El asunto tiene mas miga de lo que parece. La moto no está homologada para llevar placas largas, por lo que no puede llevarlas. Por otro lado, el reglamento de circulación indica las medids homologadas para placas y en el caso de matrículas OI únicamente habla de matrçiculas para coches. Se ha realizado una consulta y tenemos un escrito que nos indica que aunque en el Reglamento no lo ponga, se entiende que las podríamos usar, usando el mismo tamaño que una placa de moto convencional. El problema viene en que al no estar en el Reglamento, las empresas fabricantes de placas de matrícula nos las fabrican. De todos modos he escrito a varias de las que me habeis ido diciendo y de uas seis me han contestado dos. Una de ella me dice que si que las hacen. He llamado y me han confirmado que si, pero yo aún tengo mis dudas. Tendré que pedirla de todos modos y ver qué es lo que me llega
Ese coche no salió así matriculado del concesionario? Otra opción es trasladar la consulta a la propia DGT.
A ver... El coche no sale matriculado del concesionario normalemente. La consulta ya se ha hecho. Lo que dice la DGT es que se deben usar, aunque en el código no las recoja explicitamente, las mismas medidas que las presentadas para una placa de moto normal. El problema es que las placas han de tener una homologación y para tener una placa homologada tiene que haber alguna empresa fabricante que las haya homologado. No es problema de la DGT si no las hay, pero tienen que tener, aparte de unas medidas, una reflectancia determinada, por ejemplo. No se si me he explicado bien...