Consulta infracción grave radar movil

Tema en 'Radares' iniciado por shark_ati, 4 Sep 2008.

  1. shark_ati

    shark_ati Guest

    Hola a todos.

    Se que la he cagado, que no se pueden ir a esas velocidades y que me lo merezco; pero necesito ver un poco la luz sobre este tema porque me tiene preocupado. Mañana tengo el juicio. Acabé de hacer el rodaje y quería saber lo que tiraba el coche....

    Hoy, me han cazado, en la carretera para ir a la Warner a 188 kilometros por hora en una vía limitada a 80. Metros atrás estaba limitada a 120km.

    Como es lógico, me han parado los guardias para comentarme la infracción y me han llevado al cuartel de la guardia civil.

    Una anecdota en este sentido. Aún con la gravedad de la infracción, he de decir que los guardias se han portado muy bien conmigo. Hacen su trabajo...

    Tengo una citación judicial para mañana. ¿Me gustaría saber con que tipo de sanción tanto monetaria como de retirada me puede caer? Ya he contratado un muy buen abogado, aunque me ha dicho que es muy complicado.

    Un saludo a todos y muchas gracias.

    No os echeis encima mio por esto. Solo quiero un poco de orientación.... Gracias de nuveo
     
  2. Yaam

    Yaam

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    pues segun las tablas son 600 euros y 6 puntos ademas de la retirada temporal del permiso, como ya dije en otro post si ya es una locura ir a esas velocidades en segun que vias, aun lo es mas el no llevar contramedidas, mucha suerte, s2
     
  3. shark_ati

    shark_ati Guest

    Muchas gracias tio.

    A ver en que queda todo.

    Saludos
     
  4. alber72

    alber72 Forista Senior

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    con lo de que te han llevado al cuartel me dejas flipado. que te traten como un delincuente lo veo totalmente desproporcionado.es increible...prefiero no opinar porque me enciendo y no paro
     
  5. shark_ati

    shark_ati Guest

    Mira macho, he tenido que firmar hasta mi puesta en libertad. Con eso te digo todo.

    Pero aún así, también ha sido un irresponsabilidad mia.

    Ya sabemos todos como estan las cosas, pero había terminado de hacer el rodaje y quería probar el coche. No había ni un solo coche y es como una autopista. De echo, nose de donde c**o me han echo la foto porque yo no he visto nada. La verdad es que he salido precioso el coche en la foto.

    Que faena. A ver que me cuentan mañana. Os lo contaré para que tengamos referencias ante posibles problemas de este tipo.

    Saludos
     
  6. bemeforofo

    bemeforofo Forista Senior

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    Creo que te genera un antecedente "penal" por lo que has comentado, consultalo con tu abogado y no se si lo puedes borrar de tu certificado de penales hasta dentro de 2 años...que c**********es.
     
  7. shark_ati

    shark_ati Guest

    Si te digo la verdad estoy acojonado. Cada hora que pasa se acerca el p*to juicio.

    Quien me mandaría a mi...... en fin.

    A apechugar.

    Según el tiempo de retirada, igual debería pensar en vender el coche verdad??? Un saludo
     
  8. Kyalami

    Kyalami Aprendiz de brujo Moderador

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    La verdad es que lo siento mucho compañero.

    Todos estamos más expuestos a eso de lo que creemos. No puedo aconsejarte nada, pues si ya tienes un abogado, seguro que el sabe más que yo.

    Una cosa muy importante: Ni se te ocurra repetirlo, porque como ahora te quedará un antecedente, al la próxima, te llevan al trullo.

    Es demencial, pero es así.

    Por si te sirve para algo, tienes toda mi solidaridad.

    Saludos.
     
  9. shark_ati

    shark_ati Guest

    Estoy acojonado. Me está entrando fiebre y todo. Madre mia
     
  10. bemeforofo

    bemeforofo Forista Senior

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    Lo siento de veras...que tengas un juicio lo menos perjudicial posible para tí ánimo ya nos contarás como queda la cosa.
     
  11. BATMW

    BATMW Forista Senior

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    Ya la puedes enmarcar,pues supongo que sera una de las fotos mas cara de tu vida.
    No te martirizes que nos puede pasar a cualquiera.
    No te dogo mas por que tambien me enciedo.S2
     
  12. Kyalami

    Kyalami Aprendiz de brujo Moderador

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    Te comprendo.

    Pero tampoco te preocupes demasiado. Ya sabes lo que te va a caer.

    Es una experiencia, tómatelo así, aunque ya sé que esto es fácil decirlo y no tanto hacerlo.

    Y cuando salgas del juicio, si te parece bien, nos lo cuentas, que puede servirle a otros.

    Saludos, compañero.
     
  13. shark_ati

    shark_ati Guest

    Parece que no, pero en serio. sois un gran apoyo y me tranquilizais.

    Mañana os contaré cuanto tiempo voy a estar en la carcel, :descojon:.

    Madre mia, me rio por no llorar.

    Un abrazo
     
  14. shark_ati

    shark_ati Guest

    Por cierto, una última cuestión. El carnet todavía no me lo han retirado, peroooo, mañana podré ir con mi coche al juicio??

    O cuando sales del juicio ya estás sin carnet?? Saludos...
     
  15. llunca

    llunca Forista Senior

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    mucha suerte, si te sirve de consuelo hay cosas mucho peores en esta vida...ya lo sabes para la proxima..protejete

    s2 ya nos contaras
     
  16. Kyalami

    Kyalami Aprendiz de brujo Moderador

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    En este caso, la verdad es que no lo sé. Pero en las retiradas de carnet que conozco, puedes escoger dentro de unos límites cuando lo entregas.

    Saludos.
     
  17. shark_ati

    shark_ati Guest

    Así haré. Iré protegido hasta arriba. O no volveré a sobrepasar el límite jamás.

    Con respecto a la pregunta de antes, como lo veis? Llevo mi coche?? Saludos
     
  18. BATMW

    BATMW Forista Senior

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    Llevalo,ya que aun no te lo han retirado,tiene que salir la sentencia.
     
  19. shark_ati

    shark_ati Guest

    Ok tio, muchas gracias.

    Mañana os cuento en que queda todo. 1 saludo
     
  20. jon761

    jon761 Forista

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    joer , ya lo siento macho, es que ese mismo podria ser yo ( aunque solo me la suelo jugar en zonas de 120 ), haber si tienes suerte dentro de lo que cabe y mañana nos das una "alegria". Suerte en el juicio compañero.;-)
     
  21. ndlbmw

    ndlbmw Forista

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    Hombre, si no tienes antecedentes por cualquier otra cosa, no entrarás a la carcel. Pero eso sí, antecedentes ya te quedan... así que cuidadín a partir de ahora.

    Aunque la verdad es que por temas de tráfico no te podrán coger en un tiempo, porque la retirada (por lo penal) será de unos cuantos meses, seguro; aparte de la multa económica, que tendrás que añadir a la retirada de puntos y demás.

    Todo esto no te lo digo para asustarte (aunque pueda parecerlo) sino todo lo contrario. Quiero decir, que vas a ir a un jucio como acusado, sí, con el "acojone" que supone eso; pero piensa que tienes 99,99% de posibilidades de salir de allí por tu propio pie y sin esposas...... ¿Con 6 puntos menos? pues sí ¿Con unos cuantos euros menos? pues también ¿Con antecedentes penales durante unos años? pues tambien ¿Sin carnet? ... pues probablemente, durante unos cuantos meses. Pero piensalo.... SALES LIBRE.

    Así que, el que no se consuela es porque no quiere... estate tranquilo, prepárate para conocer el "maravilloso" mundo de los taxis y... paciencia. Ya nos contarás en que acaba todo.

    Salu2 (y suerte!!)
     
  22. shark_ati

    shark_ati Guest

    Buffff, me estoy tomando una tila.

    Mañana os cuento.

    Buenas noches.....
     
  23. v6tresdos

    v6tresdos Forista Legendario

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    antes de seguir leyendo mas posts,
    NO, NO te lo mereces!! creo que no he ido por esa carretera todavia xero xra mi que tampoco eres un asesino y si has ido a 190 es xq se peude ir a esa velocidad.
    saludos y muxa suerte dado que la necesitaras
    ps: comprate un anticaspa!
     
  24. Aquelarre

    Aquelarre Guest

    en mi caso el dia que me lo retiraron pude conducir; el justificante es el edicto de retirada.
    Mira chico, tomatelo con calma, la verdad es que tu caso es el primero con el que me consuelo un poco de mi mala suerte...
    a mi me retiraron a finales de mayo el carnet durante 6 meses por perdida total de puntos; 9 de los cuales no me enteré hasta mucho tiempo mas tarde de las infracciones -parte de culpa del p*to correos- pero bueno, también asumo mi parte de culpa por ir a mas de 120 -y menos de 160- (en todas las infracciones)

    Solo te puedo decir, que una vez tienes el marron encima, te entran fases de rabia, pataleo y sensacion de injusticia, rebelia, acojone, y sumision total, pero entretanto el tiempo pasa y antes de lo que te des cuenta serás libre, te habras "reeducado y reinsertado" en la sociedad que nos venden y que nos obligan a mantener y ya está, pero nada será como antes. (ya no voy a ver las carreteras como una vía de escape y de olvido a los problemas del día a día disfrutando de un paseo en mi precioso coche pq iré ACOJONADO todo el día).

    Yo hasta la fecha me he quitado "el mono" dando 4 vueltas con el coche por el parking, también para que no se descargue la batería. En mi caso no lo hemos vendido ni se nos paso x la cabeza.

    Animo y suerte mañana. Descansa!
     
  25. Alfa156

    Alfa156 Top always down! Coordinador Miembro del Club

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    Por favor llevad estas cifras MUY presentes:

    80 km/h de exceso fuera de ciudad
    60 km/h de exceso dentro de ciudad

    Si os pasáis de estas cifras seréis acusados y juzgados por un delito contra la seguridad del tráfico. Si no tenéis antecedentes, pues no iréis a prisión, pero basta con que tengáis algo para pasar una temporadita a la sombra.

    No entraré a valorar tu infracción, pero ya digo que veo cada día infracciones mucho peores que quedan impunes. Es lo que hay. ¿Tenemos lo que nos merecemos? No lo sé, me gustaría, sinceramente, pensar que no.

    Suerte en el juicio, ya nos contarás cómo fue. Y, por cierto, mira los periódicos mañana, porque posiblemente salgas en alguno, posiblemente hablarán de un "BMW de gran cilindrada a velocidades temerarias" :roll:
     
  26. Kyalami

    Kyalami Aprendiz de brujo Moderador

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    +1 Es lo que hay.
     
  27. CES.AR

    CES.AR Forista

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    No se cuanto sera la sancion pero a mi en Madrid en la calle Alcalde Sainz de Baranda, delante del piruli de TVE, me han cogido a 78 km/h y dicen que esta regulada a 40 km/h..............400€ de multa y 6 puntos menos por ir a mas del 50% de la velocidad maxima permitida. Suerte y ya sabes...............a levantar el pie un poco.
     
  28. EDY_01

    EDY_01 Guest

    Mira ver si le sirve de algo a tu abogado esto, anda, y ...suerte:roll::roll::roll:

    Un supuesto imagino que parecido al tuyo:

    el tipo de cinemómetro utilizado para MULTINOVA 6F-MR, con antena nº XXXX, que son aparatos habitualmente denominados radares, que se ubican de diferentes lugares, de forma fija o estática, y sustentado mediante un trípode, le son de aplicación la Orden ITC/3699/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado de los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor, y que conforme establece su artículo primero, tiene por objeto la regulación del control metrológico del Estado de aquellos instrumentos o sistemas de medida de la velocidad de circulación de vehículos a motor, denominados cinemómetros, ubicados en una instalación fija o estática y en vehículos o aeronaves, ya sean estáticos o en movimiento, así como sobre sus dispositivos complementarios destinados a imprimir o registrar los resultados de las medidas efectuadas por dichos instrumentos.En el apartado referente a verificaciones, estable en su art. 12 y 13 dice: CAPÍTULO IV. VERIFICACIÓN PERIÓDICA “Artículo 12. Definición. Se entiende por verificación periódica, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado a) del art. 2 del Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, el conjunto de exámenes administrativos, visuales y técnicos que pueden ser realizados en un laboratorio o en el lugar de uso, que tienen por objeto comprobar y confirmar que un cinemómetro en servicio mantiene desde su última verificación las características metrológicas que le sean de aplicación, en especial en lo que se refiere a los errores máximos permitidos, así como que funcione conforme a su diseño y sea conforme a su reglamentación específica y, en su caso, al diseño o modelo aprobado.” y “Artículo 13. Sujetos obligados y solicitudes. 1. El titular del cinemómetro en servicio, así como de las instalaciones que le sirven de soporte y que pueden influir en sus mediciones, estará obligado a solicitar anualmente la verificación periódica de los cinemómetros y cada tres años de las instalaciones que le sirven de soporte, quedando prohibido su uso en el caso de que no se supere esta fase de control metrológico.” La falta de aportación de la correspondiente certificación de revisión periódica, supone la falta de fiabilidad de dicho radar en el instante de conseguir una medición fiable a efectos penales, duda que en ejercicio del prinicipio “in dubio pro reo” debe llevar al juez a pronunciar, en teoría, la absolución, siempre que se alege, claro............ máxime cuando dicho aparatito, no fiable, convierte una sanción administrativa en un delito penal, tributario de prisión y demás.
     
  29. shark_ati

    shark_ati Guest

    No puedo dormir gente. ¿pediriais la revisión del radar? También puede ser alargar la agonia. Según me ha comentado mi abogado, normalmente tienen esto muy controlado. ¿Como lo veis?
     
  30. herodes

    herodes Forista Legendario

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    Te pongo textualmente lo que dice el Código Penal:
    Artículo 379

    1. El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

    Para que te hagas una idea lo de multa de 6 a 12 meses es que el Juez te impone una multa, por ejemplo de 10 euros diarios y en el caso de que fuese multa de 6 meses sería un total de 1800 euros (10 euros por 180 días).

    En referencia a la retirada del permiso de conducir es por un mínimo de 1 año y un máximo de 4 años, así que al ser la primera vez supongo que te lo retirarán 1 año, pero ten en cuenta que al retirártelo el Juez si te pillan conduciendo incurres en un delito de quebrantamiento de condena, por lo que si te condenan a prisión en el delito del exceso de velocidad y te pillan conduciendo tendrías que cumplir ambas penas, es decir la que te correspondiese por el delito de quebrantamiento de condena y la del exceso de velocidad con lo cual podrías ir a la carcel al tener antecedentes penales por la primera infracción.

    En cuanto a lo que te han aconsejado de pedir la verificación del radar yo creo que es imprescindible solicitarla, ya que no es la primera vez que ocurre que la revisión no se ha realizado y por tanto la foto no sirve como prueba del delito.

    Animo y ya nos contarás en qué queda todo.
     

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