bmwan
Clan Leader
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Enlazando con lo anterior de suspensión de deshaucios, el Tribunal Constitucional ha hablado.
Lo de la justicia en este país es un cachondeo como decía Pacheco. Es decir, en enero de 2024 avala la decisión del Gobierno de prorrogar hasta octubre de 2021 el Real Decreto-Ley que suspendió los desahucios de personas económicamente vulnerables durante la pandemia al considerar que se trató de una medida limitada que respondió a "una finalidad de interés social" que incidió "de forma mínima y temporal" sobre el derecho de propiedad.
Es curioso que analicen cuatro años después un hecho, argumentando que ha incidido de forma mínima y temporal, pero con unos argumentos que cuatro años después no son de aplicación porque lo de mínimo y temporal no es de aplicación, sino que tras las sucesivas prorrogas se ha convertido en excesivo y permanente, por tanto prorrogar dicha situación si está lesionando y gravemente el derecho de propiedad y lo saben.
El TC dice que prorrogar la suspensión de los desahucios de personas vulnerables no lesionó el derecho de propiedad
El TC dice que prorrogar la suspensión de los desahucios de personas vulnerables no lesionó el derecho de propiedad
El Tribunal Constitucional (TC) ha avalado la decisión del Gobierno de prorrogar hasta octubre de 2021 el Real Decreto-Ley que suspendió los desahucios de personas económicamente vulnerables durante la pandemia al considerar que se trató de una medida limitada que respondió a "una finalidad de...
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Lo de la justicia en este país es un cachondeo como decía Pacheco. Es decir, en enero de 2024 avala la decisión del Gobierno de prorrogar hasta octubre de 2021 el Real Decreto-Ley que suspendió los desahucios de personas económicamente vulnerables durante la pandemia al considerar que se trató de una medida limitada que respondió a "una finalidad de interés social" que incidió "de forma mínima y temporal" sobre el derecho de propiedad.
Es curioso que analicen cuatro años después un hecho, argumentando que ha incidido de forma mínima y temporal, pero con unos argumentos que cuatro años después no son de aplicación porque lo de mínimo y temporal no es de aplicación, sino que tras las sucesivas prorrogas se ha convertido en excesivo y permanente, por tanto prorrogar dicha situación si está lesionando y gravemente el derecho de propiedad y lo saben.