si yo tengo un coche dedo de baja temporal QUE NO SE PUEDE ASEGURAR!!! no me pueden multar por no tenerlo asegurado no??? será como muy bien dice el forero JuanRimore un residuo solido depositado en la via pública al cual le procederá otra sanción (no sé si menor o mayor, pero no esa), ya que no me pueden exigir una cosa que no es posible realizar.
 

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En todo caso prefiero pagar 250€ (50% de descuento de los 500€) por pronto pago, y que se lo lleven ya que el coche no vale ni los 250€.

De todos modos cada día lo tengo mas claro... QUE ASCO DE PAIS!!!!

JAVMAD;10632820 dijo:
Yo en tú caso pagaría con el descuento, dado que si está dado de baja, pero está en la calle, la multa como ya te han dicho es de 500€ y retirada del vehiculo para tirarlo a la basura.. por lo tanto, si recurres, me temo que te dirán esto...
 

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Jiro;10632714 dijo:
La multa es correcta. Paga con descuento.

+1

No tienes ninguna posibilidad. Si ese coche se incencia y afecta a otros coches, ¿quien seria responsable si no tienes seguro? Ya no es el hecho de circular o no, sino que al estar aparcado en vía publica es susceptible de situaciones de "riesgo" para el resto de vehiculos.
 

juanrimore

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cargarsupra2;10632662 dijo:
Efectivamente el coche está dado de baja con fecha 29/6/2010,

cargarsupra2;10632716 dijo:
fecha denunciada es del 12/3/2011

Pues yo lo veo claro.

Como te dije, no procede multa por estar sin seguro, asi que pásate por sanciones de la jefatura que te revisen el expediente si estás en plazo. Si no, pues recurre.

De todas formas, algo había por ahí sobre las bajas temporales, no recuerdo bien si es que tenían caducidad, o que pasadas un tiempo se volvían definitivas; no las tengo todas conmigo.

No obstante, llégate y mira a ver en que estado está el vehículo y si es de baja, recurre. Pasa más de lo que parece pues en las Jefaturas no se digan ni a comprobar nada, sólo a dar curso cuando no debería ser así ya que nos crea molestias a los ciudadanos.
 

herodes

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juanrimore;10632883 dijo:
Pues yo lo veo claro.

Como te dije, no procede multa por estar sin seguro, asi que pásate por sanciones de la jefatura que te revisen el expediente si estás en plazo. Si no, pues recurre.

De todas formas, algo había por ahí sobre las bajas temporales, no recuerdo bien si es que tenían caducidad, o que pasadas un tiempo se volvían definitivas; no las tengo todas conmigo.

No obstante, llégate y mira a ver en que estado está el vehículo y si es de baja, recurre. Pasa más de lo que parece pues en las Jefaturas no se digan ni a comprobar nada, sólo a dar curso cuando no debería ser así ya que nos crea molestias a los ciudadanos.
Pues lo verás claro, pero la denuncia es correcta, ningún vehículo puede estar estacionado en la vía pública sin estar asegurado, por lo que o lo tienes en un local privado o lo llevas al desguace, pero no puede estar en la calle sin asegurar, motivo por el que ha sido denunciado, si hubiese estado circulando la denuncia hubiera sido el doble.
 

poderosobmw

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Que no puedas ponerle un seguro por estar dado de baja temporal no implica que no te puedan multar. Todo vehiculo que este estacionado en la via publica tiene que tener seguro y si carece de el tiene que estar guardado en un recinto privado y cerrado.

Porque el coche no se mueva no se puede tener sin seguro ya que puede que alguien colisione con el, se produzca un incendio... y por eso la exigencia del seguro obligatorio.

Yo ahora mismo tengo el E30 sin seguro y lo voy a dar de baja temporal un año, lo he metido en mi finca, le he puesto una tranca, le he quitado las matriculas y alguna pieza del motor para que no arranque... si me lo robaran al no tener seguro la responsabilidad de lo que hagan con el es mia.
 

cargarsupra2

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Eso mismo creo yo...

He llamado a un par de empresas de recursos de multas para comentarles el caso y han alucinado un poco. Me han dicho que lo recurra PERO YA!!


juanrimore;10632883 dijo:
Pues yo lo veo claro.

Como te dije, no procede multa por estar sin seguro, asi que pásate por sanciones de la jefatura que te revisen el expediente si estás en plazo. Si no, pues recurre.

De todas formas, algo había por ahí sobre las bajas temporales, no recuerdo bien si es que tenían caducidad, o que pasadas un tiempo se volvían definitivas; no las tengo todas conmigo.

No obstante, llégate y mira a ver en que estado está el vehículo y si es de baja, recurre. Pasa más de lo que parece pues en las Jefaturas no se digan ni a comprobar nada, sólo a dar curso cuando no debería ser así ya que nos crea molestias a los ciudadanos.
 
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